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PROYECTO DE TP


Expediente 8769-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ENTRADA A NUESTRO PAIS DE TROPAS EXTRANJERAS Y ARMAMENTOS EN UNA AERONAVE MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Fecha: 14/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 203
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, por intermedio del Canciller Héctor Timerman informe:
1.- Por qué se autorizó el ingreso de soldados y armamento militar para la realización de una capacitación del grupo GEOF de la Policía Federal Argentina sin la autorización del Congreso de la Nación, violando el artículo 75 inciso 28 de la Constitución Nacional el cual establece que: "Corresponde al congreso [...] Permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación, y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él."
2.- Qué organismos del Estado participaron en la firma del acuerdo permitiendo el ingreso del avión C-17 Globemaster III con armas y soldados extranjeros en territorio nacional.
3.- Qué organismo estatal asesoró a la cancillería respecto a qué drogas podían ser autorizadas para el ingreso y cuáles no.
4.- Si es el primer curso de capacitación de este tipo autorizado por el gobierno nacional y de haberse realizado con anterioridad, esclarecer cuantas veces han sido llevado a cabo y si hubo participación de soldados extranjeros en los mismos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día jueves 10 de febrero de 2011 arribó al aeropuerto internacional "Ministro Pistarini" el avión C - 17 Glomaster III, perteneciente a la Fuerza Aérea de los Estados Unidos con personal y material destinado al dictado del curso "Manejo de crisis en situaciones de crisis y toma de rehenes para las fuerzas de seguridad" para el grupo GEOF de la Policía Federal Argentina.
A partir del informe presentado por la Aduana sobre los contenidos del Avión, el canciller Héctor Timerman solicitó un control minucioso del contenido de la aeronave. El Canciller Héctor Timmerman y el Jefe de Gabinete Aníbal Fernández sostuvieron en diversos medios de comunicación que en el avión se encontraban soldados norteamericanos y que parte del arsenal que portaba el avión no estaba declarado en lista elaborada por ambos gobiernos.
En el día de hoy el Juez Berón de Astrada solicitó a la Cancillería, al Ministerio de Defensa, y a la Embajada de los Estados Unidos toda la documentación enviada entre ambos gobiernos respecto al acuerdo y el ingreso de la aeronave al aeropuerto internacional de Ezeiza.
Más allá de los hechos descriptos anteriormente es fundamental dejar en claro que la firma de un acuerdo para el ingreso de personal militar extranjero en territorio argentino sin autorización del Congreso Nacional incurre en la violación del Art. 75 inciso 28 de la Constitución Nacional que establece taxativamente que: "Corresponde al congreso [...] Permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación, y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él."
El verdadero problema no se halla en el ingreso de armamento y personal militar no autorizado sino en el haber autorizado el ingreso de tropas y armamento extranjeros sin respetar la Constitución Nacional y la soberanía popular, única base de la soberanía en una República Democrática.
Por lo expuesto que es que solicito a mis colegas acompañen el presente proyecto de resolución
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO