ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 309
Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS
Miércoles 9.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2949-D-2016
Sumario: DECLARAR EMERGENCIA ECONOMICA EN MATERIA DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS PARA COOPERATIVAS DE TRABAJO DE FABRICAS O EMPRESAS RECUPERADAS, POR EL PLAZO DE 24 MESES.
Fecha: 23/05/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
EMERGENCIA ECONÓMICA EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS PARA COOPERATIVAS DE TRABAJO DE FÁBRICAS O EMPRESAS RECUPERADAS.
ARTÍCULO 1º- Declárase la emergencia económica en materia de prestación de servicios públicos para las Cooperativas de Trabajo de Fábricas o Empresas Recuperadas, por el término de veinticuatro (24) meses.
ARTÍCULO 2°.- Por el plazo de duración de la emergencia declarada en el Artículo 1º serán eximidos del pago de los servicios públicos comprendidos en la presente ley las Cooperativas de Trabajo de Fábricas o Empresas Recuperadas, a fin de garantizar y resguardar la permanencia de dichos establecimientos y para la protección de las fuentes de trabajo, que en su caso conlleva relaciones desiguales en comparación con las empresas que no son gestionadas por sus trabajadores
ARTICULO 3º.- Quedan comprendidos dentro de la presente ley los servicios de electricidad, gas y agua.
ARTÍCULO 4°.- Entiéndase por Cooperativas de Trabajo de Fábricas o Empresas Recuperadas a todas aquellas que han sido puestas a producir por sus trabajadores en resguardo de su fuente de trabajo debido al abandono o cierre patronal causado por cualquier motivo, y se encuentren inscriptas, o en trámite de inscripción, en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) bajo el régimen de empresas recuperadas, o los organismos provinciales competentes.
ARTICULO 5°.- La emergencia será de aplicación inmediata a partir de la sanción de la presente ley, retroactiva al mes de diciembre de 2015 y no deberá estar sometida a reglamentación para su aplicación.
ARTICULO 6°.- Las prestatarias de servicios públicos de electricidad, gas y agua no podrán trasladar a los usuarios no incluidos en el artículo 1° de la presente ley el costo de la eximición tarifaria establecida en la misma.
ARTICULO 7°.- Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTICULO 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Traemos a consideración el presente proyecto de ley motivados por la grave situación que están padeciendo los trabajadores de las cooperativas de trabajo de Fábricas o Empresas Recuperadas, a raíz del tarifazo dispuesto por el Gobierno nacional. Sabido es que a partir de enero del año en curso el Poder Ejecutivo Nacional anunció aumentos de tarifas en los servicios de energía eléctrica, del gas y del servicio de agua y cloacas, entre otros. Estos aumentos de entre el 100% y el 500% afectan en forma directa los ingresos del pueblo trabajador, ya afectados por la creciente espiral inflacionaria que, según cifras oficiales, hablan de un aumento del costo de vida de arriba del 16% de diciembre a marzo de este año, mientras que los salarios siguen con el mismo valor nominal.
Este impacto sobre el bolsillo de los usuarios, se siente enormemente también en el caso de las empresas o fábricas gestionadas por sus trabajadores ya que el incremento de los costos de los servicios públicos pone en serio riesgo de continuidad a muchas de ellas, ante la imposibilidad de afrontar semejantes aumentos. Esto implica el riesgo inminente de la pérdida de miles de puestos de trabajo que se mantuvieron gracias a la lucha y el esfuerzo de sus trabajadoras y trabajadores. Hablamos pues de una situación de extrema gravedad que amerita medidas de emergencia como la que venimos a proponer con el presente proyecto de ley: la declaración de la emergencia económica en materia de prestación de servicios públicos para las Cooperativas de Trabajo de Fábricas o Empresas Recuperadas, por el término de veinticuatro (24) meses, según la cual serán eximidos del pago de los servicios públicos de electricidad, gas y agua, a fin de garantizar y resguardar la permanencia de dichos establecimientos y para la protección de las fuentes de trabajo, que en su caso conlleva relaciones desiguales en comparación con las empresas que no son gestionadas por sus trabajadores.
Debemos recordar aquí que en Argentina hay alrededor de 350 empresas recuperadas, que emplean a más de 25.000 trabajadores. Este fenómeno se extendió a partir de la crisis que atravesó nuestro país en el año 2001. Tras entrar en crisis la ofensiva neoliberal de los años noventa, en nuestro país se inició un período recesivo desde 1998, donde la desocupación trepo un 74,2 %, la pobreza un 67 % y la indigencia un 180%.
Frente a este panorama, las patronales optaron por cerrar las fábricas que no les resultaban rentables y ante la falta de respuesta por parte del Estado, los trabajadores entendieron que la única forma de defender la fuente de trabajo era la puesta a producir de centenares de empresas, conformando cooperativas, impulsando muchas de ellas el reclamo por una salida de fondo, como la estatización.
Se retomó así una tradición de lucha histórica, con ejemplos locales e internacionales, de trabajadores que despojados de sus puestos de trabajo avanzaron en las tomas de fábrica y las pusieron a producir cuando las patronales dejaron de pagar los sueldos, o abandonaron las fábricas.
En la última década los trabajadores han demostrado con numerosos ejemplos ser los únicos interesados en defender sus fuentes de trabajo ante las patronales que cierran y despiden. La mayoría de las fabricas recuperadas tuvieron que atravesar conflictos agudos, con ocupación, resistencia y hasta represiones y la confrontación con los distintos poderes del Estado, que con órdenes de desalojo judicial y faltas de respuesta de las carteras laborales terminan siendo garantes de la propiedad privada de las patronales que cierran sus fábricas en detrimento del derecho de los trabajadores que resisten a quedarse en la calle.
Este fenómeno no se limitó a ser una salida de emergencia frente a la crisis y se convirtió en un ejemplo para cientos de trabajadores ante el abandono patronal. Durante todos estos años las empresas recuperadas demostraron que se puede producir y gestionar sin necesidad de las patronales ya que son los trabajadores quienes llevan adelante verdaderamente el funcionamiento de las empresas. Y que esto es posible en los más diferentes rubros, desde hospitales a fabricas ceramistas, textiles, metalúrgicas, imprentas, gastronómicas, etc. Y su potencialidad se expresa en que son los mismos trabajadores los que deciden sobre qué y para qué se producirá, salvaguardando y/o aumentando el empleo, siendo el fin de estas empresas no la maximización de la ganancia, sino crear fuentes de empleo y valor para la comunidad.
La forma de organización de las empresas recuperadas es mayoritariamente en cooperativa de trabajo, aunque muchas llevan más de una década luchando por la estatización bajo gestión obrera, como es el caso de la Fábrica de Cerámicos Zanón en la provincia de Neuquén, que ha sido un emblema de estas luchas, haciéndose conocido su ejemplo en todo el mundo.
Este reclamo es el que retoman hoy, por ejemplo, los trabajadores de la gráfica MadyGraf, que han ocupado la fábrica y la pusieron a producir luego que la empresa Donnelley cerrara sus puertas tras aducir una quiebra ilegal en el año 2014.
Por poner sólo dos ejemplos, podemos graficar con los datos que nos aportan los propios trabajadores de las empresas recuperadas. En Cerámica Zanon de Neuquén la tarifa de electricidad subió de $360.000 en febrero a $1.600.000 en marzo y la de gas de $700.000 a $4.000.000. Ya en abril la factura de gas trepó a los $8.000.000. En la gráfica MadyGraf ubicada en Garín, provincia de Buenos Aires, por la tarifa de electricidad que factura Edenor de un promedio de $38.000 pasaron a un promedio de $230.000, lo que constituye un aumento del 600 por ciento. Y en la empresa Cammessa, mayorista de electricidad, pasaron de $268.000 a $482.000.
En este sentido, en el camino de la estatización de toda fabrica que cierre y/o despida, resulta pertinente dictar la presente normativa a fin de dar una respuesta de emergencia que permita salvaguardar la fuente de trabajo de miles a lo largo de todo el país ante el tarifazo que pone en peligro la continuidad del sustento de tantas familias.
Por los motivos expuestos y los que brindaremos oportunamente es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BREGMAN, MYRIAM | BUENOS AIRES | PTS - FRENTE DE IZQUIERDA |
PLAINI, FRANCISCO OMAR | BUENOS AIRES | CULTURA, EDUCACION Y TRABAJO |
CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia) |
OBRAS PUBLICAS |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO MASSO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA FERREYRA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DE PONTI (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | MOCION APARTAMIENTO DEL REGLAMENTO (NEGATIVA) | ||
Diputados | MOCION APARTAMIENTO DEL REGLAMENTO (NEGATIVA) |