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AGRICULTURA Y GANADERIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 104

Secretario Administrativo SR. DARRE JUAN AGUSTIN

Martes 17.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2103 Internos 2103/04

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1992-D-2017

Sumario: EXPRESAR ADHESION AL "DIA DEL ANIMAL", A CELEBRARSE EL 29 DE ABRIL DE 2017.

Fecha: 25/04/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35

Proyecto
Expresar su mayor preocupación por el contenido de la Resolución 249-E/2017 del Ministerio de Agroindustria publicada en el Boletín Oficial el día 6 de septiembre, que relanza el programa “Cambio Rural”, programa de más de 20 años apuntado a asistir técnicamente a grupos de pequeños productores.
En el punto cinco del “Manual Operativo” publicado en el Boletín se expresa que:
“Para ser beneficiario del Cambio Rural se deben reunir los siguientes requisitos:
• Ser productor pequeño o mediano del sector agropecuario o agroalimentario.
• Ser nacido en territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo.”
Esto excluye y discrimina al enorme sector de familias productoras de origen de países limítrofes que día a día garantizan la producción de hortalizas en los cordones verdes de todas las provincias. Sólo basta con dar una vuelta por las zonas quinteras para darse cuenta que la sociedad consume verduras diariamente gracias a esas manos, que en gran parte no nacieron en este país.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Esta Resolución es claramente contraria a la Constitución Nacional de la República Argentina, que en su artículo 20 expresa: “Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República.
El universo de familias que quedarán excluidas mediante la mencionada Resolución del Ministerio de Agroindustria es de aproximadamente diez mil, el 80% de los productores, mayormente bolivianos.
El Ministerio viene tomando decisiones excluyentes respecto del Programa Cambio Rural, que son una síntesis de ajuste sobre las espaldas de los pequeños productores, discriminación de los residentes extranjeros y concentración productiva para terratenientes de más de cien hectáreas.
Por caso, ya recortó unos 780 cupos de Cambio Rural que asisten a estas familias, lo que significó también la pérdida de trabajo para 500 ingenieros.
En un claro gesto del cambio de políticas públicas, y ante el reclamo de los productores, desde el gobierno les respondieron que serían atendidos por el Ministerio de Desarrollo Social, mediante el Programa Grupos de Abastecimiento Local (GAL).
Esto significa pasar de un ámbito productivo al asistencialismo, en flagrante contradicción con los discursos gubernamentales de fomentar el emprendedurismo y la producción, para ir reduciendo las necesidades de asistencia.
Pero también es necesario recordar que hay otros sectores perjudicados por estas directivas como la producción de animales de granja y de otros cultivos, y las pequeñas producciones de las economías regionales. (Vinos, quesos, hilados, etc.)
Por lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen con la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GRANADOS, DULCE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
07/11/2017 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara
Dictamen
13/11/2017
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1816/2017 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 13/11/2017
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 30/11/2017 APROBADO