ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 309
Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS
Miércoles 9.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0364-D-2014
Sumario: "HOTEL BAUEN": SE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE Y TODAS SUS INSTALACIONES, SITO EN AVENIDA CALLAO 346, 350 Y 360 DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 07/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
Art. 1°.- Declárense de utilidad
pública y sujetos a expropiación, el inmueble y todas sus instalaciones sito en Av.
Callao 346, 350 y 360 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nomenclatura
Catastral Circunscripción 11, Sección 9, Manzana 77, Parcela 27 b; Unidades
Funcionales singulares 1 primer subsuelo y PB. 2, 3,4,5; Planta Baja 6 Piso 1, 7,8
Piso 2, 9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22, 23, 24 Piso 4 25, 26, 27, 28, 29
30 31, 32, 33,34,35,36,37,38,39,40 Piso 5, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50,
51, 52, 53, 54, 55, 56 Piso 6, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70,
71,72 Piso 7, 73,74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88 Piso 8,
89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104 Piso 9, 105, 106,
107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120 Piso 10, 121,
122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136 Piso 11,
137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149 Piso 12, 150, 151,
152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163 Piso 13, 164, 165, 166,
167, 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177 Piso 14, 178, 179, 180, 181,
182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191 Piso 15, 192, 193, 194, 195, 196,
197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205 Piso 16, 206, 207, 208, 209, 210, 211,
212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219 Piso 17, 220, 221, 222 Piso 18 y unidad
funcional complementaria I piso 1, inscriptos en la Matrícula FR 11-2610.
Art. 2°.- Declárense de utilidad
pública y sujetos a expropiación los bienes muebles e intangibles, incluidas
marcas y patentes, que tengan relación con la explotación turística, social y
comunitaria que se desarrolla en el inmueble descripto en el artículo 1°, con
exclusión de aquellos que hubieran sido adquiridos a título gratuito u oneroso por
la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires Una Empresa Nacional Ltda.
Art. 3°.- El precio de los bienes
sujetos a expropiación se determinará de acuerdo con lo establecido por el artículo
13 de la Ley Nº 21.499, considerando el estado general de los de los mismos, con
anterioridad al 23 de marzo del 2003
Art. 4°.- Autorízase al Poder
Ejecutivo Nacional, en virtud de lo dispuesto en los artículos precedentes, a
transferir bajo cualquier título o modalidad, los bienes indicados en los artículos 1º
y 2º de la presente ley, a la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires una Empresa
Nacional Ltda., para la consecución de su objeto social.
Art. 5°.- Autorízase al Poder
Ejecutivo Nacional para efectuar en el Presupuesto Nacional General de Gastos y
Recursos del ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten
para el cumplimiento de la presente.
Art. 6°.- El Ministerio de
Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, es la autoridad de aplicación de la
presente ley.
Art. 7°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto tiene como antecedente el
Expediente 0578-D-2010, que ha perdido estado parlamentario.
Elevo a consideración el presente proyecto de
ley que tiene como finalidad la declaración de utilidad pública del inmueble ubicado sobre
la Av. Callao 346/360 de la Ciudad de Buenos Aires, donde se asienta el conocido "Hotel
BAUEN", cuya explotación, como resulta de público conocimiento, ha sido recuperada por
sus trabajadores nucleados en la Cooperativa de Trabajo Buenos Aires Una Empresa
Nacional Ltda.
Antes de adentrarnos en el análisis de la
normativa propuesta, resulta necesario destacar algunos antecedentes relacionados con
la construcción del "Hotel Bauen" por quienes fueran sus dueños, para lo cual, como se
verá, se utilizaron créditos otorgados por el ex Banco Nacional de Desarrollo (BA.NA.DE)
que era propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO.
En el año 1976 se dicta la ley 21.349 por la
que se crea el Ente Autárquico "Mundial 78" (EAM 78). A través del mismo se promovió
un sistema de asistencia crediticia a tasas diferenciales con el objeto de estimular la
construcción y ampliación de hoteles. El BA. NA. DE otorgaría préstamos por un plazo de
ocho años con uno de gracia, a una tasa de interés muy atractiva, 5 % anual, de acuerdo
a los términos de la Circular VI-2-758.-
El Estado había dispuesto para estos fines
DOS MIL MILLONES DE PESOS del Tesoro Nacional que alcanzaban para ochocientas
habitaciones en Buenos Aires, cien en Mendoza y cien de Rosario, según lo manifestara
el General de la Dictadura Lino Montiel Forzano, en la sede de la Cámara Hotelera el 18
de Agosto de 1976. Evidentemente y como podrán apreciar los Sres. Diputados, porque la
historia así lo confirma, estos créditos de fomento serían destinados a unos pocos
empresarios vinculados con la Industria hotelera que hicieron gala de sus influencias con
el gobierno dictatorial.
En el año 1976 el BA.NA.DE
aprobó por Resolución de su Directorio de fecha 30/09/1976, el proyecto presentado por a
la Sociedad B.A.U.E.N SACIC, a fin de ser apoyado dentro de la línea de créditos
establecidas para la financiación de hoteles, y para el 18 de Noviembre de ese año
B.A.U.E.N. tenía acordado un préstamo de $ 800.000.000 para la construcción y
equipamiento de un hotel categoría 4 estrellas, a erigir en la Av. Callao Nro. 346/60 de
esta Ciudad. La obra debía estar finalizada antes del 30 de Abril de 1978.
BAUEN SACIC pudo iniciar la construcción del
hotel ubicado en el centro neurálgico de la Ciudad de Buenos Aires a pocos metros de
este Honorable Congreso de la Nación valiéndose del financiamiento a tasas diferenciales
que ofrecía el Estado Nacional, sin necesidad de aportar un solo peso y poniendo como
garantía el inmueble y otros hoteles de propiedad de sociedades del mismo grupo
empresario. No debe perderse de vista el contexto nacional en el que esto ocurría y el
marcado interés de la dictadura en mostrar al mundo el falso escenario de una Argentina
desarrollada y pujante, en vísperas de constituirse en sede del campeonato mundial de
fútbol cuyo colorido les posibilitaba, -sólo en parte-ocultar el terrorismo implantado desde
las más altas esferas.
Tan beneficiosas resultaban las condiciones
que la empresa BAUEN solicitó al BA.NA.DE otro crédito para transformar al BAUEN en
un hotel cinco estrellas y el Estado Nacional accedió nuevamente a ello, pero a una tasa
sutilmente más elevada del 6,5 %. A pesar de tamaños beneficios, que hoy resultarían
claramente insostenibles e injustificables para hacer procedente la asistencia financiera
del Estado a un empresario privado., los pagos, es decir, la restitución del dinero, no fue
honrada con el pago puntual que merecía tamaño y lucrativo negocio.
Y aunque resulte increíble, la firma Bauen
SACIC interpuso una demanda judicial contra el Estado Nacional Argentino por daños y
perjuicios alegando que el Estado pagó su préstamo con retrasos y esto le habría exigido
girar en descubierto a tasas de interés no promocionales. Aquí cabe hacer un paréntesis,
el hotel se erigió, se construyó y se equipó con dinero público, el argumento de los
incumplimientos por lo tanto, es inatendible. Lo que el Bauen omitió referenciar en su
extensa demanda judicial son algunas de sus irregularidades como: la dualidad de
registros contables, la duplicidad de gastos en rendiciones de certificados, el
subarrendamiento de la explotación hotelera y otras irregularidades destacadas en su
escrito de contestación de demanda por parte del letrado apoderado del BA.NA.DE.
Sin perjuicio de las distintas operatorias que
muchos años después tuvieron como objeto el mismo inmueble y sus instalaciones,
(ventas, leasing, cesión de explotación), operatorias algunas reales y otras que podrían
calificarse al menos de - dudosas-, a tenor de los antecedentes documentales y
testimoniales producidos en las causas judiciales, lo cierto es que BAUEN SACIC, ni
ninguno de sus continuadores jurídicos, canceló la deuda contraída con BA.NA.DE.
Es necesario también hacer mención, de la
existencia de facilidades de pago que implementó el Ministerio de Economía mediante la
Resolución Nro. 831/00, por el cual se aprobó un plan de regularización de deudas para
los deudores del ex BANADE, a cuyo plan no se acogió la empresa BAUEN S.A.C.I.C., de
lo que se puede desprender, que no estaba entre sus intenciones cancelar la deuda
contraída con el Estado.
Es importante recordar que BAUEN SACIC
adeuda al Estado Nacional Argentino, solo en virtud de la falta de pago de los préstamos
otorgados por el BA.NA.DE la suma de $ 8.616.524,87 (ocho millones seiscientos
dieciséis mil quinientos veinticuatro pesos con ochenta y siete centavos), de acuerdo a la
última liquidación practicada en los autos "BAUEN SACIC C/ BANCO NACIONAL DE
DESARROLLO S/CUMPLIMIENTO DE OPERACIÓN CREDITICIA".
Con lo esbozado a través de los
párrafos anteriores, no sorprende entonces que la disolución y liquidación del BA.NA.DE,
fuera resuelta mediante Decreto Nro. 1027/1993, en el marco de las previsiones de la ley
de Emergencia Administrativa y Reestructuración del Estado 23.696, y luego de fracasado
su intento de fusión por absorción con el Banco Central de la República Argentina.
