AGRICULTURA Y GANADERIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 104
Secretario Administrativo SR. DARRE JUAN AGUSTIN
Martes 17.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2103 Internos 2103/04
cayganaderia@hcdn.gob.ar
- AGRICULTURA Y GANADERIA
Reunión del día 02/10/2018
- TRATAMIENTO DE EXPEDIENTE SOBRE INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS
-En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dos días del mes de octubre de 2018, a la hora 15:
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Con el quórum reglamentario y trascurrida media hora de la hora de citación, damos comienzo a la reunión de la Comisión de Agricultura y Ganadería conjunta con la Comisión de Presupuesto y Hacienda para considerar el proyecto de ley contenido en el expediente
5550-d-18, firmado por el señor diputado Pastori y otros señores diputados.
Este proyecto de ley prorroga por diez años y modifica la ley 25.080, sobre bosques cultivados.
Tiene la palabra el señor diputado Pastori.
Este proyecto de ley prorroga por diez años y modifica la ley 25.080, sobre bosques cultivados.
Tiene la palabra el señor diputado Pastori.
SR. PASTORI Señor presidente: en primer lugar, quiero informar acerca de este proyecto de ley, cuyo dictamen estamos proponiendo en este plenario de comisiones, atento a que la ley 25.080 de bosques cultivados tiene fecha de vencimiento el 15 de enero próximo. Dicha ley fue aprobada en 1999 con un plazo de vigencia de diez años. En 2009 fue prorrogada por diez años, que están próximos a vencer, por lo cual es importante poder acordar la prórroga que estamos proponiendo por otros diez años y también algunas modificaciones al texto vigente de la norma, trabajo que fue llevado a cabo durante muchos meses a través de una comisión asesora que se reunió en seis oportunidades con una muy amplia participación, de 60 o 70 personas. Participaron representantes y funcionarios de las provincias interesadas, como Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Buenos Aires, Jujuy, Salta, Chaco, Formosa, Santiago del Estero, Córdoba, Mendoza, Río Negro, Neuquén, Chubut y Tierra del Fuego, todas provincias donde la ley 25.080 impacta en mayor medida. En realidad influye en todas las provincias. También participaron universidades, cámaras, asociaciones y federaciones que representan al sector privado -estuvieron todas las asociaciones que representan al sector privado- que agrupan a los productores forestales, empresas, colegios de ingenieros forestales, legisladores nacionales y provinciales, así como profesionales, técnicos y referentes. Tengo entendido que la diputada Derna de la provincia de Misiones ha tenido asistencia perfecta a estas reuniones.
Muy brevemente quiero hacer una síntesis de cuáles son las modificaciones que se proponen, además de la prórroga por un plazo de diez años más.
El artículo 1° del proyecto de ley solamente propone la palabra "emprendimiento" donde actualmente dice "proyecto", ya que al hablar de instalación, en realidad, no se instalan proyectos sino que se instalan emprendimientos. Esto es una simple mejora a la redacción actual.
Por el artículo 2° se adecua el articulado al texto del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Cuando habla de persona física y persona jurídica, proponemos que diga "sujetos", y luego en un párrafo se define qué se entiende por sujeto. Habla de personas humanas, jurídicas, las sucesiones indivisas, fideicomisos, así como también otras figuras contractuales no societarias o equivalentes. O sea que se especifica muy bien quiénes son los sujetos, en vez de hablar de personas físicas o jurídicas, cuya terminología fue superada por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Por su parte, en el artículo 3° se sustituye el término "manejo" al definir las actividades comprendidas, que son la implantación de bosques y su mantenimiento. Es decir que donde dice "manejo, riego, protección y cosecha incluyendo I + D" se propone que se sustituya por la expresión "y su manejo sostenible", que es comprensiva de estos conceptos que recién expresaba.
En el artículo 4° se definen mejor también los conceptos, qué se entiende por emprendimiento forestal y por emprendimiento forestoindustrial.
El artículo 5° simplemente mejora la redacción. No tiene cambios.
El artículo 6° de la ley vigente, que es el que invita a las provincias a adherirse, se mantiene tal como está. Creo que a esta altura todas las provincias están adheridas.
El artículo 6° del proyecto que modifica el artículo 7° de la ley actual -cambia la expresión persona física y jurídica por "sujetos", al igual que el artículo 7° en el segundo párrafo, y no hay ninguna modificación.
El artículo 8° también simplemente mejora la redacción. Tampoco hay modificación sobre lo que está actualmente en vigencia.
El artículo 10 del proyecto también adecua la redacción a la nueva ley de reforma tributaria en cuanto al reintegro del IVA. La ley actual contempla un plazo de hasta 365 días para el reintegro del saldo técnico, la diferencia entre débito y crédito fiscal, mientras que ahora, con la ley 27.430, ese plazo se redujo a 6 meses. Por lo tanto, se deja expresado en el artículo que nos atenemos a la ley 27.430, o que el plazo de reintegro que actualmente es de doce meses se achica a seis meses.
El artículo 10, que modifica el artículo 11 de la ley vigente, solamente reemplaza la expresión "persona" por "sujetos titulares", y el resto sigue exactamente igual.
En el artículo 11, que modifica el artículo 12 de la ley actual, se precisan los beneficiados al hablar de emprendimientos forestales y del componente forestal de los emprendimientos forestoindustriales, que estarán exentos de todo impuesto patrimonial vigente o a crearse, que grave los activos o patrimonio afectado. Solamente se precisan mejor los sujetos beneficiados.
También el artículo 12, que modifica el artículo 14, mejora la redacción, y no hay modificación.
En el artículo 13 se modifica el artículo 15 de la ley vigente al eliminar la obligación de que el listado de los beneficiarios de la ley esté incluido en la ley de presupuesto de cada año. Eso nunca se cumplió y en cambio sí se obliga a que en el presupuesto anual se deje constancia del costo fiscal incurrido en cada período.
El cambio más trascendente es el del artículo 14, que modifica el artículo 17 de la ley y que dispone una graduación para el otorgamiento de los aportes no reintegrables de los subsidios. Actualmente, el apoyo económico es de hasta un 80 por ciento del costo para un emprendimiento de hasta 300 hectáreas. En el proyecto se pone énfasis en los pequeños productores forestales, donde se mantiene el 80 por ciento de aportes hasta las 20 hectáreas.
En todo emprendimiento que abarque entre 20 y 300 hectáreas, el apoyo económico para los costos de implantación se fija en base a una graduación. Por las primeras 50 hectáreas, de 1 hasta 50 hectáreas, hasta el 60 por ciento de los costos de implantación; por las siguientes 100 hectáreas, de 51 hasta 150 hectáreas, hasta el 50 por ciento de los costos de implantación y, por las siguientes 150 hectáreas, de 151 hasta 300 hectáreas, hasta el 40 por ciento de los costos de implantación.
Para la región Patagónica se extiende en 200 hectáreas más, es decir, hasta las 500, cubriendo hasta un 40 por ciento de los costos de implantación.
Por supuesto que la autoridad de aplicación puede ampliar estos subsidios, en la medida en que los recursos de los que disponga lo hagan conveniente y permitan sustentarlo. Es decir, que siempre que existan los fondos suficientes se da la facultad a la autoridad de aplicación de ampliar estas cantidades que se ponen como escala..
También se aclara mejor en este artículo lo relativo al subsidio para los tratamientos silviculturales (poda y raleo), estableciendo que podrán percibir un apoyo económico no reintegrable en un monto por hectárea de hasta el 70 por ciento de los costos derivados de la actividad. Actualmente esto es así, solamente se mejora la redacción del artículo.
El siguiente artículo, el 15 del proyecto, que modifica el artículo 18 de la ley, mejora también la redacción en cuanto a los plazos en los que se va a efectivizar el apoyo económico del Estado. Dichos plazos serán los siguientes: para el caso de la plantación certificada, entre los diez y los veinticuatro meses de realizada y, para el caso de los tratamientos silviculturales (poda y raleo), dentro de los doce meses subsiguientes a la certificación. Estos plazos no estaban previstos en forma expresa.
También se mejora el artículo 19 de la ley, a través del artículo 16 del proyecto. Queda claro que los beneficios otorgados podrán complementarse con otros de origen estatal.
Por su parte, teniendo en cuenta que hubo cambios en la ley de ministerios, se modifica la autoridad de aplicación. En el dictamen que se pondrá a consideración consta que será la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Agroindustria de la Nación. Dado que esto se ha modificado, propondremos un cambio para que quede dentro de la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria, que depende actualmente del Ministerio de Trabajo y Producción, no del Ministerio de Agroindustria, y se agrega: "...o el organismo que lo reemplace en el futuro", por cualquier cambio que pudiera haber en lo sucesivo y a los fines de que no haya necesidad de modificar la ley.
Muy brevemente quiero hacer una síntesis de cuáles son las modificaciones que se proponen, además de la prórroga por un plazo de diez años más.
El artículo 1° del proyecto de ley solamente propone la palabra "emprendimiento" donde actualmente dice "proyecto", ya que al hablar de instalación, en realidad, no se instalan proyectos sino que se instalan emprendimientos. Esto es una simple mejora a la redacción actual.
Por el artículo 2° se adecua el articulado al texto del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Cuando habla de persona física y persona jurídica, proponemos que diga "sujetos", y luego en un párrafo se define qué se entiende por sujeto. Habla de personas humanas, jurídicas, las sucesiones indivisas, fideicomisos, así como también otras figuras contractuales no societarias o equivalentes. O sea que se especifica muy bien quiénes son los sujetos, en vez de hablar de personas físicas o jurídicas, cuya terminología fue superada por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Por su parte, en el artículo 3° se sustituye el término "manejo" al definir las actividades comprendidas, que son la implantación de bosques y su mantenimiento. Es decir que donde dice "manejo, riego, protección y cosecha incluyendo I + D" se propone que se sustituya por la expresión "y su manejo sostenible", que es comprensiva de estos conceptos que recién expresaba.
En el artículo 4° se definen mejor también los conceptos, qué se entiende por emprendimiento forestal y por emprendimiento forestoindustrial.
El artículo 5° simplemente mejora la redacción. No tiene cambios.
El artículo 6° de la ley vigente, que es el que invita a las provincias a adherirse, se mantiene tal como está. Creo que a esta altura todas las provincias están adheridas.
El artículo 6° del proyecto que modifica el artículo 7° de la ley actual -cambia la expresión persona física y jurídica por "sujetos", al igual que el artículo 7° en el segundo párrafo, y no hay ninguna modificación.
El artículo 8° también simplemente mejora la redacción. Tampoco hay modificación sobre lo que está actualmente en vigencia.
El artículo 10 del proyecto también adecua la redacción a la nueva ley de reforma tributaria en cuanto al reintegro del IVA. La ley actual contempla un plazo de hasta 365 días para el reintegro del saldo técnico, la diferencia entre débito y crédito fiscal, mientras que ahora, con la ley 27.430, ese plazo se redujo a 6 meses. Por lo tanto, se deja expresado en el artículo que nos atenemos a la ley 27.430, o que el plazo de reintegro que actualmente es de doce meses se achica a seis meses.
El artículo 10, que modifica el artículo 11 de la ley vigente, solamente reemplaza la expresión "persona" por "sujetos titulares", y el resto sigue exactamente igual.
En el artículo 11, que modifica el artículo 12 de la ley actual, se precisan los beneficiados al hablar de emprendimientos forestales y del componente forestal de los emprendimientos forestoindustriales, que estarán exentos de todo impuesto patrimonial vigente o a crearse, que grave los activos o patrimonio afectado. Solamente se precisan mejor los sujetos beneficiados.
También el artículo 12, que modifica el artículo 14, mejora la redacción, y no hay modificación.
En el artículo 13 se modifica el artículo 15 de la ley vigente al eliminar la obligación de que el listado de los beneficiarios de la ley esté incluido en la ley de presupuesto de cada año. Eso nunca se cumplió y en cambio sí se obliga a que en el presupuesto anual se deje constancia del costo fiscal incurrido en cada período.
El cambio más trascendente es el del artículo 14, que modifica el artículo 17 de la ley y que dispone una graduación para el otorgamiento de los aportes no reintegrables de los subsidios. Actualmente, el apoyo económico es de hasta un 80 por ciento del costo para un emprendimiento de hasta 300 hectáreas. En el proyecto se pone énfasis en los pequeños productores forestales, donde se mantiene el 80 por ciento de aportes hasta las 20 hectáreas.
En todo emprendimiento que abarque entre 20 y 300 hectáreas, el apoyo económico para los costos de implantación se fija en base a una graduación. Por las primeras 50 hectáreas, de 1 hasta 50 hectáreas, hasta el 60 por ciento de los costos de implantación; por las siguientes 100 hectáreas, de 51 hasta 150 hectáreas, hasta el 50 por ciento de los costos de implantación y, por las siguientes 150 hectáreas, de 151 hasta 300 hectáreas, hasta el 40 por ciento de los costos de implantación.
Para la región Patagónica se extiende en 200 hectáreas más, es decir, hasta las 500, cubriendo hasta un 40 por ciento de los costos de implantación.
Por supuesto que la autoridad de aplicación puede ampliar estos subsidios, en la medida en que los recursos de los que disponga lo hagan conveniente y permitan sustentarlo. Es decir, que siempre que existan los fondos suficientes se da la facultad a la autoridad de aplicación de ampliar estas cantidades que se ponen como escala..
También se aclara mejor en este artículo lo relativo al subsidio para los tratamientos silviculturales (poda y raleo), estableciendo que podrán percibir un apoyo económico no reintegrable en un monto por hectárea de hasta el 70 por ciento de los costos derivados de la actividad. Actualmente esto es así, solamente se mejora la redacción del artículo.
El siguiente artículo, el 15 del proyecto, que modifica el artículo 18 de la ley, mejora también la redacción en cuanto a los plazos en los que se va a efectivizar el apoyo económico del Estado. Dichos plazos serán los siguientes: para el caso de la plantación certificada, entre los diez y los veinticuatro meses de realizada y, para el caso de los tratamientos silviculturales (poda y raleo), dentro de los doce meses subsiguientes a la certificación. Estos plazos no estaban previstos en forma expresa.
También se mejora el artículo 19 de la ley, a través del artículo 16 del proyecto. Queda claro que los beneficios otorgados podrán complementarse con otros de origen estatal.
Por su parte, teniendo en cuenta que hubo cambios en la ley de ministerios, se modifica la autoridad de aplicación. En el dictamen que se pondrá a consideración consta que será la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Agroindustria de la Nación. Dado que esto se ha modificado, propondremos un cambio para que quede dentro de la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria, que depende actualmente del Ministerio de Trabajo y Producción, no del Ministerio de Agroindustria, y se agrega: "...o el organismo que lo reemplace en el futuro", por cualquier cambio que pudiera haber en lo sucesivo y a los fines de que no haya necesidad de modificar la ley.
SR. BASTERRA ¿De Dirección para abajo?
SR. PASTORI No, de Secretaría para arriba. (Risas.)
El artículo 18 del proyecto propone la prórroga por diez años. Entendemos que la ley hasta ahora no ha cumplido con el objetivo planteado, que preveía el cumplimiento dentro de los diez años.
Otros países de la región avanzaron mucho más que nosotros.
Enseguida de haberse aprobado la norma, vivimos la crisis de 2001. Pasó mucho tiempo hasta que las provincias adhirieran a la ley. Consecuentemente, como se registran demoras en su aplicación, creemos conveniente prorrogarla por diez años más.
Por otro lado, debido al cambio climático, la Argentina se propuso llegar a 2 millones de hectáreas forestadas en 2030, ya que actualmente alcanzamos 1.300.000 hectáreas en todo el país. Esta meta significa crear alrededor de 100.000 puestos de trabajo directos que se sumarían a los 100.000 existentes, además de los indirectos. Es decir que se duplicarían los puestos de trabajo directos.
Como vemos, el artículo 19 mejora la redacción del artículo 27 y no presenta cambios.
Por otro lado, se mejora la redacción del artículo 28 referido a las sanciones a quienes no cumplen los requisitos y los objetivos de la ley, o sea, a quienes hacen un mal uso de los aportes no reintegrables que pertenecen al Estado. El artículo contempla la siguiente graduación: apercibimiento; caducidad total o parcial del tratamiento otorgado; devolución del apoyo económico no reintegrable percibido; restitución de los impuestos no abonados y reintegro de todo otro beneficio no ingresado de naturaleza fiscal; y, multa.
Luego se agregan los artículos 28 bis, 28 ter y 28 quater que incorporan un procedimiento de defensa del beneficiario de la ley para que pueda hacer uso del derecho de defensa con plazos expresamente previstos tanto para el derecho de defensa como para las resoluciones provenientes de la autoridad de aplicación.
Más adelante, el artículo 24 deroga el artículo 29 de la ley, relativo a que las empresas del Estado también podían ser beneficiarias.
Asimismo, hay una novedad importante en el artículo 26 que se incorpora como un artículo sin número luego del 30. Se trata de la creación del Fondo Nacional Ley Bosques Cultivados, ya que la partida asignada en el presupuesto nacional siempre fue insuficiente. Todos los años, especialmente los diputados representantes de las provincias más interesadas, reclamamos por la estrechez del monto asignado. Para este año el proyecto de ley de presupuesto prevé una partida un poco mayor a los 100 millones de pesos, cifra que sigue siendo insuficiente.
Sabemos que se adeudan subsidios de planes aprobados en 2013, 2014, 2015 y siguientes, o sea que hay una demora de tres, cuatro y cinco años en el pago de los aportes. Por ello, se propone la creación del Fondo Nacional Ley Bosques Cultivados que estará integrado por préstamos y subsidios otorgados por organismos nacionales, internacionales, donaciones, legados y todo otro aporte producido de la venta de publicaciones, recursos presupuestarios y extrapresupuestarios no utilizados provenientes de ejercicios anteriores, fondos provenientes de impuestos, tasas y otras contribuciones específicas para el apoyo del presente régimen.
Quiero agregar otra novedad muy interesante: a partir de la ley sancionada, existe un acuerdo con las compañías de seguro automotor por el que ya no tienen que emitir la póliza en papel ya que vale exhibir la constancia en el celular. En contraprestación, se empieza a contar con esos fondos ahorrados de la impresión de las pólizas.
Entonces, en contraprestación, las compañías de seguros de todo el país en el rubro automotor asignan un 1 por ciento de las pólizas a un fondo que se llama PROSAS. Ese fondo, por convenio con la Nación, está destinado exclusivamente a financiar esta ley, la 25.080, con lo cual se estima que esto va a tener un impacto presupuestario de alrededor de 600 o 700 millones de pesos por año, que va a alcanzar para cumplir acabadamente con los subsidios, con los aportes de cada año y para que aquellos que están hoy todavía con algún atraso puedan volver a pagar. Este es el famoso seguro verde, tal como se lo nombra en la jerga de las compañías de seguros.
Lo que sigue de la ley actual, la ley 25.080, no se modifica, queda tal cual como está. A partir de la aprobación de cada emprendimiento, se le asegura por treinta años estabilidad fiscal en los impuestos nacionales, provinciales y en los tributos municipales que pueda haber.
Para terminar, creo que estamos ante la presencia de un proyecto de ley muy importante, que no solamente prorroga sino que modifica algunas cuestiones mejorando sustancialmente la redacción de la ley.
Hoy tenemos una producción nacional que comprende 2.088 aserraderos, 20 fábricas de tableros, 5 de pasta celulósica, 58 de papel y cartón, que hacen al desarrollo de las economías regionales. La actividad da empleo directo a 97.500 personas, con un horizonte, como decía, hacia el año 2030 de 195 mil personas.
Ya hablé del seguro verde. Resalto nuevamente el trabajo de la comisión asesora, que ha hecho un enorme trabajo. Aquí están presentes varios de los que han participado de esas reuniones.
Por lo tanto, manteniendo una responsabilidad fiscal, elevando las metas ambientales, adecuando al terminología al nuevo Código Civil y Comercial, modificando los aportes no reintegrables en las escalas que comentaba hoy, haciendo foco en los pequeños productores, una planificación estratégica del sector forestoindustrial, manteniendo los beneficios fiscales que actualmente tienen, creemos que la actividad forestal, que es a largo plazo y es generadora de mano de obra intensiva en múltiples economías regionales, merece este acompañamiento del Congreso.
El costo fiscal que pueda significar -que se va a ver prácticamente neutralizado por el seguro verde-, se ve ampliamente compensado por los mayores beneficios que brinda a la economía y también a través del desarrollo de una actividad que, para muchas provincias, representa una gran parte -sino la mayor parte, como es el caso de Misiones- de su producto bruto geográfico.
Con estas expresiones quiero dejar fundado el proyecto y, obviamente, quedo abierto a cualquier consulta que pueda haber.
El artículo 18 del proyecto propone la prórroga por diez años. Entendemos que la ley hasta ahora no ha cumplido con el objetivo planteado, que preveía el cumplimiento dentro de los diez años.
Otros países de la región avanzaron mucho más que nosotros.
Enseguida de haberse aprobado la norma, vivimos la crisis de 2001. Pasó mucho tiempo hasta que las provincias adhirieran a la ley. Consecuentemente, como se registran demoras en su aplicación, creemos conveniente prorrogarla por diez años más.
Por otro lado, debido al cambio climático, la Argentina se propuso llegar a 2 millones de hectáreas forestadas en 2030, ya que actualmente alcanzamos 1.300.000 hectáreas en todo el país. Esta meta significa crear alrededor de 100.000 puestos de trabajo directos que se sumarían a los 100.000 existentes, además de los indirectos. Es decir que se duplicarían los puestos de trabajo directos.
Como vemos, el artículo 19 mejora la redacción del artículo 27 y no presenta cambios.
Por otro lado, se mejora la redacción del artículo 28 referido a las sanciones a quienes no cumplen los requisitos y los objetivos de la ley, o sea, a quienes hacen un mal uso de los aportes no reintegrables que pertenecen al Estado. El artículo contempla la siguiente graduación: apercibimiento; caducidad total o parcial del tratamiento otorgado; devolución del apoyo económico no reintegrable percibido; restitución de los impuestos no abonados y reintegro de todo otro beneficio no ingresado de naturaleza fiscal; y, multa.
Luego se agregan los artículos 28 bis, 28 ter y 28 quater que incorporan un procedimiento de defensa del beneficiario de la ley para que pueda hacer uso del derecho de defensa con plazos expresamente previstos tanto para el derecho de defensa como para las resoluciones provenientes de la autoridad de aplicación.
Más adelante, el artículo 24 deroga el artículo 29 de la ley, relativo a que las empresas del Estado también podían ser beneficiarias.
Asimismo, hay una novedad importante en el artículo 26 que se incorpora como un artículo sin número luego del 30. Se trata de la creación del Fondo Nacional Ley Bosques Cultivados, ya que la partida asignada en el presupuesto nacional siempre fue insuficiente. Todos los años, especialmente los diputados representantes de las provincias más interesadas, reclamamos por la estrechez del monto asignado. Para este año el proyecto de ley de presupuesto prevé una partida un poco mayor a los 100 millones de pesos, cifra que sigue siendo insuficiente.
Sabemos que se adeudan subsidios de planes aprobados en 2013, 2014, 2015 y siguientes, o sea que hay una demora de tres, cuatro y cinco años en el pago de los aportes. Por ello, se propone la creación del Fondo Nacional Ley Bosques Cultivados que estará integrado por préstamos y subsidios otorgados por organismos nacionales, internacionales, donaciones, legados y todo otro aporte producido de la venta de publicaciones, recursos presupuestarios y extrapresupuestarios no utilizados provenientes de ejercicios anteriores, fondos provenientes de impuestos, tasas y otras contribuciones específicas para el apoyo del presente régimen.
Quiero agregar otra novedad muy interesante: a partir de la ley sancionada, existe un acuerdo con las compañías de seguro automotor por el que ya no tienen que emitir la póliza en papel ya que vale exhibir la constancia en el celular. En contraprestación, se empieza a contar con esos fondos ahorrados de la impresión de las pólizas.
Entonces, en contraprestación, las compañías de seguros de todo el país en el rubro automotor asignan un 1 por ciento de las pólizas a un fondo que se llama PROSAS. Ese fondo, por convenio con la Nación, está destinado exclusivamente a financiar esta ley, la 25.080, con lo cual se estima que esto va a tener un impacto presupuestario de alrededor de 600 o 700 millones de pesos por año, que va a alcanzar para cumplir acabadamente con los subsidios, con los aportes de cada año y para que aquellos que están hoy todavía con algún atraso puedan volver a pagar. Este es el famoso seguro verde, tal como se lo nombra en la jerga de las compañías de seguros.
Lo que sigue de la ley actual, la ley 25.080, no se modifica, queda tal cual como está. A partir de la aprobación de cada emprendimiento, se le asegura por treinta años estabilidad fiscal en los impuestos nacionales, provinciales y en los tributos municipales que pueda haber.
Para terminar, creo que estamos ante la presencia de un proyecto de ley muy importante, que no solamente prorroga sino que modifica algunas cuestiones mejorando sustancialmente la redacción de la ley.
Hoy tenemos una producción nacional que comprende 2.088 aserraderos, 20 fábricas de tableros, 5 de pasta celulósica, 58 de papel y cartón, que hacen al desarrollo de las economías regionales. La actividad da empleo directo a 97.500 personas, con un horizonte, como decía, hacia el año 2030 de 195 mil personas.
Ya hablé del seguro verde. Resalto nuevamente el trabajo de la comisión asesora, que ha hecho un enorme trabajo. Aquí están presentes varios de los que han participado de esas reuniones.
Por lo tanto, manteniendo una responsabilidad fiscal, elevando las metas ambientales, adecuando al terminología al nuevo Código Civil y Comercial, modificando los aportes no reintegrables en las escalas que comentaba hoy, haciendo foco en los pequeños productores, una planificación estratégica del sector forestoindustrial, manteniendo los beneficios fiscales que actualmente tienen, creemos que la actividad forestal, que es a largo plazo y es generadora de mano de obra intensiva en múltiples economías regionales, merece este acompañamiento del Congreso.
El costo fiscal que pueda significar -que se va a ver prácticamente neutralizado por el seguro verde-, se ve ampliamente compensado por los mayores beneficios que brinda a la economía y también a través del desarrollo de una actividad que, para muchas provincias, representa una gran parte -sino la mayor parte, como es el caso de Misiones- de su producto bruto geográfico.
Con estas expresiones quiero dejar fundado el proyecto y, obviamente, quedo abierto a cualquier consulta que pueda haber.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Tiene la palabra el señor diputado Snopek.
SR. SNOPEK Señor presidente: lógicamente estamos plenamente de acuerdo con la necesidad de la prórroga de esta ley. De hecho, he acompañado con mi firma el proyecto en tratamiento.
En 1999, legisladores de Jujuy, Salta, del norte argentino, impulsaron esta norma pensando en el potencial productivo forestal que tiene principalmente toda la región NOA y NEA y, por supuesto, el resto del país.
Cuando vemos la evolución de lo que se hizo, de lo que se aplicó en la ley, con una cierta mirada objetiva y de alguna manera alumbrada por lo que han hecho en Misiones, es un gusto muy grande ver lo que ha pasado con la aplicación de la ley.
Eso es lo que hubiéramos querido que suceda en las otras regiones de la Argentina, donde hay una simbiosis de lo que es la explotación primaria, la explotación forestal, que es a lo que apunta la ley, y también todo lo que significa la industria forestoindustrial, que se ha desarrollado en la provincia de Misiones con un potencial grandísimo y que están, incluso, exportando.
El mes pasado tuve el gusto de ir a Misiones junto con la Comisión de Economías Regionales, donde estuvimos visitando algunos emprendimientos forestoindustriales de estas características, que exportan al mundo y que, por supuesto, se basan en esta ley para poder reforestar e ir plantando todos los años, haciendo que, en definitiva, sea sustentable a largo plazo la explotación maderera.
En el artículo 17 observo que en esta prórroga se reducen los beneficios previstos en la anterior ley, donde el subsidio por plantación lograda abarcaba desde una a 300 hectáreas, o sea el 80 por ciento. Eso es lo que contemplaba la ley, mientras que ahora lo estaríamos reduciendo, ya que el 80 sería únicamente para las 20 primeras hectáreas. Imagino que debe ser una cuestión presupuestaria, pero como dijo el diputado Pastori previamente, entiendo que la inversión en materia forestal va a dar al conjunto de la economía de la Argentina un dinamismo mucho mayor que el costo fiscal asociado a eso.
Existen ciertas demoras en la ejecución presupuestaria de lo previsto en la ley 25.080, porque muchos bosques cultivados demoran mucho en recibir el subsidio. Pero veo que hay una reducción muy significativa, ya que a las primeras 300 hectáreas se las asistía con el 80 por ciento, y se pasa a asistir recién a las 20 hectáreas. Me perece que deberíamos hacer un esfuerzo presupuestario mayor para contemplar las explotaciones más grandes.
Quiero hacer un pedido especial, que de hecho firmaría junto con alguna otra diputada, que consiste en que nuestras regiones -Quebrada, Puna y Valles de altura de la provincia de Jujuy, que podemos hacerlo extensivo a Salta y Catamarca,-, tengan la posibilidad de tener los mismos beneficios que tiene la Patagonia, porque son climas similares. De esa manera, se podrán hacer explotaciones por ejemplo de quenoares, que no se hace actualmente porque el costo es muy alto y el tiempo de espera de una plantación de ese tipo puede llevar quizás más de una generación, más de cien años, y entonces no se realiza. Se están terminando los pocos quenoares que hay en nuestra Puna y bien podríamos, a través de esta ley, poder reforestar o forestar gran parte de la Quebrada y la Puna del norte argentino, lo que va a traer seguramente una economía de progreso para lugares de la Argentina donde es muy poco lo que se puede hacer en otro tipo de actividades. Es decir, pedimos poder incluir ahí estas zonas nuestras, así como están los diferenciales para la Patagonia y como también existen, por ejemplo, los diferenciales en la ley de asignaciones familiares.
