Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Asuntos Cooperativos, Mutuales y Organizaciones no Gubernamentales »

ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 309

Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS

Miércoles 9.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11

cacym@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3924-D-2008

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA URBANIZACION POR LA "ASOCIACION CIVIL CLUB TELEFONOS" DE VICENTE LOPEZ, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DEL PREDIO TRANSFERIDO MEDIANTE LEY 24506.

Fecha: 22/07/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 91

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que, a través de la Secretaría de Asuntos Municipales, dependiente del Ministerio del Interior, o el organismo que corresponda, ponga en conocimiento de las autoridades del Municipio Bonaerense de Vicente López que, de prosperar la solicitud de excepción ingresada el día 13-02-2007 por la Asociación Civil Club Teléfonos ante el Honorable Concejo Deliberante -expediente HCD 200/07-, que tiene por objeto urbanizar el predio que le fuera transferido a la institución por el Estado Nacional mediante Ley N° 24.506, se estaría violando el cargo estipulado por el artículo 1 de dicho precepto legal.
El inmueble de referencia -ubicado en la calle Azcuénaga, entre Hipólito Yrigoyen y Arenales, con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección F, Fracción II, Parcelas 1 y 2, partidas inmobiliarias números 48.275 y 9024, Inscripto en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires bajo el número de dominio 658 en el partido de Vicente López (110), La Plata, 21 de mayo de 1971-, fue cedido al club a título gratuito por el Estado Nacional para ser destinado exclusivamente a las actividades sociales y deportivas. La aprobación de un destino diferente para esa tierra, privando a los socios del club del uso establecido, obligaría al Congreso de la Nación a revocar esa donación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene por objeto poner en conocimiento de las autoridades del Municipio de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, la ilegalidad que encubre la solicitud presentada por la Asociación Civil Club Teléfonos para que el Honorable Concejo Deliberante avale el cambio de zonificación del predio donde se desarrollan las actividades deportivas, autorizándole la construcción de obras, superando incluso los límites admitidos por los Códigos de Ordenamiento Urbano y de Edificación que regulan la actividad en ese Distrito.
Se intenta de esta manera, a través del Expte. Municipal N°: HCD 200/07 ingresado el 13/02/2007, conseguir la autorización para utilizar en un magnífico negocio inmobiliario las tierras que oportunamente la Nación le donara al Club. Se pretende obviar el cargo establecido por ley de ser exclusivamente aprovechadas para la actividad de esparcimiento y recreación de sus socios.
En estos últimos años, se repitieron en ese distrito municipal operatorias de diversa índole, que fueron transformando los predios históricamente destinados a Clubes Sociales y Deportivos en emprendimientos inmobiliarios que no sólo privaron a los socios de esas Instituciones de su utilización sino que agobiaron con construcciones destinadas a diversos usos (viviendas, oficinas, comercios), los espacios verdes y saturando infraestructuras de servicios que ya se encontraban al límite del colapso.
Detrás de un supuesto "progreso", que pareciera justificar cualquier agresión al espacio urbano se degradó aun más la deficitaria relación entre las superficies destinadas a los espacios públicos y la cantidad de habitantes del Distrito.
Vicente López, tiene el nada saludable privilegio de ser el distrito de mayor densidad poblacional, con la menor superficie destinada a plazas y parques públicos de todo el Conurbano Bonaerense.
En todos los casos, como los del Club de empleados de Bunge y Born, el Club Casa, el Club Bouchard, el Club de empleados de Shell, el Centro de Almaceneros de Bs. As., el Club Banco Nación, etc., se utilizó como excusa para justificar la reducción de los predios, o la desaparición misma de los clubes, la insostenible situación financiera de las Instituciones.
Como si las malas administraciones o la actitud "elitista" que en muchos de los casos impidió durante años la conscripción de nuevos socios, condenando a los clubes a economías deficitarias, tuvieran que ser sostenidas por toda la comunidad, a la que no sólo se le exige que a través de sus representantes (Concejales e Intendentes), se les conceda beneficios de los que no gozan el resto de los contribuyentes, sino que además debe hacerse cargo de por vida de convivir con la agresión de las nuevas moles de hormigón y ladrillo, y de la contaminación ambiental aceptando mansamente la degradación de su calidad de vida.
En este caso, la adquisición del terreno por el Club Teléfonos tuvo origen en la Ley Nacional Nº 24.506, que fue sancionada el 14 de junio de 1995, luego vetada en su totalidad por decreto del Poder Ejecutivo N° 945 del 6/07/1995, y sancionada en forma definitiva por insistencia de esta Honorable Cámara el día 3/12/1997, con publicación en el Boletín Oficial el 13/01/1998.
Por medio de dicha disposición legal, el Estado Nacional transfirió "a título gratuito la titularidad del inmueble sito en la localidad de Vicente López, provincia de Buenos Aires, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: circunscripción II, Sección F, Fracción II, Parcelas 1 y 2, partidas inmobiliarias números 48.275 y 9024, encontrándose inscrito en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, bajo el número de dominio 658 en el partido de Vicente López (110), La Plata, 21 de mayo de 1971, a favor del Estado nacional argentino (ENTEL), a favor de la Asociación Civil Club Teléfonos, Buenos Aires, con todo lo allí construido y plantado, para ser destinado al cumplimiento de las actividades sociales y deportivas de dicha institución" (artículo 1 de la norma).
Del texto del precepto legal transcripto precedentemente surge claramente que la cesión del bien fue efectuada con un cargo específico para el adquirente, de modo que un cambio de destino importa la obligación del Estado de revocar la transferencia.
Con el objeto de evitar trastornos a los asociados a dicha Institución, ante el intento de su Comisión Directiva de "privatizar" parte de ese predio, negociándolo con fines inmobiliarios, intentamos advertir a las autoridades del Municipio y las del propio Club, sobre las consecuencias irremediables de orden legal que esa decisión acarrearía para la Institución.
Por lo expuesto y en virtud de la relevancia del tema en tratamiento, solicito a los miembros de ésta H. Cámara acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
FERRO, FRANCISCO JOSE BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/09/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
15/09/2008
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0835/2008 15/09/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION APROBADO