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ASUNTOS CONSTITUCIONALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 449

Secretario Administrativo DR. URIONDO FRANCISCO MANUEL

Jefe SRA. ROJAS CAMILA SOLEDAD

Martes 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752431 Internos 2431/32

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0021-D-2017

Sumario: ETICA PUBLICA - LEY 25188 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 4° BIS, SOBRE DECLARACION JURADA DE ADICCIONES.

Fecha: 01/03/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1

Proyecto
MODIFICACION A LA LEY 25188
INCORPORACIÓN del ARTÍCULO 4 BIS
ARTICULO 1.- Incorpórese el Artículo 4º “Bis” de la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 4 bis: Los funcionarios referidos en el Artículo 5º de ley 25188, deberán presentar una declaración jurada de adicciones, dentro de los treinta (30) días hábiles desde la asunción de sus cargos. La presente disposición comprenderá también a quienes aspiren a cargos electivos, debiendo presentar la mencionada declaración jurada al momento de la oficialización de la candidatura.
ARTÍCULO 2.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley Nº 25.188 de ETICA DE LA FUNCION PUBLICA establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado.
La Ley mencionada ut supra establece que cuando los Ciudadanos ejercen un cargo público ya sea electivo o por designación del Poder Ejecutivo deben presentar una declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles desde la asunción de sus cargos.
Los Ciudadanos cuando ejercen un cargo público o participan de un acto eleccionario son conscientes que están expuestos y sus vidas forman parte de lo público.
Las declaraciones juradas poseen carácter público y de libre accesibilidad por internet.
Pero hoy la realidad nos indica que la ciudadanía no solo quiere saber del patrimonio de sus representantes y la evolución del mismo.
Es un derecho de los ciudadanos saber quiénes nos representan en los cargos públicos ya sean que participen en cargos electivos o por designación, deben tener la plena certeza de quienes son los funcionarios públicos.
En mi provincia han trascendido en la prensa nacional, situaciones de funcionarios involucrados en casos de adicciones y algunas conductas delictivas derivadas como consecuencias de las mismas.
Señores legisladores busquemos solucionar los problemas que tiene nuestra sociedad y no los problemas de los políticos, por lo expuesto solicito la aprobación y acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLMEDO, ALFREDO HORACIO SALTA SALTA SOMOS TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/03/2017 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
18/04/2017 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría