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PROYECTO DE TP


Expediente 9784-D-2014
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS HECHOS DE VIOLENCIA OCURRIDOS EL DIA 17 DE DICIEMBRE DE 2014, GENERADOS POR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 18/12/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 188
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más enérgico repudio a los hechos de violencia generados por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante del Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a las familias del "Barrio Uspallata", en ocasión del tratamiento de un proyecto de compra de los terrenos del barrio el día 17 de Diciembre de 2014

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El pasado miércoles 17 de Diciembre de 2014, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante del Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires ordenó de forma unilateral y discriminatoria la prohibición de acceso a la sesión a las familias del "Barrio Uspallata", en ocasión de un proyecto ingresado que ordena la compra de los terrenos en los que se encuentra asentado dicho barrio. Como consecuencia de esta decisión se produjeron hechos de violencia física e institucional que motivan que sean repudiados.
El Art. 1 de la Constitución Nacional establece la forma representativa, republicana y federal de gobierno. La forma representativa y republicana tiene como objetivo otorgar al pueblo la titularidad del poder y su participación en la conducción gubernamental, por lo cual resulta indispensable que los actos de gobierno sean públicos y queden sujetos al control de los gobernados.
En el reglamento interno de dicho Concejo se establece en el Art. 13 que "las sesiones serán públicas. Podrán ser secretas cuando lo resuelve la mayoría del total de los miembros del Concejo".
Por lo tanto, resulta inaceptable que por decisión unilateral de las autoridades y sin votación previa por parte de los miembros del cuerpo legislativo se ordene la prohibición de acceso a las familias del barrio, en ocasión del tratamiento de un proyecto de compra, presentado por el ejecutivo local y tendiente a la "erradicación del barrio Uspallata" tal como versa el articulado original, violando así el derecho de las familias que habitan el barrio como así también el Art. 16 de la Constitución Nacional que establece que "La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento. No hay en ello fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley."
El proceder de las autoridades de dicho órgano, al cerrar con candados las puertas de acceso, contratar seguridad privada para agredir a la gente en la vía pública y el establecimiento de personal de Policía Bonaerense armado dentro de dicho órgano, tuvo como consecuencia hechos de violencia, tanto institucional, como física contra las familias que se manifestaban en contra de un proyecto de ordenanza que degrada sus derechos y que tiene un solo motivo, la expulsión de las mismas fuera del municipio con el fin de un negocio inmobiliario favor del Ejecutivo local.
Es por todo lo expuesto que solicito a mis pares el acompañamiento y la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARCIA, MARIA TERESA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)