En este caso queremos poder incluir a la Quebrada, la Puna y los Valles de Altura de la provincia de Jujuy, y estaría de acuerdo si alguien de Salta propone incluir la Puna salteña y catamarqueña.
En 1999, legisladores de Jujuy, Salta, del norte argentino, impulsaron esta norma pensando en el potencial productivo forestal que tiene principalmente toda la región NOA y NEA y, por supuesto, el resto del país.
Cuando vemos la evolución de lo que se hizo, de lo que se aplicó en la ley, con una cierta mirada objetiva y de alguna manera alumbrada por lo que han hecho en Misiones, es un gusto muy grande ver lo que ha pasado con la aplicación de la ley.
Eso es lo que hubiéramos querido que suceda en las otras regiones de la Argentina, donde hay una simbiosis de lo que es la explotación primaria, la explotación forestal, que es a lo que apunta la ley, y también todo lo que significa la industria forestoindustrial, que se ha desarrollado en la provincia de Misiones con un potencial grandísimo y que están, incluso, exportando.
El mes pasado tuve el gusto de ir a Misiones junto con la Comisión de Economías Regionales, donde estuvimos visitando algunos emprendimientos forestoindustriales de estas características, que exportan al mundo y que, por supuesto, se basan en esta ley para poder reforestar e ir plantando todos los años, haciendo que, en definitiva, sea sustentable a largo plazo la explotación maderera.
En el artículo 17 observo que en esta prórroga se reducen los beneficios previstos en la anterior ley, donde el subsidio por plantación lograda abarcaba desde una a 300 hectáreas, o sea el 80 por ciento. Eso es lo que contemplaba la ley, mientras que ahora lo estaríamos reduciendo, ya que el 80 sería únicamente para las 20 primeras hectáreas. Imagino que debe ser una cuestión presupuestaria, pero como dijo el diputado Pastori previamente, entiendo que la inversión en materia forestal va a dar al conjunto de la economía de la Argentina un dinamismo mucho mayor que el costo fiscal asociado a eso.
Existen ciertas demoras en la ejecución presupuestaria de lo previsto en la ley 25.080, porque muchos bosques cultivados demoran mucho en recibir el subsidio. Pero veo que hay una reducción muy significativa, ya que a las primeras 300 hectáreas se las asistía con el 80 por ciento, y se pasa a asistir recién a las 20 hectáreas. Me perece que deberíamos hacer un esfuerzo presupuestario mayor para contemplar las explotaciones más grandes.
Quiero hacer un pedido especial, que de hecho firmaría junto con alguna otra diputada, que consiste en que nuestras regiones -Quebrada, Puna y Valles de altura de la provincia de Jujuy, que podemos hacerlo extensivo a Salta y Catamarca,-, tengan la posibilidad de tener los mismos beneficios que tiene la Patagonia, porque son climas similares. De esa manera, se podrán hacer explotaciones por ejemplo de quenoares, que no se hace actualmente porque el costo es muy alto y el tiempo de espera de una plantación de ese tipo puede llevar quizás más de una generación, más de cien años, y entonces no se realiza. Se están terminando los pocos quenoares que hay en nuestra Puna y bien podríamos, a través de esta ley, poder reforestar o forestar gran parte de la Quebrada y la Puna del norte argentino, lo que va a traer seguramente una economía de progreso para lugares de la Argentina donde es muy poco lo que se puede hacer en otro tipo de actividades. Es decir, pedimos poder incluir ahí estas zonas nuestras, así como están los diferenciales para la Patagonia y como también existen, por ejemplo, los diferenciales en la ley de asignaciones familiares.
En este caso queremos poder incluir a la Quebrada, la Puna y los Valles de Altura de la provincia de Jujuy, y estaría de acuerdo si alguien de Salta propone incluir la Puna salteña y catamarqueña.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Tiene la palabra el señor diputado Basterra.
SR. BASTERRA Estamos ante una iniciativa que responde a una voluntad general, que es la prórroga de este instrumento que ha demostrado ser de mucha utilidad para el desarrollo de las provincias forestales. También ha contribuido a quitar presión sobre los recursos naturales forestales. Consecuentemente, acompañamos este proyecto de ley, y hemos sido cofirmantes.
Sin embargo, nos hubiera gustado tener, al menos una reunión de asesores para quitarnos algunas dudas, que entendemos son razonables, atento a que se trata de una prórroga que tendrá una vigencia de diez años, lo que valoramos.
Tal vez la premura en el tratamiento pueda hacernos perder algunas oportunidades o se nos escapen ciertas cuestiones. Por lo tanto, como primera propuesta sugiero que, de haber consenso, consideremos nuevamente el tema en comisión o nos comprometamos a volver a citar a esta reunión conjunta. En caso contrario, propongo tener un espacio de debate en el que podamos plantear algunas modificaciones que surgen de una primera lectura del proyecto.
En el artículo 3° se reemplaza "...la implantación de bosques, su mantenimiento, el manejo, el riego, la protección y la cosecha de los mismos, incluyendo las actividades de investigación y desarrollo" por: "la implantación de bosques, su mantenimiento y su manejo sostenible". Quizás sea esta una visión más actualizada de lo que debe ser la gestión del ambiente, y lo compartimos, pero nos parece que las actividades de investigación y desarrollo debieran estar incluidas ya que, más allá de que se haya o no hecho uso de ellas, entendemos corresponden a una intervención de este tipo.
Voy a dar un ejemplo. Nosotros hemos sido los promotores de la inclusión de las especies nativas dentro de la instrumentación de esta ley. Así, hemos hecho plantaciones de algarrobo en la provincia de Formosa. Nunca estuvieron disponibles, o los instrumentos no estuvieron disponibles. Este es un déficit de quienes tenemos que hacer uso de la ley, generar y promover esos instrumentos, como es el caso de la definición de sitio forestal para especies nativas. En este sentido, las propias empresas tienen grandes desarrollos de investigación y las universidades trabajan ya en ese alineamiento.
Son especies de mucho más corto desarrollo. Hoy hay emprendimientos forestales que tienen un crecimiento muy acelerado y que nos permiten obtener beneficios en menos de diez años. No es el caso de los cultivos de especies nativas, sobre todo el que menciona el compañero Snopek, en que el desarrollo de una plantación puede llegar a demorar cien años. Esto no le quita mérito al hecho de promover la implantación de especies nativas bajo un modelo, no de la 26.331 como promoción de bosque nativo, sino de especies nativas en cultivos comerciales.
Esto, en términos de valorización, uno puede hasta traducirlo en el valor actualizado neto de la futura explotación, teniendo en cuenta que son recursos del Estado.
Consecuentemente, estos fondos pueden utilizarse para la investigación y el desarrollo de cada caso en particular y para la definición de ciclos forestales de otras especies, más allá del pino y del eucaliptus que están bastante estudiados. Recuerdo que en nuestros años de estudiante cavábamos y hacíamos calicatas para verificar la correlación entre perfiles y crecimiento de estas especies.
En segundo lugar, si bien ya figura en el proyecto, me gustaría que quedara más explicitado el artículo 4°, relativo a emprendimiento forestal, cuando señala: "a los efectos de esta ley, a las plantaciones de especies forestales...", -continuando más adelante- "...que permitan satisfacer la demanda actual y potencial de materia prima por parte de distintas industrias..." Entiendo que esta es una oportunidad para hacer explícita la inclusión de la generación de energía, dado que hoy tenemos grandes emprendimientos, particularmente de eucaliptus de alto crecimiento, que son testeados y verificada su aptitud para la generación de energía. Entonces, propongo que se incluya la redacción: "incluyendo generación de energía".
Por otro lado, no me queda claro por qué excluimos la incompatibilidad de los elementos relacionados con la ley 26.631 en el acompañamiento de una ley de promoción forestal. A quienes tal vez no están demasiado en el tema, les comento que la ley 26.631 es de gestión de manejo y vincula los ordenamientos territoriales de cada provincia. El espíritu era que la ley no fuera aplicada para forestar espacios desforestados de especies nativas ya que así volveríamos a hacer el tremendo daño que se le generó a la pobre Misiones, provincia muy querida por mí ya que mi papá es misionero y además tuve la oportunidad de trabajar en gestión de bosques nativos. En ese caso, ocurre que más del 50 por ciento de los bosques nativos fueron volteados para plantar pinos y eucaliptus.
Actualmente esa situación, en términos de patrimonio ecológico, ambiental y biodiversidad tiene una importancia extrema, mientras que en aquel entonces el rozado era una práctica normal en el bosque nativo para implantar especies de mayor avidez en el mercado, como son los pinos y eucaliptus. Sin embargo, esas especies tienen un valor mucho menor en términos de sustento de biodiversidad y contribución a las cuentas prepatrimoniales, como se dice cuando queremos valorizar los recursos naturales y los servicios ecosistémicos que proponen una conformación de esta naturaleza.
No tengo la capacidad de buscar los términos específicos. De todos modos, solicito que seamos más o menos cautos en la redacción y que quede explícito que es incompatible utilizar este instrumento para forestar ambientes desforestados de bosques nativos. Por lo menos así lo habíamos establecido con una fecha límite que no habilitaba nuevas deforestaciones.
Por otro lado, hay una cuestión de forma ya que tendríamos que numerar al artículo sin número que está después del artículo 30. Tal vez estoy equivocado, no soy abogado, pero hasta ahora no emitimos ningún dictamen con un artículo sin número; o al menos no lo recuerdo.
En principio, estas son algunas de las dudas que tengo. Podríamos convocar s a una nueva reunión para saldarlas o, por lo menos, incluir, previo a la firma del proyecto definitivo, estas consideraciones.
Sin embargo, nos hubiera gustado tener, al menos una reunión de asesores para quitarnos algunas dudas, que entendemos son razonables, atento a que se trata de una prórroga que tendrá una vigencia de diez años, lo que valoramos.
Tal vez la premura en el tratamiento pueda hacernos perder algunas oportunidades o se nos escapen ciertas cuestiones. Por lo tanto, como primera propuesta sugiero que, de haber consenso, consideremos nuevamente el tema en comisión o nos comprometamos a volver a citar a esta reunión conjunta. En caso contrario, propongo tener un espacio de debate en el que podamos plantear algunas modificaciones que surgen de una primera lectura del proyecto.
En el artículo 3° se reemplaza "...la implantación de bosques, su mantenimiento, el manejo, el riego, la protección y la cosecha de los mismos, incluyendo las actividades de investigación y desarrollo" por: "la implantación de bosques, su mantenimiento y su manejo sostenible". Quizás sea esta una visión más actualizada de lo que debe ser la gestión del ambiente, y lo compartimos, pero nos parece que las actividades de investigación y desarrollo debieran estar incluidas ya que, más allá de que se haya o no hecho uso de ellas, entendemos corresponden a una intervención de este tipo.
Voy a dar un ejemplo. Nosotros hemos sido los promotores de la inclusión de las especies nativas dentro de la instrumentación de esta ley. Así, hemos hecho plantaciones de algarrobo en la provincia de Formosa. Nunca estuvieron disponibles, o los instrumentos no estuvieron disponibles. Este es un déficit de quienes tenemos que hacer uso de la ley, generar y promover esos instrumentos, como es el caso de la definición de sitio forestal para especies nativas. En este sentido, las propias empresas tienen grandes desarrollos de investigación y las universidades trabajan ya en ese alineamiento.
Son especies de mucho más corto desarrollo. Hoy hay emprendimientos forestales que tienen un crecimiento muy acelerado y que nos permiten obtener beneficios en menos de diez años. No es el caso de los cultivos de especies nativas, sobre todo el que menciona el compañero Snopek, en que el desarrollo de una plantación puede llegar a demorar cien años. Esto no le quita mérito al hecho de promover la implantación de especies nativas bajo un modelo, no de la 26.331 como promoción de bosque nativo, sino de especies nativas en cultivos comerciales.
Esto, en términos de valorización, uno puede hasta traducirlo en el valor actualizado neto de la futura explotación, teniendo en cuenta que son recursos del Estado.
Consecuentemente, estos fondos pueden utilizarse para la investigación y el desarrollo de cada caso en particular y para la definición de ciclos forestales de otras especies, más allá del pino y del eucaliptus que están bastante estudiados. Recuerdo que en nuestros años de estudiante cavábamos y hacíamos calicatas para verificar la correlación entre perfiles y crecimiento de estas especies.
En segundo lugar, si bien ya figura en el proyecto, me gustaría que quedara más explicitado el artículo 4°, relativo a emprendimiento forestal, cuando señala: "a los efectos de esta ley, a las plantaciones de especies forestales...", -continuando más adelante- "...que permitan satisfacer la demanda actual y potencial de materia prima por parte de distintas industrias..." Entiendo que esta es una oportunidad para hacer explícita la inclusión de la generación de energía, dado que hoy tenemos grandes emprendimientos, particularmente de eucaliptus de alto crecimiento, que son testeados y verificada su aptitud para la generación de energía. Entonces, propongo que se incluya la redacción: "incluyendo generación de energía".
Por otro lado, no me queda claro por qué excluimos la incompatibilidad de los elementos relacionados con la ley 26.631 en el acompañamiento de una ley de promoción forestal. A quienes tal vez no están demasiado en el tema, les comento que la ley 26.631 es de gestión de manejo y vincula los ordenamientos territoriales de cada provincia. El espíritu era que la ley no fuera aplicada para forestar espacios desforestados de especies nativas ya que así volveríamos a hacer el tremendo daño que se le generó a la pobre Misiones, provincia muy querida por mí ya que mi papá es misionero y además tuve la oportunidad de trabajar en gestión de bosques nativos. En ese caso, ocurre que más del 50 por ciento de los bosques nativos fueron volteados para plantar pinos y eucaliptus.
Actualmente esa situación, en términos de patrimonio ecológico, ambiental y biodiversidad tiene una importancia extrema, mientras que en aquel entonces el rozado era una práctica normal en el bosque nativo para implantar especies de mayor avidez en el mercado, como son los pinos y eucaliptus. Sin embargo, esas especies tienen un valor mucho menor en términos de sustento de biodiversidad y contribución a las cuentas prepatrimoniales, como se dice cuando queremos valorizar los recursos naturales y los servicios ecosistémicos que proponen una conformación de esta naturaleza.
No tengo la capacidad de buscar los términos específicos. De todos modos, solicito que seamos más o menos cautos en la redacción y que quede explícito que es incompatible utilizar este instrumento para forestar ambientes desforestados de bosques nativos. Por lo menos así lo habíamos establecido con una fecha límite que no habilitaba nuevas deforestaciones.
Por otro lado, hay una cuestión de forma ya que tendríamos que numerar al artículo sin número que está después del artículo 30. Tal vez estoy equivocado, no soy abogado, pero hasta ahora no emitimos ningún dictamen con un artículo sin número; o al menos no lo recuerdo.
En principio, estas son algunas de las dudas que tengo. Podríamos convocar s a una nueva reunión para saldarlas o, por lo menos, incluir, previo a la firma del proyecto definitivo, estas consideraciones.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Antes de dar la palabra al diputado Franco, quiero comentar a los señores diputados que más allá de las consideraciones que se están haciendo y de las objeciones sobre el proyecto de ley, hay una voluntad mayoritaria de avanzar. Habida cuenta del pedido que se hizo en las exposiciones anteriores en el sentido de crear un espacio de búsqueda de algunos consensos para realizar algunas posibles modificaciones, quiero transmitirles que este espacio va a estar habilitado.
