CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3328-D-2015
Sumario: "CENTRO NACIONAL DE LA INTELIGENCIA HUMANA". CREACION.
Fecha: 10/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 67
Artículo 1°.- Crease el CENTRO
NACIONAL DE LA INTELIGENCIA HUMANA, dependiente del Ministerio de Ciencia,
Tecnología e Innovación Productiva, con el objeto de registrar diferentes
iniciativas de personas físicas y/o jurídicas respecto a modificaciones, creaciones o
innovaciones en materia tecnológica y/o científica.
Artículo 2°.- Se entenderá por
innovación aquellas iniciativas y/o invenciones que tiendan a:
a) Corregir el uso y/o funcionamiento
de una determinada tecnología con el objeto de incrementar la productividad y/o
perfeccionar métodos y procedimientos que disminuyan el costo de su aplicación o
maximicen el beneficio de su utilización promoviendo externalidades positivas
desde el punto de vista ambiental, institucional, económico y/o financiero.
b) Modificar la tecnología disponible
perfeccionando el uso de los sistemas mediante la innovación de los materiales a
utilizar, los procedimientos, las bases de su funcionamiento y sus componentes.
c) Crear soluciones no disponibles
por la tecnología con materiales, usos, procedimientos y sistemas de prevención,
reparación y mantenimiento de las invenciones.
Artículo 3°.- Promuévase la
instauración de un PREMIO NACIONAL A LA INTELIGENCIA HUMANA con
financiamiento de fundaciones, mecenas, organizaciones destinadas a la
promoción de la inventiva y la iniciativa de los seres humanos, donaciones y de
organismos internacionales con el objeto de favorecer y estimular el desarrollo de
inventos que mejoren y perfeccionen el uso de la tecnología disponible y
fomenten la inteligencia humana. La entidad encargada de su organización,
fijación de sede y otorgamiento del premio, con selección de los jurados
calificados. La distinción consistirá en un premio dinerario.
Artículo 4°.- Propíciese el desarrollo
de un registro de marcas con la identificación de INVENTOS ARGENTINOS con el
objeto de almacenar información respecto al origen del mismo, la descripción del
valor agregado y los mecanismos de servicios externos destinados a garantizar la
calidad de la innovación.
Artículo 5°.- Las personas incluidas
en el Registro de Inventos Argentinos dispondrán de tasas preferenciales para los
créditos bancarios que contraigan destinados a financiar la publicidad de su
creación con vistas a su puesta en valor industrial y/o comercial. El Banco Central
de la República Argentina establecerá las modalidades de esta preferencia
crediticia.
Artículo 6°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La regulación del sistema de
innovación constituye una de las políticas públicas que requieren un fuerte impulso
por parte del estado nacional con el objetivo de potenciar la actividad y apoyar a
quienes desarrollan en forma sistemática o no desarrollos tecnológicos que
generan beneficios para el país.
Un artículo publicado por Sebastián
Brie denominado "La invención desperdiciada" expone con mucha crudeza esta
situación y señala criterios metodológicos que tienden a indicar un camino para la
resolución de este tema.
El financiamiento de
emprendimientos, el fomento de la marca identificando su origen a través de la
leyenda "invento argentino", la instauración de un premio nacional, la participación
de entidades no gubernamentales como la Fundación Biro, la Fundación Sales, la
Fundación Favaloro, Fundación Instituto Leloir, entre muchas otras más, para la
ejecución de proyectos de esta envergadura y la preferencia crediticia podría
resultar extremadamente positivo para el país.
Este proyecto de ley contempla la
creación de un centro nacional de innovación, un premio nacional para
innovadores, una definición para aquellas personas que desarrollen iniciativas
creativas y promueve la creación de un registro de Inventos que permita
establecer un sello distintivo respecto al origen, la calidad y el derecho de
propiedad de las creaciones y sus respectivas regalías.
Seguramente este proyecto puede ser
enriquecido por personas calificadas, entidades que trabajan en esta cuestión y por
el resto de nuestros pares con el objeto de perfeccionar y fortalecer la capacidad
de innovación de nuestro país.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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