Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Cultura »

CULTURA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 401

Secretario Administrativo SR. FERNANDEZ CARLOS DANIEL

Jefe LIC. BUSTO ANDRES SEBASTIAN

Martes 17.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2402 Internos 2402/56/59

ccultura@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 2107-D-2019

Sumario: DECLARASE AREA URBANA HISTORICA NACIONAL AL PASAJE VERNA UBICADO EN CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.

Fecha: 29/04/2019

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48

Proyecto
Artículo 1°.- Declárase área urbana histórica nacional, en los términos de la ley 12.665, al Pasaje Verna ubicado entre las calles 9 de Julio y Av. Colón del barrio Alberdi de la Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- Incorpórese al régimen del registro patrimonio cultural de la ley 25.197.
Artículo 3°- La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos realizará las gestiones y demás medidas establecidos en la ley 12.665 y sus modificatorias, necesarias para asegurar la custodia y conservación del área y practicar las inscripciones correspondientes.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ponemos a consideración el presente proyecto de ley tendiente a declarar área urbana histórica nacional al denominado Pasaje Verna, ubicado en el corazón del barrio Alberdi de la Ciudad de Córdoba; en aplicación del régimen de las leyes 12.665 y 25.197; buscando a través de ello garantizar la conservación y custodia de un espacio de gran impronta histórica y arquitectónica para nuestro país y la ciudad de Córdoba.
Este proyecto toma como base el expediente 5475-D-2017, presentado ante esta Honorable Cámara con fecha 11/10/2017, del cual fui cofirmante junto a otros diputados y que ha perdido estado parlamentario.
Así, con algunas modificaciones a la propuesta antes señalada, este nuevo proyecto pretende continuar la labor iniciada ante este Congreso, buscando la declaración de área urbana histórica nacional en los términos del artículo 4 inciso 4 de la ley 12.665 de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, pretendiendo la aplicación de su régimen tuitivo y su inscripción en el marco del régimen del registro del patrimonio cultural de la ley 25.197.
Desde allí, este proyecto tiene por objetivo acompañar y fortalecer el proceso de recupero y puesta en valor del barrio Alberdi de la ciudad de Córdoba, buscando la conservación, resguardo y protección de todos los componentes arquitectónicos y edilicios allí dispuestos y que constituyen un reflejo vivo de la historia de dicha ciudad y de todo el país.
Que dicho proceso de resguardo y puesta en valor del barrio Alberdi hoy constituye un eje central de la gestión municipal, y que fue impulsada en sus inicios por distintos sectores vecinales y organizaciones sociales del barrio, entre cuyos exponentes se destaca la Multisectorial Defendamos Alberdi, cuyos informes acompañamos al presente como fundamentos del proyecto, y que se completan con otros documentos que acreditan la necesidad de su pronta declaración.
En tal sentido, y conforme resulta de los informes que se acompañan como documentación adjunta al presente en Anexos, este proyecto se cimienta en los siguientes extremos:
1- La importancia de un resguardo patrimonial histórico integral, esto es, en el entendimiento de que el pasaje Verna constituye un componente de un espacio mayor ligado y vinculado a un contexto histórico y arquitectónico más amplio, que representa patrimonio tangible de la ciudad de Córdoba y del país; y que sólo a través de dicha contextualización integrada se facilita la comprensión de la importancia del barrio, con sus
características particulares y que a lo largo del tiempo se ha traducido en expresiones y acciones políticas, culturales, económicas y sociales de gran impacto.
2- Desde ello último, se remite consecuentemente a un patrimonio intangible que caracteriza al barrio y del cual el pasaje Verna es un elemento central: la historia de los barrios pueblos de Córdoba que hoy se reflejan a través de prácticas culturales tradicionales que han quedado impresas y que se transmiten a partir de dicho pasaje.
3- La declaración como área urbana histórica nacional viene a completar un conjunto patrimonial nacional ya formalmente reconocido e inserto en el barrio, revitalizando la idea de integralidad y de contextualización antes referida, y que en su conjunto permiten una comprensión acabada e integra de todo el complejo histórico barrial y su significación:
• Capilla jesuítica del barrio Quinta Santa Ana: decreto 20.111/53 (monumento histórico)
• Cine teatro moderno “La Piojera”: decreto 1.162/14 (bien de interés histórico).
• Escuela Jerónimo Luis de Cabrera: ley 26.483 de 2009 (bien de interés artístico)
• Sepulcro Mariano Fragueiro: decreto 6619/62 (sepulcro)
• Pabellones del Hospital Nacional de Clínicas: Decreto 1.472 1996 17-dic-96 Córdoba (Monumento Histórico)
4- Con este proyecto pretendemos acompañar el proceso de recupero y protección que la municipalidad de la ciudad de Córdoba está llevando adelante, fortaleciendo y legitimando las manifestaciones vecinales que buscan su conservación y que hace algunos días ha quedado en evidencia con la re habilitación del cine teatro moderno municipal la Piojera.
5- Buscamos así visibilizar y contextualizar el barrio Alberdi y su influencia como epicentro de procesos sociopolíticos de gran transcendencia en la historia de Córdoba y del país, permitiendo identificar y recuperar dichos espacios en relación a la Reforma Universitaria de 1918, el Cordobazo en 1969, el antiguo pueblo de indios de La Toma, la quinta Santa Ana que data de 1649 con su capilla jesuítica, la noria y la fábrica de pólvora, la que fuera instaurada por la Primera Junta y que funcionaría entre los años 1810-1815, entre otros.
Buscando así resaltar el importante valor histórico de esta área y la necesidad de contar con un resguardo nacional que venga a completar la labor municipal y vecinal que hasta hoy se ha llevado adelante; y permitiendo así la conservación de este espacio, para que futuras generaciones de todo el país puedan conocer, comprender y valorar los aportes del barrio Alberdi para la historia argentina.
En prueba de ello, se acompaña a la presente la siguiente documentación en anexo para su consideración y análisis, la cual permite acreditar técnicamente las condiciones para su declaración como área urbana histórica nacional.
ANEXO I: DOCUMENTO INFORMATIVO ELABORADO POR LA MULTISECTORIAL DEFENDAMOS ALBERDI SOBRE EL PASAJE VERNA.
ANEXO II: DOCUMENTO “HISTORIA DE BARRIO ALBERDI Y ZONAS ALEDAÑAS”
ANEXO III: PATRIMONIOS NACIONALES EN CÓRDOBA
ANEXO IV: PLANO PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD DE CORDOBA - INMUEBLES CATALOGADOS Y FICHAS
En virtud de todas las consideraciones expuestas, y confiando en que el acompañamiento de este proyecto permitirá un resguardo efectivo de este patrimonio y una promoción y visibilización del barrio Alberdi; permitiendo exponer la importancia de recupero y puesta en valor de espacios trascendentales para nuestra historia, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIZO, SOLEDAD CORDOBA UCR
MESTRE, DIEGO MATIAS CORDOBA UCR
AYALA, AIDA BEATRIZ MAXIMA CHACO UCR
MENNA, GUSTAVO CHUBUT UCR
REYES, ROXANA SANTA CRUZ UCR
ZAMARBIDE, FEDERICO RAUL MENDOZA UCR
REGIDOR BELLEDONE, ESTELA MERCEDES CORRIENTES UCR
RICCI, NADIA LORENA SANTA CRUZ UCR
MATZEN, LORENA RIO NEGRO UCR
NAJUL, CLAUDIA MENDOZA UCR
BURGOS, MARIA GABRIELA JUJUY UCR
AUSTIN, BRENDA LIS CORDOBA UCR
RISTA, OLGA MARIA CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
EDUCACION Y CULTURA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/08/2019 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
19/11/2019 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
19/11/2019 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CITACION SESION ESPECIAL
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -