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PROYECTO DE TP


Expediente 9238-D-2014
Sumario: ORDENAMIENTO DEL REGIMEN LABORAL - LEY 25877 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 25, SOBRE OBLIGATORIEDAD PARA TODAS LAS EMPRESAS QUE OCUPEN A MAS DE OCHENTA - 80 - TRABAJADORES, DE ELABORAR ANUALMENTE UN BALANCE SOCIAL.
Fecha: 20/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Modifícase el artículo 25 de la Ley 25.877, que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 25. - Las empresas que ocupen a más de OCHENTA (80) trabajadores deberán elaborar, anualmente, un balance social que recoja información sistematizada relativa a condiciones de trabajo y empleo, costo laboral y prestaciones sociales a cargo de la empresa. Este documento será girado por la empresa al sindicato con personería gremial signatario de la convención colectiva de trabajo que le sea aplicable, dentro de los TREINTA (30) días de elaborado. Una copia del balance será depositada en el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la que será considerada estrictamente confidencial.
Las empresas que empleen trabajadores distribuidos en varios establecimientos, deberán elaborar un balance social único, si la convención colectiva aplicable fuese de actividad o se aplicare un único convenio colectivo de empresa. Para el caso de que la misma empresa sea suscriptora de más de un convenio colectivo de trabajo, deberá elaborar un balance social en cada caso, cualquiera sea el número de trabajadores comprendidos."
Artículo 2°.- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto que aquí presentamos tiende a ampliar la obligatoriedad de elaborar anualmente el balance social, a todas las empresas que ocupen a más de ochenta (80) trabajadores.
Dicha obligación, que consiste en la entrega al sindicato con personería gremial signatario del convenio colectivo del documento denominado "Balance Social" que recoja información sistematizada relativa a condiciones de trabajo y empleo, costo laboral y prestaciones sociales a cargo de la empresa, se encuentra impuesta por la Ley 25.877 para empresas que ocupen a mas de 300 (trescientos) trabajadores.
El Balance Social constituye uno de los aspectos del derecho a la información que contribuye a democratizar las relaciones laborales, por cuanto permite al sector sindical obtener la información más amplia y precisa respecto de los diferentes aspectos de la realidad de la empresa, en tanto estos tienen incidencia en los intereses del colectivo de trabajadores afectados a la misma.
La periodicidad anual con la cual debe elaborarse y entregarse facilita, por otra parte, realizar un seguimiento de la situación de cada empresa, y en la sumatoria de cada una de ellas, del sector; y no solo en base a la cristalización en un momento determinado sino en base a las tendencias que puedan apreciarse de la información reunida en los balances sociales de los períodos anteriores.
Siendo ésta una herramienta que contribuye a la razonabilidad de las relaciones laborales, en tanto permite que los actores sociales cuenten con información real y veraz de la situación de las empresas y el sector de actividad, entendemos que en esta etapa corresponde ampliar el universo de empresas comprendidas en la obligación de elaborar y entregar el Balance Social, abarcando a todas las empresas que ocupen a más de ochenta (80) trabajadores.
Por las razones señaladas, solicito el acompañamiento en la sanción del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KUNKEL, CARLOS MIGUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GDANSKY, CARLOS ENRIQUE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROMERO, OSCAR ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARCIA, ANDREA FABIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTRERA, MONICA GRACIELA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ISA, EVITA NELIDA SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SIMONCINI, SILVIA ROSA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)