DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1398-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE DE TARIFAS MAXIMAS EN LOS SERVICIOS PUBLICOS INTERURBANOS DE PASAJEROS.
Fecha: 23/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Dirigirse al Poder Ejecutivo
para que, a través de los organismos que resulten competentes, se sirva
informar a esta Honorable Cámara sobre:
1. Cuales son los
dispositivos, permanentes y estacionales, que prevé en el ámbito de la
Secretaría de Transporte de la Nación, para garantizar el cumplimiento
de la normativa vigente sobre tarifas máximas en los servicios
interurbanos de pasajeros. En cada caso precise la modalidad operativa,
recursos humanos y técnicos con los que se dispone.-
2. Si a través de los
dispositivos referidos en el requerimiento anterior, se han detectado
incumplimientos relacionados con sobreprecios en el último año. En su
caso, precise las distintas modalidades y cuantifique el número de casos
detectados.-
3. Si la CNRT ha
recibido denuncias relacionadas al incumplimiento de tarifas máximas.
En su caso, precise las distintas modalidades y cuantifique el número de
casos detectados.-
4. Sobre el inciso
anterior, señale cantidad de multas aplicadas a las empresas para el
mismo período.-
5. Indique las medidas
adoptadas en el ámbito de la Secretaría de Transporte, a partir de los
casos detectados por esa dependencia y las denuncias ante la CNRT,
tendientes a erradicar las irregularidades e incumplimientos que se
relevaron.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La República
Argentina por su extenso territorio requiere de un sistema de transporte
interurbano eficiente y accesible para que la población en su conjunto
pueda circular libremente.
Hemos detectado,
al contrario, muchos casos de tarifas en servicios interurbanos, que
superan ampliamente lo permitido por la Resolución S.T. Nº 257/09.
Veamos algunos
ejemplos, según nos informa la propia CNRT, para un viaje en servicio
semi-cama entre Buenos Aires y Mar del Plata la tarifa máxima en
servicio semi-cama es de $89,90, mientras que ninguna empresa cobra
ese servicio menos de $100.
Más preocupante es el
caso de los servicios a la ciudad bonaerense de Junín, donde la tarifa
máxima permitida para servicios semi-cama es de $58,10, y haciendo
un simple relevamiento, encontramos que los servicios disponibles para
esa categoría cuestan entre $73 y $83, es decir, hasta un 40% mayor a
lo permitido por la normativa vigente.
Comparemos, ahora, dos
destinos con similar distancia desde retiro y veamos lo que sucede. San
Clemente del Tuyu, Partido de La Costa, se sitúa alrededor de 310 km,
distancia similar que nos separa desde la ciudad de Rosario, provincia de
Santa Fe (306 km). Si bien los servicios semi-cama a Rosario cotizan
entre $55 y 62$ (valores dentro de la banda de precios permitida), para
un mismo tipo de servicio con destino a San Clemente del Tuyu,
evidenciamos que los precios no bajan de $91, valor que excede en un
26% el precio máximo permitido por la regulación ($71,80).
La evidente
situación representa claramente un abuso por parte de las empresas de
transporte automotor interurbano y, evidencia, en consecuencia, una
falta de aplicación y control de la normativa vigente en cuanto tarifas
máximas por parte de los órganos públicos competentes, en particular
de la CNRT, cuyo estatuto le confiere, en su artículo 6º, la facultad de
"aplicar y hacer cumplir las leyes, decretos y demás normas
reglamentarias en materia de transporte" y de "fiscalizar las actividades
de las empresas de transporte automotor y ferroviario".
Como es el Poder
Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Transporte de la Nación,
el responsable de "supervisar el control y fiscalización de los servicios de
transporte que se prestan a través de los diferentes modos vinculados al
área de su competencia, asegurando la calidad del servicio y la
protección al usuario en condiciones razonables de economicidad",
solicitamos nos de las explicaciones correspondientes por escrito.
En razón a lo expresado,
solicito al resto de los legisladores acompañen el presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA |
COMI, CARLOS MARCELO | SANTA FE | COALICION CIVICA |
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