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ASUNTOS CONSTITUCIONALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 449

Secretario Administrativo DR. URIONDO FRANCISCO MANUEL

Jefe SRA. ROJAS CAMILA SOLEDAD

Martes 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752431 Internos 2431/32

caconstitucionales@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1559-D-2010

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE DENUNCIAS RECIBIDAS POR LA OFICINA ANTICORRUPCION DURANTE EL AÑO 2009 POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN EL "REGLAMENTO GENERAL DEL ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA".

Fecha: 30/03/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, se sirva informar:
1. Cantidad de denuncias recibidas por la Oficina Anticorrupción, durante el año 2009, por incumplimiento de las obligaciones previstas en el reglamento general del Acceso a la Información Pública según lo establecido en la Resolución Conjunta 1/2008 y 3/2008.-
2. En relación a las denuncias referidas en el requerimiento anterior, detalle: fecha de recepción, organismo denunciado, información requerida por el denunciante, motivo de la denuncia, estado de avance, si el organismo denunciado ha hecho su descargo e indique si finalmente se entregó la información solicitada.-
3. Indique los obstáculos o parámetros comunes que se han detectado en el incumplimiento del decreto 1172/2003.-
4. A partir de los obstáculos detectados, referidos en el anterior punto, indique las decisiones administrativas de naturaleza correctiva que se hayan dictado para obtener un mejor cumplimiento del derecho a la información pública.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003, estableció el Reglamento General del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional reconociendo en el Derecho a la Información una precondición para el ejercicio de la participación ciudadana en un sistema democrático.
Mediante dicho Reglamento cualquier persona puede ejercer su derecho a requerir, consultar, y recibir información completa, adecuada, oportuna y veraz de parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
En el artículo 19 del Anexo VII del Decreto Nº 1172/03 se prevé que las denuncias que se efectúen por incumplimientos al Reglamento General del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional deberán ser recibidas por la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
La Resolución Conjunta 1/2008 y 3/2008 aprobó el Reglamento del Procedimiento de Tramitación de las Denuncias por Incumplimiento de las Obligaciones Previstas en el Reglamento General del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional, estableciendo el procedimiento aplicable a las denuncias siguiendo los principios de igualdad, publicidad, celeridad, informalismo y gratuidad.
Es de suma importancia, a fin de evaluar la gestión del Ministerio de Justicia, Seguridad y DDHH, conocer la cantidad de denuncias recibidas por la OA, cuáles de ellas aún no han tenido ningún tipo de resolución o avance, así como conocer la actuación de la OA ante cada denuncia recibida.
En razón a lo expresado, solicito al resto de los legisladores acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
28/04/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
04/08/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones