DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1761-D-2018
Sumario: CONGELAMIENTO DE TARIFAS DE SERVICIOS PUBLICOS CONCESIONADOS. CREACION DE LA COMISION PARA LA AUDITORIA, BALANCE Y REVISION DE LAS MISMAS.
Fecha: 06/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
CONGELAMIENTO DE TARIFAS - CREACIÓN DE COMISIÓN PARA LA AUDITORÍA Y BALANCE DE EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS CONCESIONADAS
Artículo 1°.- Congelamiento de tarifas. Se deja sin efecto todo aumento en las tarifas anunciado desde el 1° de enero de 2018 en energía eléctrica, transporte público, peajes, gas domiciliario, comunicación, agua potable y cloacas domiciliarias, hasta tanto la Comisión de Auditoría, Balance y Revisión de las Tarifas pertenecientes a empresas de servicios públicos concesionadas informe sobre los resultados de la Auditoría técnica y administrativa dispuesta en el artículo 3° y subsiguientes de la presente ley.
Artículo 2°.- Mecanismos de devolución. Establézcanse los mecanismos de devolución de los montos adicionales resultantes de los aumentos aplicados y cobrados a los usuarios de los servicios de energía eléctrica, transporte público, peajes, gas domiciliario, comunicación, agua potable y cloacas domiciliarias durante los años 2016 y 2017, hasta tanto se realice la auditoría establecida en el artículo 3º de la presente ley. La devolución deberá ser efectivizada a los usuarios en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la vigencia de esta ley.
Artículo 3º.- Creación. Créase la Comisión de Auditoría, Balance y Revisión de las Tarifas pertenecientes a todas las empresas privadas de alcance nacional y provincial que tengan por función la prestación de los servicios públicos de gas, electricidad, transporte, peajes, comunicación, agua potable y cloacas concesionados por el Estado Nacional y que se encuentran bajo jurisdicción del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), el Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI), el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS), así como de los respectivos entes reguladores de control de carácter provincial.
Artículo 4°.- Composición. La Comisión de Auditoría, Balance y Revisión de las Tarifas estará compuesta por delegados de los trabajadores de las empresas mencionadas en los artículos 1° y 2° de la presente ley y por representantes técnicos y profesionales de las universidades públicas nacionales, quienes tendrán a su cargo la realización de una Auditoría técnica y administrativa, con el objeto de dilucidar el destino de los subsidios brindados por el Estado nacional a las empresas de servicios públicos entre el 1° de enero de 2002 y el 30 de marzo de 2016, así como de investigar cuentas, ingresos, gastos, inversiones, ganancias distribuidas y movimientos económicos de las empresas de servicios públicos concesionadas a la fecha.
Artículo 5°.- Apertura de los libros de contabilidad. La Comisión de Auditoría, Balance y Revisión de las Tarifas de los servicios públicos tendrá plenos poderes para investigar las cuentas y movimientos económicos de las empresas, así como de los ámbitos del Estado encargados de otorgar los subsidios mencionados en el Artículo 4° de la presente ley.
Artículo 6°.- Los resultados de la Auditoría técnica y administrativa realizada por la Comisión de Auditoría, Balance y Revisión de las Tarifas deberán ser entregados al Congreso Nacional en un plazo no mayor a los 90 días.
Artículo 7°.- Si de la Auditoría técnica y administrativa resultare que han sido incumplidos los pliegos contractuales asumidos por las empresas mencionadas en los Artículos 1° y 2° de la presente ley, el Congreso Nacional establecerá mediante ley especial la caducidad de las concesiones de los servicios públicos gestionados por las mismas, declarándolas de utilidad pública y sujetas a expropiación.
Artículo 8°.- Los fondos necesarios para el cumplimiento de la presente ley provendrán de una partida especial sancionada por Ley del Congreso Nacional.
Artículo 9°.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde hace casi 17 años la Argentina implementó un esquema de subsidios a los servicios públicos, particularmente a la energía (electricidad y gas), al agua y al transporte. A partir de la megadevaluación de principios de 2002 el Estado comenzó a subsidiar a los servicios públicos, en su mayoría en manos de empresas privatizadas en la década del noventa, para congelar la suba tarifaria en una situación de emergencia económica. Estos subsidios han ido incrementándose de manera muy marcada desde el año 2006, convirtiéndose en una fuente de ganancias exorbitantes para las empresas gestionadoras de los servicios, y en sentido contrario la calidad de los mismos ha ido en constante deterioro.