Quiero informarles que vamos a ir pasando el dictamen, habida cuenta de que hay diputados que tenemos que ir a otras comisiones. Sin embargo, esto de ninguna manera invalida las exposiciones que vamos a escuchar y también la posibilidad de hacer algunas correcciones.
Tiene la palabra el señor diputado Franco.
Quiero informarles que vamos a ir pasando el dictamen, habida cuenta de que hay diputados que tenemos que ir a otras comisiones. Sin embargo, esto de ninguna manera invalida las exposiciones que vamos a escuchar y también la posibilidad de hacer algunas correcciones.
Tiene la palabra el señor diputado Franco.
SR. FRANCO Señor presidente: en primer lugar quiero decir que está en la sala la diputada Derna que, por su especialidad, fue quien participó activamente en el debate en nombre de nuestro bloque. Quisiera pedir que se la autorice para que pueda expresar algunas ideas, teniendo en cuenta que no forma parte de la comisión.
Por otra parte, creo que debemos tener un concepto práctico. Todos estamos de acuerdo en que tiene que prorrogarse esta ley. El riesgo sería que no se prorrogue, y ahí sí creo que estaríamos en un problema. Por eso pido a los diputados y a la comisión que por favor elaboremos el dictamen y después, si hay alguna cuestión que discutir en el recinto, el presidente de la Cámara no va a tener inconvenientes en que haya un debate y podamos hacer modificaciones. Creo que tenemos que hacer dictamen en el día de hoy.
Por otra parte, creo que debemos tener un concepto práctico. Todos estamos de acuerdo en que tiene que prorrogarse esta ley. El riesgo sería que no se prorrogue, y ahí sí creo que estaríamos en un problema. Por eso pido a los diputados y a la comisión que por favor elaboremos el dictamen y después, si hay alguna cuestión que discutir en el recinto, el presidente de la Cámara no va a tener inconvenientes en que haya un debate y podamos hacer modificaciones. Creo que tenemos que hacer dictamen en el día de hoy.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Por supuesto que están abiertas todas las posibilidades, incluso en el recinto, para llevar adelante alguna modificación.
Tiene la palabra la señora diputada Derna.
Tiene la palabra la señora diputada Derna.
SRA. DERNA Señor presidente: gracias por darme la oportunidad de comentar el trabajo y poner en valor lo que se hizo desde la mesa nacional que se llevó a cabo en relación a la propuesta de modificación de la ley 25.080, teniendo en cuenta la necesidad de su prórroga. Muchas gracias, al diputado Pastori, por su referencia y a mis compañeros por brindarme este espacio.
Simplemente quiero poner en valor el trabajo que se llevó a cabo desde la mesa nacional. Quiero felicitar al equipo de Nicolás Laharrague, que es director nacional del Ministerio de Agroindustria, quien con todo su equipo supo llevar adelante esta mesa y traer hoy acá un proyecto consensuado. Quiero agradecer no solamente a quienes son parte, de alguna manera, del Estado provincial y del Estado nacional, sino también a todas las instituciones que participaron, que fueron muchísimas. Hoy está acá acompañando Claudia Peirano, de AFOA, por ejemplo, pero muchas otras instituciones y organizaciones relacionadas con el sector forestal trabajaron intensamente en este proyecto para lograr lo que estamos tratando hoy.
Seguramente, muchos artículos no están conforme a lo que hubiéramos querido y seguramente se pueden mejorar algunos articulados, pero les puedo asegurar que reflejan la opinión de todo el sector. La mesa estaba abierta para que participaran todos aquellos que estaban interesados en hacerlo, nosotros lo hicimos conformando un equipo del Ejecutivo provincial, siempre acompañados por el señor gobernador. Desde el Ministerio del Agro de nuestra provincia conformaron un equipo del cual fui parte.
Lo que tenemos hoy es una oportunidad única de prorrogar y encima modificar la ley, y hacerlo de acuerdo a las nuevas exigencias, como bien decía el señor diputado Basterra, muy relacionado con el desarrollo sostenible, que fue una incorporación importante a la ley.
En relación a la 26.331, queremos decirle que la provincia de Misiones conserva en la actualidad el 51 por ciento de la selva paranaense en su estado original. De 3 millones de hectáreas que tenemos los misioneros, más de 1.300.000 hectáreas son de bosque nativo, y todos los días nos esforzamos por mantenerlo. Así que a todos le pedimos el acompañamiento a este proyecto de ley al que, seguramente, como dije, le deben faltar algunos toquecitos para que pueda satisfacer los requerimientos de todos, pero les puedo asegurar que es un proyecto de ley que hemos trabajado muchísimo, y hemos llegado a esta instancia por consenso. (Aplausos.)
Simplemente quiero poner en valor el trabajo que se llevó a cabo desde la mesa nacional. Quiero felicitar al equipo de Nicolás Laharrague, que es director nacional del Ministerio de Agroindustria, quien con todo su equipo supo llevar adelante esta mesa y traer hoy acá un proyecto consensuado. Quiero agradecer no solamente a quienes son parte, de alguna manera, del Estado provincial y del Estado nacional, sino también a todas las instituciones que participaron, que fueron muchísimas. Hoy está acá acompañando Claudia Peirano, de AFOA, por ejemplo, pero muchas otras instituciones y organizaciones relacionadas con el sector forestal trabajaron intensamente en este proyecto para lograr lo que estamos tratando hoy.
Seguramente, muchos artículos no están conforme a lo que hubiéramos querido y seguramente se pueden mejorar algunos articulados, pero les puedo asegurar que reflejan la opinión de todo el sector. La mesa estaba abierta para que participaran todos aquellos que estaban interesados en hacerlo, nosotros lo hicimos conformando un equipo del Ejecutivo provincial, siempre acompañados por el señor gobernador. Desde el Ministerio del Agro de nuestra provincia conformaron un equipo del cual fui parte.
Lo que tenemos hoy es una oportunidad única de prorrogar y encima modificar la ley, y hacerlo de acuerdo a las nuevas exigencias, como bien decía el señor diputado Basterra, muy relacionado con el desarrollo sostenible, que fue una incorporación importante a la ley.
En relación a la 26.331, queremos decirle que la provincia de Misiones conserva en la actualidad el 51 por ciento de la selva paranaense en su estado original. De 3 millones de hectáreas que tenemos los misioneros, más de 1.300.000 hectáreas son de bosque nativo, y todos los días nos esforzamos por mantenerlo. Así que a todos le pedimos el acompañamiento a este proyecto de ley al que, seguramente, como dije, le deben faltar algunos toquecitos para que pueda satisfacer los requerimientos de todos, pero les puedo asegurar que es un proyecto de ley que hemos trabajado muchísimo, y hemos llegado a esta instancia por consenso. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Tiene la palabra el señor diputado Torello.
SR. TORELLO Señor presidente: simplemente quiero corroborar lo dicho por la señora diputada Derna, en el sentido de que hemos estado trabajando en el ministerio -cuando era ministerio- para este proyecto de ley, y daba gusto ver toda la gente trabajando y luchando y haciendo propuestas, así que ya hay un trabajo previo enorme.
También estoy de acuerdo con el diputado Franco con que hoy de acá tiene que salir el dictamen y que las cosas que tengamos que discutir o los detalles o propuestas las discutamos en el recinto pero que saquemos el dictamen.
