ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 309
Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS
Miércoles 9.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4620-D-2019
Sumario: DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE DE LA PLANTA FABRIL DE "INDUSTRIAS MATAS SCA", UBICADA EN GUAYMALLEN, PROVINCIA DE MENDOZA, CON EL OBJETO DE PERMITIR LA CONTINUIDAD LABORAL DE LA "COOPERATIVA LA TERRE LTDA".
Fecha: 02/10/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 141
Artículo 1.- Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación, dentro del marco legal de la ley Nacional 21.499 los inmuebles y todas las instalaciones que componen el edificio de la Planta Fabril de la firma Industrias Matas SCA, ubicada en carril Godoy Cruz 5330 de Guaymallén, Provincia de Mendoza, como asimismo las maquinarias, herramientas e instalaciones que se encuentren dentro del inmueble referido, y que fueran detalladas en el acta de incautación de bienes por los funcionarios autorizados de fs. 310 a 326 de las actuaciones judiciales, CUIT: 13-00864034-8 Industrias J. Matas S.C.A. p/Quiebra Acreedor 10870899 originarios del Segundo Juzgado de Procesos Concursales siendo excluidos del alcance de la presente ley los demás bienes que conforman el activo falencia de la fallida.
Artículo 2º.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación todos los bienes muebles e inmateriales, incluidos marcas y patentes, que tengan relación con la explotación comercial, económica, social y comunitaria que se desarrolla en el inmueble descripto en el artículo 1°, con exclusión de aquellos que hubieran sido adquiridos a título gratuito u oneroso por la Cooperativa de Trabajo La Terre Ltda.
Artículo 3º.- A los fines de la indemnización correspondiente, el valor de los bienes a expropiar, será fijado conforme las disposiciones de la ley 21.499, de régimen de expropiaciones, por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, pudiendo solicitarse la apoyatura y asesoramiento de otras entidades públicas o privadas.
Se tomará como valor indemnizatorio la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($25.025.000,00) y se descontarán PESOS DIEZ MILLONES CUATORCIENTOS OCHO MIL UNO ($10.408.001), referente a la indemnización depositada en el expediente (CUIJ 13-00864034-8 (0119024347704) “INDUSTRIAS J. MATAS S.C.A. P/ QUIEBRA ACREEDOR” fs. 5899/5900). pagadas por el gobierno de la Provincia de Mendoza (Procedimiento administrativo del 1016-D-2015). Determinándose que la totalidad de los derechos sobre los bienes expropiados serán transferidos de manera definitiva a la Cooperativa de Trabajo La Terre Ltda.
Artículo 4º.- Estipúlese que la Cooperativa de Trabajo La Terre compensará al Estado Nacional, en especies, la suma desembolsada mediante la venta al costo de los productos alimentarios que requiera la Provincia y la Nación para fines públicos. Además, convendrá espacios para el desarrollo de emprendimientos socio-productivos locales y procesos de incubación y capacitación para el trabajo en el marco de políticas públicas nacionales, provinciales y municipales.
Artículo 5º.- El objeto de la presente expropiación es mantener la fuente laboral autogestionada por los trabadores de la Cooperativa La Terre, a los fines de posibilitar la continuidad de la actividad productiva, social y cultural de la mencionada planta en el marco de sus fines cooperativos y solidarios.
Artículo 6º.- El Poder Ejecutivo dispondrá en forma inmediata las partidas necesarias para el pago de la indemnización a través de los procedimientos previstos en la normativa vigente, para el caso de que ello corresponda en virtud de lo establecido por el artículo 3°.
Artículo 7º.- Autorizase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de la Administración Nacional del ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 8º.- Exímase a la Cooperativa de Trabajo La Terre, una Empresa Nacional Limitada del pago de todo tributo nacional que tenga origen en las transferencias y contratos que se celebren con el objeto de dar cumplimiento a la presente ley.
Artículo 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de Ley tiene por objeto declarar de utilidad pública y sujetos a expropiación, dentro del marco legal de la Ley Nacional N° 21.499, los inmuebles y todas las instalaciones que componen el edificio la planta fabril de la firma Industrias Matas SCA, ubicada en carril Godoy Cruz 5330 de Guaymallén, Provincia de Mendoza, como asimismo las maquinarias, herramientas e instalaciones que se encuentren dentro del inmueble referido, y que fueran detalladas en el acta de incautación de bienes por los funcionarios autorizados de fs. 310 a 326 de las actuaciones judiciales, CUIT: 13-00864034-8 Industrias J. Matas S.C.A. p/Quiebra Acreedor 10870899 originarios del Segundo Juzgado de Procesos Concursales de la Provincia de Mendoza, siendo excluidos del alcance de la presente ley los demás bienes que conforman el activo falencia de la fallida.
Es de público conocimiento la situación que atraviesa hoy la Cooperativa La Terre, formada por los trabajadores y trabajadoras de la ex Industrias Mattas.
Para hacer un poco de historia, la División Deshidratados de Industrias J. Matas poseía la infraestructura más grande del rubro en toda Latinoamérica, elaborando 10.000 tn de materia prima fresca traduciéndose en 2.000 tn de producto deshidratado por año y 500 hectáreas cultivadas.
La empresa vendía a más de 40 países distribuidos en el Mercosur, América del Norte, Europa y Asia. La situación de la misma comenzó a deteriorarse, año tras año a partir del año 2000 generando, en el transcurso, infinidad de afectados debido a un vaciamiento estructural y una desinversión que culminó en la situación de quiebra en 2014.
Esta situación pudo ser revertida gracias al proceso organizativo de los trabajadores y trabajadoras de la fábrica, que lograron formalizarse en Cooperativa dando trabajo a 80 familias en la elaboración de más de 300 toneladas de deshidratados, 100 hectáreas cultivadas en toda la provincia y generando 150 puestos de trabajos en el sector agrario.
Esta Cooperativa, que comenzó su proceso sin los servicios esenciales y básicos para producir, por falta de pago, invirtió $ 12.000.000 entre aportes propios, arreglos de maquinarias junto a subsidios provinciales y nacionales, logrando hacer de La Terre la deshidratadora más importante del país. A su vez inició procesos de vinculación científico tecnológico con el Instituto Nacional de tecnología Agropecuaria (INTA), Instituto nacional de tecnología Industrial (INTI), Universidades públicas y privadas.
Al ser La Terre una empresa de características sociales, desarrolló en el establecimiento capacitación en oficios, gestión administrativa, producción, control de calidad, marketing y comunicación dirigido a empresas recuperadas, organizaciones de la economía social y público en general. Entre otros de sus logros se encuentra el convenio firmado con la Fundación Banco de Alimentos Mendoza, brindando un espacio físico para el funcionamiento de su Centro de Logística y Distribución.
La Terre obtuvo financiamientos por más de $ 4.000.000 en diferentes proyectos por parte del Estado Provincial y Nacional, entre ellos el Programa "Manos a la Obra" del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación y además ha articulado con el Ministerio de Industria de la Nación la creación de una sala de fraccionamiento para generar productos con mayor valor agregado como sopas instantáneas y mezclas de deshidratados directos para consumir y con la Secretaria de Políticas Universitarias (SPU) del Ministerio de Educación de la Nación para la realización de un encadenamiento hortícola que vincula las Facultades de Ciencias Agrarias, Ciencias Económicas y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Cuyo, fortaleciendo el trabajo de las cooperativas agroindustriales y primarias, como así también brindando asistencia técnica a estas y a productores en busca de sumar valor agregado local, fomentando el intercambio de saberes y tecnología, siento participantes también el INTA, el Instituto de Desarrollo Rural (IDR) y la Municipalidad de Guaymallén.
El gran avance de la cooperativa y la recuperación de la fábrica prevén producir 1.000 tn de hortalizas secas, generando 150 empleos directos por deshidratado, 300 hectáreas destinadas a las mismas y 450 puestos de trabajos en campo.
En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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