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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

cdconsumidor@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 6030-D-2014

Sumario: DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 38°, SOBRE CONTRATO DE ADHESION.

Fecha: 06/08/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96

Proyecto
Publicidad de los contratos de adhesión
Artículo 1º: Modífícase el artículo 38° de la Ley 24.240, que queda redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 38°: - Contrato de Adhesión. Contratos en Formularios. La autoridad de aplicación vigilará que los contratos de adhesión o similares, no contengan cláusulas de las previstas en el artículo anterior. La misma atribución se ejercerá respecto de las cláusulas uniformes, generales o estandarizadas de los contratos hechos en formularios, reproducidos en serie y en general, cuando dichas cláusulas hayan sido redactadas unilateralmente por el proveedor de la cosa o servicio, sin que la contraparte tuviere posibilidades de discutir su contenido.
Todas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública y privada, que presten servicios a consumidores o usuarios mediante la celebración de contratos de adhesión, deben publicar en su página web un ejemplar del modelo de contrato a suscribir.
Asimismo deben entregar sin cargo y con antelación a la contratación, en sus locales comerciales de atención al cliente, un ejemplar del modelo del contrato a suscribir a todo consumidor o usuario que así lo solicite. En dichos locales se exhibirá un cartel en lugar visible con la siguiente leyenda: "Sr. Cliente: se encuentra a su disposición un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a suscribir al momento de la contratación."
Artículo 2º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el marco del esfuerzo que como legisladores debemos hacer para normar distintas cuestiones vinculadas con los derechos de los consumidores, y teniendo en cuenta que la legislación en la materia es relativamente reciente, entendemos que es necesario ir incorporando modificaciones a la Ley de Defensa del Consumidor a medida que la dinámica de la realidad va manifestando diversas problemáticas.
Precisamente, la cuestión vinculada a la información al usuario y consumidor respecto de los contratos de adhesión requiere de ajustes a la normativa vinculados a brindar mayor certeza a usuarios y consumidores respecto de las condiciones de contratación cuando las cláusulas son definidas unilateralmente por el proveedor.
En este sentido, la propuesta toma como antecedente legislaciones provinciales que obligan a las empresas a hacer públicos sus contratos de adhesión de forma de poder equiparar un poco la situación de los consumidores, permitiendo conocer claramente y de antemano el contrato al que se ha de adherir. A su vez, la modificación propuesta permite que tanto asociaciones de defensa del Consumidor como el propio Estado puedan desarrollar acciones preventivas ante la aparición de cláusulas abusivas.
Por estas razones proponemos la incorporación de dos párrafos al artículo 38° de la Ley de Defensa del Consumidor, Ley 24.240, en los que se establece la obligación de publicar en la página web de los proveedores los contratos de adhesión a los que someten a los usuarios y consumidores, así como también tener en sus locales de atención copias de los mismos a disposición de quienes los soliciten.
Por los motivos expuestos, solicitamos al cuerpo la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CABANDIE, JUAN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BRAWER, MARA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE PEDRO, EDUARDO ENRIQUE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LARROQUE, ANDRES CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CLERI, MARCOS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BIANCHI, MARIA DEL CARMEN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)
Giro a comisiones en Senado
Comisión
DERECHOS Y GARANTIAS
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
24/11/2015 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
25/11/2015
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2762/2015 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 25/11/2015
Senado Orden del Dia 0029/2016 26/04/2016
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CITACION SESION ESPECIAL
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Diputados INSERCION DE LOS DIPUTADOS DEL CAÑO Y BREGMAN SOBRE SENTIDO DE SU VOTO
Diputados INSERCION DEL DIPUTADO LOPEZ SOBRE SENTIDO DE SU VOTO
Senado PASA A SENADO -
Senado CONSIDERACION Y SANCION SANCIONADO