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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 445

Jefe DRA. ALVAREZ CLARA BEATRIZ

Martes 13.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2434 Internos 2434/35

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 7684-D-2013

Sumario: GARANTIZAR LA DISPONIBILIDAD DE AL MENOS UN DESFIBRILADOR EXTERNO AUTOMATICO (DEA) EN TODAS LAS INSTITUCIONES DEPORTIVAS DEL PAIS COMPRENDIDAS EN LA LEY 20655 (LEY DEL DEPORTE).

Fecha: 27/11/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181

Proyecto
ARTÍCULO 1°: La presente ley tiene por objeto garantizar la disponibilidad de al menos un desfibrilador externo automático en todas las instituciones deportivas del país comprendidas en la ley N° 20.655.
ARTÍCULO 2°: A los fines de la presente ley se establece las siguiente definición: se entiende por desfibrilador externo automático (en adelante DEA) al aparato electrónico portátil con capacidad para diagnosticar fibrilación ventricular o taquicardia ventricular, y, si detecta un ritmo desfibrilable cargarse automáticamente y avisar de la necesidad de choque para luego, mediante la aplicación de una descarga eléctrica, restablecer el ritmo cardíaco normal.
ARTÍCULO 3°: La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Desarrollo Social en coordinación con la Secretaría de Deportes de la Nación.
ARTÍCULO 4°: Las instituciones deportivas a las que hace referencia el artículo 1° deberán contar como mínimo con un DEA, que deberá ser mantenido en condiciones aptas de funcionamiento, manteniendo su eficacia, y disponible para el uso inmediato en caso de necesidad de las personas que por allí transiten o permanezcan, de acuerdo a la gradualidad que la autoridad de aplicación establezca.
El incumplimiento del presente artículo dará lugar a una sanción económica, la cual será establecida por la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 5°.- Los DEA deberán estar instalados en lugares de fácil acceso para su utilización ante una situación de emergencia, y su ubicación claramente señalizada.
ARTÍCULO 6°.- Las instrucciones de su uso deberán colocarse repetidamente en lugares estratégicos de las dependencias, de fácil y notoria visión y desarrolladas en forma clara y entendible para personal no sanitario.
ARTÍCULO 7°.- Los empleados de las instituciones deportivas comprendidas en la presente ley deberán capacitarse en primeros auxilios, resucitación cardiopulmonar (RCP) y correcta utilización del DEA, de modo que en todo momento en que se desarrollen actividades en la entidad haya por lo menos una persona capaz de afrontar situaciones de emergencia en estos temas.
ARTÍCULO 8°.- Los DEA a instalar deberán contar con la correspondiente inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (RPPTM) de la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica.
ARTÍCULO 9°.- Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Según datos difundidos por el Instituto Cardiovascular de Buenos Aires, basados en estadísticas del Ministerio de Salud correspondientes al año 2012, en nuestro país uno de cada diez argentinos muere a causa de muerte súbita.
La muerte súbita es la muerte resultante de una pérdida abrupta de la función cardíaca. El tiempo y la forma de la muerte son inesperados y se produce en menos de una hora luego del inicio de los síntomas. No necesariamente está asociada a enfermedades cardíacas previas. El funcionamiento del corazón se interrumpe bruscamente y sin aviso previo. Cuando esto ocurre, el corazón ya no es capaz de bombear sangre al cerebro y al resto del organismo, produciendo en la mayoría de los casos, el fallecimiento casi inmediato de la persona.
Existen datos que indican que el deporte incrementa sensiblemente el riesgo de sufrir una muerte súbita durante la realización de una actividad deportiva intensa. La adrenalina que se libera durante esa actividad física, con frecuencia actúa como un disparador.
En agosto del corriente año, Héctor Sanabria , de 28 años, futbolista de Laferrere murió luego de desplomarse en la cancha por una descompensación mientras se disputaba el encuentro entre su equipo, Deportivo Laferrere y General Lamadrid, de la cuarta división del fútbol argentino.
Muchas de las víctimas del paro cardíaco súbito pueden sobrevivir si los testigos actúan de forma inmediata. La fibrilación ventricular es la causa más frecuente de muerte súbita. Si no se actúa con prontitud en estos casos, las posibilidades de recuperación serán muy bajas. Está ampliamente demostrado que la desfibrilación es el único tratamiento efectivo de un paro cardíaco súbito causado por fibrilación ventricular o taquicardia ventricular sin pulso. La evidencia científica indica que la desfibrilación temprana es determinante en la recuperación de la víctima. Las posibilidades de conseguir una desfibrilación exitosa se reducen un 10% por cada minuto que se retrase la misma. Esta desfibrilación puede aplicarse de manera eficaz con un esfibrilador externo automático (DEA). La aplicación de las maniobras Resucitación Cardiopulmonar (RCP) Básica, aunque no es un tratamiento definitivo, puede ayudar a mantener a la víctima en las mejores condiciones para que pueda ser revertido posteriormente el paro cardíaco causado por fibrilación ventricular o taquicardia ventricular sin pulso.
El DEA es un aparato electrónico portátil que diagnostica y trata la parada cardiorrespiratoria cuando es debida a la fibrilación ventricular (en que el corazón tiene actividad eléctrica pero sin efectividad mecánica) o a una taquicardia ventricular sin pulso (en que hay actividad eléctrica y en este caso el bombeo sanguíneo es ineficaz), restableciendo un ritmo cardíaco efectivo eléctrica y mecánicamente. La desfibrilación consiste en emitir un impulso de corriente continua al corazón, despolarizando simultáneamente todas las células miocárdicas, pudiendo retomar su ritmo eléctrico normal u otro eficaz.
El DEA está pensado para ser utilizado por personal no sanitario, de tal forma que siguiendo sus instrucciones se colocan los electrodos en el paciente, y el aparato, tras determinar el tipo de ritmo cardíaco, aconseja a los asistentes separarse para emitir la descarga eléctrica, o bien, aconseja realizar compresiones torácicas.
En los países desarrollados la tendencia es a colocarlos en lugares concurridos para evitar los episodios de muerte súbita, dado que su efectividad es máxima en el momento inicial, disminuyendo rápidamente en los minutos sucesivos.
El DEA analiza el ritmo cardiaco Si detecta un ritmo desfibrilable se carga automáticamente y avisa de la necesidad de choque. No se descarga hasta que el reanimador pulsa el botón correspondiente Indica el ritmo de compresiones torácicas y controla el tiempo para el siguiente análisis y choque.
Los equipos más modernos son DEA con ayuda a la RCP. No solo dan la descarga sino que además guían durante toda la RCP indicando si la velocidad y profundidad de las compresiones son las adecuadas.
En el 62° Congreso de la FIFA, llevado a cabo en Budapest el 25 de mayo de 2012, se acordó apoyar la resolución de la Conferencia Médica FIFA que "exige desfibriladores portátiles automáticos como parte del equipo obligatorio en todos los partidos que se disputen en el mundo". En el Acta del mencionado congreso, dentro del punto 14 referido a las Cuestiones estratégicas y político - deportivas, en el punto 14.4, referido a los Asuntos Médicos, según relata dicho documento, "el Dr. Michel D'Hooghe [aborda] el tema de la parada cardiorespiratoria y recuerda que es fundamental optimizar los análisis médicos previos a las competiciones y centrar esfuerzos en la medicina de urgencias, tanto en conocimientos como en equipamiento, incluidos los desfibriladores"
El Dr. D'Hooghe, natural de Bélgica, es un médico especialista en rehabilitación y medicina deportiva, que ha hecho carrera en el Hospital de Brujas como Jefe del Departamento de Medicina Física y de Medicina Deportiva, miembro del Comité Ejecutivo de la FIFA desde 1988, en representación de la confederación UEFA. Como experto en esa rama de la medicina, y autoridad dentro del comité FIFA, se ha manifestado en varias oportunidades sobre la necesidad de que cada campo fútbol cuente con un desfibrilador, para evitar de ese modo más muertes súbitas. Así lo señaló en una de sus intervenciones (la más destacada) en la Segunda Conferencia Médica de la FIFA en Budapest, realizada dentro del marco del 62º Congreso FIFA.
En la referida conferencia, el Dr. Michel D'Hooghe dirigiéndose a Blatter dijo "Si hay una palabra que nos gustaría que usted tome de aquí es, por favor, "vamos a tener un desfibrilador en cada campo de fútbol" debido a que se trata de una cuestión de vida o muerte". Vale la pena recordar que estas palabras estuvieron motivadas por el paro cardíaco de dos futbolistas internacionales: Piermario Morasini, víctima de muerte súbita mientras jugaba para el Livorno, y el centrocampista Fabrice Muamba, del Bolton Wanderers, quien sobrevivió a un paro cardiaco en el campo, luego que su corazón dejara de latir durante 78 minutos. Tal y como lo señala el propio médico en la referida Acta, "desfibrilador" fue la palabra clave durante la Conferencia Médica, puesto que se trata de una cuestión de vida o muerte".
En la convicción de que la aprobación de este proyecto puede ser un resguardo importante para la salud de los deportistas en los clubes y campos de juego es que solicito que me acompañen en esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ZIEBART, CRISTINA ISABEL CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
DEPORTES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
26/08/2014 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Dictamen
16/10/2014
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0935/2014 ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL O/D 935/14 16/10/2014