PROYECTO DE TP
Expediente 9068-D-2014
Sumario: PRESUPUESTO PARA LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL AÑO 2015 - LEY 27008 -. MODIFICACIONES DE LOS ARTICULOS 30 Y 33, SOBRE ELIMINACION DEL LIMITE MAXIMO ESTABLECIDO PARA EL PAGO DE DEUDAS PREVISIONALES RECONOCIDAS EN SEDE JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA.
Fecha: 17/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 167
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: Elimínese el límite máximo
establecido para el pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y
administrativa como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en
las prestaciones del Sistema Integrado Previsional, quedando el artículo 30 de la Ley
27.008 redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 30.- Autorízase el pago del
total de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa como
consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del
Sistema Integrado Previsional Argentino a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Artículo 2: Elimínese el límite máximo
establecido para el pago de sentencias judiciales por la parte que corresponda abonar
en efectivo por todo concepto, como consecuencia de retroactivos originados en
ajustes practicados en las prestaciones correspondientes a retirados y pensionados de
las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad, incluido el SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL quedando el artículo 33 de la Ley 27.008 redactado de la siguiente
manera:
ARTÍCULO 33.- Autorízase el pago total
de sentencias judiciales por la parte que corresponda abonar en efectivo por todo
concepto, como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las
prestaciones correspondientes a retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas y
Fuerzas de Seguridad, incluido el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL. Autorízase al
Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias
a fin de dar cumplimiento al presente artículo.
Artículo 3: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es nuestra intención a partir del presente
proyecto eliminar todos los límites para el pago de deudas previsionales reconocidas
en sede judicial y el pago total de retroactivos originados en ajustes que se hayan
practicado en las prestaciones correspondientes a jubilados y pensionados de las
Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad, incluido el Servicio Penitenciario
Federal.
Buscamos que todos los juicios con
sentencias sean cancelados con la mayor anticipación posible, dando así un mayor
beneficio y tranquilidad a quienes deben cobrar dichas sumas de dinero.
Por lo antes expuesto es que propongo
me acompañen en el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
VALINOTTO, JORGE ANSELMO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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