ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 309
Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS
Miércoles 9.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4640-D-2014
Sumario: COOPERATIVAS Y MUTUALES. REGIMEN DE CONDONACION DE DEUDAS.
Fecha: 12/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
REGIMEN DE FINANCIACION PARA EL
DESENDEUDAMIENTO DE COOPERATIVAS QUE CUENTEN CON HASTA
5.000(CINCO MIL) ASOCIADOS Y MUTUALES CON LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS Y LA ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD
SOCIAL.-
ARTICULO 1°: Condónese por única
vez las deudas que mantienen las Cooperativas con hasta 5.000 (cinco mil)
asociados y Mutuales en concepto de impuestos, intereses resarcitorios, intereses
punitorios y moratorios, multas, cargas sociales y actualizaciones de toda
naturaleza sobre el capital adeudado, con la Administración Federal de Ingresos
Públicos (A.F.I.P.) y la Administración Nacional de Seguridad Social (A.N.S.E.S.) al
31 de Diciembre de 2013.-
ARTICULO 2°: Facúltese a la
Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y a la Administración
Nacional de Seguridad Social (A.N.S.E.S.) para que otorguen a las entidades
mencionadas la cancelación de las deudas que estas tuviesen hasta el periodo
referido en el art.1°.-
ARTICULO 3°: La Administración
Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y la Administración Nacional de Seguridad
Social (A.N.S.E.S.) otorgarán un plan de 120 cuotas fijas sin interés, mensuales y
consecutivas, para el reintegro del capital adeudado que hayan contraído con esta
las Cooperativas con hasta 5.000 (cinco mil) asociados y Mutuales.-
ARTICULO 4°: La Administración
Federal de Ingresos Públicos y la Administración Nacional de Seguridad Social
deberán arbitrar los medios necesarios para desistir de las actuaciones judiciales,
extrajudiciales y administrativas al cobro de las deudas a las que se refiere el art.
1°.-
ARTICULO 5°: El Poder Ejecutivo
reglamentara la presente ley dentro de los 90 (noventa) días de su promulgación.
ARTICULO 6°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene como
objeto brindar el apoyo y cuidado necesario para que las pequeñas cooperativas y
mutuales de nuestro país sigan desarrollando su función social, a través de la
condonación de los intereses, multas, recargos y todo concepto que hayan surgido
del capital de la deuda que estas hayan contraído con la Administración Federal de
Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y la Administración Nacional de Seguridad Social
(A.N.S.E.S)
En la última década puede observarse
un notorio aumento de las deudas que tienen con la A.F.I.P. y A.N.S.E.S. una
gran cantidad de pequeñas cooperativas y mutuales de nuestro país.
Considerando "PEQUEÑAS
COOPERATIVAS" a aquellas que su número de socios no sea superior a 5.000
(cinco mil) y por ello la representación en asamblea sea de modo directo y no a
través de delegados.
Es fundamental entender que el fin
que tienen estas entidades al brindar servicios públicos, es netamente social. El
sistema de la economía cooperativa tiene por fin satisfacer necesidades humanas
que reclaman los consumidores organizados voluntariamente sobre la base de la
ayuda mutua y el esfuerzo propio, es decir que lo que hace a la esencia de las
cooperativas es el servicio al costo
desprovisto del fin de lucro, en la
relación que vincula al asociado con la entidad.
En infinidad de puntos de nuestro
país, donde las empresas privadas deciden no instalarse debido a que NO se trata
de un "negocio rentable", por la baja cantidad de asociados, son estas "pequeñas
cooperativas y mutuales" las que brindan a diario servicios indispensables para la
comunidad como son: la energía, el agua potable, servicios cloacales, etc.
Conociendo que hoy en día el servicio de energía, significa mucho más que "luz",
representa también acceso a la educación a través de internet y otros medios de
comunicación que claramente son indispensables en la actualidad para el
desarrollo en sociedad. Esto representa para muchas comunidades de nuestro
país, especialmente las ciudades que limitan con países vecino, reforzar el
sentimiento de SOBERANÍA ya que al no contar con la posibilidad de acceder a
medios de comunicación nacionales, se ven constantemente invadidos por los
medios vecinos que hasta suele modificar su habla, por ello es habitual escucharlos
entonar el himno nacional con un fuerte acento extranjero. Según nos indica la
experiencia, en muchos casos, la cantidad de empleados con la que cuentan estas
entidades es muy bajo, vale citar como ejemplo la mutual "San Martin de Villa
Bonita" (Misiones); mutual que redistribuye energía que compra a la Cooperativa
Eléctrica Limitada de Oberá (Oberá- Misiones) y abastece a 510 socios, operan 5
empleados por lo que la actividad que estos llevan a cabo se convierte
prácticamente en "voluntariado".
El incremento continuo de estas
deudas, generada en la mayoría de casos por incumplimiento en el pago de I.V.A.
y aportes al Fondo de Capacitación Cooperativo establecidos por ley N°20.337
frente al congelamiento de tarifas en el caso energético desde el año 2003, frena
el desarrollo de las actividades que llevan a cabo las "pequeñas cooperativas y
mutuales" y agobian la posibilidad de crecimiento de estas, generando
forzosamente una actitud de evasión continua para poder subsistir. Por lo que la
condonación de los intereses, multas, recargos y todo concepto que hayan surgido
del capital de la deuda, sumado a la posibilidad de saldar el capital de la deuda en
cuotas mensuales, fijas y sin intereses significará para el Estado un incremento en
sus índices de contribuyentes sin deuda. Y sin duda alguna significara para la
Nación toda, un crecimiento en el compromiso de seguir apostando al desarrollo.
Convencido de no ser el único
comprometido con las causas que buscan hacer grande a nuestra nación,
defendiendo los intereses del pueblo, invito a mis pares a luchar por ello
acompañando con sus votos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
REDCZUK, OSCAR FELIPE | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ZIEGLER, ALEX ROBERTO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GUCCIONE, JOSE DANIEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RISKO, SILVIA LUCRECIA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia) |
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/09/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |