ASUNTOS MUNICIPALES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 153
Secretario Administrativo SR. ORDOÑEZ ALDO
Jefe BALLESTER MIRIAM
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3753-D-2007
Sumario: GARANTIA DE LOS INTERESES DEL ESTADO NACIONAL EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, LEY 24588: MODIFICACION DEL ARTICULO 7 (COMPETENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD).
Fecha: 01/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
MODIFICACION ART.7
DE LA LEY 24.588/95
Art. 1º Modifíquese el artículo 7º de la
Ley 24.588 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 7º El Gobierno Nacional ejercerá
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mientras ésta sea Capital de la
República, sus funciones y facultades en materia de seguridad a fin de asegurar la
efectiva vigencia de las normas federales.
La Policía Federal continuará
cumpliendo funciones de Policía auxiliar de justicia en los ámbitos
correspondientes a la jurisdicción Federal.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejercerá en el ámbito de su territorio la competencia en materia de seguridad y
protección de las personas y bienes.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y el Estado Nacional, celebrarán dentro de los 180 días de publicada la presente
los convenios necesarios para la transferencia de competencias, servicios y
funciones en materia de seguridad que la Ciudad requiera para el cumplimiento de
los objetivos que este artículo le asigna.
La transferencia comprenderá
dotación de personal, patrimonio, bienes y los recursos respectivos, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inc. 2 párrafo 5 de la Constitución
Nacional. Dicha asignación de recursos no podrá disminuir en ningún caso la
participación que corresponda a las provincias en virtud del régimen de
coparticipación federal de impuestos vigente.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires
integra el Consejo de Seguridad Interior.
Art. 2º Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Reforma Constitucional del 94
modificó el status jurídico de la Ciudad de Buenos Aires, se la dotaba así de
Autonomía y facultades para elegir a su Jefe de Gobierno.
El 8 de Noviembre de 1995 el
Honorable Congreso de la Nación sancionó la Ley 24.588 "Ley de Garantía de los
intereses del Estado Nacional en la Ciudad de Buenos Aires."
Desde ese momento todas las fuerzas
políticas de la Ciudad vienen reclamando la derogación de sus artículos 7º, 8º y
10º que restringen inconstitucionalmente los alcances de la Autonomía,
impidiéndole a la Ciudad contar con su propia Policía, Justicia y Registro de la
Propiedad Inmueble e Inspección General de Justicia.
En esta Honorable Cámara fueron
presentados innumerables proyectos, durante el año 2004 veinte Diputados
Nacionales representantes del Distrito unificaron sus iniciativas y presentaron un
proyecto consensuado sobre la modificación del artículo 7º que tuvo un importante
avance en el tratamiento en Comisión. Tres dictámenes positivos por unanimidad
fueron logrados para el proyecto que finalmente perdió estado parlamentario.
Una vez más los Diputados
Nacionales, integrantes de los Bloques, PRO, UCR, ARI, Emancipación y Justicia y
Justicialista Nacional, vuelven a generar los consensos necesarios y a presentar en
esta oportunidad un nuevo proyecto sobre la modificación del art. 7º, de manera
que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueda definir su política de Seguridad y
contar con Fuerza Policial propia.
Ratificamos también a través de este
proyecto el mandato constitucional del art. 75º inc. 2 párrafo 5 solicitando la
transferencia de competencias con el recurso correspondiente, sin afectar de
ninguna manera los porcentajes de participación sobre el régimen de
coparticipación que actualmente le corresponde a las provincias argentinas.
Por lo anteriormente expuesto los
Diputados Nacionales firmantes de este proyecto solicitamos el acompañamiento
de la Honorable Cámara para avanzar de modo justo en la Autonomía Plena de la
Ciudad de Buenos Aires.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
TONELLI, PABLO GABRIEL | BUENOS AIRES | PRO |
BURZACO, EUGENIO | BUENOS AIRES | PRO |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
MONTI, LUCRECIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
AZCOITI, PEDRO JOSE | BUENOS AIRES | UCR |
IGLESIAS, ROBERTO RAUL | MENDOZA | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | EMANCIPACION Y JUSTICIA |
OBIGLIO, JULIAN MARTIN | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
VANOSSI, JORGE REINALDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
RITONDO, CRISTIAN ADRIAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | PROPUESTA PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS MUNICIPALES (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/08/2007 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones Dictamen de Mayoría con disidencias y Dictamen de Minoría |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (PLAN DE LABOR) (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0051-D-2006, 0082-CD-2007, 1026-D-2006, 1044-D-2006, 1848-D-2006, 7238-D-2006, 0031-D-2007, 1403-D-2007, 3104-D-2007, 3334-D-2007, 3575-D-2007, 3810-D-2007 y 3753-D-2007 | ||
Diputados | CONSIDERACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0051-D-2006, 0082-CD-2007, 1026-D-2006, 1044-D-2006, 1848-D-2006, 7238-D-2006, 0031-D-2007, 1403-D-2007, 3104-D-2007, 3334-D-2007, 3575-D-2007, 3810-D-2007 y 3753-D-2007 | ||
Diputados | CONTINUA CONSIDERACION Y APROBACION DEL DICTAMEN DE MAYORIA CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0051-D-2006, 0082-CD-2007, 1026-D-2006, 1044-D-2006, 1848-D-2006, 7238-D-2006, 0031-D-2007, 1403-D-2007, 3104-D-2007, 3334-D-2007, 3575-D-2007, 3810-D-2007 y 3753-D-2007 | MEDIA SANCION | |
Diputados | INSERCIONES DE LOS DIPUTADOS AUGSBURGER, CANTERO GUTIERREZ, LOVAGLIO SARAVIA, MEDIZA, RITONDO, SNOPEK, SOLANAS, VANOSSI Y MARINO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0051-D-2006, 0082-CD-2007, 1026-D-2006, 1044-D-2006, 1848-D-2006, 7238-D-2006, 0031-D-2007, 1403-D-2007, 3104-D-2007, 3334-D-2007, 3575-D-2007, 3810-D-2007 y 3753-D-2007 | ||
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0051-D-2006, 0082-CD-2007, 1026-D-2006, 1044-D-2006, 1848-D-2006, 7238-D-2006, 0031-D-2007, 1403-D-2007, 3104-D-2007, 3334-D-2007, 3575-D-2007, 3810-D-2007 y 3753-D-2007 | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0051-D-2006, 0082-CD-2007, 1026-D-2006, 1044-D-2006, 1848-D-2006, 7238-D-2006, 0031-D-2007, 1403-D-2007, 3104-D-2007, 3334-D-2007, 3575-D-2007, 3810-D-2007 y 3753-D-2007 | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0051-D-2006, 0082-CD-2007, 1026-D-2006, 1044-D-2006, 1848-D-2006, 7238-D-2006, 0031-D-2007, 1403-D-2007, 3104-D-2007, 3334-D-2007, 3575-D-2007, 3810-D-2007 y 3753-D-2007 | SANCIONADO |