DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 5992-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA DECISION DE SUSPENDER PREVENTIVAMENTE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES A LA ASOCIACION CONSUMIDORES LIBRES.
Fecha: 28/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
Su enérgico repudio a la sanción de
suspensión en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores que le fuera
aplicada por la Secretaría de Comercio a la ONG "Consumidores Libres" por haber
difundido el aumento de precios de artículos de la canasta básica de alimentos
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La asociación civil "Consumidores Libres" es
una organización no gubernamental creada en 1992 para defender los intereses de los
usuarios de servicios públicos y de los consumidores de productos masivos.
En su historial encontramos estudios sobre la
calidad de determinados productos, como los profilácticos, guantes de uso biomédico y
pañales descartables, que han dado lugar a reglamentaciones sobre dichos
productos.
En defensa de los usuarios de servicios
públicos, esta ONG inició numerosas acciones judiciales de incidencia colectiva que
frenaron durante muchísimo tiempo injustificados aumentos tarifarios. Como ejemplo,
basta recordar la lucha librada contra el denominado "Rebalanceo Telefónico"; contra el
aumento en el precio de los boletos en trenes Metropolitanos y subterráneos; el aumento
de las tarifas de la energía eléctrica, gas, agua potable y cloacas. También promovió
acciones judiciales de incidencia colectiva, contra entidades bancarias y tarjetas de
crédito, por el cobro indebido de cargos que aparecían en los resúmenes de cuentas.
En esta acción de defensa de los intereses
colectivos, desde hace varios años viene realizando, cada 15 días, un relevamiento de
precios de 38 productos de la Canasta Básica de Alimentos, en los principales
supermercados y negocios barriales de la Ciudad de Buenos Aires.
Este relevamiento que no constituye, ni intenta
ser, un índice de precios se limita a tomar nota del precio de venta de determinados
artículos de consumo masivo en se llevó a cabo en los supermercados COTO y PLAZA
VEA y en centros de abastecimiento de los barrios de La Boca, Caballito, Liniers y
Pompeya.
En el relevamiento del mes de agosto,
Consumidores Libres constató que en la primera quincena del mes de agosto de 2012 su
Canasta Básica de Alimentos había aumentado un 0,43%, mientras que el incremento
registrado desde enero llegaba al 17,53%.
La ONG hizo público su relevamiento,
informando no sólo los índices de aumento de la canasta básica, sino especificando
puntualmente cuáles productos habían sido relevados y cuánto era su variación
porcentual.
El informe que presentara Consumidores
Libres y por el cual fuera sancionado por la subsecretaria de Defensa del Consumidor de
la Nación es el siguiente:
PRODUCTOS QUE SUBIERON (23)
PRODUCTOS QUE BAJARON (13)
PRODUCTOS QUE NO REGISTRARON
VARIACIÓN (2)
FIDEOS 1/2K GUISEROS MATARAZZO;
PAN COMUN 1K
VARIACIONES ACUMULADAS
DESDE EL 1º ENERO AL 15 DE AGOSTO DE 2012
Como consecuencia de haber difundido dicho
informe, la entidad Consumidores Libres fue suspendida del Registro Nacional de
Asociaciones de Consumidores, lo cual la llevaría a perder la personería para
continuar los juicios entablados contra bancos, tarjetas de crédito, empresas de medicina
prepaga, telefónicas y otras empresas, por abusos y cobros indebidos a usuarios y
consumidores; las tareas de educación al consumidor, y otras numerosas
actividades.
El art. 42 de la Constitución Nacional expresa
que: "Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de
consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una
información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo
y digno.
Las autoridades proveerán a la protección de
esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra
toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y
legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de
asociaciones de consumidores y de usuarios.
La legislación establecerá procedimientos
eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los
servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las
asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los
organismos de control."
Por su parte, el art. 43, en lo atinente a la
acción de amparo, dice: "Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de
discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia,
al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el
afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines,
registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su
organización."
Cumpliendo este mandato constitucional, las
asociaciones de defensa de usuarios y consumidores cumplen un importantísimo rol de
control social sobre la calidad y precios de los bienes, productos y servicios de consumo
masivo. Las ONGs necesitan encontrarse registradas para poder llevar adelante los
reclamos administrativos y judiciales que velen por los intereses de la comunidad.
La decisión de la Secretaría de Comercio de
suspender preventivamente a Consumidores Libres le quita legitimidad a esta asociación
para continuar con su accionar y pone en serio riesgo las acciones judiciales que está
llevando adelante.
La suspensión es, a nuestro entender, una
medida persecutoria que tiene como objetivo silenciar a quienes vienen demostrando en
los hechos que los índices publicados por el INDEC son dibujos hechos en la oscuridad
de un escritorio y que desgraciadamente la inflación es actualmente el flagelo más serio
con el que los argentinos convivimos diariamente.
Esta persecución a quienes disienten con el
discurso oficial sobre la inexistencia de la inflación no es nueva, la han vivido los
trabajadores del INDECD, luego varias consultoras de precios y más recientemente
alguna inmobiliaria y hasta un cineasta que se atrevió a criticar una medida ideada por el
Secretario de Comercio.
El gobierno, en lugar de ocuparse de perseguir
asociaciones de consumidores, debería preocuparse por el alto índice inflacionario que
deteriora los ingresos de los sectores asalariados, jubilados, pensionados y beneficiarios
de programas sociales y constituye una deuda política importante. El Observatorio de la
Deuda Social ha demostrado, en su más reciente informe, con crudeza y realismo el
deterioro económico y social de gran parte de la sociedad, frente a un INDEC vulnerado y
nada creíble.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
23/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1263/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 5973-D-2012, 5962-D-2012, 5992-D-2012, 6063-D-2012, 6103-D-2012 y 6286-D-2012 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 33/2012 | 02/11/2012 |