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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

cdconsumidor@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 3287-D-2010

Sumario: PROHIBICION DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA EN EL E-COMMERCE (INTERNET).

Fecha: 13/05/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55

Proyecto
PROHIBICION DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA EN EL E- COMMERCE (INTERNET)
Artículo 1º.- La presente tendrá vigencia en el ámbito de la República Argentina.
Artículo 2º.- Queda prohibida la publicación de publicidad engañosa en
internet so pena de ser prohibido el site con más una multa
pecuniaria que se determinará en el decreto reglamentario.
Artículo 3º.- La autoridad de aplicación será la Secretaría de Defensa del
Consumidor.
Artículo 4º.- de forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto que traigo a consideración de mis pares prohíbe terminantemente la publicidad engañosa que las empresas de telefonía móvil e Internet no pueden controlar con la numerosa cantidad de paginas web instaladas en el sistema.
Contratar una nueva línea de teléfono o de ADSL constituye una tarea extremadamente fácil que puede llevarse a cabo con una sencilla llamada telefónica o incluso a través de Internet cumplimentando un rápido formulario. Todo son facilidades para darnos de alta. Pero, ¿qué ocurre cuando lo que queremos es cancelar ese contrato porque deseamos cambiar de compañía, porque se ha incumplido lo pactado por parte del proveedor del servicio o simplemente porque ya no necesitamos tener acceso a Internet en casa? En este caso la flexibilidad y rapidez que acompañó todo el proceso de contratación se torna espera, lentitud, papeleo... Hacernos clientes de "x" resultó de lo más sencillo, pero dejar de serlo constituye una tarea que las compañías se empeñan en hacer tediosa.
De la misma manera que se informa a los ciudadanos de las ventajas de contratar con una compañía determinada los servicios de telefonía e Internet (que en todos los casos va acompañada de reducciones en las cuotas durante los primeros meses, regalos, etc...) se debería explicar cuál será el proceso a seguir en caso de que el cliente desee dejar de serlo.
Se trata de una información que no siempre se facilita y que cuando se hace es en letra pequeña y en párrafos prácticamente ininteligibles que forman parte de contratos de varias páginas de redacción confusa. En definitiva, realizando una publicidad engañosa.
No debemos firmar un contrato o hacer clic en la opción de "aceptar todas las condiciones" si no se regula expresamente y de forma clara la manera de darse de baja del servicio o se hace en unas condiciones que entendemos que son perjudiciales para nosotros, ya que luego tendremos que cumplir lo estipulado.
Por todo lo expuesto ut supra, y, por su importancia es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley para su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
COMERCIO