También estoy de acuerdo con el diputado Franco con que hoy de acá tiene que salir el dictamen y que las cosas que tengamos que discutir o los detalles o propuestas las discutamos en el recinto pero que saquemos el dictamen.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Tiene la palabra el señor diputado Pastori.
SR. PASTORI Señor presidente: quiero hacer algunas breves aclaraciones.
En relación a lo manifestado por el señor diputado Snopek, de acuerdo a los datos de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria, en los últimos veinte años -o durante la vigencia de la ley- el 70 por ciento de los aportes cubrió hasta 20 hectáreas, o sea que el 70 por ciento de los aportes fueron destinados a productores de hasta 20 hectáreas. Por lo tanto, en realidad a los más grandes productores, lo que más les interesa no es tanto el subsidio sino la estabilidad fiscal. Ese es el mayor interés que tienen los grandes productores, lo cual se les mantiene tal cual como está en la actualidad.
También nos decían que el promedio actual de pago ronda el 50 por ciento, no el 80, por lo que con una escala de este tipo, con una ley que va a tener un financiamiento, en realidad todos van a terminar cobrando más, incluidos los grandes productores, o los más grandes, de hasta 300 hectáreas.
Con respecto a las observaciones que hizo el diputado Basterra -y en general otras que pueda haber-, el presidente de la comisión cabecera lo ha expresado Y yo ratifico también la intención de discutir antes de tratar en el recinto todos aquellos temas que tengan interés en hacerlo.
Por una cuestión de honestidad intelectual, debo decir que la autoría del proyecto no me pertenece, sino que es de la comisión asesora. El proyecto presentado es tal cual como lo elaboró la comisión asesora.
También me parece que conviene dar alguna participación a sus miembros para que las modificaciones que podamos proponer no rompan con el espíritu con el cual ha sido presentado. Pero me atrevo a adelantar, diputado Basterra, que no va a haber ningún inconveniente en agregar, por ejemplo, en el artículo correspondiente la expresión que incluya investigación o desarrollo. Me atrevo a adelantar que vamos a incorporar eso, así como otras cuestiones que podamos consensuar antes de ser tratado en el recinto.
Con esto quiero dejar aclaradas algunas cuestiones que se han planteado.
En relación a lo manifestado por el señor diputado Snopek, de acuerdo a los datos de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria, en los últimos veinte años -o durante la vigencia de la ley- el 70 por ciento de los aportes cubrió hasta 20 hectáreas, o sea que el 70 por ciento de los aportes fueron destinados a productores de hasta 20 hectáreas. Por lo tanto, en realidad a los más grandes productores, lo que más les interesa no es tanto el subsidio sino la estabilidad fiscal. Ese es el mayor interés que tienen los grandes productores, lo cual se les mantiene tal cual como está en la actualidad.
También nos decían que el promedio actual de pago ronda el 50 por ciento, no el 80, por lo que con una escala de este tipo, con una ley que va a tener un financiamiento, en realidad todos van a terminar cobrando más, incluidos los grandes productores, o los más grandes, de hasta 300 hectáreas.
Con respecto a las observaciones que hizo el diputado Basterra -y en general otras que pueda haber-, el presidente de la comisión cabecera lo ha expresado Y yo ratifico también la intención de discutir antes de tratar en el recinto todos aquellos temas que tengan interés en hacerlo.
Por una cuestión de honestidad intelectual, debo decir que la autoría del proyecto no me pertenece, sino que es de la comisión asesora. El proyecto presentado es tal cual como lo elaboró la comisión asesora.
También me parece que conviene dar alguna participación a sus miembros para que las modificaciones que podamos proponer no rompan con el espíritu con el cual ha sido presentado. Pero me atrevo a adelantar, diputado Basterra, que no va a haber ningún inconveniente en agregar, por ejemplo, en el artículo correspondiente la expresión que incluya investigación o desarrollo. Me atrevo a adelantar que vamos a incorporar eso, así como otras cuestiones que podamos consensuar antes de ser tratado en el recinto.
Con esto quiero dejar aclaradas algunas cuestiones que se han planteado.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Tiene la palabra el señor diptudo Snopek.
SR. SNOPEK Comparto plenamente lo que ha dicho el diputado Franco en cuanto a que lo peor que nos puede suceder es que la ley no se prorrogue en tiempo y forma. Es decir, tenemos que trabajar para prorrogar esta ley, y es bueno avanzar en el dictamen para que podamos considerarlo en la próxima sesión ordinaria.
En base a la propuesta que formulo, en el artículo 14 -que modifica el 17 de la ley-, luego de: "En la región Patagónica:", se agregaría: "..., y en la Puna, Quebrada y Valles de altura del Noroeste argentino..."; luego continuaría el mismo texto. Es decir, solo se modificaría el encabezado.
En base a la propuesta que formulo, en el artículo 14 -que modifica el 17 de la ley-, luego de: "En la región Patagónica:", se agregaría: "..., y en la Puna, Quebrada y Valles de altura del Noroeste argentino..."; luego continuaría el mismo texto. Es decir, solo se modificaría el encabezado.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Tiene la palabra la señora diputada Martínez.
SRA. MARTÍNEZ Compartimos la misma postura con el señor diputado, ambos pertenecemos a la provincia de Jujuy. El tema es que los estudios que se están desarrollando en el caso de nuestra provincia, con el Consejo Federal de Inversiones, el CFI, son en función de la posibilidad de forestación en las yungas. Allí es donde necesitamos centrar todo nuestro esfuerzo. Más allá de compartir la postura del señor diputado, cabe hacer un pedido y un análisis muy formal y serio con el Ministerio de Producción de la provincia.
Esa modificación que se pretende la podríamos plasmar en la disidencia que vamos a poner a consideración de las autoridades y de la comisión en su conjunto.
Esa modificación que se pretende la podríamos plasmar en la disidencia que vamos a poner a consideración de las autoridades y de la comisión en su conjunto.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Tiene la palabra el señor diputado Basterra.
SR. BASTERRA Quiero ratificar nuestro compromiso con la prórroga de la ley.
Lo que acaba de plantear la diputada me abre un camino instrumental. Nosotros firmaríamos en disidencia en estos puntos; después, en el recinto, aspiramos a que se acompañe esta disidencia ya que, hasta donde he escuchado, no hubo -por lo menos en el debate conceptual- objeciones a los puntos planteados: la no utilización de tierras que han sido deforestadas, la inclusión de la investigación y desarrollo y la posibilidad de aplicar las bioenergías.
Nuestro bloque y algunos otros diputados vamos a firmar en disidencia parcial. Aspiramos a que nos acompañen en el recinto, según lo que fue un compromiso explícito en esta reunión.
Lo que acaba de plantear la diputada me abre un camino instrumental. Nosotros firmaríamos en disidencia en estos puntos; después, en el recinto, aspiramos a que se acompañe esta disidencia ya que, hasta donde he escuchado, no hubo -por lo menos en el debate conceptual- objeciones a los puntos planteados: la no utilización de tierras que han sido deforestadas, la inclusión de la investigación y desarrollo y la posibilidad de aplicar las bioenergías.
Nuestro bloque y algunos otros diputados vamos a firmar en disidencia parcial. Aspiramos a que nos acompañen en el recinto, según lo que fue un compromiso explícito en esta reunión.
SR. PRESIDENTE BENEDETTI Hemos finalizado el tratamiento del orden del día. Como no tenemos más señores diputados anotados para hacer uso de la palabra, damos por finalizada la reunión.
Les reitero a los integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería que a las 17 continuaremos, en esta misma sala, con las exposiciones sobre la ley de semillas.
Les reitero a los integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería que a las 17 continuaremos, en esta misma sala, con las exposiciones sobre la ley de semillas.