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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

cdconsumidor@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 1237-D-2017

Sumario: GRATUIDAD EN TELEGRAMAS Y CARTAS DOCUMENTO EN FAVOR DE USUARIOS Y CONSUMIDORES.

Fecha: 29/03/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19

Proyecto
Gratuidad en telegramas y cartas documento en favor de usuarios y consumidores.
ARTÍCULO 1º.- Serán gratuitos para los usuarios y consumidores todas las cartas documentos y telegramas dirigidos a proveedores y prestadores de servicios.
ARTÍCULO 2°.- Los legitimados en el ámbito de consumo:
a) Usuarios y consumidores.
b) Asociaciones de usuarios y consumidores.
ARTÍCULO 3º.- La oficina de Correos y Telégrafos oficiales, recibirá y expedirá sin dilación alguna, las cartas documentos y los telegramas, en cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será cargado, mediante el sistema sin previo pago, a la cuenta del Ministerio de Producción.
ARTÍCULO 5°.- El ámbito de aplicación: La presente ley será de aplicación en todo el territorio de la República Argentina.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Ley tiene por objeto implementar la carta documento y telegrama gratuito para los usuarios y consumidores que deban remitir misivas o realizar algún tipo de notificación en virtud de la relación de consumo entre estos y su proveedor.
Los proveedores tienen una ventaja con relación a los usuarios, ya que cuentan con recursos humanos, económicos y administrativos, que muchas veces no se orientan adecuadamente para atender las inquietudes y quejas de los clientes.
Es cierto que algunos proveedores han agregado sistemas de reclamos, como recepción de llamadas a conmutadores, convirtiéndose en un trato impersonal, ignorándose sobre la real recepción del reclamo.
Asimismo, estos sistemas imposibilitan al usuario o consumidor demostrar la fecha en la que el mismo se realizó, su recepción por parte del reclamado y el motivo de la queja.
Por ello, los usuarios y consumidores tienen derecho, dentro de una relación de consumo, a poder notificar o reclamar en forma gratuita por el servicio recibido por parte del proveedor.
También consideramos que las asociaciones de consumidores y/o usuarios, que cumplen una función social relevante, deben estar alcanzadas para valerse del sistema de gratuidad de la carta documento y/o telegrama.
La Constitución Nacional, con la reforma del año 1994, incorporó en el Artículo 42 los derechos de los consumidores.
En el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N° 26.994) el artículo 1092 define a la relación de consumo como un “…vínculo jurídico entre un proveedor y un consumidor…”.
Asimismo, el artículo 1094 prevé que “Las normas que regulan las relaciones de consumo deben ser aplicadas e interpretadas conforme con el principio de protección del consumidor…”.
La Ley N° 24.240 (Defensa del Consumidor), en el artículo 53 fija las normas procesales de los reclamos judiciales, aplicando un proceso de conocimiento abreviado, representación simple con acta poder y el beneficio de justicia gratuita.
Siendo que la gratuidad del proceso se encuentra garantizada por ley, es necesario que ese derecho surja desde el intercambio epistolar, parte importante y necesaria de todo proceso.
Es por las razones expuestas, que solicito a mis pares legisladores que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
HERS CABRAL, ANABELLA RUTH CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO UNION PRO
MOLINA, KARINA ALEJANDRA LA RIOJA UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)
COMUNICACIONES E INFORMATICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
12/09/2017 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
18/09/2018 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen