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ASUNTOS MUNICIPALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 153

Secretario Administrativo SR. ORDOÑEZ ALDO

Jefe BALLESTER MIRIAM

Jueves 10.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2129 Internos 2129/28

camunicipales@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 7433-D-2006

Sumario: OBRAS DE REMODELACIONES URBANAS EN EL AREA DEL MONUMENTO Y PARQUE NACIONAL A LA BANDERA, ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE - LEY 24803 -; INCORPORACION DEL ARTICULO 8 BIS, SOBRE TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO A LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO DE UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL.

Fecha: 20/12/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 194

Proyecto
Art. 1º - Incorpórase a la Ley 24.803 como Art. 8, el siguiente texto:
“Transfiérase a título gratuito, a favor de la Municipalidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el inmueble y su mobiliario, propiedad del Estado Nacional –ubicado en la ciudad de Rosario, en una fracción de terreno empadronada en el Registro Catastral Municipal, en Sección 1°, manzana 82, gráfico 1 S/D2, compuesta de 25,20 metros en su lado noroeste, por donde linda con escalera pública de acceso que comunica avenida Belgrano y calle Urquiza (en desniveles); de 50,30 metros en su costado nordeste, lindando con avenida Belgrano; de 25,20 metros en su costado sudeste donde linda con otro propietario; de 50,30 metros en su costado sudoeste cerrando el polígono- encierra una superficie aproximada de 1.268 metros cuadrados”.
Art. 2° -De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nacional Nº 24.803 del año 1997 autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a convenir con la Municipalidad de la ciudad de Rosario la terminación definitiva de las obras y remodelaciones urbanas en el área de emplazamiento del Monumento y Parque Nacional a la Bandera.
En su art. 3° establecía que, en compensación por la demolición del sector este del Palacio Municipal –indispensable para la materialización de las obras- la Nación transferiría dos inmuebles mencionados en los artículos 7°, el cual corresponde a la transferencia del inmueble que otrora ocupaba la Aduana y que hoy es la sede de gran parte de la Administración Municipal, y Art. 8°, que corresponde a un edificio contiguo al mencionado anteriormente, donde funciona la Dirección Nacional de Arquitectura, con el cargo que los mismos sean destinados a ser sede oficial de la Municipalidad (art. 9°).
Sin embargo, posteriormente a su aprobación en el Congreso de la Nación el 19 de marzo de 1997, el entonces presidente Carlos Saúl Menem a través del Decreto 324/97, vetó el art. 8° de sesión del inmueble antes mencionado.
La Municipalidad de Rosario, lleva adelante desde hace varios años diferentes Programas de descentralización y revalorización del espacio público que no sólo desburocratizan y crean eficacia en la gestión y atención, sino que se convierten en polos de participación ciudadana, desarrollo social y urbano en diferentes puntos de la ciudad.
En ese sentido, resulta de suma importancia cumplir con el convenio tal como originalmente lo aprobara este Honorable Congreso y que otrora quedara sin efceto con el veto del Art. 8°, a pesar que el Municipio de la ciudad de Rosario cumpliera con todo lo acordado en relación a las obras de remodelación del Monumento y Parque Nacional a la Bandera, inaguradas en el año 1997.
Dichas obras comunican el Propileo Triunfal de la Patria con la Plaza 25 de Mayo a través de un puente peatonal, desde donde se puede admirar esculturas en mármol de Carrara de Lola Mora y enriquecen aún más nuestro patrimonio histórico y cultural, trascendiendo a las generaciones venideras en memoria del creador de nuestra enseña patria, Manuel Belgrano.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BINNER, HERMES JUAN SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
ASUNTOS MUNICIPALES