ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 309
Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS
Miércoles 9.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1845-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA RECAUDACION PREVISTA EN LA LEY 25054 Y MODIFICATORIAS, DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS.
Fecha: 27/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
Dirigirse al Poder
Ejecutivo para que a través del organismo correspondiente, en este
caso la Superintendencia de Seguros de la Nación, informe si está
recaudando y girando los montos referidos al artículo 11 de la ley
25.054 (actualizada por ley 25.848), el volumen de esos montos, y
si efectivamente los mismos son efectuados por todas las
aseguradoras y por los valores comprometidos en la citada ley.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es de público
conocimiento el servicio de prevención y extinción de incendios que
prestan las asociaciones de bomberos voluntarios, como así también
la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que
resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o
intencional.
Son funciones
específicas de las asociaciones de bomberos voluntarios:
a) la integración,
equipamiento y capacitación de un cuerpo activo destinado a prestar
los servicios;
b) La prevención de
control y siniestros de todo tipo dentro de su jurisdicción;
c) La instrucción de
la población por todos los medios a su alcance, en lo relativo a la
prevención de todo tipo de siniestros, tendiendo a crear una
verdadera conciencia en tal sentido;
d) Constituirse en
las fuerzas operativas de la defensa civil en los niveles municipales,
provinciales y nacionales;
e) Concurrir
activamente en casos de siniestros de cualquier naturaleza, a los
efectos mencionados en la Ley de Defensa Nacional;
f) Documentar sus
intervenciones.
Estas acciones de
salvaguarda, la realizan en forma gratuita a toda la población, es
por ello que se deben arbitrar los medios para disponer de la ayuda
económica necesaria para optimizar esa prestación de servicios.
Esta ayuda económica
esta regulada como subsidio en la ley mencionada, a la vez que
estas asociaciones civiles, reciben otra clase de aportes por parte de
particulares, organizaciones gubernamentales, no gubernamentales,
etc.
Lo cierto es que estas
ayudas económicas, para la magnitud del servicio brindado, la
sofisticación de los equipamientos, la capacitación necesaria y
constante que requieren los voluntarios, etc., nunca es suficiente; y
además las asociaciones no cuentan en la actualidad con las
herramientas para determinar si efectivamente se están efectuando
esos aportes y si los mismos se están realizando por los montos
estipulados.
Por lo expuesto, solicito
a mis pares que me acompañen en esta solicitud, en aras de
instrumentar los mecanismos adecuados para una mejora en los
servicios tan vitales que prestan estas asociaciones civiles.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CUEVAS, HUGO OSCAR | RIO NEGRO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia) |