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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA

Comisión Permanente

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Jefe DRA. ALVAREZ CLARA BEATRIZ

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1160-D-2007

Sumario: REGULACION DEL CONTENIDO DE SODIO EN LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION.

Fecha: 29/03/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21

Proyecto
REGULACIÓN DEL CONTENIDO DE SODIO EN LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION
ARTICULO 1°: Establécese el máximo de contenido de sodio en los alimentos elaborados por la industria de la alimentación en QUINIENTOS (500) miligramos por cada CIEN (100) gramos de alimento o de un TRECE POR MIL (13 0/00) de sal.
ARTICULO 2°: El máximo dispuesto en el artículo anterior se alcanzará en el plazo de CINCO (5) años desde la fecha de vigencia de la presenta ley.
ARTICULO 3°: Es autoridad de aplicación de la presente ley, el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, a través de LA SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS y su dependiente ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA - ANMAT - y su dependiente INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS (INAL) y el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRUDUCCION a través de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.
ARTICULO 4°: La autoridad de aplicación determinará los máximos anuales para arribar al máximo dispuesto en el artículo 1° previo dictamen de la COMISION NACIONAL DE ALIMENTOS (CONAL). Dichos parámetros así determinados se incorporarán por resolución conjunta de ambas Secretarías señaladas, al Código Alimentario Argentino (Ley n° 18.248).
ARTICULO 5°: de forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En Septiembre de 2004, se celebró en la ciudad de Ushuaia, una reunión ordinaria del CONSEJO FEDERAL DE SALUD, coordinada por la suscripta en carácter de Secretaria de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias, y presidida por el Sr. Ministro de Salud y Ambiente de la Nación.
Allí con la asistencia de los Sres. Ministros de Salud provinciales, se trataron las primeras conclusiones (sobre las provincias patagónicas) de la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo cuya tarea concluyó a mediados del 2006.
De dicha encuesta, surge que los principales determinantes de las Enfermedades no Transmisibles son los Factores de Riesgo, como el tabaco, alcohol, presión arterial elevada, colesterol, diabetes y la alimentación no saludable como los mas relevantes. Se ha proyectado que, para el 2020, las ENT explicarán el 75% de todas las muertes en el mundo.
En las deliberaciones de aquella reunión del COFESA, se concluyó en la necesidad de incrementar los esfuerzos de las jurisdicciones en diseñar políticas sanitarias en conjunto con la Nación, que tengan como objetivo disminuir aquellos Factores de Riesgo.
La hipertensión arterial, es uno de ellos, y entre otras razones culturales (el consumo excesivo de sal en las mesas de los hogares argentinos), se concluyó que la industria de la alimentación coadyuva "diseñando" aquellas pautas culturales de consumo que dañan la salud, con elevados contenidos de cloruro de sodio en los productos elaborados (vgr. Pan, conservas, enlatados, caldos, etc.).
Dos son las razones. Una de simple marketing (el producto muy salado "vende") y otra, relacionada con la función de conservante del cloruro de sodio.
"El consumo de elevado sodio constituye uno de los principales determinantes del aumento de los valores de la presión arterial a nivel poblacional y relacionados a la edad", de acuerdo a la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo elaborada por el Ministerio de Salud. Incluso, la investigación asegura que existen estudios que vinculan su ingesta con eventos cardiovasculares. Otros trabajos concluyeron que el consumo excesivo de este condimento también puede generar retención de líquidos y síntomas asociados a enfermedades hepáticas y renales.
Según la encuesta realizada por el Ministerio, el 45,2% de la población le agrega sal a las comidas luego de su cocción, siendo Capital Federal y Chubut los distritos con mayores proporciones de añadido de sodio. Y los hombres son los que le agregan más sal a las comidas a nivel nacional y lo hacen en forma similar en todas las provincias. En el campo de la edad, el 33,4% de los jóvenes de entre 18 y 24 años asegura añadirla siempre, en tanto que sólo el 12,5% de las personas mayores de 65 años mantiene este hábito.
"Uno de los principales determinantes de la presión arterial elevada es la ingesta excesiva de sal. El consumo promedio en nuestro país es entre 12 y 14 gramos de sal por día. El sodio de los alimentos es suficiente aporte para satisfacer las necesidades, constituyendo el agregado de sal (cloruro de sodio) a los alimentos una pauta cultural.
La reducción de la sal de la dieta suele ser parte del tratamiento no farmacológico de pacientes hipertensos, aunque como veremos a continuación, una reducción de la sal en la dieta en la población normotensa también puede redundar en beneficios. En una revisión sistemática incluyó 17 ensayos randomizados de reducción de la sal de la dieta en hipertensos (734 pacientes) la ingesta de sal se redujo de 8 a 12 gramos a 3 a 7 gramos según los estudios (1 a 12 meses de seguimiento). Se observó una reducción de 5 mmHg en la presión sistólica y de 2.7 mmHg en la diastólica. En normotensos (2220 personas de 11 estudios) la ingesta de sal fue de 7.5 a 12 gramos en el grupo control y de 3.3 a 8 gr en el grupo de dieta, reduciéndose 2 mmHg la presión sistólica y 1 mmHg la presión diastólica." (Revista Remediar, MSyA,Set/Ago 2004)
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda consumir unos 4 gramos de sal por día, lo que equivale a 1,56 gramos de sodio diarios ya que un gramo de sal contiene 0,390 gramos de sodio. Dicho organismo aconseja que los adultos no superen los seis gramos de sal diarios, lo que equivale a 2,34 gramos de sodio.
La presencia de sal en las comidas debe ser moderada. Los argentinos, de todas maneras, parecen no hacer demasiado caso a esta premisa, ya que según las estadísticas disponibles en promedio, consumen diariamente entre 10 y 12 gramos, lo que representa más del doble a lo aconsejado por la OMS.
El 75% de la sal ingerida es "invisible", forma parte del contenido de alimentos precocidos como galletitas, pan, alimentos preparados o en conserva. El 15% es propio de los alimentos en su condición natural. El 10% es el que se añade en la mesa.
Se consideran alimentos con una cantidad elevada de sodio aquellos que presentan más de 500 mg por cada 100 g de alimento, que equivalen a un 1,3% de sal. Por tanto, los alimentos con más de un 1,3% de sal deberían ser evitados o consumidos de forma muy ocasional por quienes deban seguir una dieta baja en sodio. Y, con el fin de evitar futuros problemas de salud en el futuro, sería recomendable que las personas sanas moderaran también el consumo de alimentos con más del 1,3% de sal.
El Código Alimentario Argentino Ley 18.248, en el Capítulo XVI, ARTS.1264 a 1272, regula, sin embargo no incluye limitaciones al contenido de Sal ni de cloruro de sodio en los productos elaborados.
En las mesas argentinas raramente falta el salero. Incluso, muchas personas tienen el hábito de agregarle este condimento a los platos sin probarlos previamente. Pero esta costumbre popular puede derivar en hipertensión arterial y riesgo cardiovascular, en caso de transformarse en un consumo excesivo.
Los especialistas estiman que gran parte de los trastornos de salud se podrían prevenir si los fabricantes de alimentos redujeran las cantidades de sodio en un 50% en los alimentos preparados. De todas formas, según las fuentes consultadas "es necesario incorporar sal a la dieta diaria porque facilita la digestión, ayuda a mantener el nivel de líquidos corporales, permite la absorción de potasio además de realzar el sabor y facilitar la conservación de los alimentos".
Después de revisar las evidencias científicas recopiladas hasta la fecha, el panel de expertos del Comité conjunto de Expertos en aditivos Alimenticios de la Unión Europea advierte que "los niveles actuales de consumo de sodio están asociados directamente al aumento de la presión arterial, un factor de riesgo de enfermedad cardiovascular y renal", efectos vinculados al consumo de cloruro sódico. Luego, concluye que "no puede determinar un límite, por encima de la cantidad diaria recomendada, que no tenga efectos adversos sobre la salud". Hay, dicen, una constante relación entre el sodio ingerido, la presión sanguínea y los diversos factores que pueden intervenir en la respuesta de la presión al sodio. El sodio incrementa la presión sanguínea pero este efecto "puede ser modulado por un abanico de factores como la dieta, el peso, el ejercicio físico, la edad, el género o factores genéticos".
Es difícil establecer la cantidad de sodio que se consume, ya que no sólo hay que contar con la cantidad presente en casi todos los alimentos sino con la que se añade cada vez que se condimenta con sal. El método más fiable es analizar el sodio que se excreta en la orina. Con esa metodología, uno de los estudios más conocidos, el Grupo Cooperativo de Investigaciones Intersalt, analizó las muestras de orina de más de diez mil personas de 32 países. Y halló diferencias sustanciales: desde los 8-9 gramos de sal por persona y día de Bélgica o Dinamarca, hasta los 9-11 gramos de Finlandia, Portugal, España y Reino Unido o los 14 gramos en Rumania.
Se estima que el consumo medio de sodio en la población europea es de 3 a 5 gramos (equivalente a 8-11 gramos de sal), cantidad que excede la necesidades nutricionales de 1,5 gramos de sodio al día para adultos (equivalente a entre 3 y 4 gramos de sal).
Organismos como la OMS se han marcado como meta reducir la cantidad de sodio consumido por la población hasta llegar a una cantidad equivalente a 5-7 gramos de sal por día. La cifra no ha sido escogida porque sea una dosis "sin efectos" sobre la presión sanguínea sino porque es más realista. El sodio, en su forma de sal, está tan presentes en todos los alimentos que una reducción drástica seria prácticamente inviable.
La reducción del contenido de sodio de alimentos procesados fue evaluada como una de las más costoefectivas por la Organización Mundial de la Salud para nuestra región y también en un análisis realizado en nuestro país. En nuestro país, una reducción tan solo de 1 gramo de cloruro de sodio en la dieta diaria a nivel poblacional evitaría alrededor de 1000 muertes y 10.000 eventos cardiovasculares anualmente. Otra de las acciones recomendadas es la comunicación masiva sobre alimentación saludable y reducción de la sal durante la preparación y consumo de alimentos.ENFR MS.
En definitiva, con el presente proyecto de ley, pretendemos cumplimentar las políticas de salud recomendadas por la OMS, y una de las medidas consensuadas en la reunión de COFESA, ya citada: reducción de sal de alimentos en la industria mediante legislación.
La suscripta ha acompañado el excelente Proyecto 3325-D-2006,CREACION DEL PLAN NACIONAL DE REDUCCION DEL CONSUMO DE CLORURO DE SODIO: ADHESIONES, REGISTRO, PRODUCTOS INCLUIDOS, SANCIONES; de autoría del Sr. Diputado Nemirovsci, (reproducción parcial del 6317-D- 2004, de autoría de la Diputada (mc) M. Rubini) en el que se establece un programa de reducción porcentual de sodio ,al que pueden adherir los empresarios de la industria alimenticia en forma voluntaria. Sin perjuicio de la validez de ese mecanismo, nuestra propuesta actual parte del necesario rol estatal de regulación en este campo.
De tal forma, el presente proyecto, prevé el máximo de contenido de sodio en los alimentos elaborados por la industria de la alimentación en QUINIENTOS (500) miligramos por cada CIEN (100) gramos de alimento o de un TRECE POR MIL (13 0/00) de sal. También llegar a dicho parámetro en un plazo de 5 años desde la vigencia de la ley.
Esto último está inspirado en el Derecho Español que estipula un plazo de cuatro años, para llegar a su objetivo de disminución.
Por todo lo expuesto, solicito a los Sres. Diputados la aprobación del Presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROSSO, GRACIELA ZULEMA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CANTEROS, GUSTAVO JESUS ADOLFO CORRIENTES PROYECTO CORRIENTES
SOTO, GLADYS BEATRIZ CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LEYBA DE MARTI, BEATRIZ CORDOBA UCR
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE LA BARRERA, GUILLERMO CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ARRIAGA, JULIO ESTEBAN RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
VELARDE, MARTA SYLVIA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
INDUSTRIA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
22/05/2007 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
05/06/2007 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
12/06/2007 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones