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PROYECTO DE TP


Expediente 9329-D-2014
Sumario: PERSONAL MILITAR - LEY 19101: MODIFICACION DEL ARTICULO 45, SOBRE PROMOCIONES.
Fecha: 25/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 172
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º: Modifíquese el párrafo primero del Art 45° de la Ley 19.101, que quedará redactado de la siguiente forma:
"Para el ascenso del personal de las Fuerzas Armadas se dispone:
El ascenso a la categoría de oficial superior y dentro de ella, lo concede el Poder Ejecutivo previo acuerdo del Senado de la Nación, para lo cual se establece:
a) El Poder Ejecutivo Nacional elevará las listas con las propuestas de ascenso, para su evaluación en la H. Cámara de Senadores de la Nación, antes del día 10 de Noviembre de cada año.
b) Determínase que dichas listas deben acompañarse con copias fieles de las actas rubricadas por todos los integrantes de las juntas de calificación que hayan considerado al personal en condiciones de ascenso.
c) Dispónese que el Ministro de Defensa de la Nación, el Jefe del Estado Mayor Conjunto y los Jefes de Estado Mayor de cada Fuerza (Ejército, Armada y Fuerza Aérea), para modificar las listas propuestas por las juntas de calificación, deberán adjuntar al Senado los fundamentos que dan lugar a tales modificaciones, incorporando sus disposiciones a lo establecido en el inciso precedente y siendo las únicas causas valederas, las referidas exclusivamente a las condiciones profesionales de los causantes".
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La selección de las máximas autoridades de las Fueras Armadas de la Nación es una cuestión de importancia substancial para la Defensa Nacional.
Siendo una atribución del Senado de la Nación, aprobar el ascenso de militares a los grados de oficiales superiores, en épocas de paz, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional en el Artículo 99, inciso 13.
Con el objeto de asegurar y garantizar el absoluto profesionalismo de los mismos, y la intención de evitar la politización de los cuadros de alta oficialidad, cuyo fin es y debe ser exclusivamente su preparación constante y permanente, para hacer el mejor uso de los medios que la Nación pone a disposición de las Fuerzas Armadas, para el cumplimiento de sus Objetivos Nacionales, solicito a mis pares acompañen en la aprobación del presente proyecto de Ley, que con modificaciones, se inspira en el expediente 7043-D-2010 de los diputados nacionales (m.c) Liliana Fadul y Carlos Alberto Carranza.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
PRESUPUESTO Y HACIENDA