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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 5992-D-2012

Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA DECISION DE SUSPENDER PREVENTIVAMENTE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES A LA ASOCIACION CONSUMIDORES LIBRES.

Fecha: 28/08/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111

Proyecto
Su enérgico repudio a la sanción de suspensión en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores que le fuera aplicada por la Secretaría de Comercio a la ONG "Consumidores Libres" por haber difundido el aumento de precios de artículos de la canasta básica de alimentos

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La asociación civil "Consumidores Libres" es una organización no gubernamental creada en 1992 para defender los intereses de los usuarios de servicios públicos y de los consumidores de productos masivos.
En su historial encontramos estudios sobre la calidad de determinados productos, como los profilácticos, guantes de uso biomédico y pañales descartables, que han dado lugar a reglamentaciones sobre dichos productos.
En defensa de los usuarios de servicios públicos, esta ONG inició numerosas acciones judiciales de incidencia colectiva que frenaron durante muchísimo tiempo injustificados aumentos tarifarios. Como ejemplo, basta recordar la lucha librada contra el denominado "Rebalanceo Telefónico"; contra el aumento en el precio de los boletos en trenes Metropolitanos y subterráneos; el aumento de las tarifas de la energía eléctrica, gas, agua potable y cloacas. También promovió acciones judiciales de incidencia colectiva, contra entidades bancarias y tarjetas de crédito, por el cobro indebido de cargos que aparecían en los resúmenes de cuentas.
En esta acción de defensa de los intereses colectivos, desde hace varios años viene realizando, cada 15 días, un relevamiento de precios de 38 productos de la Canasta Básica de Alimentos, en los principales supermercados y negocios barriales de la Ciudad de Buenos Aires.
Este relevamiento que no constituye, ni intenta ser, un índice de precios se limita a tomar nota del precio de venta de determinados artículos de consumo masivo en se llevó a cabo en los supermercados COTO y PLAZA VEA y en centros de abastecimiento de los barrios de La Boca, Caballito, Liniers y Pompeya.
En el relevamiento del mes de agosto, Consumidores Libres constató que en la primera quincena del mes de agosto de 2012 su Canasta Básica de Alimentos había aumentado un 0,43%, mientras que el incremento registrado desde enero llegaba al 17,53%.
La ONG hizo público su relevamiento, informando no sólo los índices de aumento de la canasta básica, sino especificando puntualmente cuáles productos habían sido relevados y cuánto era su variación porcentual.
El informe que presentara Consumidores Libres y por el cual fuera sancionado por la subsecretaria de Defensa del Consumidor de la Nación es el siguiente:
PRODUCTOS QUE SUBIERON (23)
Tabla descriptiva
PRODUCTOS QUE BAJARON (13)
Tabla descriptiva
PRODUCTOS QUE NO REGISTRARON VARIACIÓN (2)
FIDEOS 1/2K GUISEROS MATARAZZO; PAN COMUN 1K
VARIACIONES ACUMULADAS DESDE EL 1º ENERO AL 15 DE AGOSTO DE 2012
Tabla descriptiva
Como consecuencia de haber difundido dicho informe, la entidad Consumidores Libres fue suspendida del Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores, lo cual la llevaría a perder la personería para continuar los juicios entablados contra bancos, tarjetas de crédito, empresas de medicina prepaga, telefónicas y otras empresas, por abusos y cobros indebidos a usuarios y consumidores; las tareas de educación al consumidor, y otras numerosas actividades.
El art. 42 de la Constitución Nacional expresa que: "Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.
Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control."
Por su parte, el art. 43, en lo atinente a la acción de amparo, dice: "Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización."
Cumpliendo este mandato constitucional, las asociaciones de defensa de usuarios y consumidores cumplen un importantísimo rol de control social sobre la calidad y precios de los bienes, productos y servicios de consumo masivo. Las ONGs necesitan encontrarse registradas para poder llevar adelante los reclamos administrativos y judiciales que velen por los intereses de la comunidad.
La decisión de la Secretaría de Comercio de suspender preventivamente a Consumidores Libres le quita legitimidad a esta asociación para continuar con su accionar y pone en serio riesgo las acciones judiciales que está llevando adelante.
La suspensión es, a nuestro entender, una medida persecutoria que tiene como objetivo silenciar a quienes vienen demostrando en los hechos que los índices publicados por el INDEC son dibujos hechos en la oscuridad de un escritorio y que desgraciadamente la inflación es actualmente el flagelo más serio con el que los argentinos convivimos diariamente.
Esta persecución a quienes disienten con el discurso oficial sobre la inexistencia de la inflación no es nueva, la han vivido los trabajadores del INDECD, luego varias consultoras de precios y más recientemente alguna inmobiliaria y hasta un cineasta que se atrevió a criticar una medida ideada por el Secretario de Comercio.
El gobierno, en lugar de ocuparse de perseguir asociaciones de consumidores, debería preocuparse por el alto índice inflacionario que deteriora los ingresos de los sectores asalariados, jubilados, pensionados y beneficiarios de programas sociales y constituye una deuda política importante. El Observatorio de la Deuda Social ha demostrado, en su más reciente informe, con crudeza y realismo el deterioro económico y social de gran parte de la sociedad, frente a un INDEC vulnerado y nada creíble.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ZABALZA, JUAN CARLOS SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
23/10/2012 DICTAMEN Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración
Dictamen
02/11/2012
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1263/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 5973-D-2012, 5962-D-2012, 5992-D-2012, 6063-D-2012, 6103-D-2012 y 6286-D-2012 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 33/2012 02/11/2012