PROYECTO DE TP
Expediente 9241-D-2014
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 120, SOBRE INEMBARGABILIDAD DEL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL.
Fecha: 20/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Modifícase el
artículo 120 del Régimen de Contrato de Trabajo, aprobado por la ley 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias, que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 120: Inembargabilidad. El
salario mínimo vital y móvil es inembargable, salvo por deudas alimentarias."
Artículo 2°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El texto del presente proyecto
reproduce parcialmente el texto del Dictamen aprobado por la Comisión de Legislación del
Trabajo durante el período 2010 (OD 1245), al dictaminarse conjuntamente el proyecto de
ley de mi autoría (Expte. 2001-D-10) con los expedientes 4025-D-10 y 4760-D-10 de
autoría de los señores diputados Cigogna y Pais, respectivamente.
Recientemente la Comisión de
Legislación del Trabajo dictaminó la modificación del art. 147 de la LCT (OD 466/14) al
dictaminar el Expte. 1247-D-14.
Sin embargo en el referido dictamen del
presente año, al modificarse el art. 147 de la LCT, no se incluyó la modificación del art.
120 de la LCT, en el sentido originalmente propuesto en la OD 1245/10.
En virtud de ello es que se representa en
lo pertinente la modificación originariamente propuesta en el Expte. 2001-D-10 que a pesar
de haber sido dictaminado caducó en virtud de lo dispuesto por la ley 13.640, al no haber
sido aprobado por la HCD.
A continuación se reproducen los
fundamentos del Expte. 2001-D-10.
1. Este proyecto pretende
adecuar las normas que admiten el embargo sobre las remuneraciones e indemnizaciones
debidas al trabajador a fin de que no se afecten los derechos fundamentales del trabajador
y su grupo familiar.
2. Actualmente, el embargo
es posible sólo en una proporción sobre la suma que supera una suma igual a la
establecida como salario mínimo vital y móvil.
Pero puede ocurrir que, por
diversos motivos, el salario mínimo vital y móvil quede rezagado respecto de los precios de
la canasta básica.
De tal modo, al disponerse el
embargo es posible que se prive al trabajador y a su grupo familiar de los ingresos
necesarios para cubrir la canasta básica. Ello, de suyo, resulta no sólo inconstitucional,
por violar derechos fundamentales, sino que afecta la posibilidad de llevar una vida digna
y, semejante situación, debe ser corregida.
3. Por ello el proyecto
establece un doble estándar para medir el mínimo inembargable. A la suma igual a la
establecida como salario mínimo vital y móvil, se agrega el valor de la Canasta Básica
Total para Hogar 3 que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la
República Argentina, dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación.
Y, de ambas, corresponderá utilizar la que resulte mayor para que, sobre el excedente, se
aplique el embargo en la proporción de la ley.
4. A todo evento, se establece
que el juez, por resolución fundada en circunstancias objetivas, puede aumentar la porción
inembargable.
Por lo expuesto, solicitamos
la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
KUNKEL, CARLOS MIGUEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GARCIA, ANDREA FABIANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GDANSKY, CARLOS ENRIQUE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROMERO, OSCAR ALBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BARRETO, JORGE RUBEN | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CONTRERA, MONICA GRACIELA | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ISA, EVITA NELIDA | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SIMONCINI, SILVIA ROSA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
11/03/2015 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
18/03/2015 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1890/2015 | 26/03/2015 | |
Senado | Orden del Dia 0818/2015 | 04/11/2015 | |
Senado | Orden del Dia 0591/2016 | 29/08/2016 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 26/08/2015 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - |