DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
Miércoles 10.00hs
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2791-D-2017
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA DEROGAR LA RESOLUCION N° 658/98 DEL "ENTE NACIONAL DE REGULADOR DEL GAS - ENARGAS -", POR LA CUAL SE TRASLADAN DETERMINADOS CARGOS IMPOSITIVOS A LOS USUARIOS.
Fecha: 30/05/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del organismo correspondiente, se tomen los recaudos necesarios para disponer la derogación de la Resolución Nº 658/98 del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) del día 2 de Julio de 1998, que autoriza a las empresas distribuidoras de gas a trasladar el costo impositivo de los IIBB a los usuarios y que, asimismo, provisoriamente elimine la doble imposición que constituye el cobro de IVA sobre los ingresos brutos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Que de conformidad con la Ley 10.397 las empresas distribuidoras de gas que desarrollen su actividad dentro del ámbito de la Provincia de Buenos Aires son sujetos obligados al pago del Impuesto a los Ingresos Brutos, toda vez que se encuentra su actividad comprendida en como hecho imponible según artículo 182.
Que por Resolución 658/98 el ENARGAS autorizó a las empresas distribuidoras a trasladar el costo impositivo a los contribuyentes.
Que consideramos que siendo el obligado al pago del tributo las empresas distribuidoras de gas, ya que las mismas son quienes se benefician económicamente con el desarrollo de su actividad, no es equitativo que sus cargas impositivas sean trasladadas a los usuarios.
Que asimismo verificamos que sobre ese mismo impuesto el Estado Nacional se encuentra percibiendo el IVA, lo que constituye una doble imposición.
Que por dichos motivos consideramos imperioso que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Enargas derogue la resolución de 658/98 y que elimine el traslado del impuesto de Ingresos Brutos a los usuarios, quienes no son sujetos obligados ni desarrollan la actividad constitutiva del hecho imponible de dicho tributo.
Asimismo, consideramos que, provisoriamente y hasta que el ENARGAS no instrumente la presente, se elimine el cobro del IVA sobre los ingresos brutos y, de esa manera, se elimine la doble imposición actual.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SCHWINDT, MARIA LILIANA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
ALONSO, HORACIO FERNANDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
PASSO, MARCELA FABIANA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SOLA, FELIPE CARLOS | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SELVA, CARLOS AMERICO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
LITZA, MONICA EDITH | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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12/09/2017 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |