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ASUNTOS MUNICIPALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 153

Secretario Administrativo SR. ORDOÑEZ ALDO

Jefe BALLESTER MIRIAM

Jueves 10.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2129 Internos 2129/28

camunicipales@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 5634-D-2007

Sumario: BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS (BNDG), LEY 23511: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 1, 3, 5 Y 6, SUSTITUCION DEL ARTICULO 7, MODIFICACION DEL ARTICULO 8, INCORPORACION DE LOS ARTICULOS 10, 11, 12 Y 13.

Fecha: 06/12/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164

Proyecto
Artículo 1: Se modifica el artículo 1 de la Ley Nº 23.511, que queda redactado de la siguiente manera:
"Se crea el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) con el propósito de obtener y almacenar información genética que permita y/o facilite:
a) La determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación;
b) La determinación de perfiles o patrones genéticos a los fines de la identificación de personas.
Para el efectivo cumplimiento de su propósito, el BNDG dispondrá de una plataforma de marcadores genéticos que utilizará de acuerdo a lo que correspondiera para el respectivo estudio de filiación y/o perfil genético que le sea requerido. El BNDG funcionará en el Hospital Carlos A. Durand, dependiente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"
Artículo 2: Se modifica el artículo 3 de la Ley 23.511, quedando redactado de la siguiente manera:
"Los familiares de personas desaparecidas y/o presuntamente nacidas en cautiverio que residan en el exterior y deseen registrar sus datos en el BNDG, podrán recurrir a este para la práctica de los estudios pertinentes. A tal efecto, las muestras de sangre serán extraídas en presencia de quien ejerza la titularidad de la Representación Argentina, correspondiendo a ésta certificar la identidad de quienes solicitan y se realizan los análisis y garantizar el envío del material al BNDG. Los resultados serán archivados en el BNDG para su correspondiente registro y comparación."
Artículo 3: Se modifica el artículo 5 de la Ley 23.511, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Se garantiza a todo familiar consanguíneo de personas desaparecidas y/o presuntamente nacidas en cautiverio, el derecho a solicitar y obtener los servicios del BNDG. La acreditación de identidad de las personas que se realicen las pruebas biológicas conforme con las prescripciones de la presente ley, consistirá en la documentación personal, la toma de impresiones digitales y de fotografías. Todas estas serán agregadas al respectivo archivo del BNDG.
A fin de cumplimentar con el objeto de la presente ley, el BNDG centraliza los estudios y análisis de las personas localizadas o que se localicen en el futuro.
En igual sentido y considerando la posible necesidad de realizar estudios adicionales, es deber del BNDG conservar de modo inviolable y garantizando la debida reserva:
a) Las muestras de sangre extraídas a familiares de personas desaparecidas y/o presuntamente nacidas en cautiverio;
b) Lo requerido para la acreditación de identidad;
c) Las muestras o evidencias no convencionales sometidas a su ámbito de peritaje."
Artículo 4: Se modifica el artículo 6 de la Ley 23.511, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Sin perjuicio de otros estudios que el BNDG pueda disponer, cuando sea requerida su intervención para conservar datos genéticos o determinar o esclarecer una filiación, se practicarán los estudios de polimorfismos de ADN ubicados en regiones no codificantes del Genoma nuclear (cromosomas autosómicos y sexuales) y Genoma mitocondrial, incluidos los siguientes:
1) Marcadores polimórficos microsatelitales (STRs);
2) Marcadores polimórficos minimicrosatélites (mini STRs);
3) Marcadores polimórficos de nucleótido único (SNPs);
4) Secuenciación automatizada.
Asimismo, el BNDG queda habilitado a la inclusión y práctica de nuevos estudios que, en el ámbito de la genética forense, hayan superado la etapa de prueba científica y estén comprendidos por los Instrumentos de la UNESCO."
Articulo 5: Se reemplaza el artículo 7 de la ley 23.511 por el siguiente:
"El funcionamiento del BNDG se limita al campo científico-técnico y queda a cargo de un/a Director/a, quien será designado/a por concurso de oposición con acreditación de antecedente y tendrá bajo su responsabilidad el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Centralizar, organizar, coordinar y supervisar las actividades científicas y técnicas propias del funcionamiento del BNDG;
b) Fijar las pautas y políticas científicas y técnicas necesarias para el desarrollo del funcionamiento del BNDG, de acuerdo a lo determinado por la ley;
c) Preparar el presupuesto y cálculo de recursos del BNDG y proponerlo para la aprobación del organismo pertinente;
d) Dictar las normas necesarias para garantizar la corrección y veracidad de los estudios y habilitar a los/as funcionarios/as responsables de las áreas de identificación de personas, de extracción, de genética molecular, de conservación de muestras y de registro para que den fe de los actos que les correspondan, bajo pena de nulidad."
Artículo 6: Se modifica el artículo 8 de la Ley 23.511, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Los registros y asientos del BNDG se conservarán de modo inviolable y en tales condiciones harán plena fe de sus constancias.
El BNDG proporcionará exclusivamente los resultados de sus análisis, según el caso e interpretándose en forma restrictiva:
a) A la persona donante de la muestra;
b) A la persona autorizada por el/la donante;
c) A quien se presentara como destinatario/a de la finalidad establecida por el/la donante y acreditara verosimilitud del vínculo biológico alegado;
d) A requerimiento judicial en causa determinada."
Articulo 7: Se agrega como articulo 10 de la Ley 23.511 el siguiente texto:
"Los servicios del BNDG son de carácter gratuito, no así el costo de los reactivos e insumos fungibles empleados, los que serán abonados al BNDG por las personas y/o instituciones públicas o privadas que requiriesen la realización de los respectivos estudios.
Quedan exceptuadas del pago de los reactivos e insumos referidos en el párrafo anterior las personas físicas que en cualquier grado de su filiación hayan sido víctimas de la sustitución de identidad. Igual excepción se aplica a la realización de estudios con fines identificatorios ajenos a la filiación en todas las causas ligadas a crímenes de lesa humanidad, como también a toda persona física cuyo ingreso, una vez cubiertos los gastos mínimos vitales de su familia, no sea suficiente para afrontar el pago de los reactivos e insumos requeridos.
Articulo 8: Se agrega como artículo 11 de la ley 23.511 el siguiente texto:
"El BNDG contará con un Comité de Gestión integrado por un/a representante de la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social, uno/a por la Secretaría de Justicia y uno/a por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y uno/a por la Secretaría de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Dicho Comité será convocado a requerimiento de la Dirección del BNDG toda vez que sean necesarios sus oficios ante los Ministerios del área.
En lo que refiere al tratamiento general de las causas vinculadas al accionar terrorista del estado, el BNDG contará también con un Consejo Asesor integrado por las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) dedicadas a la defensa y la promoción de los derechos humanos, las que designarán un/a representante por cada una de ellas. Este Consejo Asesor se reunirá a convocatoria de la Dirección del BNDG, pudiendo también auto convocarse por razones de urgencia debidamente fundadas."
Articulo 9: Se agrega como artículo 12 de la ley 23.511 el siguiente texto:
"En los casos en que, dentro del territorio argentino, la persona donante manifieste su imposibilidad de concurrir personalmente al BNDG, este dispondráá las medidas necesarias para proceder a la toma de la muestra en el lugar de residencia y el traslado del material para su correspondiente registro, comparación y archivo. Los gastos serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente."
Articulo 10: El Poder Ejecutivo Nacional dispondrá la partida presupuestaria correspondiente de modo que la misma garantice el cumplimiento efectivo de lo establecido en esta ley.
Artículo 11: Se agrega como artículo 13 de la ley 23.511 el siguiente texto:
"En cumplimiento con lo establecido en el art. 1, el Poder Ejecutivo Nacional suscribirá el correspondiente convenio con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de garantizar la continuidad y el óptimo funcionamiento del BNDG"
Artículo 12: Se comunica al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sin duda, la línea argumental de estos fundamentos podría estar basada en la necesidad de adecuar el articulado de la ley 23.511 a las variaciones producidas en estos años; variaciones que no sólo conciernen a la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires -en aquel momento era distrito federal- sino también y especialmente al avance científico-tecnológico y a la normativa internacional en cuanto a la protección de los datos genéticos.
Sin embargo, he optado por referir al verdadero origen de esta propuesta, que no tuvo como base la necesidad de adecuar la norma en cuestión sino la de evitar la derogación de la misma. Este proyecto de ley no es más que la reproducción de un dictamen en minoría; dictamen que, en su momento, tuvo por objeto impedir el cierre del Banco Nacional de Datos Genéticos y la apropiación, por parte del gobierno nacional, de su aparatología y de los datos genéticos que allí obran.
Creo que al momento de la consideración de esta iniciativa sería importante tener en cuenta los antecedentes de la misma. Por ello, y entendiendo que la narrativa sería sumamente engorrosa, he optado por anexar a estos fundamentos los dictámenes de mayoría y minoría como así también la versión taquigráfica del debate en el recinto.
Finalmente quiero destacar que, así como la creación del BNDG fue el resultado de un trabajo conjunto entre distintos sectores de la sociedad y las instituciones de gobierno, esta propuesta -que pretende adecuar la norma en cuestión- fue construida del mismo modo. En aquel momento, debimos agradecer el compromiso y el aporte solidario de representantes de los organismos de derechos humanos, destacando especialmente a Chicha Mariani quien desde la presidencia de Abuelas de Plaza de Mayo trabajó incansablemente para lograr el reconocimiento y la garantía del derecho a la identidad biológica. Hoy, desde el mismo compromiso y con igual solidaridad, quienes entonces contribuyeron a la creación del BNDG, acudieron a salvarlo.
Pero más allá de la trascendencia de este trabajo participativo, la creación del BNDG encontró su eje en el conocimiento y tesón de una científica: La Dra. Ana María Di Lonardo, quien, después de sancionada la ley 23.511 recibió -por ser la titular del Servicio de Inmunología del Hospital Durand- la Dirección del BNDG. Cabe destacar que la Dra. Di Lonardo ejerció ad-honorem este cargo y supo colocar al BNDG en un sitio de excelencia. Lamentablemente y por motivos que sólo podemos suponer ya que nunca fueron dados a conocer, esta gran científica y gran persona fue -como dijo la Diputada Marino en el recinto- "Salvajemente desplazada de su cargo" y con posterioridad castigada económicamente por haber intentado amparar los datos genéticos existentes en el BNDG. Ojalá esta pequeña mención y agradecimiento obren como medida reparatoria.
VERSIÓN TAQUIGRAFICA
21
INSTITUTO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS PARA EL ESCLARECIMIENTO DE DELITOS DE LESA HUMANIDAD
-aquí orden del día nº 1784
SR. PRESIDENTE BALESTRINI.- En consideración en general. Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires. SR. CARLOTTO, REMO GERARDO.- Señor presidente: en 1987, el Congreso de la Nación sancionó el proyecto de ley por el que se creó el Banco Nacional de Datos Genéticos. Ello significó un importante y fundamental avance en la identificación de las niñas y de los niños apropiados durante la última dictadura militar. Fue un pedido de las Abuelas de Plaza de Mayo, que en su búsqueda recurrieron a la ciencia para encontrar los caminos que posibilitaran esa identificación. La ciencia a nivel internacional tomó en su momento la búsqueda de las Abuelas de Plaza de Mayo y trabajó sobre un índice no explorado hasta entonces en términos prácticos: el de abuelidad. Tal índice vincula los datos genéticos de un grupo familiar aun con la ausencia de una generación intermedia, como era el caso de las compañeras y los compañeros desaparecidos. A partir de la conformación del Banco Nacional de Datos Genéticos esta búsqueda tan importante para el trabajo de las Abuelas de Plaza de Mayo se convirtió en una política de Estado. El Estado decidió montar las estructuras necesarias para cumplir con una obligación internacional y una acción de reparación necesaria que tuvo continuidad como política pública con la creación de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, como área de investigación del Estado en la búsqueda y localización de niños apropiados durante la última dictadura militar. El proyecto en consideración amplía el criterio y el sentido del funcionamiento del actual Banco Nacional de Datos Genéticos dentro de las estructuras del Estado. Cabe recordar que en 1987 la actual Ciudad Autónoma de Buenos Aires era una municipalidad. En ese momento, en el marco de esta ley se decidió que el Banco Nacional de Datos Genéticos funcionara en el área de inmunología del Hospital Municipal Durand. A partir de la reforma constitucional y de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires se generó un funcionamiento muy particular, pues un organismo de la órbita nacional se manejaba en una estructura de carácter municipal. En este sentido, a partir de la creación del instituto este proyecto pone el funcionamiento de esta estructura en el marco de una política integral que viene aplicando el Estado en materia de derechos humanos, de conocimiento de la verdad y de investigación con respecto a los crímenes de la última dictadura, dentro de la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Eso es sumamente importante, porque vincula el desarrollo de las áreas de investigación, de documentación y de conocimiento de la verdad con el funcionamiento de un área de investigación científica, que es la que ha venido recabando la información de carácter genético. Reitero que esto es muy importante, porque cuando se creó el Banco Nacional de Datos Genéticos en 1987, significó un desarrollo de avanzada en materia de investigación en la Argentina, y se convirtió en un lugar de referencia para generar un archivo de información genética en relación con los grupos que buscaban identificar a niños apropiados durante el período dictatorial y para los análisis de filiación de cualquier índole de orden privado. Hoy el avance científico permite que ese tipo de acciones, que no son las específicas de un banco de datos genéticos -como sería el de generar una reserva de información para un entrecruzamiento posterior sobre un grupo determinado de la población-, se puedan llevar a cabo en infinidad de instituciones que existen en el país, tanto públicas como privadas. Esto es posible porque en varias instancias - como puede ser el caso de una filiación alegada en una acción judicial- no es necesario que exista una reserva de esa muestra de sangre o un desarrollo en el despliegue del ADN, más que la determinación que se tenga que hacer en ese caso puntual. Quiere decir que las muestras de los grupos familiares que buscan a niños apropiados permanecen a lo largo de los años frente a la posible aparición, sospecha, proceso judicial o investigación que se lleve adelante desde los organismos del Estado. En este sentido, como todos sabemos, los familiares pueden ir falleciendo, pero las muestras permanecen allí para su entrecruzamiento posterior. Por eso, tanto en la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos como en el funcionamiento del Instituto, se prevé la preservación de esas muestras de sangre a lo largo del tiempo. En el caso de una identificación de filiación, al momento de determinar si ella se resuelve positiva o negativamente, no es necesario que esos datos permanezcan archivados más allá de la necesidad que el funcionamiento del sistema de justicia prevé. Esto es importante aclararlo, porque hace al funcionamiento del Banco Nacional de Datos Genéticos y de lo que será el archivo de datos genéticos dentro del Instituto que estamos proponiendo que se cree en la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Por otro lado, así como se trabaja en el entrecruzamiento de los grupos familiares para la identificación de niños, también quiero destacar las tareas que se están desarrollando para la identificación de restos óseos que se presume pueden pertenecer a personas desaparecidas en aquel período. Justamente, hace pocos días recibí en mi despacho una invitación del intendente de la ciudad de Córdoba para asistir al lanzamiento de un Espacio de la Memoria en esa ciudad. Esa invitación venía acompañada de una foto en la que, con mucho dramatismo, se reflejaba el proceso de excavación que se está llevando adelante en el cementerio de San Vicente, en la provincia de Córdoba. Creo que esa es una de las muestras más duras y terribles de lo que ha significado el accionar genocida por parte del terrorismo de Estado en la Argentina. Pero entendemos que la acción de investigación que viene llevando adelante en esa provincia el Equipo Argentino de Antropología Forense necesita ser acompañada por un proceso de recolección de muestras de sangre de los grupos familiares de cada una de las víctimas del accionar del terrorismo de Estado en estado de desaparición, para su identificación posterior. Esto requeriría de un trabajo centralizado sobre la base de la información que posee la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Este proyecto prevé la creación del Instituto con una fuerte vinculación con las organizaciones no gubernamentales que específicamente están trabajando en la materia, en particular el Equipo Argentino de Antropología Forense y la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo. También prevé algo sumamente importante: que la dirección técnica de este proyecto se formalizará luego de un concurso público, cuestión que no había ocurrido con el funcionamiento del Banco Nacional de Datos Genéticos a lo largo de los últimos casi veinte años. Este proyecto prevé agilizar y darle especificidad al funcionamiento del Instituto y del proceso de investigación, además de la identificación en los casos de crímenes de lesa humanidad. Lo que hemos visto en el funcionamiento del banco a lo largo de los años es que existió una desviación de los casos de filiación en detrimento de la identificación de niños apropiados durante aquel período. Este proyecto viene a dar respuesta al acto reparador que el Estado debe llevar adelante en relación con los crímenes que se cometieron durante la última dictadura. Desde ningún punto de vista eso significa perder el importante aporte que el Banco Nacional de Datos Genéticos ha dado en el avance científico y en el ejercicio práctico de la investigación en materia genética en la Argentina. En este aspecto ya hemos alcanzado un logro en nuestro país y contamos con un amplio y profuso desarrollo. Hemos escuchado algunas informaciones en el sentido de que existía cierta preocupación acerca de si, en términos generales, los casos de filiación en la Argentina iban a quedar desatendidos si no se hacían mediante la estructura del Banco Nacional de Datos Genéticos. Ello es incorrecto. Para dar un ejemplo, les puedo comentar que hace poco tiempo se resolvió en términos científicos la situación respecto de la señora Marta Holgado, que alegaba ser hija del general Perón. Se hicieron cinco pericias científicas sobre la comparación del ADN de la señora Holgado y los restos del general Perón. Pero los análisis no se hicieron en el Banco Nacional de Datos Genéticos, sino en distintas instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, que no necesitaron específicamente de la función que debe cumplir este archivo de datos genéticos, que desde su creación hace veinte años apuntó a consolidar una política de Estado que atendiera esta necesidad tan particular, vinculada con la apropiación de niños durante la última dictadura militar. Este proyecto es de suma trascendencia para la continuidad de una política pública. Es importante decirlo, porque en los sucesivos gobiernos que tuvo la Argentina existió una continuidad en el fortalecimiento y desarrollo de una política de investigación con respecto a los crímenes de la última dictadura. No sólo se ocuparon del tema genético del que hablamos hoy, sino también en términos de investigación psicológica, sociológica, antropológica y en todos los órdenes. Este proyecto, que fue consensuado con los organismos que específicamente se ocupan de estas dos temáticas que fuertemente va a abarcar el instituto, significará además el crecimiento de una política pública que consideramos trascendente. Después de haberse aprobado el dictamen en las distintas comisiones a las que fue girado, mantuvimos conversaciones con organismos defensores de los derechos humanos. Obviamente, con el Equipo Argentino de Antropología Forense y con el Centro de Estudios Legales y Sociales hemos tenido un intercambio de ideas sobre este proyecto. Por eso vamos a plantear durante el tratamiento en particular la incorporación de algunas modificaciones que hemos conversado con los distintos bloques que apoyan el proyecto. Me gustaría dar lectura de las modificaciones propuestas a cuatro artículos. Se relacionan con pedidos expresos de organismos de derechos humanos, como son el Equipo Argentino de Antropología Forense y el Centro de Estudios Legales y Sociales. La primera de las modificaciones que proponemos se relaciona con los incisos a) y b) del artículo 1°, que quedarían redactados de la siguiente manera: "a) Facilitar la búsqueda e identificación de hijos e hijas de personas desaparecidas que hubiesen sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de sus madres, por pedido de la Justicia o en caso de que las presuntas víctimas concurrieran por su propia voluntad a través de la vía administrativa. "b) Auxiliar a la Justicia y/o a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales especializadas en la materia objeto de esta ley y la identificación genética de los restos de personas presumiblemente víctimas de desaparición forzada." El segundo cambio que proponemos es al artículo 7°, al que agregaríamos un inciso c). Se refiere a la participación en el requerimiento de información al Instituto y al Banco Nacional de Datos Genéticos. El texto sería el siguiente: "Incorporar a organizaciones gubernamentales y/o no gubernamentales especializadas en la materia objeto de esta ley, a través de convenios formalizados con la aprobación por mayoría del Consejo Directivo." Esto ha sido parte de un pedido expreso del Equipo Argentino de Antropología Forense, que viene desarrollando una actividad reconocida nacional e internacionalmente. La tercera propuesta de modificación se debe a un planteo formal en relación con el artículo 27, referido a los recursos, y tiene que ver con la forma de desarrollo del artículo. La redacción sería la siguiente: "Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán atendidos por las partidas que se determinen en el Presupuesto General para la Administración Pública Nacional. "A tales efectos, déjase establecido que el Instituto Nacional de Datos Genéticos funcionará como un programa específico dentro de la jurisdicción 40, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Secretaría de Derechos Humanos, debiéndose prever la apertura programática respectiva y la imputación de los créditos a la mencionada Secretaría. "El señor Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en los párrafos precedentes, durante el ejercicio financiero correspondiente al año de entrada en vigencia de la presente ley." La última modificación se relaciona con un pedido expreso que hizo el Centro de Estudios Legales y Sociales. Se refiere al artículo 30. El pedido consiste en la no derogación del artículo 4° de la ley 23.511, de creación del Banco Nacional de Datos Genéticos. El artículo quedaría redactado de la siguiente manera: "Deróganse los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 de la ley 23.511 y su decreto reglamentario." He tenido la posibilidad de leer un proyecto que se presentó en minoría. Entendemos que hay errores de interpretación con respecto al funcionamiento actual del Banco Nacional de Datos Genéticos y el criterio aplicado al funcionamiento de lo que será el Instituto. Esto significa ni más ni menos que el fortalecimiento de una política pública. No se plantea la destrucción de la importantísima fuente informativa que significan las muestras de sangre depositadas en ese banco. No plantea ninguna acción que tenga que ver con segregar del proceso de investigación y desarrollo científico genético a aquellos que a través de la Justicia pueden recurrir tanto a las múltiples instituciones que llevan investigaciones de este orden como al proceso de gratuidad que el sistema de justicia prevé para los casos que considere necesarios. Aquí se logra un funcionamiento correcto para un área que, en el marco de un proceso de transformación del Estado, había quedado bajo la órbita municipal. Observo con preocupación que en el dictamen de minoría aparezcan datos vinculados con el intercambio de información entre el actual Banco Nacional de Datos Genéticos y la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad. Esta información es de carácter reservado y, justamente, este proceso tiende a dar garantías de que no será de acceso público, porque se refiere al carácter íntimo de las personas. Se trata de individuos que han visto vulnerada su identidad y que están llevando adelante un proceso de investigación. Nos resulta llamativo que estos datos figuren en un proyecto que es de carácter público. Creemos que no corresponde que la información se haya volcado de esa manera. Incluso, sobre esa información, que consideramos de carácter reservado, existe una evaluación absolutamente equivocada sobre los tiempos de respuesta del Banco Nacional de Datos Genéticos. El proyecto pretende dar garantías para la satisfacción de una necesidad que plantean el Estado nacional y las organizaciones de derechos humanos que vienen desarrollando esta investigación de carácter específico. No plantea segregar en este proceso el posible desarrollo de una investigación y acceso a la información de cualquier particular que busque tener conocimiento sobre su identidad, ya que también existen los mecanismos apropiados en la Justicia. Fundamentalmente, se genera un camino sumamente importante en el acopio de información para la identificación de los restos de las personas desaparecidas y el conocimiento de su destino, clarificando también las responsabilidades y la forma en que se procedió, por ejemplo, a un enterramiento clandestino. Para nosotros constituye un acto de reparación necesario y merecido. Es menester valorar el trabajo que se ha concretado e interpretar que se ha consolidado en la Argentina una política pública de carácter permanente, a partir del compromiso unánime de los distintos sectores de la sociedad para que estas cuestiones se esclarezcan. Tomar conocimiento de estos hechos es el objetivo central que plantea la creación de este Instituto en el marco de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Estamos cumpliendo un objetivo esencial de la Argentina, como la demanda de justicia. Resulta importante que esto se concrete en un día como hoy -aunque ya nos hemos excedido algunos minutos-, cuando se han cumplido treinta años de la masacre de Margarita Belén, en la provincia del Chaco. De esta manera, no sólo atendemos a los casos vinculados con la última dictadura militar, sino también a la búsqueda de la memoria, la verdad y la justicia, que permitan consolidar un proceso más democrático. Estos instrumentos y herramientas deben formar parte de la acción del conjunto de la comunidad para resolver los crímenes más aberrantes que se cometieron en la Argentina. El trabajo científico, técnico y profesional está siendo dado en todos los órdenes en la Argentina para que se dé un cumplimiento efectivo en el conjunto de la población. Agradezco mucho la presencia del señor secretario de Derechos Humanos de la Nación, el doctor Eduardo Luis Duhalde, quien ha venido acompañando este proceso de debate y de discusión, con un aporte sumamente importante por parte de la Secretaría -para que el proyecto avance y hoy pueda tener tratamiento aquí- tanto del conocimiento de las distintas áreas que él conduce a nivel nacional como en el intercambio de ideas con los organismos de derechos humanos, con los que pudimos llevar adelante este proyecto a fin de que se convierta en una realidad que todos los argentinos nos merecemos. (Aplausos.) SR. PRESIDENTE BALESTRINI.- Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe. SRA. TATE, ALICIA ESTER.- Señor presidente: seguramente vamos a coincidir con el señor diputado Carlotto en que tanto el bloque del Frente para la Victoria como el de la Unión Cívica Radical, y sin duda los demás bloques, sostenemos la defensa irrestricta de los derechos humanos y de las libertades. Pero seguramente también habrá un abismo entre lo que preocupa hoy al señor diputado Carlotto -que el señor secretario de Derechos Humanos haya tenido que esperar varias horas- y la preocupación que me concierne, que tiene que ver con la ligereza, con la irresponsabilidad y con la falta de seriedad, pues no se debaten de esta forma temas que deberían ser de la mayor preocupación de cada uno de los señores diputados. El plenario debe conocer que este proyecto no ha sido debatido en las comisiones a las que fue girado. Las comisiones de Derechos Humanos y de Legislación Penal dictaminaron sobre este tema en una reunión plenaria que había sido citada con carácter informativo y en la que funcionarios de la Secretaría de Derechos Humanos y Garantías de la Nación aclararían nuestras dudas. Pero eso no sucedió. No sólo no obtuvimos respuestas a nuestras preguntas sino que al dar por finalizada la reunión informativa, como suele suceder con demasiada frecuencia en este ámbito, se pasó a la firma lo que hoy consideramos como dictamen de mayoría. De esa manera, bajo la excusa, bajo el amparo de resguardar los derechos de quienes fueron víctimas del delito de desaparición forzada y también de aquellas personas que por haber nacido durante el cautiverio de sus madres vieron sustituida su identidad civil y fueron separados de su familia biológica, el dictamen sostenido por la mayoría no propone otra cosa que conculcar los derechos y libertades de miles de personas, que también sufrieron la sustitución de identidad y que fueron arrancadas del seno de sus familias biológicas. Pero el avance sobre un carácter restrictivo del reconocimiento y garantía de los derechos y libertades no se limita al campo de la identidad biológica. Este no es el único derecho que el dictamen de mayoría pretende cercenar, ya que el hecho de cerrar el Banco Nacional de Datos Genéticos -el único Banco Nacional de Datos Genéticos- junto a la pretendida decisión del Estado nacional de apropiarse de todos los bienes y datos de ese Banco Nacional de Datos Genéticos implican por defecto la negación del acceso a la justicia en diferentes causas, entre ellas la determinación de la filiación. En los fundamentos del dictamen de minoría dejamos establecidos los principios básicos, rechazando la creación del Instituto Nacional de Datos Genéticos tal como está planteado, pero atento a la complejidad del tema y al poco tiempo con que contamos para la presentación del informe, vamos a plantear algunas cuestiones que necesariamente deben ser atendidas. Vale aclarar además que no es el objetivo último de mi exposición oponerme a que haya un instituto especializado que funcione en la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos, sino que fundamentalmente lo que objeto es la derogación de la ley 23.511, de creación del Banco Nacional de Datos Genéticos, y la apropiación de sus bienes y de los datos genéticos allí depositados.
-- Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente 2° de la Honorable Cámara, don Fortunato Rafael Cambareri.
SRA. TATE, ALICIA ESTER.- Entendemos que lo correcto hubiera sido que esta nueva norma conviviese y se complementara con la normativa vigente. Si la Presidencia de la comisión aceptara retirar del dictamen de mayoría los artículos 3 y 30 y adecuar algunos otros que entran en contradicción con instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, nosotros podríamos considerar el retiro de nuestra negativa. Voy a enumerar los conflictos que generaría la aprobación del proyecto del señor diputado Carlotto en caso de no hacer esas modificaciones. En primer lugar, insisto en que la aprobación de este proyecto supone un grave retroceso en el campo de la defensa y garantía de los derechos y libertades, particularmente en lo que se refiere al derecho a la identidad, ya que al cerrarse el Banco Nacional de Datos Genéticos y dado el accionar acotado de este nuevo Instituto que se estaría creando, el Estado nacional estaría dejando de atender las otras cuestiones relativas a la determinación de la identidad biológica. Esta situación no queda salvada con la inclusión de una cláusula transitoria para las causas pendientes de resolución judicial, ni mucho menos con la posibilidad de realizar estos estudios en centros privados. El Estado debe garantizar el ejercicio de los derechos; no puede ni debe dejarlo librado al campo privado. A nadie se le ocurriría, por ejemplo, aprobar una ley que determinara la existencia de tribunales para el juzgamiento de ciertos delitos al tiempo que se permitiera la creación de esferas privadas que actuaran sobre aquellos no contemplados, o bien que en adelante en los hospitales públicos se atendiesen sólo algunas patologías o a determinada clase de personas. Además, en esto de plantear que los estudios pueden realizarse en centros privados deberíamos resaltar también que los estudios hechos en el Banco Nacional de Datos Genéticos pueden tener un costo de aproximadamente 450 pesos mientras que los estudios realizados en los bancos privados se elevarían a 1.200 dólares. También creemos que es llamativo que quienes participaron en la reunión plenaria de las comisiones de Legislación Penal y de Derechos Humanos y asesoraron en la redacción del proyecto al señor diputado Carlotto sean las mismas genetistas encargadas de realizar los estudios de paternidad y genética forense en el laboratorio Genda, uno de esos centros privados a los que la gente deberá concurrir en caso de aprobarse esta propuesta. Hubiera sido mejor no encontrar este tipo de situaciones, sobre todo cuando se trata de temas que son tan dolorosos. Pero aun cuando optásemos por desconocer los derechos de aquellas que no fueron víctimas del terrorismo de Estado entre los años 1974 y 1983, la derogación de la ley 23.511 pone en riesgo también los derechos de aquellas personas a las que se pretende jerarquizar, ya que al ubicar a este nuevo Instituto bajo la órbita del gobierno, el mismo queda sujeto a los avatares políticos. Y esta es precisamente la más grave acusación o cuestionamiento que hace el Centro de Estudios Legales y Sociales, porque este Instituto quedaría librado a la voluntad de quienes sucesivamente ejerzan la Presidencia de la Nación, ya que es facultad del Poder Ejecutivo determinar los ministerios y las secretarías. Esto no ocurre con el Banco Nacional de Datos Genéticos tal como está creado. Su lugar de funcionamiento no fue elegido por azar. Por otra parte, como bien lo explica en su informe el organismo mencionado, el CELS, este nuevo Instituto no está dotado de una independencia funcional, con lo cual no podrá responder como perito oficial a los requerimientos de órganos judiciales, ya que al ser una herramienta de parte en las múltiples causas judiciales que lleva la Secretaría de Derechos Humanos, se podrá objetar la imparcialidad requerida. La propuesta del señor diputado Carlotto también entra en contradicción con distintos instrumentos internacionales y regionales. Sólo por citar algunos de ellos, mencionaré entre los generales a la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Proclama de Teherán, la Declaración y Programa de Acción de Viena o el Pacto de San José de Costa Rica y, entre los específicos, a la Convención sobre los Derechos del Niño, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, los dos pactos internacionales de Naciones Unidas referentes a los derechos económicos, sociales y culturales, las resoluciones del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas sobre Privacidad Genética y no Discriminación, y muchos otros más. Tanto en la única reunión de asesores que se realizó como en la plenaria de diputados planteamos la necesidad de contemplar lo establecido por los instrumentos internacionales y regionales. Algunos de ellos, como recordaremos, están integrados a la Constitución Nacional, pero no se hizo lugar a nuestra solicitud y este punto pasó a ser uno más de los tantos conflictos que creará la sanción del proyecto en cuestión. Tampoco se ha contemplado el impacto sobre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ni se ha consultado a sus representantes, que hoy están trabajando para ver de qué manera protegen todos estos bienes patrimoniales, estas muestras hemáticas de miles de porteños y porteñas. Se deja a un hospital de la ciudad sin los recursos necesarios para el funcionamiento de determinadas áreas, dificultando entre otras prestaciones las relativas a transplantes de órganos. Tampoco se ha preguntado sobre lo dispuesto en este artículo a quienes donaron recursos para el funcionamiento del Banco Nacional de Datos Genéticos, lo que nos impide saber si están de acuerdo con que esos legados sean traspasados a un área diferente, acotada y desvirtuada en sus objetivos y dependiente de las oscilaciones políticas a las que hacía referencia anteriormente. Sin embargo, estos inconvenientes no terminan con estos puntos, ya que de convertirse en ley este proyecto estaríamos propiciando además conflictos con leyes preexistentes como la 25.457, de creación de la CONADI, ya que las funciones de esta comisión se superpondrían con las del Instituto Nacional de Datos Genéticos. Lo mismo ocurriría con resoluciones ministeriales, algunas de este gobierno, como la número 415 de 2004, propuesta desde el mismo Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, que crea en el ámbito de la Policía Federal Argentina un registro de huellas digitales genéticas. De acuerdo con lo que fija el artículo 14, carga al banco que hoy estaríamos cerrando con todas las responsabilidades y garantías establecidas en el artículo 11 de la citada resolución. Sinceramente, debo hacer un pedido a los diputados de la bancada oficialista: que recuerden que estamos hablando de datos genéticos, que son altamente sensibles y que no pueden ni deben tratarse a la ligera. Señor presidente: estos son algunos de los problemas que, insisto, se crearían con la sanción de una ley de este tipo. Quiero responder algunas de las líneas argumentales a las que se apela para sostener la necesidad de sancionar el proyecto de ley en consideración; líneas argumentales que, por omisión, resultan convincentes pero no por ello dejan de ser inexactas. Tanto el señor diputado Carlotto como la directora de la CONADI, Claudia Carlotto, y la presidenta de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, manifestaron desde distintos puntos de vista que debido al aumento de los casos atendidos en el Banco Nacional de Datos Genéticos, especialmente aquellos referidos a la determinación de la filiación, el rol del banco se fue tergiversando y pasó a ocuparse más de datos de filiación que de aquellos vinculados con la resolución de identidad de los niños apropiados o nacidos en cautiverio durante la dictadura militar, incurriendo incluso en demoras de hasta un año y ocho meses en responder a los requerimientos de la CONADI. Esto es absolutamente inexacto ya que en ningún momento en el Banco Nacional de Datos Genéticos se postergó la realización de los estudios solicitados en relación con las causas mencionadas; siempre se respondió con la debida celeridad, que por supuesto ha ido variando de acuerdo con los avances tecnológicos. Quizás como muestra de lo dicho baste recordar que sobre 474 jóvenes enviados por la CONADI durante el primer trimestre de este año, el Banco Nacional de Datos Genéticos comunicó en tres informes fechados el 10 de febrero de 2006, el 26 del mismo mes y el 3 de marzo pasado, mediante respectivas notas, la exclusión del vínculo biológico alegado de un total, respectivamente, de 439, 17 y 18 jóvenes. Cabe destacar que las muestras de estos 474 jóvenes fueron debidamente comparadas con la totalidad de los grupos familiares denunciados a la Justicia por la Conadep y los grupos familiares enviados por la CONADI. Con igual fecha y destinatario, el Banco Nacional de Datos Genéticos también envió 473 informes individuales a cada uno de los interesados, aclarando en su texto que continuará con un entrecruzamiento permanente de los datos genéticos de cada uno de ellos, con cada grupo familiar que ingrese al banco con posterioridad a la fecha del informe. En el banco obran las constancias de recepción y se hallan registradas en el libro de despachos. Tampoco se explica que para la realización de pericias de filiación de estas generaciones discontinuas, en las que por causas vinculadas a la desaparición forzada de personas falta la segunda generación, se deberá disponer de la información de cada uno de los cuatro abuelos alegados, es decir, cuatro miembros, ni dicen que no todas las familias existentes en el banco están completas, por lo que es imposible establecer fehacientemente la filiación paterno- materna de una víctima de supresión de estado civil que corresponda a alguna de estas familias incompletas. Obviamente, partiendo del tratamiento de los restos cadavéricos ahora se podrá avanzar en la tarea de completar los datos de todas las familias existentes; pero esto se deberá exclusivamente a los avances de tipo científico y no a la creación de un nuevo Instituto. El Banco Nacional de Datos Genéticos está en condiciones de trabajar con restos cadavéricos, y de hecho viene haciéndolo con excelencia; podemos tomar como ejemplo los estudios realizados sobre restos óseos humanos provenientes del asalto a La Tablada. Otro de los argumentos expuestos refiere a la actual autonomía de la Ciudad de Buenos Aires y al carácter nacional del banco. En su exposición ante la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el señor diputado Carlotto dijo textualmente: "Con este proyecto queremos resolver un problema jurisdiccional generado por un híbrido, entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Estado nacional con respecto a la administración del banco." Frente a ello no queda más que manifestar nuestra sorpresa; en primer lugar, por el tiempo que tardaron en notar este detalle. Destaco que durante todos estos años, y pese a la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, el Banco Nacional de Datos Genéticos ha funcionado de modo correcto y su seriedad y excelencia científica han sido y son reconocidas tanto a nivel nacional como internacional. Este reconocimiento, en otra área, se repite con otro híbrido: el Hospital Garrahan. Quizás debiéramos alentar la existencia de más instituciones científicas híbridas. Para terminar, quiero decir que así como la información genética constituye la máxima expresión de intimidad de una persona, la transparencia de las acciones de gobierno y el respeto y garantía de los derechos humanos y libertades significan el eje de la democracia. Tal como demostramos en nuestro informe, el dictamen propuesto por la mayoría no cumple con ninguno de estos principios. La línea argumental expuesta por quienes fundamentaron esta propuesta no basta para conocer los motivos que impulsan la creación del Instituto Nacional de Datos Genéticos y propician el cierre definitivo del Banco Nacional de Datos Genéticos. Por su parte, los errores del articulado y la negación continua de derechos fundamentales sólo acercan conjeturas que ni siquiera nos atrevemos a considerar. El cierre del Banco Nacional de Datos Genéticos y los términos planteados para la creación y funcionamiento del Instituto Nacional de Datos Genéticos no sólo implican la desprotección absoluta de los datos genéticos que hasta hoy fueron tan bien custodiados sino también el desamparo de las actuales y futuras víctimas de distintos tipos de delitos. ¿Quién será el custodio del Registro de Huellas Genéticas? ¿Quién se ocupará de los nuevos casos de desaparición? ¿A dónde podrán acudir en caso de querer comprobar su identidad biológica las más de cien personas que acuden por año a la Oficina de Derechos Humanos del Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires? ¿Con qué instrumento contarán quienes como la hermana Martha Pelloni intentan poner fin al tráfico de niños y niñas? ¿Esta es la respuesta que se pretende dar a las víctimas de sustitución de identidad? ¿A dónde podrán acudir las personas a quienes su padre les niega la filiación? ¿Es correcto derivarlas a un centro privado? ¿Nuestra democracia está tan degradada que hasta se propone privatizar la garantía de los derechos humanos? ¿Cuál será el destino final de las muestras hemáticas que pese a no estar relacionadas con los crímenes de lesa humanidad pretenden ser transferidas al Instituto Nacional de Datos Genéticos? ¿Bajo qué argumento se explicará a las personas que confiaron sus datos genéticos que ya no cuentan ni siquiera con la garantía de la reserva de la información? ¿Por qué derogar la ley 23.511? ¿Por qué apropiarse del patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires poniendo en riesgo el funcionamiento de uno de sus hospitales? Demasiadas preguntas, ninguna respuesta. (Aplausos.) SR. PRESIDENTE CAMBARERI.- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires. SR. BURZACO, EUGENIO.- Señor presidente: por razones de horario y por la claridad de la exposición de la señora diputada preopinante voy a tratar de ser muy breve para explicar las razones de nuestro voto negativo al dictamen de mayoría y nuestro apoyo al de minoría, presentado por varios bloques de la oposición. Voy a tratar de concentrarme en tres o cuatro artículos que consideramos claves y por los cuales no podemos acompañar este proyecto de ley, más allá de sus buenas intenciones. El primer punto tiene que ver con el artículo 1° del proyecto de ley. Mientras el actual Banco Nacional de Datos Genéticos funciona sin exclusiones, el nuevo Instituto Nacional de Datos Genéticos limita su competencia a causas relacionadas con el terrorismo de Estado entre los años 1974 y 1983. Pretende desconocer la garantía del derecho a la identidad produciendo un vaciamiento, ya que el actual Banco Nacional de Datos Genéticos dejaría de existir y la totalidad de sus bienes y datos registrados hasta la fecha pasarían a manos del Instituto. Los derechos humanos son inherentes a la persona y su respeto y garantía trascienden cualquier circunstancia, incluida la condición política o jurídica del país. Este principio absoluto de igualdad y la responsabilidad que nos cabe a la hora de promoverlos y garantizarlos quedan claros en la totalidad de los instrumentos internacionales y regionales de los que somos parte. El traspaso de la totalidad de los bienes del Banco Nacional de Datos Genéticos a este Instituto incluye tanto la aparatología como las muestras hemáticas allí existentes. Esta situación compromete el funcionamiento del Hospital Durand, particularmente en lo que refiere a los distintos estudios de compatibilidad previos a la realización de trasplantes y, además, vulnera las declaraciones de la UNESCO, en especial la recientemente aprobada sobre protección e inviolabilidad de los datos genéticos. En cuanto a la aparatología, consideramos oportuno recordar que es la más moderna que existe en el país. Me tocó recorrer el Hospital Durand hace unos meses y ahí hay aparatos que no existen en ningún otro instituto médico de la Argentina que no van a ser utilizados de acá en adelante. Además en muchos casos estos fueron donados por ex miembros del hospital y gobiernos internacionales, y estamos restringiendo su uso. Si se llegan a encontrar los restos del actual desaparecido Jorge Julio López me pregunto si no se va a poder utilizar esta aparatología para analizarlos. ¿No vamos a poder cotejar esa información con el banco de datos existente? Con esta restricción esto no va a ser posible. El actual Banco Nacional de Datos Genéticos es un organismo eminentemente técnico y científico dotado de una independencia funcional dentro de la órbita médica y pericial. En cambio, el futuro Instituto está concebido como una estructura burocrática administrativa ajena a la calidad de los procesos científicos que se le impone desarrollar. A nuestro entender hay un punto grave. Mientras que el artículo 14 del decreto reglamentario de la ley 23.511 establece que el Banco Nacional de Datos Genéticos "no proporcionará información a particulares sobre los datos registrados, ni tampoco a entidades públicas o privadas, cualquiera sea la índole de las razones alegadas" y que "la información almacenada sólo será administrada por requerimiento judicial, en causa determinada", en el proyecto en consideración se permite que accedan a estos datos altamente sensibles y protegidos aquellas personas designadas como sus representantes por la CONADI y la Unidad Especial de Investigación, miembros del Ejecutivo. También cambia el criterio de selección del presidente del Instituto. La propuesta del dictamen de mayoría posterga a un último plano la especialidad y diseña una estructura burocrática y política que queda a cargo de un presidente dotado de excesivas atribuciones. Por ejemplo, en el inciso h) se llega al punto de otorgarle facultades legislativas, lo cual es groseramente inconstitucional. En conclusión, como ha quedado claramente expuesto anteriormente y en esta exposición, estamos frente a la restricción de un derecho universal al que una vez más vemos peligrar si accedemos a limitar el ejercicio y garantía de un derecho humano considerado base: el derecho a la identidad biológica. No compartimos la idea de restringir lo que debe ser universal, para todos. No hay derechos humanos limitados. Cuando discutimos este proyecto llegamos a la conclusión de que no podemos jerarquizar entre víctimas. Las víctimas siempre son víctimas y los instrumentos de reconocimiento y garantía de los derechos humanos están en consonancia con este principio de igualdad y universalidad que debemos defender. (Aplausos.) SR. PRESIDENTE CAMBARERI.- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital. SR. GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO.- Señor presidente: la hora no es la más propicia para una reflexión profunda sobre un tema de suma trascendencia, y en esto coincido con el diputado Carlotto, con quien he trabajado codo a codo en la Comisión de Derechos Humanos. Pero si la hora no es apropiada para una reflexión, el contenido y el objeto sí lo son. En verdad uno se pregunta qué nos está pasando en materia de derechos humanos. En este sentido me gustaría tomar como algo emblemático la distancia que media entre la aprobación por unanimidad de la ley 23.511, como lo ha señalado en un magnífico artículo pocos días atrás la diputada Morandini, y esta situación de fragmentación, debate y discrepancias profundas que nos mueve a plantear en el recinto aquello que no hemos podido discutir en las comisiones como correspondía. Creo que avanzar de esta forma en el campo de los derechos humanos implica un retroceso. Si seguimos avanzando así dentro de poco nos vamos a encontrar en el punto de partida. Por esa razón quisiera comenzar por el final y pedir al diputado Carlotto una reconsideración pues entiendo que en definitiva nada podría ser mejor para la causa de los derechos humanos que girar esta iniciativa nuevamente a comisión, volver a proponer una discusión profunda respecto de los contenidos y salvar las dificultades de forma, que son sustanciales. Personalmente no me hace feliz haber llegado a este punto. Me parece saludable que podamos pensar en la posibilidad de mejorar un instrumento como el que estamos considerando, porque con estos niveles de discrepancia y de fragmentación no podremos seguir avanzando. Aclaro que no me voy a referir a los problemas de naturaleza técnica, que ya han sido planteados con propiedad en el dictamen de minoría; simplemente deseo hacer dos o tres observaciones sobre el contenido de esta propuesta. En primer lugar, el proyecto restringe el universo del Banco a los casos vinculados con los delitos de lesa humanidad, abandonando los problemas de filiación. Si hay un país que conoce la existencia de zonas grises y los canales de comunicación entre los delitos de lesa humanidad y los problemas de filiación, es la Argentina. No en vano una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo, Chicha Mariani, planteó en oportunidad de tratarse la ley 23.511 la necesidad de incluir a todas las víctimas que habían sido sustituidas en su identidad y no sólo los casos de delitos de lesa humanidad. No es verdad que exista consenso. Por eso reitero mi pedido en el sentido de que el proyecto vuelva a comisión. Tampoco es cierto que haya consenso entre los organismos de derechos humanos. Uno de esos organismos, el Centro de Estudios Legales y Sociales, con una larga trayectoria en este campo, ha enviado una carta con determinados requerimientos, algunos de los cuales fueron receptados, como la eliminación de determinados artículos de la ley 23.511. Esto me parece altamente saludable. Sin embargo, existe una comunicación por escrito del director del CELS, remitida al presidente de la comisión, que fue omitida durante el tratamiento de esta cuestión. En ese sentido, me permitiré leer una parte de la carta que el director del CELS envió al presidente de la Comisión de Derechos Humanos, en la que expresa que desde sus orígenes el Banco Nacional de Datos Genéticos ha sido convocado por la Justicia en calidad de perito, debido a su carácter eminentemente técnico- científico. Sin embargo, esa saludable independencia funcional no será aplicable al Instituto Nacional de Datos Genéticos en caso de funcionar bajo la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos, ya que al ser el secretario el encargado de designar al presidente del Instituto, se atenta contra cualquier forma de autonomía. En segundo término, lo que es más grave -esto exige una reflexión-: la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación es querellante en muchas de las causas por delitos de lesa humanidad. Entonces, como es querellante en varias de las causas en las que se investigan posibles apropiaciones de niños y niñas, en las que presumiblemente se puede requerir el trabajo de peritos expertos para la identificación de restos -sin perjuicio de que el proyecto especifica que el director deberá responder como perito oficial a los requerimientos de los órganos judiciales-, consideramos, continúa diciendo el documento del CELS, que este inciso no es suficiente para garantizar la imparcialidad requerida. Si bien he dicho que comparto en gran parte los argumentos expresados en el dictamen de minoría, quiero dar una visión crítica respecto de lo que significa el pase de un Banco de Datos que tiene la potencialidad, la historia y la trayectoria del que estamos hablando a un organismo de carácter político y contingente, como es la Secretaría de Derechos Humanos, que a mi juicio no siempre ha estado a la altura de los desafíos en esta materia. Lo que he dicho reafirma la posición de nuestro bloque en el sentido de votar negativamente el dictamen de mayoría. Pero lo más importante es que lamentamos profundamente que estemos avanzando en este retroceso acelerado de politización sesgada de los derechos humanos en la Argentina. (Aplausos.) SR. PRESIDENTE CAMBARERI.- Tiene la palabra la señora diputada por Córdoba. SRA. MORANDINI, NORMA ELENA.- Señor presidente y queridos colegas: sé que estamos cansados y que ésta no es la hora adecuada. Necesitaríamos tener un debate más profundo.
-Ocupa la Presidencia la señora vicepresidenta 1ª de la Honorable Cámara, doña Patricia Vaca Narvaja.
SRA. MORANDINI, NORMA ELENA.- Les tengo que pedir disculpas porque estamos ante un proyecto donde tal vez en mi caso personal el argumento tendría que darlo en la intimidad. También vengo a hablar de la sangre. Y no deja de ser una paradoja que cuando queremos corregir todo el daño que nos dejó el tiempo por la sangre derramada no podamos tener una mirada común de consenso. Veinte años después de que esta ley fuera sancionada sin disidencias y por unanimidad, hoy estamos divididos. Les pido paciencia, porque quiero compartir con ustedes la reflexión que me ha inspirado este proyecto. La sangre constituye un elemento ancestral, y su nombre guarda la fuerza de lo que ella significa como elemento de filiación. Pero en nuestro caso, por esta tragedia brutal de nuestro país, la sangre junta -como si fuera una conjura del tiempo- dos aspectos. Uno es primitivo y salvaje, como pudo ser el secuestro de los niños nacidos en cautiverio. A la par de este elemento primitivo aparece uno absolutamente sofisticado de avance de la ciencia, como ocurre con la genética. Con esta figura casi literaria tenemos un Banco que ha actuado en nuestro país como reservorio de vida y de muerte; un Banco que ha mantenido los secretos mejor guardados en nuestro país, no por información que no pueda ser compartida, porque ahí reside nuestra tragedia. Ese reservorio de vida y de muerte contraría todas las nuevas tendencias de adopción basadas en el amor que cuida y protege y en la sangre como lazo de filiación. Insisto con esta idea: nada desnuda mejor la naturaleza salvaje de lo que obligó a esa recolección de sangre, porque allí están las respuestas genéticas para establecer la verdadera identidad de aquéllos que fueron despojados de sus padres biológicos y se les escondió su verdadera identidad. Allí también, como prueba del tiempo que secuestró la vida con los otros, está la identidad más luminosa de nuestro país. También está el coraje de madres que con serenidad de abuelas y astucia de detectives fueron capaces de ir más allá y erigirse sobre el dolor de ellas mismas para convertirse en el más bello ejemplo para nuestro país y para el mundo. Decir Abuelas de la Plaza de Mayo, es decir argentinas. Pero si como madres no siempre fueron comprendidas ni acompañadas porque ellas buscaban cadáveres insepultos, en el caso de las Abuelas, precisamente por buscar vida, la vida que late escondida en aquellos que procuran, ellas sí concitaron la simpatía y el respeto de todos los argentinos. Cómo no conmoverse con la tarea que hicieron Chicha Mariani y Estela de Carlotto cuando comenzaron a recorrer el mundo en búsqueda de la ayuda de la ciencia para poder aprobar lo que se había intentado deliberadamente ocultar: la identidad de sus nietos. Todos somos herederos de ese ejemplo. Y como otro buen ejemplo, en este caso la ciencia no se puso al servicio del mercado ni del dinero, sino al servicio de nuestra tragedia. A todos ellos, a las abuelas y a los científicos, les debemos la existencia de ese reservorio de vida que es el Banco Nacional de Datos Genéticos que funciona en el servicio de Inmunología del Hospital Carlos G. Durand de la Ciudad de Buenos Aires. Se trata de un proyecto de las Abuelas que reconoció el gobierno de Raúl Alfonsín para obtener y almacenar la información genética de familiares de niños desaparecidos o presuntamente nacidos en cautiverio. Y esta es la paradoja. Sin disidencias ni observaciones fue aprobado en las dos Cámaras y la ley 23.511 fue promulgada en mayo de 1987. Allí, a lo largo de todos estos años, acudieron los que tenían dudas sobre su identidad, los que buscaban su filiación y aquellos que quisieron dejar su muestra de ADN en resguardo de su patrón genético. A riesgo de parecer literaria, insisto con esta metáfora: ese es un reservorio de vida y esperanza que hoy venimos a desmantelar para recrearlo en un instituto político. Veinte años atrás este mismo Congreso amplió sin disidencias las competencias del Banco Nacional de Datos Genéticos y hoy, con disidencias y con observaciones venimos a restringir sus competencias. ¿Qué nos pasó? A riesgo de tocar siempre la misma tecla, quiero señalar que así como el nazismo dejó al mundo la más bella utopía de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, la brutalidad de la dictadura nos legó la idea de los derechos humanos, tan ajena a nuestra tradición política. Pero me temo que por denunciar tanto su violación no conseguimos construir una cultura del derecho para todos, efectivamente universal. Si aprobamos este proyecto que restringe la acción del Banco sólo para los casos de lesa humanidad, estaríamos discriminando entre dolores, víctimas y derechos. El sufrimiento puede darnos autoridad de víctimas, pero no nos da derecho a restringir los derechos de los otros, de cualquiera. Tenemos derecho, los que hemos padecido la dictadura, a hablar del dolor que tenemos por la ausencia de los hermanos en la mesa familiar. Pero ese dolor que nos da autoridad para sensibilizar a otros no nos da derecho para organizar la sociedad en la medida de nuestro sufrimiento. La identidad, definida por la genética, al retrotraer la organización social del parentesco paradójicamente va a contramano de la proclamada sociedad universal que, al menos como definición, consagra derechos para hombres y mujeres equiparados bajo la única noción de personas y ciudadanos, para no hablar ya de la fraternidad universal como consagración utópica del amor al prójimo, o esa profecía literaria que nos dejó Borges como testamento en su poema Los Conjurados, cuando se refería a esos hombres de diversas estirpes que han tomado la extraña resolución de ser razonables porque olvidaron sus diferencias y acentuaron sus afinidades. En la Argentina, el dolor atávico de las madres que pierden a sus hijos, las madres en duelo, estremecen todos los contratos políticos, desorientan los poderes constituidos, ponen en abismo al pragmatismo social y la razón pública, que nunca vuelve la mirada hacia atrás. Porque somos parte de ese legado, esa sangre, como una conjura, debería unir lo que peligrosamente comienza a desunirse por las razones políticas que no siempre son públicas, en el sentido de consagrar lo que es de todos, se haya nacido en cautiverio o no, fruto de una violación o producto del abandono. En este caso, solicito a un hermano del dolor, al diputado Carlotto, que reconsidere este proyecto, a fin de que podamos dar una lección a la opinión pública y mostrar que en los casos de derechos humanos no puede haber observaciones ni disidencias. Reconozco el trabajo que se ha hecho en relación con las organizaciones de derechos humanos. Siento mucho que ese trabajo no se haya hecho en la Comisión de Derechos Humanos y Garantías y en este recinto, que es el lugar donde tenemos que dialogar con la sociedad. Por eso insisto, hermano del dolor, en que podamos reconsiderar este proyecto para que sea una iniciativa de todos. (Aplausos.) SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra la señora diputada por Buenos Aires. SRA. CHIACCHIO, NORA ALICIA.- Señora presidenta: cuando nuestro bloque recibió este proyecto se abocó a su estudio, aunque ya había sido prácticamente convocada la reunión conjunta de las comisiones de Derechos Humanos y Garantías y de Legislación Penal. Debatimos la iniciativa y nos hicimos muchas preguntas con respecto a la razón de la derogación de la ley 23.511, del cuestionamiento del hospital Durand y de la creación de otro instituto, aun sabiendo que el servicio que se presta ha sido intachable, aunque se pueda mejorar. Nuestro bloque, integrado por militantes políticos, tiene cuestiones lejanas o cercanas a resolver, pero seguramente este banco de datos genéticos ha sido y seguirá siendo de mucha utilidad. Todas las preguntas que nos hicimos debieron ser contestadas entre nosotros. No me voy a extender demasiado en el tema porque ha habido discursos realmente conmovedores, donde también se hicieron planteos técnicos sobre la iniciativa, los que debieron haber sido analizados en la Comisión de Derechos Humanos y Garantías mucho antes de que el dictamen -que en lo personal no suscribí- hubiese circulado y llegado al recinto. Nuestro bloque continúa haciéndose preguntas y cree, como lo han manifestado otros señores diputados, que debemos darnos más tiempo, porque seguramente podríamos elaborar una propuesta mejor. Este tema ha calado hondo y es muy importante. La señora diputada Morandini ha mencionado cómo se creó el Banco Nacional de Datos Genéticos a partir de la unanimidad de la Cámara y del Congreso, y hoy debe tener en este recinto muchas dudas. Para no extenderme más, quiero señalar que nuestro bloque va a plantear, como moción de orden, que esta cuestión vuelva a comisión. Por eso, reiteramos el pedido de pase a comisión, porque puede ser mejorado. Están bien planteadas las cuestiones que tienen que ver con la incumbencia de la Ciudad de Buenos Aires en lo que respecta al Hospital Durand, pero también pensamos que son cosas que se pueden resolver mediante otros mecanismos, como pueden ser convenios o una mayor atención de la Nación al hospital. Hay muchas cosas que se pueden decir, tanto a favor del proyecto -lo tengo que reconocer- como en su contra. Por lo señalado, reitero la moción de orden de que el proyecto vuelva a comisión. SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires. SRA. MARINO, JULIANA ISABEL.- Perdón, señora presidenta: estoy anotada hace tiempo, incluso había solicitado la palabra cuando la sesión era presidida por el señor diputado Cambareri. SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra la señora diputada por la Capital. SRA. MARINO, JULIANA ISABEL.- Señora presidenta: ojalá pueda acompañar a mi bloque para que este proyecto se pueda volver a tratar y discutir adecuadamente. Es muy probable que nosotros tengamos que debatirlo y, si es necesario, rejerarquizarlo, ampliarlo, sintetizarlo, en lo que hace a una serie de cuestiones y de objetivos sobre los que podríamos coincidir. Pero el modo en que lo estamos discutiendo no es el adecuado, y ya lo he advertido al mencionar la manera en que nosotros íbamos a lograr, según parece, el objetivo. En lo particular, comparto buena parte de los argumentos que aquí se han vertido. Sólo voy a agregar que desde 1994, no desde antes, he sido testigo de la vida de este banco. Como legisladora local nos tocó, junto con la señora diputada Bisutti, pelear año tras año las partidas en el presupuesto de la Ciudad de Buenos Aires para acompañar las funciones del Banco. No conozco al Banco desde el año 1987, como buena parte de los señores diputados vinculados con las organizaciones de derechos humanos, pero sí pude ver durante todos esos años la significación de un Banco que fue creado y colocado en un servicio de inmunología importante de la ciudad, estando a cargo de un médica que había ganado la jefatura por concurso. Se trata de una gran científica, que ha sido desplazada salvaje e injustamente durante este año, al margen de que este año ella debía jubilarse y que había desajustes en relación con el banco, que debían ser corregidos. He podido ver que bajo la jefatura de la doctora Di Lonardo el Banco se fue potenciando para ir logrando un know how y un desempeño de tal magnitud que en determinado momento, con el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, doctor Aníbal Ibarra, pensamos en convertir el Servicio de Inmunología -no el Banco de Datos Genéticos, que no nos pertenecía- en un instituto de genética de la ciudad. He tenido oportunidad de trabajar durante casi dos años para poder retirar de la aduana un secuenciador. También he podido ver las donaciones y todo lo que adquirió el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y hay una serie de cuestiones que no están planteadas, más allá de muchas de las objeciones que aquí se han expresado y que comparto. Cuando nosotros queríamos crear el instituto de genética lo hacíamos no porque no supiéramos que existe una importante cantidad de centros privados sino porque como legisladores locales -o en este caso como legisladores nacionales- todo nuestro empeño y esfuerzo tienen que estar puestos en generar, expandir y aumentar estos servicios y estos centros científicos y de referencia en nuestro sistema público de salud. De ningún modo me quiero negar a discutir si es necesaria o no la creación de un Instituto, pero creo que esta norma debería ser tratada como resultado de un debate muy profundo, que excede este ámbito parlamentario. (Aplausos.) SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- La Presidencia aclara a la señora diputada Marino que estaba anotada después de la señora diputada Chiacchio, que a su vez hablaba en nombre de su bloque. Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe. SRA. TATE, ALICIA ESTER.- Señora presidenta: simplemente quiero informar, porque tal vez la señora diputada Marino no lo sabe, que la doctora Di Lonardo -a la que ella hizo referencia y que fuera apartada de la Dirección del hospital Durand por ser acusada criminalmente- ha sido sobreseída en esa causa. El fallo dice que: "Se sobresee en esta causa a Ana María Di Lonardo, en orden a los delitos previstos y reprimidos por los artículos 248, 260, 261, 265, 266 y 268 del Código Penal por los que fuera denunciada, con la aclaración de que la formación del sumario a su respecto en nada afecta el buen nombre y honor de que gozare". Me parece que este es un debido reconocimiento a la científica que mencionara la señora diputada Marino, la doctora Ana María Di Lonardo. (Aplausos.) SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital. SR. TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO.- Señor presidente: yo que siempre he sido muy crítico del funcionamiento de la Cámara, esta vez lo quiero reivindicar, porque me parece que se está dando un debate muy interesante, en el que no está todo resuelto de antemano, como suele pasar, y se teatraliza. Me parece que el tema es tan grave, tan fuerte y tan delicado que obligó a todos los señores diputados a plantear la cuestión sinceramente desde el lugar de lo que cada uno piensa. Esto lo quiero reivindicar. Simplemente voy a decir dos o tres cosas. A mí también me ha venido a ver gente de organismos de derechos humanos y de algunas organizaciones que trabajan en la búsqueda de la identidad. Según los datos que tienen algunos de esos organismos, hay tres millones de personas que buscan su identidad. Cuando me dieron este dato yo dije que era una barbaridad, porque me pareció un número exagerado. En realidad, no sé si no habrá cierta exageración, ya que algunos organismos que también buscan identidad hablan de un millón o un millón y medio, que también es muchísima gente. El 29 de marzo de 2006 el ministro de Salud y Desarrollo Social de la provincia de Santiago del Estero, Juan Carlos Smith, dijo que el 52 por ciento de los niños que nacen en esa provincia no son registrados. Entonces, no es descabellado que haya tanta cantidad de gente en busca de su identidad, porque entonces podemos empezar a pensar mucho más profundamente en lo que pasa con el tráfico de niños o con la adopción ilegal. Estas personas nunca más, aunque se lo propongan, van a poder encontrar una alternativa para conocer su identidad, a la que tiene derecho cualquier persona. Sinceramente, no encuentro una explicación a esto que se pretende hacer. Al analizar la ley 23.511 -he charlado sobre esto con algunas personas que conocen mucho más que yo del tema- vemos que es una norma que cubre todo el abanico de necesidades que se plantean aquí. ¿Qué sentido tienen los artículos 1°, 3° y 30 de este proyecto? No sólo se lo pregunto al diputado Carlotto, a quien en algún momento llamé por teléfono a su despacho pero no me devolvió el llamado. ¿Por qué los artículos 3° y 30, y por qué el artículo 21, que dice que todo lo que no pueda ser resuelto por el Instituto se derivará a organismos privados? SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra la señora diputada por la Capital. SRA. MONTI, LUCRECIA.- Señora presidenta: el bloque Justicialista Nacional va a apoyar el dictamen de minoría, pero nuestro deseo es que el proyecto vuelva a comisión a fin de que sea nuevamente debatido. Tal como lo han expresado quienes me han precedido en el uso de la palabra, considero muy importante que esta noche no se vote este tema de una forma tan dividida. SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital. SR. LOZANO, CLAUDIO.- Señora presidenta: no abundaré en argumentaciones que ya han sido dadas. Simplemente, me quiero sumar al pedido de reconsideración de este proyecto para darnos más tiempo. Me parece que está claro que todos debemos respetar al conjunto de los organismos de derechos humanos que han demostrado su compromiso para con esta lucha histórica de nuestro pueblo. También está claro que en este punto existen diferencias y que por lo tanto hay que profundizar la discusión. Entiendo que debemos respeto al compromiso que muchos de los diputados que han hecho uso de la palabra tienen con todo lo que en esta materia se ha venido haciendo. Asimismo, considero que tanto nuestra historia como la envergadura del genocidio vivido obligan a que haya consenso en este proyecto. Por todas estas razones, me sumo al pedido de vuelta a comisión de esta iniciativa y de no avanzar con las características que hasta este momento tiene. SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires. SR. CARLOTTO, REMO GERARDO.- Señora presidenta: antes de referirme a la consideración específica de la moción, quiero aclarar algunos puntos. El proyecto en consideración fue debatido en el marco habitual en que se trata cualquier proyecto en esta Cámara, tanto los de mayor importancia como aquellos que tienen una relevancia más relativa. Se ha invitado a participar en el debate a representantes de organismos de derechos humanos y de la Secretaría de Derechos Humanos y a genetistas, quienes explicaron los alcances de la iniciativa. Algunos firmantes del dictamen de minoría no participaron de esa reunión. Una cuestión central es la interpretación del significado que tiene el Banco Nacional de Datos Genéticos, lo que significa un laboratorio de datos genéticos y el entrecruzamiento en los casos de violación. Son dos hechos distintos. Esto no significa que uno esté trabajando en desmedro del derecho de aquellas personas que están requiriendo conocer su verdadera identidad. El funcionamiento y el objetivo del Banco Nacional de Datos Genéticos y el proyecto que sustenta la creación del Instituto justamente apuntan a dar garantías para la creación de una base en donde esté resguardada la información para su proyección respecto de determinados grupos y sectores. No se puede tener un banco sobre algo con lo cual no hay con qué contrarrestar; y en el caso donde existe una interpretación punto a punto entre cada una de estas opciones, sin duda alguna ello se resolverá en el marco de la acción de la Justicia, cuando se trata de un caso de filiación, y no es necesario reservar la información a través del transcurso del tiempo si el caso está resuelto. No hay necesidad de que el Estado invierta recursos para sostener una información que ya cumplió con el objetivo que tenía. Este es un tema sumamente importante. Otra cuestión fundamental, que no fue respondida, se relaciona con este intercambio de información entre la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad y el Banco Nacional de Datos Genéticos, y los informes del mes de febrero en adelante. En primer lugar, reitero que el acceso a esta información no es de carácter público; en segundo término, es importante poder analizar que la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad, creada por una ley sancionada por el Congreso, tiene la atribución de requerir información al Banco Nacional de Datos Genéticos; no se trata de que se le esté otorgando una facultad en el marco de la creación del Instituto. Por otra parte, debemos analizar por qué en el año 2006, entre los meses de enero y febrero, se atendió un informe de más de 470 casos. En realidad, lo que aquí estábamos contando son más de dos años de atraso en la rendición de informes por parte del Banco Nacional de Datos Genéticos. Estos temas son importantes porque el transcurso de un año y medio o dos años - sepámoslo bien- significa el encuentro o no entre una abuela que está buscando a su nieto desde hace treinta años y el nieto que está buscando su identidad. Esto ha sucedido, ha sido así, no es un invento. De hecho, cuando aquí se habla de la preservación de la información debería decir que mi sangre está depositada en ese banco, y yo estoy buscando a un sobrino. Es decir que muy lejos de mí estaría querer destruir información. Esta es una transferencia de un banco a un instituto, lo cual significa que no se está apropiando lo que es del Estado; no hay una apropiación de los valores del Estado. Se trata de una política pública que se ha venido desarrollando a lo largo de los años, y el proyecto en debate apunta a mejorar la calidad y eficiencia del funcionamiento de este sistema. De cualquier manera, habiendo consultado a las autoridades del bloque, vamos a aceptar la moción de que el asunto vuelva a comisión a los fines de un mayor debate. Es importante poder discernir con mucha claridad lo que significa el desarrollo del análisis genético en un entrecruzamiento puntual y el funcionamiento de un banco o la conformación de un archivo de datos genéticos. Creo que son dos objetivos distintos. Cuando en 1987 se creó el Banco Nacional de Datos Genéticos, no se tuvo la intención de que la sangre de toda la población argentina estuviese depositada allí. La creación de ese banco se fundamentó en el criterio de la resolución de los crímenes de lesa humanidad y en función de la resolución de los casos de filiación, siendo el único lugar donde se desarrollaba este tipo de análisis en el país. Reitero que aceptamos la moción, y continuaremos el debate en comisión. (Aplausos.) SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Se va a votar la moción de que el proyecto de ley contenido en el Orden del Día N° 1784 vuelva a comisión.
-Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Se procederá en consecuencia. (Aplausos.)
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TATE, ALICIA ESTER SANTA FE UCR
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA PARTIDO NUEVO CONTRA CORRUP. POR HONEST. Y TRANSP.
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES ARI
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
ASUNTOS MUNICIPALES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 4609-D-09