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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

cdconsumidor@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3567-D-2011

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS CONTROLES DEL SERVICIO BRINDADO POR LAS COMPAÑIAS DE TELEFONIA CELULAR MOVIL.

Fecha: 07/07/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional y por su intermedio a la Secretaria de Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios informe sobre las siguientes cuestiones vinculadas a los controles realizados a la telefonía celular por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC):
•Detalle los mecanismos utilizados para controlar el servicio brindado por las prestadoras de telefonía celular móvil. Normativas.
•Si cuenta con un registro de las quejas de los usuarios de telefonía celular.
•Número de agentes afectados a la fiscalización de la calidad del servicio.
•Si utiliza métodos de medición directa de satisfacción del usuario que permitan conocer estadísticamente su nivel de conformidad.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) fue creada por decreto 660/96. Es un organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la Secretaria de Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios cuya misión y funciones son la regulación, contralor, fiscalización y verificación de los aspectos vinculados a la prestación de los servicios de telecomunicaciones, postales y de uso del Espectro Radioeléctrico.
Este Organismo tiene la facultad de administrar, gestionar, monitorear y controlar los servicios y sistemas de telecomunicaciones entre los que se encuentran los de telefonía, Internet, audio texto, satélites, servicios de comunicaciones marítimos y aeronáuticos, entre otros (2) (1) .
Sin embargo, según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN) publicado en marzo del año en curso, se detectaron deficiencias en la actividad de control realizada por la CNC a las empresas prestadoras de servicios de telefonía celular en el período comprendido entre enero de 2006 y septiembre de 2007.
El Informe advierte que:
En el Área Policía Técnica de Control Telefónico el desfase entre los avances tecnológicos vinculados con la telefonía móvil y la normativa que regula su calidad dificulta la comprobación de sus parámetros.
El número de agentes abocados a fiscalizar la calidad del servicio es reducido. En particular, el organismo señaló que el Área Policía Técnica de Control Telefónico de la CNC elabora informes técnicos que abarcan grandes extensiones geográficas retrasando así la toma de conocimiento de las anomalías detectadas.
El Centro de Atención al Usuario (CAU) de la CNC no mide estadísticamente los niveles de satisfacción de los usuarios.
La CNC basa la resolución de las denuncias en las informaciones e inspecciones realizadas y suministradas por la empresa prestadora del servicio de telefonía móvil.
Los formularios de recepción de reclamos vinculados a telefonía celular móvil, no son adecuados.
La CNC no efectúa seguimientos de la aplicación de una sanción ni los casos de reincidencia respecto de los reclamos de los usuarios.
La CNC no cuenta con Manual de Procedimientos aprobado, para el área metropolitana de Buenos Aires (AMBA), que establezca el circuito administrativo y determine plazos para la resolución de trámites.
No pudo constatarse una base única de datos de reclamos que permita obtener información actualizada del AMBA y de las Delegaciones Provinciales.
Se detectaron irregularidades formales en el procedimiento de resolución de trámites radicados ante el CAU.
Algunos trámites presentados ante el CAU por anomalías en la prestación del servicio de telefonía móvil estuvieron paralizados por más de tres meses.
Los trámites resueltos se comunican a los interesados por correo pero no se agrega al expediente la constancia de recepción fehaciente de la notificación.
En la foliatura de algunos expedientes hay omisiones.
La formulación presupuestaria no permite determinar la actividad de control específicamente desarrollada por la CNC respecto de las prestadoras de telefonía celular móvil.
Considerando que es necesario que la CNC cumpla con su función de contralor para evitar medidas arbitrarias de parte de las prestadoras de telefonía celular móvil y garantizar la calidad del servicio, solicito a los Sres. Diputados y Diputadas que acompañen con su voto afirmativo el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CICILIANI, ALICIA MABEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
PAREDES URQUIZA, ALBERTO NICOLAS LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
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