Paradójicamente, -y como ha ocurrido con la mayoría de los entes de propiedad estatal-
cuyo destino fue la privatización o la liquidación, la causa y razón de ello radicaba
casualmente en su estado de liquidez y desequilibrio.
En el año 1997 la empresa BAUEN SACIC
firmó un contrato de leasing que incluía el inmueble, los bienes muebles, marcas y
personal; con un grupo de capitales chilenos llamado Solari S.A., por doce millones de
pesos, de los cuales Solari S.A. solo pago una de las cuotas por el valor de cuatro
millones de pesos.
En el año 2001 decretada la quiebra de la
empresa Solari S.A., que nunca resultó en definitiva propietaria del inmueble, el Juez
interviniente autorizó la continuación de la explotación del hotel BAUEN bajo supervisión
de la Sindicatura. El 28 de diciembre de ese mismo año, se resuelve el cierre del mismo,
este permaneció en esta condición a lo largo de todo un año.
Merece destacarse también que BAUEN
SACIC, cuya cara visible de acuerdo a los dichos de sus empleados era el Sr. Marcelo
Iurcovich, de acuerdo a lo sostenido por sus empleados, mantenía la práctica habitual de
cambiar de razón social y hacer renunciar al plantel de trabajadores para ser
recontratados por una "nueva firma" obviamente sin reconocimiento de su antigüedad,
lográndose así que los trabajadores perdieran en parte sus derechos adquiridos.
El 21 de marzo del año 2003 un grupo de
trabajadores que habían quedado sin trabajo a raíz del cierre del hotel, comienzan a
organizarse y se conforman en cooperativa para recuperar sus puestos y poner
nuevamente al BAUEN en pleno funcionamiento.
Sin ninguna ayuda ni subsidio remontaron el
hotel con su único capital: su fuerza de trabajo y ganas de recuperar su dignidad. Para
ello contaron con la ayuda de varias organizaciones que con entusiasmo encontraron en
el BAUEN un espacio de encuentro y solidaridad. En un año y medio lograron incrementar
los puestos de trabajo y hoy más de 156 socios-trabajadores integran el plantel de la
Cooperativa Buenos Aires Una Empresa Nacional.
En la actualidad, la empresa MERCOTELES
S.A., reivindica ante el Juez Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 9 que
entiende en la Quiebra de SOLARI S.A., su propiedad respecto del Bauen, pidiendo su
restitución. Esta empresa, también tiene vínculos muy estrechos con BAUEN S.A.C.I.C.,
ya que el Presidente de la misma resulta ser familiar cercano del ya fallecido Marcelo
Iurcovich.
Pasados más de 5 años desde que los
trabajadores le dieron vida a la Cooperativa del BAUEN, el hotel, en la actualidad no solo
funciona como tal, sino que es también, un espacio donde se realizan innumerables
actividades sociales y culturales; donde se han realizado, entre otras, ciclos de música y
cine articulados con la Secretaría de Cultura de la Nación, muestras de diseño articuladas
con la Facultad de Arquitectura de la Universidad de Buenos Aires., también se han
firmados convenios con el MINEP del Gobierno Bolivariano de Venezuela para celebrar
diferentes actividades culturales y sociales y con el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, el Área de Relaciones Comunitarias, para la inclusión social de adolescentes y
jóvenes por la vía del trabajo a través de pasantías y becas.
De la trayectoria de estos últimos años, queda
claro que las puertas del BAUEN se han abierto a la comunidad a través de actividades
educativas, sociales y culturales de interés público. Sin duda alguna esto avala su
declaración de utilidad pública, y justifica su incorporación al patrimonio nacional, siendo
fiel así, al sentir de la sociedad que lo ha adoptado como parte de su patrimonio
comunitario.
Por todo lo expuesto es que solicito a las diputadas y a
los diputados la aprobación del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
25/11/2015 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Dictamen Sin Nro. /2015 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | 26/11/2015 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - CAMBIO DE ORDEN DE LAS COMISIONES | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | MEDIA SANCION | |
Diputados | INSERCION DE LOS DIPUTADOS LOPEZ Y SANTILLAN CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Diputados | INSERCION DE LOS DIPUTADOS DEL CAÑO Y BREGMAN SOBRE SENTIDO DE SU VOTO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Diputados | INSERCION DEL DIPUTADO LOPEZ SOBRE SENTIDO DE SU VOTO CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Senado | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 | SANCIONADO | |
Diputados | COMUNICACION DEL DECRETO 1302/16 DEL 27/12/2016 DE VETO TOTAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0364-D-2014, 2354-D-2014, 2406-D-2014, 5119-D-2014, 0092-CD-2015 y 9101-D-2014 |