DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6103-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA SUSPENSION DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES DE LA "ASOCIACION CONSUMIDORES LIBRES".
Fecha: 30/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
- Expresar
su más enérgico repudio ante la medida adoptada por la
Subsecretaría de la Defensa del Consumidor, la cual
suspende del Registro Nacional del Asociaciones de
Consumidores a la reconocida asociación Consumidores
Libres.
-
Expresar su solidaridad para con la Asociación de
Consumidores Libres, que fuera sancionada
arbitrariamente por difundir los precios de la canasta
básica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La resolución
firmada el 24 de agosto por la subsecretaria de Defensa del
Consumidor de la Nación, Pimpi Colombo, suspendió a la
entidad Consumidores Libres del Registro Nacional de
Asociaciones de Consumidores por haber difundido índices de
precios de artículos de la canasta básica de alimentos.
La entidad
Consumidores Libres había publicado el pasado 22 de agosto
un relevamiento realizado en supermercados y negocios
minoristas de la ciudad de Buenos Aires y conurbano
bonaerense, en el cual se verificaba que el precio de los 38
productos de la canasta básica de alimentos tuvo un aumento
del 0,43 por ciento durante la primera quincena de agosto de
2012, totalizando desde enero una suba acumulada del 17,53
por ciento.
Esta Asociación fue
suspendida del Registro Nacional de Asociaciones de
Consumidores por haber difundido dichos índices de precios, lo
cual la llevaría a perder la personería para continuar los juicios
entablados contra bancos, tarjetas de crédito, empresas de
medicina prepaga, telefónicas y otras empresas, por abusos y
cobros indebidos a usuarios y consumidores; las tareas de
educación al consumidor, entre otras numerosas actividades
que realiza dicha organización.
Su Director el Dr.
Héctor Polino informó que la medida ha sido adoptada de forma
arbitraria: "el gobierno nacional en lugar de sancionar a los
grandes grupos del poder económico que aumentan
injustificadamente los precios de los artículos de la canasta
básica de alimentos, sanciona a una entidad que difunde los
aumentos producidos".
Otras ONG han
repudiado categóricamente la sanción de la que fue objeto
Consumidores Libres "Lo de Consumidores Libres es una
acción ejemplificadora, lo que buscan es silenciar, acallar a las
asociaciones que no estamos ligadas al Gobierno y decimos
cosas que no les gustan", dijo Susana Andrada, del Centro de
Educación al Consumidor (CEC).
En igual sentido se
pronunció Sandra González, de ADECUA, quien se mostró
preocupada por el avance del Secretario de Comercio sobre las
ONG de defensa del consumidor y definió la suspensión a
Consumidores Libres como "un atropello, una verdadera locura,
porque ni siquiera le dieron la instancia de defenderse".
Queremos
manifestar nuestro profundo repudio a medidas de esta índole,
que entendemos como métodos de censura, ya que prohíben la
difusión de precios reales, por ello vaya nuestra solidaridad a
esta ONG.
Por todo lo expuesto
es que solicitamos a los integrantes de esta Honorable Cámara
de Diputados que nos acompañen en la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
23/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1263/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 5973-D-2012, 5962-D-2012, 5992-D-2012, 6063-D-2012, 6103-D-2012 y 6286-D-2012 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 33/2012 | 02/11/2012 |