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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1369-D-2017
Sumario: PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES - LEY 26485 -. MODIFICACION SOBRE ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PUBLICOS.
Fecha: 04/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
Artículo 1.- Incorpórese el inc. 6.- a la Ley 26.485 el que quedará redactado de la siguiente manera:
6.- Acoso sexual en espacios públicos: toda conducta u acción, física o verbal, con connotación sexual y no deseadas, realizada por una o más personas en contra de toda mujer o persona que se autoperciba como mujer, llevada adelante en lugares o espacios públicos, o de acceso público, que de manera directa o indirecta afecten y/o perturben su vida, dignidad, libertad, integridad física y/o psicológica y/o el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación y/o un ambiente ofensivo en los espacios públicos, siempre y cuando no configure un delito más severamente penado.
Artículo 2.- Créase una línea telefónica gratuita con alcance nacional, para la denuncia de casos de acoso sexual en espacios públicos, o de acceso público, disponible las veinticuatro (24) horas de los 365 días del año.
Artículo 3.- La información recabada de las denuncias efectuadas a la línea nacional será recopilada y sistematizada por el Consejo Nacional de las Mujeres, a fin de crear estadísticas y políticas públicas destinadas a prevenir y erradicar el Acoso Sexual callejero.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sabemos que el fenómeno de la violencia de género siempre debe ser analizado desde su extrema complejidad y que es síntoma de las asimetrías que se han conformado en nuestras sociedades respecto de ambos sexos y los estereotipos culturales que los rodearon.
La interacción de múltiples factores, psicológicos, sociales y culturales han puesto a la mujer en situación de vulneración de sus derechos y la han capturado y reducido durante décadas al ámbito doméstico alejada de los centros de poder y de la toma de decisiones. A pesar de su lento proceso de emancipación y su lucha por “salir al espacio público” y ocupar cargos electivos, hecho que pudo ser efectivo recién en el siglo XX, las mujeres como tales, continuamos siendo un colectivo que no ha alcanzado la plena igualdad, encontrándonos en situación de clara asimetría frente a los hombres.
Podemos afirmar que desde la primer conferencia de Beijing de 1995 hasta hoy se visibilizaron aspectos relacionados con los derechos de la mujer, y se verificaron algunos progresos tales como el dictado de normativa específica, la creación de organismos públicos especializados, el acceso a la justicia, la puesta en marcha de programas de capacitación en perspectiva de género, pero aún resta comprometer y movilizar a la comunidad en su conjunto para trabajar en pos de una relación de verdadera paridad entre los géneros.
En este contexto debemos decir que el espacio público que ha sido desde antaño reservado al hombre, y vedado a las mujeres es donde aún hoy, nos sentimos amenazadas y donde las mujeres, y especialmente las mujeres jóvenes reciben todo tipo de agresiones que afectan su integridad y su dignidad como sujetos plenos de derecho. En ese espacio común los hombres parecen sentirse con derechos a “apropiarse” simbólicamente de la mujer con frases que las reducen a un simple objeto de su satisfacción personal, o a cosas que son admiradas. Nos estamos refiriendo a la violencia simbólica que deben soportar las mujeres cuando se las acosa con frases que no consientes o con actitudes que las afectan.
Muchas de estas situaciones, las más graves, están contenidas en los Códigos Penales, pero otras conductas menos lesivas que afectan la dignidad de las mujeres, no han sido incorporadas, ni parecen querer ser consideradas como tales, por una cultura social de claro sesgo patriarcal.
Conforme una encuesta realizada por MuMaLá “la totalidad de las mujeres encuestadas, el 100% de los casos, señala que ha atravesado alguna situación de acoso en la vía pública, durante su vida.”
Algunos datos son:
• el 70% de las encuestadas lidia con comentarios sobre su apariencia física
• el 84% recibe bocinazos y/o silbidos
• el 51% de las encuestadas reciben comentarios sexistas
• el 59% debió soportar gestos vulgares
• la totalidad de las encuestadas menciona que sufrieron el acoso en edades que van desde los 9 a los 22 años
• el 67% de las mujeres encuestadas toma rutas alternativas para sentirse seguras cuando planea salir de su casa
• el 63% de las mujeres refiere salir acompañadas por un hombre, un grupo de personas o una mujer para sentirse más seguras al momento de transitar determinados espacios en la vía pública
Este proyecto tiene como objetivo que el acoso sexual en espacios públicos sea considerado como una de las formas de violencia contra las mujeres conforme la Ley 26.485.
Asimismo, se establece una línea de teléfono gratuita a fin de que las mujeres que sufren éste tipo de violencia puedan denunciar y a través de dichas denuncias el Consejo Nacional de las mujeres pueda elaborar estadísticas públicas sobre éste tipo de violencia. Estadísticas que son condición necesaria para poder elaborar políticas públicas eficientes que combatan la violencia contra las mujeres.
Es claro, que la erradicación del acosos sexual callejero dependerá de un cambio cultural, donde deje de ser naturalizado por hombres y mujeres la violencia que éste tipo de acoso conlleva y se tome conciencia de la intimidación que produce.
El proyecto apunta a ser un puntapié para esta tan ansiada toma de conciencia y cambio cultural.
Es por ello que solicito a mis colegas que me acompañen con este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
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