A partir de enero del año en curso -2018-, el Poder Ejecutivo Nacional anunció aumentos de tarifas en los servicios de transporte público del Área Metropolitana, de la luz, del gas residencial y del servicio de agua y cloacas. Los ajustes tarifarios previstos por el gobierno nacional desde el año 2016 alcanzan subas globales que superan en algunos casos el 1.000 por ciento acumulado en relación con las tarifas abonadas a fines de 2015.
En el caso del gas, para un usuario residencial de la categoría más baja (R1, consume 80 m3) de Metrogas el incremento desde 2015 alcanza al 1.013 por ciento. En la electricidad, un usuario de Edesur con un consumo residencial de 300 kWh por mes tendría un impacto total en su factura de luz de 1.615 por ciento desde 2015 a febrero de 2018. Mientras que el servicio de agua tuvo un incremento de la tarifa de 550 por ciento en promedio para los clientes de AySA.
El transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) desde fines de 2015 hasta la última suba que se aplicará en junio de este año tuvo un incremento de al menos 200 por ciento, sólo si se analizan los pasajes mínimos. El pasaje mínimo de colectivos en 2015 costaba 3 pesos y subirá a 10 pesos en junio de 2018, significando un incremento total de 233 por ciento. Por su parte, los pasajes de tren se incrementaron entre 225 por ciento a 238 por ciento desde diciembre de 2015. En el caso del subte la tarifa se incrementó un 67 por ciento hasta el momento, no obstante se tenía previsto que la suba total alcance un 177 por ciento en junio de 2018.
Estas medidas constituyen un ataque directo a los ingresos del pueblo trabajador, ya castigados por la creciente espiral inflacionaria que, según cifras oficiales, en 2017 fue de 24,8 %, significando 7,8 puntos porcentuales por encima de la meta inflacionaria. Para este año el Presupuesto de la Administración Pública Nacional establece una pauta inflacionaria de 15,7 %, pero la inflación anual la superará con creces. En los dos primeros meses del año el Índice de Precios al Consumidor con cobertura nacional ya acumula un incremento de 4,2 %. La inflación esperada que releva el Banco Central de la República Argentina mediante el REM (Relevamiento de Expectativas de Mercado) ya se ubica en 19,9 % para 2018. Este valor es mayor al techo de 15 % que impulsa el gobierno para los acuerdos paritarios, evidenciando un intento de hacer caer aún más el salario real de los trabajadores. Cabe recordar que en promedio el salario real de los trabajadores registrados del sector privado cayó un 6,1 % durante el año 2016, siendo que a diciembre de 2017 todavía se encontraba 5 puntos por debajo de los niveles, ya bajos, de diciembre de 2015.
Esto significa que el gobierno nacional tomó la drástica decisión de trasladar el costo del pago de los subsidios a las empresas de servicios públicos desde el Estado hacia los consumidores.
Esto, como es de público conocimiento, ha traído un gran impacto social, pues el 50% de las personas asalariadas perciben menos de 12.000 pesos por mes y ahora gran parte de sus ingresos deberán estar destinados al pago de los servicios públicos, en detrimento de la alimentación, la salud y la educación de sus familias. Este hecho es aún más alarmante si se consideran las críticas condiciones de vida que atraviesan millones de personas. Al menos 11,4 millones no alcanzan la línea de pobreza, es decir, más de un cuarto de la población no tiene los bienes y servicios necesarios mínimos para vivir. En algunas regiones del país como en el Gran Buenos Aires la pobreza trepa al 29,5 % en el noreste alcanza al 33,2 % de las personas, en Gran Resistencia al 39,2 % y en Santiago del Estero-La Banda 38,3 %. Al mismo tiempo, según un informe de la Universidad Católica Argentina (UCA), el 64,5 % de los hogares padece al menos una carencia básica como alimentación, salud, vivienda, educación, seguridad social y acceso a la comunicación e información. El 34,1 % de los hogares no cuenta con servicios básicos como conexión de red de agua corriente, o red cloacal o fuente de energía; el 34,7 % no tiene recursos educativos y el 21,4 % no habita en una vivienda digna.
El gobierno impuso estos verdaderos tarifazos sin absolutamente ningún monitoreo sobre qué hizo cada empresa prestataria con los multimillonarios subsidios otorgados por el Estado nacional entre 2002 y 2017, mientras que cientos de miles de familias se quedan sin energía eléctrica cuando hay temperaturas elevadas o bajas, y el transporte público es de una pésima calidad, por poner sólo dos ejemplos. Los propios ministros de Energía, Juan José Aranguren, y de Transporte, Guillermo Dietrich, reconocieron públicamente lo que todo el mundo sabe: las empresas administradoras no hicieron las inversiones necesarias para prestar eficientemente los servicios pese a los multimillonarios subsidios obtenidos, tal como también se verificó con creces en el juicio por la masacre ferroviaria de la estación de Once. Sin embargo, a las empresas no se le piden explicaciones de su accionar, sino todo lo contrario, se implementan subas tarifarias a su medida. Todas las empresas partícipes del entramado de distribución y han mostrado un salto millonario en sus balances contables entre 2016 y 2017. Es decir, en sólo un año, manteniendo una cantidad cautiva de clientes y sin demasiada merma en el consumo de los servicios, la suba de tarifas permitió multiplicar exponencialmente sus ganancias a pesar de la quita de subsidios.
A esto debemos sumar la denuncia realizada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad, Cepis, de la que da cuenta el diario Página/12 en su edición del pasado 3 de abril, según la cual el ministro de Emergía, Juan José Aranguren, resolvió aplicar el último aumento anunciado en la tarifa del gas a partir del primer día de abril cuando la normativa en vigor lo autoriza a practicarlo recién el 1° de mayo. Para el Cepis, el aumento adelantado “carece de todo tipo de legalidad y conculca de manera clara, concreta y evidente el patrimonio de los usuarios del servicio de gas naturales”.
Nuestro planteo es el de la renacionalización de todas las empresas privatizadas para que sean gestionadas por sus trabajadores con el control de los usuarios, ya que a través esencialmente del Estado antes, y ahora a través de las tarifas desorbitantes que debe pagar cada trabajador, se está subsidiando a la tasa de ganancia de los prestatarios privados.
Nos hacemos eco del clamor popular contra los tarifazos impuestos y planteamos su derogación hasta tanto no se haga una profunda auditoría y monitoreo sobre qué hicieron estas empresas con cada peso que recibieron en concepto de subsidios en todos estos años. La "Comisión para la Auditoría y Balance de las Empresas de Servicios Públicos Concesionadas" que crea este proyecto de Ley está compuesta por trabajadores, técnicos y profesionales que no tienen compromiso alguno con todo el corrompido régimen de privatizaciones y subsidios que el gobierno nacional mantiene transfiriendo la carga directamente a todos los consumidores.
Por los motivos expuestos, y por los que se brindarán oportunamente, solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DEL CAÑO, NICOLAS | BUENOS AIRES | PTS - FRENTE DE IZQUIERDA |
GONZALEZ SELIGRA, NATHALIA INES | BUENOS AIRES | PTS - FRENTE DE IZQUIERDA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia) |
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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24/04/2018 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria |
02/05/2018 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0089/2018 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES, CON 24 DISIDENCIAS PARCIALES; DOS DICTAMENES DE MINORIA: UNO CON MODIFICACIONES, OTRO ACONSEJA SU RECHAZO | 07/05/2018 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | MANIFESTACIONES EN MINORIA | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | ||
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (NEGATIVA) (VOTACION NOMINAL) | ||
Diputados | SOLICITUD DE LOS AUTORES DE RETIRO DEL PROYECTO | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | MEDIA SANCION | |
Diputados | INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Senado | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | SANCIONADO | |
Senado | INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Diputados | COMUNICACION DEL DECRETO 499/2018 DEL 31/05/2018 DE VETO TOTAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 |