PROYECTO DE TP
Expediente 8753-D-2012
Sumario: MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION: INCORPORACION DEL ARTICULO 15 BIS, SOBRE PROHIBICION DEL USO DE LA PALABRA DURANTE LA SESION PARA QUIENES NO SE ENCUENTREN EN SUS BANCAS CUANDO SE CONFORME EL QUORUM.
Fecha: 25/02/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 187
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
INCORPORACION ARTICULO 15 BIS AL
REGLAMENTO HCDN
Artículo 15 bis
Quienes no se encuentren en sus bancas
cuando se conforme el quorum no podrán hacer uso de la palabra durante la sesión en
cuestión, quedaran excluidos de esta situación los presidentes de bloques que solo
tendrán 10 minutos para expresarse por el asunto que motivo el temario de sesión.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En relación al presente proyecto hago
expresa referencia lo estipulado en el artículo 16 del reglamento de esta Cámara que
transcribo a continuación.-
Artículo16
Los Diputados están obligados a asistir a
todas las sesiones desde el día en que fueren recibidos.
Por lo expresado solicito a mis pares el
acompañamiento del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | SALTA SOMOS TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |