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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 445

Jefe DRA. ALVAREZ CLARA BEATRIZ

Martes 13.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2434 Internos 2434/35

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4036-D-2012

Sumario: ALIMENTACION SALUDABLE Y SEGURA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EDAD ESCOLAR: REGIMEN DE PROMOCION Y PREVENCION.

Fecha: 14/06/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69

Proyecto
ARTICULO 1°: La presente ley tiene por objeto promover la alimentación saludable y segura de los niños, niñas y adolescentes en edad escolar a través de políticas de promoción y prevención.
ARTICULO 2°: Los kioscos y bufetes instalados en establecimientos escolares públicos y privados, deben incorporar para la venta bebidas y comestibles saludables de acuerdo al listado elaborado por la Autoridad de Aplicación, con el objeto de darles la posibilidad a los alumnos y alumnas de contar con la opción de elegir alimentos de alto valor nutricional.
ARTICULO 3°: La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Educación de la Nación o el organismo que en el futuro lo reemplace.
ARTICULO 4º: La Autoridad de Aplicación requerirá al Ministerio de Salud de la Nación, la elaboración de un listado de bebidas y alimentos saludables estableciendo el tipo de producto y su calidad nutricional, sin precisar marca comercial alguna.
Dicho listado será enviado por la Autoridad de Aplicación a todas las instituciones escolares, a efectos de cumplir con lo normado en el artículo primero.
ARTICULO 5°: Las máquinas expendedoras de bebidas y alimentos que se encuentren dentro de los establecimientos educativos, deben tener su opción saludable.
ARTICULO 6°: La Autoridad de Aplicación realizará campañas de concientización sobre la conveniencia de una adecuada alimentación, con pautas y guías de alimentación saludable.
ARTICULO 7º: Los kioscos y bufetes deben exhibir en forma visible letreros que estimulen el consumo de alimentos saludables.
ARTICULO 8°: Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Ley.
ARTÍCULO 9º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El principal objetivo del presente proyecto es promocionar en los establecimientos educativos tanto públicos como privados el consumo de alimentos saludables en todo el país.
Teniendo en cuenta varios estudios realizados sobre el estado nutricional de la población infantil en nuestro país, y los datos arrojados por la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (2005), la prevalencia de sobrepeso en el país es del 31,5%.
Una de las grandes epidemias actuales es la obesidad, el porcentaje de personas con sobrepeso u obesidad sigue creciendo y los niños no escapan a esta tendencia.
Si bien no es posible modificar por completo los hábitos alimentarios de los niños, niñas y adolescentes, cierto es que podemos y debemos brindarle una opción de elegir, al menos desde la escuela, fomentando hábitos alimentarios saludables.
Lo que pretende el presente proyecto no es una prohibición a los niños, niñas y adolescentes, sino establecer un marco de opciones saludables disponibles.
Por esto creemos que la promoción de hábitos saludables es un gran paso para la adecuada nutrición en una edad en la que los hábitos nos
pueden formar para el futuro, con la posibilidad de evitar trastornos de salud.
Es por ello que esta Ley prevé la colaboración del Ministerio de Salud de la Nación para la elaboración de un listado de alimentos nutritivos que la Autoridad de Aplicación distribuirá en los distintos establecimientos educativos.
Ante los malos hábitos nutricionales que se originan en nuestros hogares como consecuencia del ritmo de vida actual y la permanente publicidad que exacerba esa tendencia, proponemos impulsar y desarrollar conocimientos que puedan transformarse en conductas y hábitos saludables.
Esta iniciativa tiene por objeto lograr una medida de acción positiva tendiente a garantizar los derechos a la educación y a la salud integral contemplados en la Constitución Nacional, por lo que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
REGAZZOLI, MARIA CRISTINA LA PAMPA PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
EDUCACION
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
09/10/2012 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
13/11/2012 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias
Dictamen
30/12/2012
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1583/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0404-D-2012, 0119-CD-2012, 4036-D-2012, 5026-D-2012, 5135-D-2012 y 5379-D-2012 CON MODIFICACIONES; 2 CON DISIDENCIAS PARCIALES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 30/12/2012
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0404-D-2012, 0119-CD-2012, 4036-D-2012, 5026-D-2012, 5135-D-2012 y 5379-D-2012 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0404-D-2012, 0119-CD-2012, 4036-D-2012, 5026-D-2012, 5135-D-2012 y 5379-D-2012