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ASUNTOS MUNICIPALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 153

Secretario Administrativo SR. ORDOÑEZ ALDO

Jefe BALLESTER MIRIAM

Jueves 10.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2129 Internos 2129/28

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 9332-D-2014

Sumario: "PROGRAMA DE FISCALIZACION Y RECAUDACION IMPOSITIVA DESCENTRALIZADA - PROFIRID -". CREACION.

Fecha: 25/11/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 172

Proyecto
Programa de Fiscalización y Recaudación Impositiva Descentralizada (PROFIRID)
Art 1º - Créase el Programa de Fiscalización y Recaudación Impositiva Descentralizada (PROFIRID) tendiente a combatir la evasión fiscal y previsional en todo el territorio nacional, al cual podrán adherir los gobiernos provinciales y municipales.
Art. 2º - El programa se desarrollará bajo la órbita de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y contará con la asistencia de los gobiernos municipales que hayan adherido al mismo y en cuyo territorio se desarrollen las acciones del PROFIRID.
Art. 3º - El PROFIRID tendrá los siguientes objetivos:
a) Mejorar los niveles de percepción de los tributos internos, aduaneros y de previsión social;
b) Aumentar la capacidad de fiscalización sobre los tributos indicados en el inciso anterior, sobre la base del fortalecimiento de dicha capacidad en función a la cooperación interjurisdiccional;
c) Fomentar las medidas tendientes a una más eficiente administración de los recursos por parte de las pequeñas y medianas empresas;
d) Favorecer el desarrollo de la competencia leal en todos los ámbitos de la actividad económica nacional;
e) Desarrollar todas aquellas acciones que doten de mayor eficiencia y eficacia la percepción de los ingresos públicos.
Art. 4º - El PROFIRID será implementado conforme la siguiente metodología:
a) Los municipios firmarán un convenio de cooperación con la AFIP en el que asumirán la responsabilidad de fiscalizar y controlar el pago de impuestos nacionales y aportes al Sistema Integral de Seguridad Social establecido por la ley 24.241 en sus jurisdicciones;
b) Estos municipios percibirán una compensación económica directamente relacionada a los mayores niveles de recaudación obtenidos mediante la implementación de este programa;
c) La compensación económica a establecerse será un porcentaje sobre el incremento en la recaudación de impuestos nacionales medido con respecto a la base de recaudación del año fiscal anterior a la firma del convenio de cooperación en la jurisdicción municipal respectiva;
d) Para el cálculo del incremento efectivamente derivado de los trabajos del municipio, la AFIP elaborará una fórmula polinómica en donde se ponderen elementos exógenos a las labores de los municipios adheridos al PROFIRID, tales como variaciones en el Producto Interno Bruto (PIB), campañas de la AFIP, variaciones de precios relativos por impacto de la inflación o variaciones de precios en el comercio exterior para economías regionales vinculadas a la exportación;
e) Los municipios tendrán facultades para efectuar inspecciones, labrar actas y demás funciones pertinentes emanadas de la ley 18.820 y sus normas reglamentarias y complementarias;
f) Los municipios podrán convocar al sector privado para la colaboración y el fortalecimiento de las tareas que lleven adelante en el marco de este programa.
Art. 5º - El programa PROFIRID no implica la cesión definitiva de ninguna de las facultades otorgadas a la AFIP por las leyes respectivas. Todos los convenios que se suscriban en este marco tendrán un plazo determinado e introducirán estrictos criterios de evaluación de resultados que los municipios deberán observar y cumplir.
Art. 6º - Convocase a todos los municipios del país a suscribir los convenios respectivos para la implementación y ejecución del PROFIRID, conforme las respectivas adhesiones provinciales.
Art. 7º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. .

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Una de las materias pendientes de la democracia argentina es establecer un sistema tributario equitativo, y para lograrlo mediante un acuerdo de Estado, debemos principiar por acabar con uno de los mayores flagelos que ha sufrido el Estado nacional: la evasión y la elusión impositiva. Al encontrarse privado de los recursos que le corresponden el Estado ha tenido que hacer uso, en muchas oportunidades, del crédito y, cuando no, de los aumentos impositivos que por lo general afectaban a quienes cumplían con sus obligaciones, pero difícilmente afectaba a quienes no cumplían.
De esta forma se fue desarticulando la relación Estado-ciudadano, desintegrando no sólo la economía nacional sino que también el tejido social capaz de cimentar una verdadera República.
Somos conscientes que nuestro país es profundamente extenso, y que un organismo como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), creada por decreto 1156/96 no es suficiente para ejercer el adecuado control sobre las diferentes actividades económicas que se desarrollan en todo el país.
Para mejorar su capacidad de gestión la AFIP está facultada para realizar diferentes convenios con instituciones privadas y/o públicas en todo el territorio nacional, tal como queda establecido por el decreto 618/97.
Esta particular facultad no hace más que manifestar dicha limitación desde el momento mismo de su constitución, y coincidentemente con ello creemos que otras instituciones pueden brindar una complementación fundamental para el logro de los objetivos trazados para la AFIP.
Los municipios son los que mayor capacidad de control tienen sobre las diferentes actividades económicas que se desarrollan en su jurisdicción, dado que, lógicamente, esto tiene que ver con sus propias necesidades de recaudación impositiva. En general, para ello cuentan con una estructura especializada tanto en materia de habilitaciones de las actividades económicas como en su posterior seguimiento a los fines de asegurarse que todo se desarrolle bajo las normas legales correspondientes.
Esta capacidad de "actuar sobre el territorio" debería ser aprovechada sinérgicamente por la Nación para ejercer un control más eficiente en materia impositiva y de seguridad social.
Por otro lado, y conscientes de las diferentes dificultades que tienen los municipios en materia económica, en algunos casos por no contar con ingresos adecuados a sus funciones y en otros por depender de los fondos que les envían sus respectivos gobiernos provinciales (quedando en numerosas ocasiones cautivos de los consideraciones políticas allende sus necesidades), es que creemos que involucrarlos en una política coordinada con la AFIP a cambio de mejorar también sus ingresos, sería aceptada de muy buen grado por dichas administraciones.
Si los municipios colaborasen directamente con la AFIP y por ello recibiesen una compensación económica vinculada a la mejora en la recaudación serán resultados que beneficiarán sin duda alguna a la administración nacional y a las municipales. Pero, evidentemente, no debemos quedarnos sólo en una actitud recaudatoria con la iniciativa propuesta. Veamos.
Los municipios también son los entes estatales que mejores condiciones tienen para implementar políticas orientadas al fomento de las pequeñas y medianas empresas. Y obviamente, a través de ello, favorecer el desarrollo local y el aumento del empleo genuino. Desde este punto de vista, contar con PYMES y MIPYMES debidamente registradas en su ejido es una garantía de una economía formal sólida y trabajo digno para sus habitantes. Si el municipio se involucrara activamente en tareas de asesoramiento impositivo y en materia de seguridad social, se incorporarían numerosas empresas al circuito y economía formal, amén de la dignificación de cientos de miles de trabajadores. Desde este punto de vista, los municipios podrían constituir verdaderos "obreros" de la economía formal y de la recaudación impositiva sustentable, alejada de los ciclos macroeconómicos del PBI nacional y más vinculada con reales y eficientes tareas de prevención y eliminación de la evasión de impuestos, verdadero cáncer que padecen tanto las cuentas públicas como la sociedad en su conjunto.
Evidentemente la acción coordinada y cooperativa entre diferentes estamentos estatales podrían generar beneficios que superasen ampliamente lo que cada uno y por su lado pudiera realizar. Esto constituye casi una ley física.
Este, señor presidente, es el sentido del presente proyecto de ley Programa de Fiscalización y Recaudación Impositiva Descentralizada (PROFIRID), y para el cual solicito la aprobación de esta Honorable Cámara.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
ASUNTOS MUNICIPALES