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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 309

Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS

Miércoles 9.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11

cacym@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1845-D-2007

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA RECAUDACION PREVISTA EN LA LEY 25054 Y MODIFICATORIAS, DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS.

Fecha: 27/04/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a través del organismo correspondiente, en este caso la Superintendencia de Seguros de la Nación, informe si está recaudando y girando los montos referidos al artículo 11 de la ley 25.054 (actualizada por ley 25.848), el volumen de esos montos, y si efectivamente los mismos son efectuados por todas las aseguradoras y por los valores comprometidos en la citada ley.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es de público conocimiento el servicio de prevención y extinción de incendios que prestan las asociaciones de bomberos voluntarios, como así también la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional.
Son funciones específicas de las asociaciones de bomberos voluntarios:
a) la integración, equipamiento y capacitación de un cuerpo activo destinado a prestar los servicios;
b) La prevención de control y siniestros de todo tipo dentro de su jurisdicción;
c) La instrucción de la población por todos los medios a su alcance, en lo relativo a la prevención de todo tipo de siniestros, tendiendo a crear una verdadera conciencia en tal sentido;
d) Constituirse en las fuerzas operativas de la defensa civil en los niveles municipales, provinciales y nacionales;
e) Concurrir activamente en casos de siniestros de cualquier naturaleza, a los efectos mencionados en la Ley de Defensa Nacional;
f) Documentar sus intervenciones.
Estas acciones de salvaguarda, la realizan en forma gratuita a toda la población, es por ello que se deben arbitrar los medios para disponer de la ayuda económica necesaria para optimizar esa prestación de servicios.
Esta ayuda económica esta regulada como subsidio en la ley mencionada, a la vez que estas asociaciones civiles, reciben otra clase de aportes por parte de particulares, organizaciones gubernamentales, no gubernamentales, etc.
Lo cierto es que estas ayudas económicas, para la magnitud del servicio brindado, la sofisticación de los equipamientos, la capacitación necesaria y constante que requieren los voluntarios, etc., nunca es suficiente; y además las asociaciones no cuentan en la actualidad con las herramientas para determinar si efectivamente se están efectuando esos aportes y si los mismos se están realizando por los montos estipulados.
Por lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en esta solicitud, en aras de instrumentar los mecanismos adecuados para una mejora en los servicios tan vitales que prestan estas asociaciones civiles.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CUEVAS, HUGO OSCAR RIO NEGRO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia)