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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3510-D-2016

Sumario: TARIFA SOCIAL DE LA LUZ. MODIFICACION DE REQUISITOS PARA SU INCORPORACION. CREACION DE UN REGISTRO ESPECIAL PARA BENEFICIARIOS EN LA PATAGONIA, LA PUNA Y MALARGÜE.

Fecha: 09/06/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 70

Proyecto
Modificación de los requisitos para la incorporación a la tarifa social de la luz. Creación de un registro especial para los beneficiarios en la Patagonia, La Puna y Malargüe.
Artículo 1°. Modificar los requisitos para el ingreso a la tarifa social de la luz, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
REQUISITOS PARA ACCEDER A LA TARIFA SOCIAL
a) Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a tres veces el haber mínimo nacional
b) Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 3 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVyM). Hoy el SMVyM se encuentra en $6.060 y seguirá aumentando correspondiendo a los aumentos del consejo del salario mínimo vital y móvil.
c) Ser titular de programas sociales
d) Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social
e) Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239)
f) Estar percibiendo el seguro de desempleo
g) Contar con certificado de discapacidad
Artículo 2°. Se contará con un registro especial para beneficiarios de la Patagonia, la Puna y Malargüe, que deberá tener en cuenta:
a) Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a tres veces el haber mínimo nacional
b) Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 4,2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVyM).
c) Ser titular de programas sociales
d) Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social
e) Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239)
f) Estar percibiendo el seguro de desempleo
g) Contar con certificado de discapacidad
Artículo 3°. Quedarán excluidos de la tarifa social aquellos que no cumplan con los requisitos anteriores y que:
a) Cruce por padrón de fallecidos
b) Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando sea titular de más de un inmueble
c) Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.
Artículo 4°. Invitase a las provincias a adherir a esta ley.
Artículo 5°. Comuníquese.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Señor presidente, atento a la Res. 7/2016 difundida en el boletín oficial se explicitan los requisitos para acceder a la tarifa social en el territorio nacional, los que creemos insuficientes para las zonas de la Patagonia, la Puna y Malargüe.
Que por el Decreto N° 134 de fecha 16 de diciembre de 2015 se declaró la emergencia del Sector Eléctrico Nacional con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
Que a su vez, dicho Decreto instruyó al Ministerio de Energía y Minería a poner en vigencia e implementar un programa de acciones que sean necesarias en relación con los segmentos de generación, transporte y distribución de jurisdicción nacional, con el fin de adecuar la calidad y seguridad del suministro eléctrico y garantizar la prestación de los servicios públicos de electricidad en condiciones técnicas y económicas adecuadas.
Que entendemos por condiciones económicas adecuadas, a la prestación de un servicio accesible para los ciudadanos que viven en condiciones climáticas desfavorables como sucede en la Patagonia, la Puna y Malargüe.
Que las condiciones climáticas desfavorables, conlleva necesariamente un gran consumo de energía por necesidad y no por derroche.
Que de ninguna manera puede depender de la decisión política del gobierno de turno el acceso a la tarifa social que permita condiciones dignas de vida, y por eso creemos fundamental enmarcar sus requisitos en una ley que divulgada permitiría a la ciudadanía mejores condiciones de acceso.
Que además es necesaria la articulación de políticas públicas que sirvan para que el pueblo recupere el poder adquisitivo y se reactive el consumo y con él la economía.
Que en el sentido de lo expuesto entendemos que los aumentos en las tarifas de luz han tenido un impacto fuertísimo en el bolsillo de nuestros ciudadanos y en el comercio en general, lo que hizo que se traduzca el aumento al consumo de productos de primera necesidad como lo son los alimentos.
Que en pos del desarrollo regional creemos necesaria una correcta revisión de los cuadros tarifarios, fundamentalmente para las provincias de la Patagonia, el departamento Malargue, de la provincia de Mendoza y la puna de nuestro país. Teniendo en cuenta que son las regiones más frías y un aumento de estas características realmente es una gran traba para el desarrollo normal de la vida de las personas que allí residen.
Que contamos además con los recientes amparos a los que la justicia ha dado lugar en las provincias de Santa Cruz y Chubut, sumado a las grandes movilizaciones sociales en repudio a las subas de precios.
Que más allá de los posicionamientos políticos de un sector u otro, comprendemos que esta respuesta debe ser urgente y debe ser puesta en marcha cuanto antes.
Por las razones expuestas, señor Presidente, en reconocimiento de una problemática que nos afecta a todos los argentinos, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
IGON, SANTIAGO NICOLAS CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MASIN, MARIA LUCILA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARTINEZ, DARIO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TAILHADE, RODOLFO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RUIZ ARAGON, JOSE ARNALDO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LAS COMISIONES DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA.