PROYECTO DE TP
Expediente 9163-D-2014
Sumario: JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL CON ASIENTO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES CON COMPETENCIA EN MATERIA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE DE SEGURIDAD EN ESPECTACULOS DEPORTIVOS Y/O PUBLICOS. CREACION.
Fecha: 19/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 169
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Crease un juzgado Criminal
y Correccional, con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
competencia territorial en la totalidad del ejido ciudadano en materia EXCLUSIVA y
EXCLUYENTE DE SEGURIDAD EN ESPECTACULOS DEPORTIVOS y/o
PUBLICOS.-
Artículo 2°.- El juzgado criminal y
correccional que se crea por el artículo 1° funcionará con cuatro (4) secretarías y
tendrá una dotación de personal equivalente a la de los juzgados correccional de
primera instancia en lo correccional existentes en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 3°.- El Tribunal de Alzada del
juzgado criminal y correccional que se crea por esta ley será la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Criminal y Correccional.
Artículo 4°.- La presente ley se
implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario para la atención
del gasto que su objeto demande, el que se imputará a los presupuestos del Poder
Judicial de la Nación.
Artículo 5°.- La Corte Suprema de
Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura, en ejercicio de las funciones
que le competen, proveerán lo necesario para la instalación y funcionamiento del
juzgado criminal y correccional que se crea por la presente ley.
Artículo 6°.- Los magistrados,
funcionarios y empleados que se designen para desempeñarse en los órganos
judiciales y del ministerio público que se crean por esta ley, solo tomarán posesión
de sus respectivos cargos cuando se dé la condición financiera establecida en el
artículo 5° de la presente ley.
Artículo 7°.- De forma.
Artículo 8º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La necesidad de establecer un juzgado de primera
instancia en lo criminal y correccional con asiento en la CABA; con competencia exclusiva sobre
la tramitación de causas relativas a la SEGURIDAD EN EL DEPORTE y ESPECTACULOS
PUBLICOS, se sustenta en la circunstancia específica de contar con la una autoridad que
centralice y estandarice el juzgamiento de conductas cuasi delictivas en el ámbito deportivo y
espectáculos públicos, en particular el futbolístico, con el objeto de reprimir con mayor eficacia el
comportamiento de los hinchas violentos, dirigentes de clubes deportivos y organizadores de
espectáculos públicos, que a la fecha son crecientes expresiones negativas dentro y fuera de los
estadios donde se realizan estos eventos.
Las medidas adoptadas desde la Nación determinan la
necesidad de adoptar medidas ejemplificadoras que demuestren asumir la iniciativa en la materia
a nivel nacional.
Como circunstancia particularmente justificante de la
propuesta, sirve recordar el renovado compromiso, con todo aquello relacionado con la
prevención y sanción de los hechos de violencia en los espectáculos públicos, en eventos
deportivos, que se encuentra en consonancia a lo puesto en marcha en estados con realidades
similares a los de la ciudad autónoma de Buenos Aires, y que se encuentran alineados con los
más destacados Organismos Internacionales y con los Países que más esfuerzo dedican a la
lucha contra este nuevo y grave flagelo.
Estas minorías violentas suelen protagonizar hechos
delictivos tales como robos, participación en grescas, actos de vandalismo dentro y fuera de los
estadios, y hasta asesinatos.
Este accionar, lamentablemente, ya no son hechos
aislados y están vaciando particularmente al fútbol de público; transformando lo que en otros
estados se vive como una fiesta a la cual se asiste en familia, la que genera empleo, es fuente de
turismo nacional e internacional, para convertirlo en una actividad que es capaz de poner en
riesgo la vida de quienes se atreven a concurrir a dichos espectáculos.
La contención y el castigo deben ser inmediatas y
ejemplificadoras, toda vez que la periodicidad de la práctica de eventos deportivos, (SEMANAL)
lleva imperiosamente a necesitar una ACTIVIDAD JUDICIAL EXTREMADAMENTE AGIL y
EXPEDITA, posibilitando el dictado de una sentencia con anticipación a la realización de la
siguiente fecha a disputarse, a fin de corresponder, penalizar a los contraventores con sanciones
inmediatas a la consumación del accionar cuasi delictual.
La seguridad pública vale mucho más que un gol.
En tal sentido, y para intentar mitigar la problemática,
proponemos mediante esta herramienta legislativa, la creación en el ámbito del Poder Judicial de
la Nación, de un Juzgado Correccional
con competencia territorial en la totalidad del ejido de
la ciudad y competencia material en materia Seguridad en Espectáculos Deportivos y/o Públicos
con fondos propios y capacidad para que sus funcionarios tengan la obligación de estar presentes
en los espectáculos deportivos calificados como de riesgo medio o alto por la Autoridad de
aplicación. Por otra parte, la nueva estructura propuesta permitirá aprovechar un dato obtenido de
la experiencia que muestra que cada vez que se ha efectivizado la presencia de los funcionarios
en los estadios se ha logrado una disminución de los hechos de violencia en ellos. Con un
juzgado ad hoc, una dotación de fiscales y de recursos humanos y materiales de apoyo
suficientes, tal presencia puede transformarse en una medida corriente, de efectos positivos para
la mitigación del flagelo.
De este modo coadyuvaremos a mitigar y/o erradicar
los hechos de violencia y a desalentar a los delincuentes que la ejercen. Damos por descontado
que esta medida resultará insuficiente si no es acompañada por el compromiso explícito y
consecuente de la dirigencia del fútbol de aislar a los violentos excluyéndolos de la vida política
de los clubes.
Erradicar la violencia en el fútbol es una cuestión que
compete a todos. El fútbol debe ser para todos menos para los violentos, menos para quienes
lucran con los sentimientos y la ilusión de los aficionados. Si queremos que la familia vuelva a las
canchas y que los espectáculos deportivos vuelvan a ser una verdadera fiesta, tenemos que
animarnos a terminar con las mafias.
Del mismo modo, la creación de un nuevo juzgado
potenciaría el accionar tanto del Poder Judicial, como el de los organismos competentes, que
promueven la modificación del Código Penal para un eficaz y mejor tratamiento de las conductas
negativas en espectáculos deportivos y públicos.
La actuación del nuevo Juzgado, servirá sin lugar a
dudas para aligerar la carga de trabajo existente en Juzgados en lo Correccional, posibilitando la
agilización de las tramitaciones, de forma que la optimización del servicio de justicia, signifique
una mejora para definir situaciones pendientes en un menor tiempo, como expresión del real
compromiso por contar con una justicia más rápida.
Por las fundadas razones expuestas es que solicito a
mis pares que me acompañen con su voto favorable en la sanción de esta Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GRANADOS, DULCE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA |