DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5684-D-2011
Sumario: SERVICIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE, AEREO Y FLUVIAL: INCLUSION DE INFORMACION RELATIVA A TARIFAS, TIPOS DE SERVICIOS DISPONIBLES, HORARIOS Y RECORRIDOS, EN LA PAGINA WEB DE LA SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA NACION.
Fecha: 21/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 177
Articulo 1º- Dispóngase incluir, en la
pagina Web de la Secretaria de Transporte de la Nación, dependiente del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (http://www.transporte.gov.ar/), la
siguiente información para todos los servicios de transporte terrestre, aéreo y fluvial
en todas las provincias argentinas:
- Tarifas al público en general,
detallando en cada caso el tipo de servicio y distancia;
- Tipo de servicios
disponibles;
- Horarios de los
servicios;
- Recorridos.
Art. 2º - Los organismos provinciales con
competencia en Transporte, deberán, en el plazo de 60 días de publicada la presente
ley, proporcionar a la Secretaría de Transporte de la Nación, la información requerida
en el Art. 1º de esta ley.
Los datos deberán ser actualizados dentro
de los primeros 15 días del mes de marzo de cada año.
La Secretaria de Transporte de la Nación
procesara los datos enviados por las provincias y los actualizará hasta el 31 de marzo
de cada año.
Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La problemática del Transporte público en
nuestro país es uno de los aspectos más relevantes, que hacen a la infraestructura del
Estado.
Considerando el decreto 1172/03, de
Acceso a la Información Publica, y los programas nacionales que acercan al ciudadano
a la era digital, solicito que sea incluida en la pagina Web de la Secretaria de
Transporte de la Nación, la información del transporte urbano y suburbano de las
distintas provincias de la Argentina, imitando de esta forma, la información que existe
publicada respecto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Áreas Metropolitanas de
Buenos Aires.
La situación actual del transporte publico
en el interior del país, muestra numerosas desigualdades en relación con el de Capital
Federal o las Áreas Metropolitanas. Esta realidad se traduce no solo en el costo de la
tarifa, superior hasta en un 50%, sino en la calidad del servicio. Mientras que en Capital
Federal las unidades cuentan con un servicio electrónico de cobro con tarjeta, en
provincias como Tucumán, aun no se ha incluido la maquina expendedora de boletos,
siendo el chofer de la unidad quien realiza el cobro.
En Capital Federal hay unidades con aire
acondicionado y el servicio se presta durante las 24 horas, en tanto en el interior
muchas unidades están deterioradas por la falta de inversión y sin servicio desde las 0
horas.
Pese a saber que depende de los
empresarios la inversión para mejorar la calidad del servicio, considero que el Estado
Nacional posee la facultad para contribuir en la mejora que desean todos los usuarios
de todo el país.
La cantidad de usuarios del transporte
público en Capital Federal y Áreas Metropolitanas hace mucho para que existan estas
desigualdades, pero nuestra Constitución establece un sistema federal y la igualdad
como valor fundamental en la prestación de servicios públicos.
Considero una gran contribución del
Gobierno Nacional, incluir los servicios que prestan los transportes públicos en todas
las provincias, en la pagina Web de la Secretaria de Transporte de la Nación, es por ello
que solicito a mis pares que acompañen la presente ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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