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PROYECTO DE TP


Expediente 8944-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DESTINO DE LOS FONDOS PUBLICOS DISPUESTOS PARA CONSTRUIR VIVIENDAS SOCIALES EN LOS MUNICIPIOS DE VILLA GESELL Y URBANO DE LA COSTA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 12/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio de Sindicatura General de la Nación, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Inspección General de Justicia y demás organismos competentes en la materia, informen a la H. Cámara de Diputados de la Nación sobre los siguientes puntos vinculados al destino dado a fondos públicos dispuestos para construir viviendas sociales en el Municipio de Villa Gesell y en el Municipio Urbano de la Costa, las que nunca se terminaron o no se comenzaron.
1.- Establecer en relación al Plan Federal de Vivienda, la cantidad de soluciones habitaciones dispuestas en 2009 para el distrito Villa Gesell y si se previó la construcción de 346 viviendas en tres barrios diferentes.
2.- Certificar si los fondos para tal cantidad de viviendas sociales se transfirieron y se acreditaron en la cuenta de la municipalidad de Villa Gesell.
3.- Efectuar un prolijo balance respecto a la disposición de tales fondos, si las viviendas se culminaron o se encuentra en estado incipiente, de abandono o de comienzo incierto.
4.- Acreditar si al año 2013 se encuentran 80 viviendas terminadas, 40 con avances de obra, 206 en estado de abandono y 20 sin comenzar.
5.- Especificar si también que se enviaron fondos para demás obras públicas como relleno y compactación del terreno y si fueron aplicados para su objeto.
6.- Indicar, con la documentación respaldatoria pertinente si en el año 2012 en un estado de paralización de la obra, la municipalidad gesellina recibió $ 2.475.000 y en el año 2013 $ 4.355.000, que se suman a los $ 4.198.000 que se percibieron en el año 2011".
7.- Establecer de qué manera se han invertido los fondos destinados a la construcción de 484 viviendas y 2 escuelas en el Municipio Urbano de la Costa, mediante obra adjudicada a la empresa Cantera FC S.A, precisando estado de las obras, fondos transferidos, casas terminadas y entregadas, plazos previstos para la conclusión de las construcciones.
8.- Precisar de qué manera se ha dispuesto la prosecución de las obras adjudicadas a Cantera FC S.A. habida cuenta que la sociedad comercial se halle en proceso de quiebra.
9.- Remitir copia del legajo existente en IGJ de la empresa Cantera FC S.A. (CUIT 30-70497566-6), inscripta al número 17367 L8 de Sociedades por acciones el 22-11-99.
10. -Determinar cuáles fueron las variaciones sufridas por el presupuesto inicial de 20.799.600 pesos para las obras del Municipio Urbano de La Costa, precisando si las obras, adjudicadas a Cantera FCSA, debían quedar terminadas en 2006, pero a pesar de haberse pagado en 2007 dos tercios del total del presupuesto, las escuelas y más de la mitad de las casas no se terminaron porque la empresa entró en convocatoria de acreedores.
11.- Establecer si ninguna casa fue íntegramente construida y si Cantera FC SA tiene una deuda con el Banco Hipotecario y si firmó un convenio con el municipio para cobrar, a pesar de que no había concluido las obras.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los concejales radicales de Villa Gesell, provincia de Buenos Aires denunciaron al ex intendente de ese municipio Jorge Rodríguez Erneta ante el juez federal Ariel Lijo
Según informa el Nuevo Geselino, la presentación se realizó en los tribunales de Comodoro Py en el mes de agosto. La misma tiene como fin que la justicia Federal investigue el destino de los fondos que debían ser destinados para la construcción de viviendas sociales, que nunca se concretaron.
En efecto, en el pasado mes de agosto el presidente del Concejo Deliberante de Villa Gesell, Sergio Cabutti - acompañado por la concejal y abogada Claudia Cima- se hizo presente en los tribunales de Comodoro Py donde se dirigió al despacho del juez Ariel Lijo. El edil realizó una presentación judicial por la situación del plan de viviendas en Villa Gesell que se comenzó durante la gestión del ex intendente Jorge Rodríguez Erneta. Presentarse en ese lugar no fue antojadizo. Ese juez, es quien investiga al vicepresidente de la Nación Licenciado Amado Boudou y es quien determinó el allanamiento en la municipalidad de Partido de la Costa por una situación similar a la que se vive en Villa Gesell: plata que habría llegado, casas que no están.
La declaración de Cabutti formó expediente, fue sorteado y recayó en manos del juzgado del doctor Ramos. En el mes de octubre, Cabutti fue convocado a ratificar la denuncia. Y lo hizo. Ante el nuevo juez, el concejal volvió a repetir su denuncia aportando una carpeta con 86 fojas de pruebas.
Consultado por El Nuevo Geselino, el concejal señaló: "Nos presentamos en el juzgado del Dr. Lijo y señalamos que escuchamos por televisión que hubo un allanamiento en la municipalidad del Partido de la Costa, con referencia al plan nacional de vivienda y por lo que escuchamos a través de los medios, nos resultó una situación bastante semejante a lo que ocurrió en nuestro distrito, Villa Gesell. Aquí se empezaron a realizar en el año 2009, en el marco del Plan Federal de Vivienda, la construcción de 346 viviendas. Aportamos documentación en copia, una carpeta con 86 fojas, de la que se desprende que se enviaron los fondos para la construcción de dicho proyecto a través del Ministerio de Planificación Federal de la Nación. Y según nos informó quien era el subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, el Arquitecto Luis Bontempo, esos fondos se transfirieron y se acreditaron en la cuenta de la municipalidad de Villa Gesell. Entonces, y de acuerdo, al relevamiento que nosotros hemos hecho, el plan pese a contar con los fondos para realizarse, no se culminó y se encuentra en un estado incipiente. En algunos casos hasta de abandono, ya que muchas de las viviendas, ni si quiera se comenzaron".
Sobre la documentación presentada Cabutti, dijo: "la documentación a la que hacemos referencia consiste en la contracción de tres barrios que totalizan 346 viviendas. Sin embargo, según nuestro análisis de campo, al año 2013 se encuentran 80 viviendas terminadas, 40 con avances de obra, 206 en estado de abandono y 20 sin comenzar. Dijimos también que se enviaron fondos para demás obras públicas como relleno y compactación del terreno que desconocemos si fueron aplicados para su objeto. Además en el año 2012 en un estado de paralización de la obra, la municipalidad recibió $ 2.475.000 y en el año 2013 $ 4.355.000, que se suman a los $ 4.198.000 que se percibieron en el año 2011".
La causa de Partido de la Costa, es similar a la Villa Gesell. El juez federal Ariel Lijo en los últimos meses ordenó las medidas pedidas por el fiscal federal Gerardo Pollicita en la causa que investiga irregularidades en la construcción de viviendas en el Partido de la Costa, donde están mputados el vicepresidente Amado Boudou y el ministro de Planificación Julio De Vido.
El juez ordenó a Gendarmería Nacional allanar la sede municipal ubicada en la localidad balnearia de Mar del Tuyú en busca de los expedientes de la contratación para la construcción de viviendas y dos escuelas.
En el operativo se secuestró documentación vinculada a la licitación y los expedientes administrativos por los cuales se le otorgó a la empresa "Cantera S.A." la construcción de 484/6 viviendas y dos escuelas.
El juez Lijo libró también oficios al Ministerio de Planificación Federal, que conduce Julio De Vido, quien también está imputado en la causa, y a la Inspección General de Justicia (IGJ), para que le remitan los documentos sobre el dinero destinado a las obras, que iban a ser realizadas por "Cantera S.A.".
Además dispuso que se retire de la Inspección General de Justicia (IJG) el legajo de la firma constructora, Cantera FC, a la que se adjudicaron las obras, que actualmente está en quiebra.
La causa fue iniciada por una denuncia realizada la semana pasada por el concejal Marcos García, patrocinado por el abogado Ricardo Monner Sans.
Las medidas habían sido solicitadas por el fiscal federal Gerardo Pollicita, quien imputó a Boudou, a De Vido y al ex intendente del Partido de la Costa, Juan de Jesús, a instancias de una denuncia del concejal del municipio Marcos Alfredo García, quien hoy declaró como testigo en la causa.
Se los investiga porque en 2005 se licitó la construcción de 484/6 casas y dos escuelas con un presupuesto de 20.799.600 pesos, luego ampliado. Las obras, adjudicadas a Cantera FC, debían quedar terminadas en 2006, pero a pesar de haberse pagado en 2007 dos tercios del total del presupuesto, las escuelas y más de la mitad de las casas no se terminaron porque la empresa entró en convocatoria de acreedores. La denuncia sostiene que ninguna casa fue íntegramente construida y que Cantera tiene una deuda con el Banco Hipotecario y que firmó un convenio con el municipio para cobrar, a pesar de que no terminó las obras.
La empresa CANTERA FC S.A. se constituyó en el mes de noviembre de 1999, siendo sus socios y autoridades Fernando Calabria (Presidente) y el abogado Hernán CibilsRobirosa (Director Suplente).
Fernando Calabria (a quien se le decretara la Quiebra en febrero de 2012) también es miembro de otras empresas, entre las que se destaca IDUS SECURITIES S.A.
Respecto de Hernán Cibils Robirosa, en la elección de 2009 resultó uno de los principales donantes a la campaña del PRO (elección de la Lic. Gabriela Michetti candidata a Diputada Nacional por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) con $70.000. Entre sus antecedentes, integra empresas agrícolas, como Stonehedge SA (continuadora de Campodero SA) que fuera denunciada por Florencio Randazzo y Romina Picolotti en la causa por la quema de pastizales en el Delta; el Banco Columbia; Inversora Internacional Hípica SA, Isaura SA, Oriflame de Argentina SA y Zurich Argentina Compañía de Seguros.
Posteriormente, con fecha 29 de enero de 2004, se incorpora como nuevo director Suplente, Carlos Tarrida, quien remitiera cartas documento a algunos trabajadores de San Clemente del Tuyú en representación de la empresa en el año 2006.
Tarrida también resulta miembro de la "Cooperativa de Vivienda y Consumo Almirante Brown Limitada", y por su accionar en dicha Cooperativa el Banco Central de la República Argentina le aplicó una multa de más de un millón de pesos e inhabilitación por 30 meses.
Asimismo, en marzo de 2007 es designado Ricardo Eduardo Benítez como Presidente de la empresa.
En julio de 2007 se decide presentar la Convocatoria de Acreedores, terminando el expediente en Quiebra.
Debo transcribir el texto de la denuncia penal en trámite suscripta por el concejal Dr. Leandro Martín Alonso del Partido Urbano de La Costa, el cual en su parte pertinente dice:
"En el marco del denominado PLAN FEDERAL DE VIVIENDAS, la empresa Cantera FC obtuvo en mayo de 2005 las 5 licitaciones. El contrato preveía la edificación de 486 casas en las localidades de Mar de Ajó, San Clemente y San Bernardo, y en la zona céntrica del partido, por un monto de $ 27.157.665 (por cada una recibiría $44.600.-).
Del encuentro en el cual se procedió a la firma del contrato fueron parte el Intendente Juan de Jesús, el Secretario de Hacienda, Amado Boudou, el Secretario de Gobierno, Daniel Rohr y los representantes de la empresa, el apoderado Daniel Terría y el ingeniero Mario Covezzi, entre otros.
El convenio estipulaba que las casas debían finalizarse a mediados de 2006. Pero eso no ocurrió porque Cantera FC abandonó la obra sin argumento alguno. Sin embargo, el municipio le pagó a la empresa encargada de la obra el 73,90% de lo presupuestado (más de $ 20 millones).
Posteriormente, la empresa entró en Concurso Preventivo y posterior Quiebra, rescindiendo la Municipalidad el contrato con la empresa, pero no iniciando acción judicial alguna.
Cabe destacar que la actividad principal de la empresa CANTERA FC S.A. era la extracción de arena, canto rodado y triturados pétreos, y solo como actividad secundaria la construcción, reforma y reparación de edificios; y que la garantía presentada por CANTERA FC S.A. para poder ofertar fueron dos terrenos en Zárate (irrisorias por el monto de la obra).
En la Sesión Ordinaria Nº3, que se desarrollara el día miércoles 25 de junio de 2014, el Punto 2 del Orden del día se refería concretamente a Expediente 4122-000430-2014 Caratulado Propuesta Banco Hipotecario.
En el Proyecto de Ordenanza obrante a fojas 11/12, el artículo 2º se refiere concretamente a la autorización al Departamento Ejecutivo a la suscripción de Convenio Transaccional para poner fin a la litis ventilada en los autos "BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE LA COSTA S/ PRETENSION DE RESTABLECIMIENTO O RECONOCIMIENTO DE DERECHOS", de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº1 del Departamento Judicial Dolores.
Según averiguaciones efectuadas, y más concretamente tal se desprende del acta de la audiencia llevada a cabo el día 28 de agosto de 2013, el objeto de tal juicio se relacionada con la relación contractual de la Municipalidad de La Costa con la empresa Cantera FC S.A., procediendo a transcribir textualmente la parte pertinente "se establece que la cuestión controvertida en autos se centra en determinar si corresponde ordenar a la Municipalidad de la Costa que efectúe el pago de la suma de $931.846,78.- (pesos NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS con SETENTA Y OCHO Ctvos.) en concepto de pago de los certificados de obra pública que fueran librados por el Municipio a favor de la firma CANTERA FC S.A. y posteriormente cedidos a la accionante. Que ha de establecerse si la empresa CANTERA FC S.A. firmara y obtuviera del Banco Hipotercario S.A. el otorgamiento de tres préstamos los que fueran garantizados mediante la cesión en garantía de los certificados de obra pública de referencia. Que ha de establecerse si, en consecuencia se suscribieran una serie de contratos de mutuo en fecha 08 de septiembre de 2006; 12 de octubre de 2006 y 01 de diciembre de 2006 entregando en cada caso el Banco el dinero al cocontratante mediante depósitos en la Cuenta Corriente N°3-000-0000004921-4. Que ha de verificarse si el Banco Hipotecario sólo hubiere percibido el monto del certificado identificado según el N°11 correspondiente al Expte. N°4122-3127-2005. Que ha de constatarse si debido al incumplimiento de sus obligaciones por parte del deudor la accionante se presentara en tiempo oportuno a verificar su acreencia ante el síndico designado en los autos "CANTERAS FC S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO" de trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia N°5, Secretaría N°9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declarándose allí admisible el crédito con carácter quirografario. Que debe constatarse si en fecha 26 de noviembre de 2009 se decretara la quiebra de la empresa deudora y ante la falta de pago de la deuda del obligado principal el accionante se encontrara habilitado para iniciar la presente acción ordinaria contra la Municipalidad de la Costa, o si por el contrario, careciera de legitimación activa para hacerlo. Que ha de dilucidarse si todas las cesiones de los certificados de deuda pública estuvieren debidamente notificados al deudor cedido y asimismo si algunos se ellos se encontraran abonados por la Municipalidad de la Costa. Que asimismo ha de constatarse si ante la falta de pago el accionante efectuara diversas intimaciones a la firma CANTERA FC S.A. y a la Muncipalidad de la Costa sin obtener respuesta alguna".
Al tomar conocimiento de la existencia del expediente judicial y efectuando más averiguaciones, nos enteramos que los certificados de obra pública en cuestión corresponden a las obras supuestamente efectuadas en las localidades de San Bernardo y Mar de Ajó. Mas de las propias declaraciones efectuadas oportunamente por los funcionarios municipales y tomando vista de las supuestas obras, vemos que resulta absurdo que se hubieran firmado certificados de obra por las mismas.
Cabe destacar que la parte actora expresa en su escrito de demanda que el Banco Hipotecario S.A. deduce demanda contenciosa administrativa contra la Municipalidad de La Costa, solicitando el cobro de una suma de dinero derivada de los certificados de obra pública extendidos por dicho Municipio a la firma Cantera FC S.A., correspondiente a la obra denominada "Construcción de 118 viviendas-Plan Federal -Mar de Ajó 1", los cuales fueron cedidos por escritura pública.
Señala el Banco Hipotecario S.A. que suscribió con la citada empresa tres contratos de mutuo de fechas 8 de setiembre, 12 de octubre y 1° de diciembre, todos del año 2006, siendo garantizados mediante la cesión en garantía de los derechos creditorios correspondientes a los mencionados certificados.
Manifiesta que dichas cesiones fueron notificadas a la Municipalidad de la Costa de conformidad a los artículos 1434 y siguientes del Código Civil.
Indica que ante la falta de pago de la deuda por parte de Canteras FC S.A., se encuentra habilitada para reclamar a la citada Municipalidad el cobro de los certificados de obra que fueran cedidos mediante escritura pública.
Expresa que la causa fuente de la obligación dineraria que reclama su poderdante es un contrato administrativo, derivados de los certificados de obra cuya ejecución fue encomendada por la Municipalidad de la Costa a la firma Cantera FC S.A., en el marco de un Plan Federal destinado a la construcción de viviendas en las ciudades de Mar de Ajó y San Bernardo, pertenecientes ambas al Partido de la Costa.
Señala que el contrato de obra pública fue celebrado entre el arquitecto Miele por la contratista Cantera FC S.A. y los arquitectos Vidal, Cerati y Gómez, en representación de la Municipalidad de La Costa, no surgiendo del texto de dicho acuerdo que los funcionarios hayan actuado en nombre del Estado Nacional o de la Provincia de Buenos Aires.
Por lo expuesto, corresponde investigar si los certificados de obra pública fueron efectivamente firmados por autoridades competente, y por sobre todas las cosas si se corresponden con obras efectivamente realizadas".
La gravedad de las situaciones descriptas, los hechos de corrupción que se evidencian y el grave perjuicio sufrido por el erario público y los ciudadanos que aún esperan sus viviendas, motivan el presente pedido de informes, cuya aprobación solicito a mis colegas legisladores.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)