DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
Miércoles 10.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352
cdconsumidor@hcdn.gov.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 1237-D-2017
Sumario: GRATUIDAD EN TELEGRAMAS Y CARTAS DOCUMENTO EN FAVOR DE USUARIOS Y CONSUMIDORES.
Fecha: 29/03/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Gratuidad en telegramas y cartas documento en favor de usuarios y consumidores.
ARTÍCULO 1º.- Serán gratuitos para los usuarios y consumidores todas las cartas documentos y telegramas dirigidos a proveedores y prestadores de servicios.
ARTÍCULO 2°.- Los legitimados en el ámbito de consumo:
a) Usuarios y consumidores.
b) Asociaciones de usuarios y consumidores.
ARTÍCULO 3º.- La oficina de Correos y Telégrafos oficiales, recibirá y expedirá sin dilación alguna, las cartas documentos y los telegramas, en cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será cargado, mediante el sistema sin previo pago, a la cuenta del Ministerio de Producción.
ARTÍCULO 5°.- El ámbito de aplicación: La presente ley será de aplicación en todo el territorio de la República Argentina.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de Ley tiene por objeto implementar la carta documento y telegrama gratuito para los usuarios y consumidores que deban remitir misivas o realizar algún tipo de notificación en virtud de la relación de consumo entre estos y su proveedor.
Los proveedores tienen una ventaja con relación a los usuarios, ya que cuentan con recursos humanos, económicos y administrativos, que muchas veces no se orientan adecuadamente para atender las inquietudes y quejas de los clientes.
Es cierto que algunos proveedores han agregado sistemas de reclamos, como recepción de llamadas a conmutadores, convirtiéndose en un trato impersonal, ignorándose sobre la real recepción del reclamo.
Asimismo, estos sistemas imposibilitan al usuario o consumidor demostrar la fecha en la que el mismo se realizó, su recepción por parte del reclamado y el motivo de la queja.
Por ello, los usuarios y consumidores tienen derecho, dentro de una relación de consumo, a poder notificar o reclamar en forma gratuita por el servicio recibido por parte del proveedor.
También consideramos que las asociaciones de consumidores y/o usuarios, que cumplen una función social relevante, deben estar alcanzadas para valerse del sistema de gratuidad de la carta documento y/o telegrama.
La Constitución Nacional, con la reforma del año 1994, incorporó en el Artículo 42 los derechos de los consumidores.
En el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26.994) el artículo 1092 define a la relación de consumo como un “…vínculo jurídico entre un proveedor y un consumidor…”.
Asimismo, el artículo 1094 prevé que “Las normas que regulan las relaciones de consumo deben ser aplicadas e interpretadas conforme con el principio de protección del consumidor…”.
La Ley N° 24.240 (Defensa del Consumidor), en el artículo 53 fija las normas procesales de los reclamos judiciales, aplicando un proceso de conocimiento abreviado, representación simple con acta poder y el beneficio de justicia gratuita.
Siendo que la gratuidad del proceso se encuentra garantizada por ley, es necesario que ese derecho surja desde el intercambio epistolar, parte importante y necesaria de todo proceso.
Es por las razones expuestas, que solicito a mis pares legisladores que me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
HERS CABRAL, ANABELLA RUTH | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
ROMA, CARLOS GASTON | TIERRA DEL FUEGO | UNION PRO |
MOLINA, KARINA ALEJANDRA | LA RIOJA | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
12/09/2017 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
18/09/2018 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |