ASUNTOS MUNICIPALES
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Secretario Administrativo SR. ORDOÑEZ ALDO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0959-D-2017
Sumario: MESA FEDERAL DE CONCERTACION NACION - MUNICIPIOS. CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICA Y VIVIENDA.
Fecha: 21/03/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 14
PROYECTO MESA FEDERAL DE CONCERTACIÓN NACIÓN MUNICIPIOS
Artículo 1.- Objeto. Créese la Mesa Federal de Concertación Nación - Municipios que funcionará en el ámbito del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, o el organismo que en el futuro lo reemplazare; con el fin de constituir un ámbito permanente de dialogo, acción y coordinación política directa entre el gobierno nacional y los municipios del país, para el desarrollo e implementación de políticas públicas concertadas, el relevamiento y asesoramiento sobre problemáticas municipales comunes para todo el país.
Artículo 2.- Alcance e Integración. Todos los municipios del país integrarán la Mesa Federal de Concertación Nación - Municipios conforme un sistema de representación política según pertenencia partidaria de sus autoridades ejecutivas; junto a los demás representantes ministeriales nacionales y todo otro integrante que disponga su reglamentación en los términos del articulo 4.
Este organismo estará integrado por:
- 1 (un) representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
- 1 (un) representante del Ministerio de Finanzas;
- 1 (un) representante del Ministerio de Hacienda;
- 1 (un) representante del Ministerio de Agroindustria;
- 1 (un) representante del Ministerio de Producción;
- Señor secretario de asuntos municipales; u organismo que en el futuro lo reemplazare;
- 1 (un) representante por cada Partido Político que haya obtenido por lo menos un cargo como autoridad ejecutiva municipal.
Todos los integrantes ejercerán el cargo ad honorem.
Artículo 3.- Funciones y Fines. La Mesa Federal de Concertación Nación - Municipios tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) La promoción, el desarrollo y la implementación estratégica de políticas públicas concertadas entre nación y municipios para el desarrollo sostenido local, la atención de sus problemáticas y el fortalecimiento de la autonomía constitucional municipal.
b) El estudio, diagnóstico y tratamiento de problemáticas económicas y financieras locales comunes; procurando la asistencia y el asesoramiento para el diseño de herramientas de financiamiento alternativo para municipios.
c) Promover la simplificación del régimen de aprobación de endeudamiento público municipal y la asistencia para los municipios interesados.
d) Relevar y centralizar la información y seguimiento de las deudas y compromisos financieros de todos los Municipios del país.
e) Promover el relacionamiento internacional de los municipios con otros estados y organismos internacionales a través de una actuación coordinada y conforme los criterios de política exterior del estado nacional, para el acceso al crédito y acuerdos especiales de desarrollo local.
f) Acordar planes de promoción para la implementación y uso de energías alternativas en los municipios en conformidad con las leyes nacionales 25.019, 26.190, 27.191 sobre la nueva matriz energética nacional.
g) Promover y asistir a los municipios en la planificación estratégica del desarrollo local en ejercicio de la Ley 27.328 de Contratos de Participación Público – Privada.
h) Incluir la participación municipal en el diseño de una nueva ley nacional de coparticipación federal de recursos fiscales y toda otra propuesta de reformulación del sistema tributario nacional que les afectara.
i) Promover instancias de participación y trabajo conjunto con las entidades representativas del municipalismo de carácter nacional, concertando planes de acción estratégicos para la resolución de problemáticas municipales comunes en todo el país.
j) Todo otro aspecto de interés Municipal que persiga el desarrollo local en clave federal y coordinación provincial y nacional.
Artículo 4.- Funcionamiento. La Mesa Federal de Concertación Nación - Municipios reglamentará su régimen de funcionamiento, como así también la creación e integración de órganos internos para su mejor desenvolvimiento.
Podrán participar de sus reuniones, para el asesoramiento en temas de sus áreas de competencia, funcionarios nacionales y provinciales así como intendentes, autoridades municipales interesadas, y toda otro especialista que pudiera resultar de utilidad; y al sólo requerimiento de esta unidad de trabajo.
Artículo 5.- Adhesión provincial y municipal. Invítese a las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Ley.
Artículo 6.- Reglamentación. El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en el término de 180 (ciento ochenta) días desde su entrada en vigencia.
Artículo 7.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Próximo a celebrarse los 23 años de la reforma de la Constitución Nacional de 1994, que incluyó expresamente entre sus novedades la consolidación de la autonomía municipal; desde el Congreso de la Nación iniciamos nuevamente un trabajo de reflexión sobre la realidad del municipalismo en Argentina, sus déficits y sus deudas.
Los artículos 5 y 123 de nuestra constitución grafican un escenario de autonomía política, institucional, administrativa, económica y financiera municipal, ofreciendo un blindaje normativo formal pero de lenta operatividad, y que poco se condice con la realidad del interior del país.
El complejo andamiaje de nuestro federalismo define 4 órdenes de organización político-institucional: el gobierno federal, la ciudad autónoma de Buenos Aires con un sistema hibrido, las provincias y finalmente los municipios; concediendo a cada uno de estos entes estaduales un conjunto de competencias y facultades interrelacionadas y en constante dinámica.
En este escenario, el municipio precede en historia al resto de los órdenes de gobierno; sin embargo, estas entidades locales se presentan hoy débiles frente al marcado crecimiento de sus compromisos con sus habitantes y una fatigante dependencia económica para con el orden nacional y provincial.
En tal sentido, los municipios constituyen espacios de desarrollo local que han asumido nuevas funciones sociales para con su comunidad, dejando atrás sus tradicionales responsabilidad, y ocupando hoy su agenda en problemáticas sociales de mayor envergadura, ambientales, de modernización, transparencia, y económicas cada vez mayores.
La autonomía municipal no sólo se garantiza de manera formal, sino que reclama una vigencia material, esto es, haciendo que en la práctica el municipio no sea simplemente una herramienta residual y subsidiaria, sino concediéndole un espacio de participación real y efectiva en el diseño de las políticas públicas nacionales.
Nuestro país cuenta hoy con 2.171 municipios distribuidos en 23 provincias; sin embargo, a poco de profundizar sobre la verdadera situación de estos entes, se evidencia una marcada disparidad en sus condiciones de desarrollo económico, político y social de sus habitantes.
En este contexto, es posible evidenciar problemáticas comunes que recorren transversalmente a todos nuestros municipios, originadas en factores similares y sobre todo, ligados a la cuestión presupuestaria y financiera de estos entes.
De allí, la necesidad de generar un espacio de concertación y diálogo que permita no sólo la identificación y visibilización de dichas problemáticas, sino el diseño coordinado de políticas nacionales que mejor atiendan a los intereses municipales, permitiendo finalmente su más rápida puesta en marcha; y sin desconocer los órganos hoy existentes en la materia.
I- La Mesa Federal de Concertación Nación – Municipios
Quienes suscribimos este proyecto confiamos en la importancia de crear espacios de labor plural, con el objetivo de generar procesos de interrelación entre diferentes sectores partidarios, a partir de cuyo dialogo puedan resultar políticas consensuadas y de más fácil aplicación.
En estos términos, el presente proyecto toma entre sus fuentes a experiencias similares en nuestro país y del derecho comparado, en donde distintas fuerzas políticas logran unificar criterios para salvaguardar intereses locales.
Este proyecto, sin embargo resulta superador de sus fuentes, innovando en su articulado a través de la exposición y la visibilización de las problemáticas más importantes que hoy manifiesta el municipalismo en Argentina; asignándole a esta mesa de trabajo la función de ocuparse de ellas involucrando en una labor conjunta a los propios municipios y al estado nacional.
En tal sentido se destaca:
• La necesidad de encarar diagnósticos y evaluaciones sobre los déficits económicos y financieros locales; y de trabajar a partir de allí en el diseño de herramientas para el financiamiento alternativo.
• La importancia de facilitar a los municipios el acceso a los mercados financieros para lograr endeudamiento público que permita obras de infraestructura y desarrollo local.
• La necesidad de contar con información fidedigna sobre los compromisos financieros de todos los Municipios del país, con el fin de desarrollar medidas de auxilio.
• Los beneficios de facilitar el relacionamiento internacional de los municipios con otros estados y organismos internacionales para el acceso al crédito para desarrollo local.
• La urgencia de promover entre los municipios el uso de energías alternativas en consonancia con la nueva matriz energética nacional.
• La imperiosa necesidad de incluir a los municipios en el diseño y debate de una nueva ley nacional de coparticipación federal de recursos fiscales.
• Los beneficios de un trabajo conjunto con la Federación Argentina de Municipios, concertando planes de acción estratégicos para la resolución de problemáticas municipales comunes en todo el país.
Desde este proyecto no sólo se revitaliza la idea de un federalismo de concertación entre el estado nacional y los entes municipales, sino la democracia participativa, permitiendo que los partidos políticos participen en el proceso de gestación de las decisiones que hacen a los intereses de sus autoridades locales.
Otra cuestión que merece ser resaltada de este proyecto es la metodología que guía su diseño, proponiendo la creación de una mesa participativa nacional a través de 3 principios rectores: la inmediatez, la reducción burocrática y la equidad.
• La inmediatez se asegura a través de un dialogo directo e inmediato entre los integrantes de esta mesa: por un lado las fuerzas políticas partidarias que nuclean a las autoridades municipales de todo el país, y por el otro las autoridades nacionales.
• La reducción burocrática se logra a través de un sistema de representación político partidario que procura disminuir al máximo posible la cantidad de sujetos intervinientes, asegurando simultáneamente que los 2.171 municipios del país tengan en esta unidad de trabajo un representante de su propia fuerza partidaria.
• La equidad se logra permitiendo que los representantes de cada fuerza política que integran este cuerpo, sin importar la cantidad de municipios que representen, tengan entre sí la misma oportunidad de manifestar su posición y ejercer su integración.
De esta manera, el proyecto que se pone a consideración de este honorable cuerpo propone 2 ejes fundamentales:
1- La creación de una mesa de diálogo y coordinación plural, para la visibilización de las problemáticas más actuales del municipalismo argentino y la revitalización del federalismo.
2- Su integración bajo un esquema de representación político partidario que garantice la inmediatez, la reducción burocrática y la equidad de sus miembros, asegurando la representación de todos los municipios del país.
II- La Federación Argentina de Municipios y la Mesa Federal de Coordinación
Un aspecto que resulta necesario exponer es la vinculación que este proyecto propone con otros organismos nacionales representativos del municipalismo en nuestro país, como la Federación Argentina de Municipios, entidad jurídica creada en 1997 mediante Ley 24.807, y tendiente a representar a todos los municipios del país a través de su asociación voluntaria.
Este órgano de extensa trayectoria ha nucleado históricamente la tradición representativa de los municipios asociados ante los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación, y autoridades provinciales, tendiente a la defensa de la autonomía municipal y el perfeccionamiento de la administración pública local.
En tales términos, este proyecto reconoce su preexistencia y funcionamiento, así como las demás entidades representativas que han generado espacios de coordinación, resaltando su utilidad y persiguiendo una labor conjunta a través de la concertación de planes de acción estratégicos para la resolución de problemáticas municipales comunes en todo el país.
Lejos de pretender una fricción institucional que conlleve a un debilitamiento mutuo y una confusión de objetivos; se ha pretendido en cambio, diferenciar sus orbitas competenciales a través de funciones no contradictorias y diferentes entre sí, sumado a una técnica y una metodología de trabajo también diferente entre ambos cuerpos.
En conformidad con ello, mientras la Federación Argentina de Municipios constituye un órgano de integración voluntaria que no nuclea a la totalidad de los municipios del país, la Mesa Federal de Concertación Nación-Municipios goza de un alcance totalitario de los municipios a través de un sistema de representación político partidario y con funciones ligadas al diálogo y a la construcción de consensos directos entre los mismos municipios y el estado nacional; permitiendo una mejor y más inmediata aplicación de las políticas nacionales.
Tal como fue señalado, las funciones y fines de la mesa federal de concertación están limitados a un conjunto de problemáticas que constituyen el núcleo de desafíos del municipalismo argentino actual; no resultando atentatorias del universo de trabajo de la federación argentina de municipios, ni de otra entidad representativa del sector; pretendiendo por el contrario una colaboración conjunta para facilitar la resolución de dichas dificultades
Mientras la Federación Argentina de Municipios constituye un espacio de representación municipal burocrático autónomo, conformado por un sinnúmero de sujetos y miembros, la mesa federal proyecta una labor directa e inmediata entre la nación y los municipios, evitando reproducir un sistema de jerarquías entre sus miembros y asegurando la equidad y la reducción burocrática; permitiendo que la integración político partidaria asegure que todos los municipios del país encuentren representación en igualdad de condiciones.
Así las cosas, la Mesa Federal de Concertación Nación - Municipios, a diferencia de la Federación Argentina de Municipios, constituyen una unidad de trabajo y diálogo sobre las áreas anteriormente señaladas, y no pretende constituirse en un nuevo órgano burocrático que dispute las funciones asignadas legalmente a esta.
III- De la importancia del proyecto
En los términos que este proyecto ha sido diseñado, se pretende generar una unidad de trabajo para la coordinación y la concertación de políticas públicas en áreas prioritarias para el municipalismo argentino, y procurando a través de la integración de representantes de partidos políticos, una mayor inmediatez en la toma de decisiones y en la aplicación territorial de las mismas.
De su articulado se desprende el propósito de revertir la falta de coordinación entre las decisiones gubernamentales nacionales y las entidades municipales de todo el país, generando un vínculo de cooperación entre ambos eslabones del federalismo argentino: el gobierno nacional y los municipios; abordando la fragmentación institucional que hoy existe en nuestro país.
Una rápida lectura sobre la situación de la autonomía municipal en todo el país nos enfrenta a una problemática central que constituye el eje de este proyecto: la encrucijada económica.
En el actual contexto nacional, la autonomía municipal se ve obstaculizada por tres problemáticas económicas: 1) La insuficiencia del régimen de coparticipación de los recursos fiscales para los municipios; 2) la irregularidad o ausencia de un sistema de asistencia financiera nacional equitativo dirigido a todos los municipios del país; 3) La dificultad o imposibilidad de acceso a sistemas de financiamiento alternativos y crédito externo por parte de los municipios.
Todas estas temáticas, junto a otras que hacen a la agenda del municipalismo argentino actual, están presentes en este proyecto y conforman su columna vertebral, procurando a través de la creación de esta mesa de concertación, un tratamiento inmediato de ellas y asegurando una aplicación política territorial directa.
La propuesta aquí acompañada no sólo constituye un mecanismo de revitalización democrática y federal, sino que persigue también el propósito de revertir la distancia existente entre la instancia decisional nacional y los sujetos afectados, permitiendo visibilizar a los municipios y su propia agenda.
Por lo expuesto, solicitamos a los señores Diputados, la aprobación del siguiente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CARRIZO, SOLEDAD | CORDOBA | UCR |
PRETTO, PEDRO JAVIER | CORDOBA | UNION PRO |
MONFORT, MARCELO ALEJANDRO | ENTRE RIOS | UCR |
AUSTIN, BRENDA LIS | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS MUNICIPALES (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0843-D-19 |