PROYECTO DE TP
Expediente 9820-D-2014
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA SENTENCIA QUE DICTO EL DIA 19 DE DICIEMBRE DE 2014, LA SALA II DE LA CAMARA NACIONAL DE CASACION PENAL, EN LA CUAL SE HIZO LUGAR A UN HABEAS CORPUS QUE INTERPUSO LA "ASOCIACION DE FUNCIONARIOS Y ABOGADOS POR EL DERECHO DE LOS ANIMALES - AFADA -" EN FAVOR DE UNA ORANGUTANA DE SUMATRA.
Fecha: 19/12/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 189
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar su beneplácito ante la
sentencia dictada el 19 de diciembre de 2014 por la Sala IIª de la Cámara
Nacional de Casación Penal, en la cual se hizo lugar a un hábeas corpus
interpuesto por la Asociación de Funcionarios y Abogados por el Derecho
de los Animales (Afada) en favor de una orangutana de Sumatra llamada
Sandra, albergada en el Zoológico de Buenos Aires, a la que se consideró
como "persona no humana". La Cámara expresa su regocijo por este
avance jurisprudencial que implica proteger a los animales como lo que
son, seres vivientes y sensibles.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En un fallo inédito a nivel
mundial, la justicia argentina le reconoció derechos básicos como "sujeto
no humano" a una orangutana del Zoo porteño y accedió a concederle un
recurso de hábeas corpus, figura legal que se utiliza para casos de
personas privadas ilegítimamente de su libertad. De tal manera, el
homínido, que en febrero próximo cumplirá 29 años, podrá ser trasladado
a un santuario y vivir en semilibertad.
En un fallo de sólo una carilla y
media, la Sala II de la Cámara de Casación Penal dispuso que la
orangutana de Sumatra, llamada Sandra y alojada desde hace 20 años en
el Zoo porteño, pueda gozar de libertad y se la reconozca como persona
jurídica. La resolución, firmada por los jueces Alejandro Slokar, Ángela
Ledesma y Pedro David, sienta un precedente radical en la jurisprudencia
argentina, que hasta ahora consideraba a los animales como cosas.
Tanto para la justicia argentina
como para el resto de la jurisprudencia internacional, los animales están
amparados por el régimen de propiedad privada y no son pasibles de gozar
de derechos o personería jurídica, como los individuos o las empresas.
Anteriores pedidos de hábeas corpus para grandes simios (chimpancés,
orangutanes, gorilas y bonobos) interpuestos por diferentes
organizaciones, en los que se alegaba que los grandes primates gozan de
un cierto grado de raciocinio y poseen características emocionales
similares a las de los humanos, fueron sucesivamente rechazados.
La sala II de la Cámara de
Casación Penal resolvió el 19 de diciembre de 2014, por unanimidad, lo
contrario: "A partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática -
sostuvo-, menester es reconocer al animal el carácter de sujeto de
derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de
derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial
correspondiente". El Tribunal avaló las interpretaciones del juez de la
Corte Suprema, Raúl Zaffaroni, en su libro Derecho Penal. Parte General, y
en La Pachamama y el Humano (Ediciones Colihue). Pero no brindó otras
justificaciones.
El hábeas corpus en favor de la
orangutana había sido pedido en noviembre pasado por la Asociación de
Funcionarios y Abogados por el Derecho de los Animales (Afada), que
preside el abogado correntino Pablo Buompadre, con el patrocinio del
constitucionalista Andrés Gil Domínguez. Allí, se alegó el confinamiento
injustificado de un animal con probada capacidad congnitiva y se pidió
que pudiera vivir entre sus congéneres y en un lugar adecuado.
El Juzgado de Instrucción Nº
47 de la ciudad de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Mónica L. Berdión de
Crudo, había desestimado en primera instancia el pedido, que fue luego
apelado y también rechazado. Ahora, aunque la resolución se encuentra
firme, el zoo porteño tiene un plazo de diez días hábiles para que la Corte
Suprema de Justicia pueda rever la decisión y frenar la liberación de la
primate, que sería trasladada a un santuario en Brasil.
La orangutana vivió toda su
vida en cautiverio. Nació en 1986 en el zoo alemán de Rostock y llegó al
Zoo en septiembre de 1994. Tuvo como compañero a otro primate de su
especie y en 1999 tuvo una cría, Shembira, que fue derivada a otra
institución, según informó el jefe de Biología de ese Zoo, Adrián
Sestelo.
"En este tipo de pedidos
fundamentalistas se desconoce el comportamiento natural de la especie.
Los orangutanes son animales solitarios y muy tranquilos, que sólo se
juntan para aparearse o atender a sus crías. Desconocer la biología de la
especie, alegando injustificadamente maltratos, estrés o depresión del
animal, es incurrir en uno de los errores más comunes de los seres
humanos, que es humanizar cualquier conducta animal. Sandra goza de
cuidados excepcionales y vive en soledad porque es lo que requiere su
especie", dijo Sestelo. Y agregó que el Zoo ya venía evaluando el traslado de
la orangutana a un santuario de la ONG Proyecto Gran Simio, dado que la
política del Zoo para su colección de animales se va reorientando a los
autóctonos y no exóticos como Sandra.
Consultado por el alcance del
fallo, Buompadre señaló: "Ésa es una medida histórica. Constituye un
golpe a la columna vertebral del ordenamiento jurídico argentino, cuyas
normas civiles consideran a los animales como cosas y abre un camino, no
sólo para los grandes simios, sino también para el resto de aquellos seres
sintientes que se encuentran injusta y arbitrariamente privados de libertad
en zoos, circos, parques acuáticos y centros de experimentación".
El constitucionalista Dr. Daniel
Sabsay lamentó la ausencia de una fundamentación jurídica más
exhaustiva en el fallo de Casación. "La argumentación es muy vaga y se
funda en una obra que no es específica de estas cuestiones, omitiendo la
doctrina fundada. Pero tiene un gran valor, puesto que reconoce la calidad
de personas no humanas a este tipo de animales con altas capacidades
cognitivas y afectivas".
"El fallo, a su vez, agota el
estamento de la justicia ordinaria y sólo podrá ser recurrido por un motivo
de constitucionalidad ante la Corte Suprema. En este caso, al tratarse de
una jurisprudencia novedosa, se está sentando un precedente que
marcará el rumbo para otros casos: en los hechos, implica el fin de su
tratamiento como cosa y pasan a ser consideradas como personas no
humanas. En casos así, la propiedad privada cede frente al derecho básico
a la vida, la libertad y a no ser maltratados ni física ni psicológicamente",
explico Sabsay (Fuente: diario La Nación).
Es altamente halagüeño y
enaltecedor el escueto fallo de la Cámara de Casación Penal y amerita el
beneplácito que propongo declarar, haciendo votos para que en un futuro
inmediato avancemos en la actualización de la legislación protectiva de los
derechos de los animales, como el proyecto de ley de mi autoría que se
identifica con el número de expediente 6425-D-2014.
Esto es un avance en el camino
de proteger más y mejor a esos queribles seres que son los animales, con
quienes compartimos la vida en este mundo.
Pido por consiguiente el
acompañamiento de mis pares, a fin de aprobar esta Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA (Primera Competencia) |