DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1274-D-2016
Sumario: EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS. OBLIGATORIEDAD DE CONTENER EN FORMA VISIBLE, EN FACTURA Y EN PAGINAS WEB, LA RAZON SOCIAL, DOMICILIO LEGAL Y CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA.
Fecha: 04/04/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
ARTÍCULO 1°.- Las facturas por servicios de
líneas crediticias bancarios o extrabancarios, tarjetas de crédito, servicios públicos,
servicios de telefonía celular, servicios de provisión de internet o televisión y servicios de
turismo, que sean brindados por personas jurídicas deberán contener en el ángulo
superior derecho de la misma en forma visible la razón social de la empresa prestadora,
su domicilio legal, y su Clave Única de Identificación Tributaria.
ARTÍCULO 2º.- Las páginas web de las
empresas prestadoras de servicios de líneas crediticias bancarios o extrabancarios,
tarjetas de crédito, servicios públicos, servicios de telefonía celular, turismo, servicios de
provisión de internet o televisión que sean brindados por personas jurídicas deberán
contener en forma visible la razón social de la empresa prestadora, su domicilio legal, y su
Clave Única de Identificación Tributaria.
ARTÍCULO 3°.- Las empresas prestadoras que
no cumplan con la obligación expuestas en el artículo 1º presente serán pasible de una
multa equivalente al 5 % al monto de la facturación que la misma contenga, la cual podrá
ser ejecutada por el destinatario de la misma mediante el procedimiento de ejecución de
sentencias previsto en la normativa local.
ARTÍCULO 4º.- La autoridad de aplicación
podrá aplicar multas de hasta un 5 % de la facturación anual de la empresa
inmediatamente anterior al año en que se verificó el incumplimiento.
ARTÍCULO 5°.- La Secretaría de Comercio
será la autoridad de aplicación de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto reproduce y actualiza el
expediente 7085- D-2014.
A fin de ejercer los derechos que el
ordenamiento jurídico le asigna al consumidor o usuario, es imprescindible contar con
información relevante a fin de posibilitar encauzar adecuadamente los reclamos. Entre
estos datos ocupa un lugar esencial el domicilio legal de la empresa puesto que es allí
donde debe recibir las notificaciones.
En nuestro país es usual que las empresas no
indiquen en las facturas por servicios prestados, ni la razón social ni el domicilio legal,
este proyecto tiene como objetivo establecer como obligatorio la exhibición de esos datos,
tanto en las facturas emitidas que reciben los clientes como en las páginas web donde se
publicitan estos servicios.
Queda establecida como autoridad de
aplicación de la presente la Secretaría de Comercio de la Nación quien queda facultada
para aplicar multas en caso de verificarse incumplimientos.
En virtud de lo expuesto es que solicito a mis
colegas que acompañen este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
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