PROYECTO DE TP
Expediente 9164-D-2014
Sumario: REGULACION Y PROMOCION PARA LA PRODUCCION Y USO SUSTENTABLE DE BIOCOMBUSTIBLES - LEY 26093 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 3 BIS, SOBRE CREACION DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA MEZCLA DE BIOCOMBUSTIBLES .
Fecha: 19/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°: Incorpórese a la ley
26.093 el siguiente artículo:
"Artículo 3 bis.- Créase la Comisión
Nacional Asesora para la Mezcla de Biocombustibles, destinada a determinar la
viabilidad técnica de los diferentes cortes de gasoil con biodiesel y nafta con
bioetanol. La misma estará integrada por un representante del Instituto Nacional de
Tecnología Industrial (INTI), un representante del Instituto Nacional de Tecnología
Agropecuaria (INTA) y un representante de la Secretaría de Energía de la Nación.
Dicha comisión elaborará con los aportes de sus respectivas instituciones, informes
técnicos evaluando la capacidad de funcionamiento, de la flota automotora urbana y
rural, frente a diferentes mezclas de biocombustibles con combustibles fósiles.
Asimismo, dichos informes también darán cuenta de la factibilidad de utilizar
diferentes cortes de biocombustibles en la generación eléctrica a través de usinas
térmicas."
Artículo 2°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La diversificación de la matriz
energética, apuntando a una sustitución de los derivados de petróleo por
biocombustibles más amigables con el medio ambiente debe ser un objetivo de la
política energética. Este doble objetivo, aumenta por un lado la independencia y la
seguridad energética, y por el otro promueve un desarrollo económico más
sustentable, considerando objetivos asociados tales como la protección del
medioambiente.
La incorporación de valor agregado a
los productos derivados de la producción agrícola en el proceso de producción de
biocombustibles permite ampliar el desarrollo económico regional con la
consiguiente incorporación de puestos de trabajos.
La resolución 129/2001 de la SEyM de
la Nación, ya preveía en su artículo 2 la posibilidad de vender biodiesel en estado
puro o en una mezcla del 20% (B20). La ley 26093, sancionada en 2006, estableció
cortes mínimos del 5% para el biodiesel y el bioetanol. Luego de sucesivas
resoluciones de la SE, hoy el corte teórico es de un 10% para ambos
biocombustibles. La capacidad instalada para la producción de biocombustibles se
encuentra operando lejos de su potencial. Este hecho permite pensar en ampliar el
corte, tanto de biodiesel como de bioetanol, sustituyendo importación de gasoil y
nafta, dos derivados petroleros que amplían el actual déficit comercial energético.
El espíritu de este proyecto de ley es
darle asesoramiento técnico a la SE, mediante el trabajo mancomunado de entes
estatales (INTA e INTI), para que dicha Secretaría cuente con informes técnicos que
le permitan tomar decisiones óptimas en cuanto a la factibilidad de diferentes cortes.
Algunos trabajos del INTA describen ensayos donde motores agrícolas operan
correctamente con cortes de biodiesel en gasoil del 20%. En Brasil, los motores flex-
full pueden operar con bioetanol puro.
Por ello, es de vital importancia que los
distintos organismos técnicos del Estado trabajen mancomunadamente para
determinar cuál es la viabilidad técnica de incrementar los cortes actuales. De esta
forma, el Estado podrá asumir el rol de regulador que le compete con más
instrumentos técnicos en la toma de decisiones.
Por lo expuesto, es que solicito a mis
pares que acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TORROBA, FRANCISCO JAVIER | LA PAMPA | UCR |
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
PASTORI, LUIS MARIO | MISIONES | UCR |
TOLEDO, SUSANA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
SANTIN, EDUARDO | BUENOS AIRES | UCR |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA ARI - UNEN |
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