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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA

Comisión Permanente

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Jefe DRA. ALVAREZ CLARA BEATRIZ

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6819-D-2012

Sumario: DECLARAR AL ACEITE DE OLIVA COMO ALIMENTO NACIONAL: IMPLEMENTACION DE UN PROGRAMA FEDERAL DE PROMOCION .

Fecha: 27/09/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 133

Proyecto
Artículo 1º - Declarase al Aceite de Oliva Argentino como Alimento Nacional.
Se define Aceite de Oliva Argentino, o indistintamente AOA en lo sucesivo, al industrializado en la República Argentina, utilizando únicamente como materia prima aceitunas que sean íntegramente cosechadas en territorio argentino, cuya composición se ajuste a lo establecido en la ley 18.284 y normas complementarias, en el CAPITULO VII. ALIMENTOS GRASOS ACEITES ALIMENTICIOS, Artículo 535 del Código Alimentario Nacional.
Art. 2º - Encomiéndese al Poder Ejecutivo el diseño de un Programa Federal de Promoción del Aceite de Oliva Argentino cuyo objetivo principal sea incrementar el consumo interno del aceite de oliva argentino, orientar su incorporación a la canasta alimentaria habitual de los argentinos y consecuentemente ampliar la participación de dicho producto en los mercados nacionales.
A los efectos de dar cumplimiento a la presente disposición, dicho Programa deberá resaltar y fortalecer las propiedades nutricionales y demás valores diferenciales del Aceite de Oliva Argentino, como también el diseño de la imagen e isologo del Aceite de Oliva Argentino Alimento Nacional y la elaboración y coordinación del plan de acción para su utilización y amplia difusión del producto en los ámbitos público y privado.
Art. 3º - Dispónese que en todos los eventos y actividades culturales, sociales o deportivas de carácter oficial o que se encuentren previstos en las agendas oficiales nacionales o internacionales, deberá preverse la presencia de la expresión, imagen e isologo del Aceite de Oliva Argentino Alimento Nacional y la promoción de dicho alimento y sus tradiciones.
Art. 4º - Comuníquese, publíquese.
Señor Presidente:
Motiva este proyecto de declarar el Aceite de Oliva Argentino como alimento nacional la necesidad de fortalecer las economías regionales de nuestro país y la urgencia por diversificar el destino de comercialización de un producto con alta apreciación social y comercial, para de ese modo ampliar el consumo en el mercado local.
La Argentina, según datos actualizados a 2011 del Consejo Oleícola Internacional (COI), es el primer productor de aceitunas de América y el cuarto productor mundial detrás de la Unión Europea, Turquía y Egipto. Reportando una cosecha en 2011 de 200.000 toneladas, representa un 6,4% del total de la producción mundial.
Según datos del Ministerio de Agricultura de la Nación, el estimado al 2011, en superficie implantada en las provincias productoras:
Tabla descriptiva
Esta cifras cifras son estimadas a la fecha, dado que el sector por sucesivas crisis, ha desacelerado inversiones y muchas fincas han detenido la expansión por problemas de costos, escasa competitividad y bajos precios internacionales del aceite que han mermado la rentabilidad integral de los proyectos de inversión.
Si bien la extensión territorial de nuestro país y las bondades de su suelo, en especial en las regiones cordilleranas permiten proyectar una ampliación de esta frontera a unas 120.000 has de plantaciones de olivos en lo proyectado por el sector en su propuesta del Plan Estratégico Olivícola 2020.
Este objetivo debe estar acompañado de políticas públicas que fomenten tanto la producción primaria como la industrialización de la aceituna en sus dos principales variantes: Aceitunas de mesa o conserva y el Aceite de Oliva Argentino.
El Aceite de Oliva
Según el Consejo Oleícola Internacional el aceite de oliva es el aceite procedente únicamente del fruto del olivo (Olea europaea L.), con exclusión de los aceites obtenidos mediante disolventes o procedimientos de re esterificación y de cualquier mezcla con aceites de otros tipos.
El Código Alimentario Argentino (CAA) es el conjunto de normas y disposiciones higiénico- sanitarias, bromatológicas y de identificación comercial que regulan la composición y producción de alimentos que se comercializan para consumo humano en la República Argentina.
El Artículo 535 del CAA establece "Se entiende por Aceite de oliva, el obtenido de los frutos de Olea europaea L.
• Se denominan Aceites de oliva vírgenes, a los obtenidos a partir del fruto del olivo exclusivamente por procedimientos mecánicos y técnicos adecuados y purificado solamente por lavado, sedimentación, filtración y/o centrifugación (excluida la extracción por disolventes).
• El aceite de oliva obtenido por presión y sometido a proceso de refinación se designará como Aceite de oliva refinado.
• Con la designación de Aceite de Oliva (sin otra denominación) se entiende a una mezcla de aceite de oliva virgen con aceite de oliva refinado."
Luego el Código Alimentario Nacional detalla las denominaciones y definiciones del Aceite de Oliva a los fines de su comercialización:
1. Aceite de oliva virgen: es el aceite obtenido del fruto del olivo únicamente por procedimientos mecánicos o por otros medios físicos en condiciones, especialmente térmicas, que no produzcan la alteración del aceite, y que no haya tenido más tratamientos que el lavado, la decantación, la centrifugación y el filtrado.
Se lo clasifica en los siguientes tipos:
1.1. Aceite de oliva virgen extra: es el aceite de oliva virgen cuya acidez libre máxima expresada en ácido oleico es 0,8 gr. cada 100 gr.
1.2. Aceite de oliva virgen: es el aceite de oliva virgen cuya acidez libre máxima expresada en ácido oleico es 2 gr. cada 100 gr.
1.3. Aceite de oliva virgen corriente: es el aceite de oliva virgen cuya acidez libre máxima expresada en ácido oleico es 3,3 gr. cada 100 gr.
2. Aceite de oliva lampante: es el aceite de oliva virgen cuya acidez libre expresada en ácido oleico es superior a 3,3 gr. cada 100 gr. Este tipo de aceite de oliva virgen no es apto para el consumo humano. Se lo destinará en su totalidad a la industria del refinado de oliva.
3. Aceite de oliva refinado: es el aceite de oliva obtenido de aceites de oliva vírgenes mediante procesos de refinación que no provoquen ninguna modificación de la estructura glicerídica inicial. La acidez libre máxima expresada en ácido oleico es 0,3 gr. cada 100 gr.
4. Aceite de oliva: es el aceite de oliva compuesto por aceite de oliva refinado y por aceite de oliva virgen apto para el consumo humano, y cuya acidez libre máxima, expresada en ácido oleico, es 1,0 gr. por 100 gr.,

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Propiedades alimenticias
Existen diversas fuentes científicas a las que consultamos que sostienen numerosas propiedades beneficiosas para la salud que aporta el AOA. Las características nutricionales principales del AOA radican en su alto contenido en ácido oleico. La relación entre el ácido linoleico y el alfatocoferol (vitamina E) es dietéticamente mucho más equilibrada que la de los aceites de semillas.
El AOA es el jugo que procede directamente de la aceituna y conserva todas las propiedades biológicas del fruto, incluidas vitaminas y antioxidantes. Este beneficio no ocurre en el caso de aceites de semillas, cuyos aceites se obtienen por medios de disolventes químicos.
El AOA figura como unos de los componentes básicos de la denominada Pirámide de la Dieta Mediterránea, la cual es considerada como la Dieta óptima reconocida. El Consejo Oleícola Internacional (COI) identifica al AOA como un componente saludable para diversas problemáticas de la salud típicas en las sociedades modernas.
En el caso de las Enfermedades Cardiovasculares, las tasas más bajas de mortalidad por enfermedad coronaria se registran actualmente en los países donde el aceite de oliva es prácticamente la grasa consumida mayoritariamente, según estudios publicados por el máximo organismo internacional del aceite de oliva. Dice el COI que "Se ha demostrado que el aceite de oliva tiene un efecto en la prevención de la formación de coágulos de sangre que derivan en la arterioesclerosis". Gracias al aporte de ácido oleico del aceite de oliva virgen se facilita la producción de proteínas como la mielina, presentes en las terminaciones nerviosas, facilitando sus conexiones y mejorando por tanto las transmisiones nerviosas cerebrales, de ahí que se le haya adjudicado un papel protector contra las enfermedades degenerativas cerebrales como el Alzheimer. La presencia de un 75% de ácido oleico en el AOA despliega una tarea favorable sobre el sistema vascular y el corazón. De los aceites, el de oliva es el más abundante en ácido oleico, grasa monoinsaturada, con efecto benéfico sobre el colesterol, ya que baja las tasas de LDL o colesterol malo y aumenta las de HDL o colesterol bueno. Lo que constituye al aceite de oliva, en un protector cardiovascular natural.
También el COI asegura que "El efecto beneficioso del consumo de aceite de oliva con respecto a las enfermedades cardiovasculares ha sido demostrada en la prevención primaria, donde se reduce el riesgo de desarrollar la enfermedad, y en la prevención secundaria, donde se evita la recurrencia después de un primer evento coronario."
El Aceite de Oliva actúa como antioxidante por su contenido de Vitamina E (alfa-tocoferol), carotenoides y compuestos fenólicos (fenoles simples, tales como el hidroxitirosol y fenoles complejos, tales como la oleuropeína que aportan ventajas adicionales en la prevención de determinadas enfermedades y también de envejecimiento.
Estudios epidemiológicos sugieren que el aceite de oliva ejerce un efecto protector contra ciertos tumores malignos dado que la presencia del ácido oleico disminuye la producción de sustancias que favorecen el desarrollo de tumores.
Otros beneficios a la salud del Aceite de Oliva demostrados a partir de numerosos estudios científicamente comprobados aseguran un claro efecto reductor sobre la presión arterial, la diabetes, gracias a la presencia de Ácidos grasos monoinsaturados (MUFA): omega 9, refuerza el sistema inmunológico y aporta a la reducción de la obesidad gracias a la sustitución en el consumo de grasas animales.
El Aceite de Oliva tiene también efectos beneficiosos para el aparato digestivo ya que inhibe parcialmente la motilidad gástrica permitiendo una mejor digestión, asegura el drenaje biliar, reduce la secreción pancreática y además posee un efecto laxante.
Las Vitaminas que aporta el Aceite de Oliva cada 100 gramos son la E con 5,10 mg. y Vitamina K 49,60 ug.
La cantidad de calorías del aceite de oliva, es de 899 kcal. por cada 100 gramos. El aporte energético de esta cantidad representa un 32% de la cantidad diaria recomendada de calorías que necesita un adulto de mediana edad y de estatura media que realice una actividad física moderada.
Producción Olivícola Argentina
Tabla descriptiva
Fuente: Consejo Oleícola Internacional
Según datos oficiales del Consejo Oleícola Internacional, Argentina produjo en promedio en los últimos diez años 18,5 millones de kilos de aceite de Oliva anuales, con cifras récord registrado en el año 2008 con 27.000 toneladas. Durante el último año 2011 nuestro país industrializó 16.000 toneladas. Del total de esta producción, se consumen en el mercado interno argentino tan solo 5.000 toneladas, es decir, menos de un tercio de lo producido el último año y un 27% del promedio de producción nacional de los últimos diez años. Nuestro país exportó el último año 11.000 tn de AOA, con estadísticas de envíos por 19.000 tn como cifra récord en 2009. El complejo exportador de AOA durante el año 2011 representó ingresos de divisas por casi USD 70.000.000.- siendo las Provincias de La Rioja y Mendoza quienes lideran el lote de jurisdicciones exportadoras, seguidas por Catamarca y San Juan. Los destinos principales de estos envíos son Estados Unidos y Brasil, quienes atrajeron el 53% y el 34 % respectivamente.
El total de producción mundial alcanza a 3.200.000 toneladas. Argentina lidera la producción de AOA en América y se encuentra en el noveno lugar en el mundo como productor de AOA cuya producción representa un 0,7% del total global liderado por los países de la Unión Europea seguido por Siria, Túnez y Turquía entre otros.
En los últimos tres años, Argentina cedió lugares a Australia y Chile, quienes comenzaron a incrementar su producción olivícola orientada mayoritariamente a la fabricación de aceite.
Mercado de Aceites en Argentina
Los datos que la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina reportan una visión del consumo interno de aceites tradicionales derivados principalmente de la Soja y el Girasol
Tabla descriptiva
(*) Fuente Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA)
(**) Fuente Censo 2010 INDEC
(***) Consejo Oleícola Internacional
Desde esta misma lógica tenemos un análisis del consumo interno de AOA
Tabla descriptiva
El AOA representa un 1,5% del consumo interno de aceites comestibles y se ubica como el Cuarto aceite con mayor consumo en el país detrás de los denominados aceites de semilla como Soja, Maíz y Girasol.
De esa estadística se desprende que el 76% del consumo interno corresponde al aceite de soja, un 14% al aceite de girasol, un 3% al aceite de maíz y el resto (canola, maní, etc.) completan el total del consumo nacional de aceites. Esto es, en Argentina se consume anualmente 125 g de aceite de oliva por habitante.
El consumo interno comparado de otros países es: Chile: 1,84 kg por habitante por año. Brasil: 0,5 Kg por habitante por año Canadá: 1 Kg por habitante por año EEUU: 0,8 Kg por habitante por año. España: 12 Kg por habitante por año Argentina: 0,125 Kg por habitante por año
De volcarse la totalidad de la producción de AOA, unas 15.000 toneladas, en el mercado interno se lograría un promedio anual de consumo por habitante de poco más de medio kilo de AOA. No obstante esto último no es el objetivo del presente proyecto de ley; sino el de intensificar las acciones de difusión a fin de aumentar el consumo interno y la ampliación de la producción de AOA con el objeto de reactivar las economías regionales en especial las de las provincias productoras de nuestro país. El desafío es incrementar la producción promoviendo el consumo y de ese modo acrecentar la superficie cultivada de olivos, fomentar la industrialización progresiva de los pequeños productores y fortalecer a los industriales pequeños y medianos, sector empresarial unánimemente reconocido como mayor generador de puestos de trabajo, abriendo canales de comercio hacia segmentos de consumo populares. Por todo ello solicito a mis pares el acompañamiento de este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TINEO, JAVIER HECTOR LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
UÑAC, JOSE RUBEN SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TOMAS, HECTOR DANIEL SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
YAZBEK, RUBEN DAVID CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
INDUSTRIA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
30/10/2012 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad con modificaciones con tres disidencias
14/11/2012 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
14/11/2012 DICTAMEN Aprobado con modificaciones con disidencias
Dictamen
30/11/2012
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1573/2012 CON MODIFICACIONES; CON 4 DISIDENCIAS PARCIALES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 30/11/2012
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GIACCONE (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO YAZBEK (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Diputados INSERCION
Senado PASA A SENADO -
Senado MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA)
Senado CONSIDERACION Y SANCION SANCIONADO