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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 5749-D-2009

Sumario: GARANTIAS DE PRIVACIDAD DE LOS NUMEROS TELEFONICOS.

Fecha: 20/11/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164

Proyecto
GARANTIA DE PRIVACIDAD DE LOS NUMEROS TELEFONICOS
Artículo 1°.- Garantízase la protección de la reserva de los números telefónicos celulares o de línea adjudicados a los habitantes de este país.-
Artículo 2º: Dichos números no podrán ser publicados por ningún servicio de Guías telefónicas, ni por ningún organismo público o privado, salvo autorización expresa de su titular.-
Artículo 3: Aquellos titulares de teléfonos que a la sanción de esta ley figuren en la Guía Telefónica de la empresa prestadora del servicio, podrán solicitar sin cargo adicional, su exclusión inmediata del listado y la empresa deberá hacerlo de inmediato.-
Artículo 4º: Los interesados tendrán siempre derecho de oponerse, previa petición y sin gastos, a recibir llamadas u ofertas comerciales, en cuanto al tratamiento de los datos que les conciernan, en cuyo caso serán dados de baja del tratamiento, cancelándose las informaciones que sobre ellos figuren en aquél, a su simple solicitud.
Artículo 5º: Todo organismo público o privado que publique números telefónicos, deberán solicitar autorización refrendante a sus titulares, bajo pena de multa.-
Artículo 6º: Sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que correspondan en los casos de responsables o usuarios de bancos de datos públicos; de la responsabilidad por daños y perjuicios derivados de la inobservancia de la presente ley, y de las sanciones penales que correspondan, el organismo de control podrá aplicar las sanciones de apercibimiento, suspensión, multa de mil pesos ($ 1.000.-) a cien mil pesos ($ 100.000.-), clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos.
La reglamentación determinará las condiciones y procedimientos para la aplicación de las sanciones previstas, las que deberán graduarse en relación a la gravedad y extensión de la violación y de los perjuicios derivados de la infracción-,
Artículo 7º: Será autoridad de aplicación de la presente ley la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES.-
Artículo 8º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Abogados, médicos, terapistas..., son muchos los profesionales que pagan un plus para resaltar su nombre en la guía telefónica, pero también hay otros usuarios que, por el contrario, no desean figurar en ella, como así tampoco que sus Colegios Profesionales publiquen sus números telefónicos en sus páginas web o bien los suministren a cuanta persona lo pregunte.-
Aparecer en la guía de teléfono no es obligatorio. En el momento de contratar una nueva línea fija o adquirir un teléfono móvil, la empresa operadora debe contar con el consentimiento del cliente para incluirlo en el directorio y, además, éste puede pedir ser suprimido del listado telefónico en cualquier momento sin tener que abonar plus alguno.
La legislación vigente es muy clara en cuanto a la protección de los datos personales, y asegura que el trámite telefónico estándar para obtener una línea fija debe incluir siempre la pregunta sobre si el nuevo cliente quiere insertar o no sus datos en la guía.
Telefónica, la compañía de telecomunicaciones más importante de España y propietaria de la red de cableado que utilizan la mayor parte del resto de empresas, solicita el consentimiento del cliente tanto en el formulario web de alta de línea, disponible en www.telefonicaonline.com, como en el cuestionario que efectúa un teleoperador en la línea de atención al público 1004.
Ese mismo número es al que los usuarios tienen que llamar cuando ya son clientes y sus datos aparecen en la guía si toman la decisión de borrarse de la misma.
El contacto para darse de baja debe realizarse desde el teléfono cuya aparición se pretende suprimir.
Una vez que el teleoperador comprueba, verificando el número de documento, que quien realiza la llamada es el titular de la línea, procede a excluir sus datos en un plazo no superior a diez días de la versión web de la guía telefónica, y a partir de la edición siguiente de la versión impresa.
En el caso de tener el contrato con otra empresa, en el procedimiento de cambio de plan de Telefónica al nuevo operador se vuelve a consultar sobre si se quiere o no figurar en el directorio telefónico.
En estos casos, si el usuario ya aparece en la guía y quiere excluirse, debe contactar con el número de atención al cliente de su proveedor.
El procedimiento es el mismo que el de Telefónica, y en todos los casos el trámite es gratuito.
Considero que el tratamiento de los datos de carácter personal debe requerir el consentimiento inequívoco del afectado en todos los casos.
Los usuarios deben tener el derecho de oponerse, previa petición y sin gastos, al tratamiento de los datos que les conciernan, en cuyo caso serán dados de baja del tratamiento, cancelándose las informaciones que sobre ellos figuren en aquél, a su simple solicitud.
Las guías de abonados a los servicios de comunicaciones electrónicas y la prestación de los servicios de información sobre ellos, debe realizarse en régimen de libre competencia garantizándose, en todo caso, a los abonados el derecho a la protección de sus datos personales, incluyendo el de no figurar en dichas guías.
Uno de los motivos que impulsan con más frecuencia a un usuario a desear borrarse de la guía es su impotencia frente a las continuas llamadas que recibe en las que le ofrecen todo tipo de productos, cursos, promociones..., ya que muchas empresas utilizan las páginas blancas para la captación de nuevos clientes.
En numerosas ocasiones, los vendedores telefonean incluso hasta seis o siete veces al mismo usuario, a pesar de que su respuesta haya sido desde la primera vez que la oferta no le interesaba.
Las continuas llamadas para ofrecer promociones son una de las principales causas para no querer figurar en la guía telefónica
El usuario tiene derecho de no recibir llamadas comerciales si así lo desea. Con sólo pedir al vendedor que lo borre de su base de datos debería ser suficiente.-
La mejor opción, sin embargo, es solicitar directamente a la empresa proveedora del servicio telefónico que sus datos, aun figurando en la guía, no sean utilizados con fines comerciales.
Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ACUÑA, HUGO RODOLFO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
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