PROYECTO DE TP
Expediente 8737-D-2012
Sumario: CONVOCATORIA A CONSULTA POPULAR VINCULANTE A EFECTOS DE PRONUNCIARSE RESPECTO DE LA APROBACION DEL: MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ISLAMICA DE IRAN SOBRE LOS TEMAS VINCULADOS AL ATAQUE TERRORISTA A LA SEDE DE LA AMIA.
Fecha: 18/02/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 186
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º.-
Convócase a una consulta popular vinculante a los efectos de que el pueblo
de la Nación se pronuncie respecto al proyecto de ley PE-296-12 que
aprueba el "Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la
República Argentina y el Gobierno de la República Islámica de Irán sobre los
temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA en Buenos Aires
el 18 de julio de 1994."
ARTÍCULO 2°.- La
consulta popular vinculante tendrá lugar conjuntamente con la elección a
legisladores nacionales de octubre de 2013.
ARTÍCULO 3°.- Para la
realización de la consulta popular se imprimirán y se dispondrán en el
cuarto oscuro dos boletas, pudiendo el elector elegir una de ellas.
La primer boleta deberá llevar
la siguiente inscripción: "APRUEBO el Memorandum de Entendimiento entre
el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Islámica
de Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA
en Buenos Aires el 18 de julio de 1994"; y la segunda boleta deberá llevar
la siguiente inscripción: "NO APRUEBO el Memorandum de Entendimiento
entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República
Islámica de Irán sobre los temas vinculados al ataque terrorista a la sede de
la AMIA en Buenos Aires el 18 de julio de 1994".
ARTÍCULO 4º.- La
consulta popular vinculante convocada a través de la presente se realizará
conforme a lo establecido en el Artículo 40º de la Constitución Nacional, la
ley reglamentaria de la Consulta Popular Nº 25.432 y subsidiariamente de
acuerdo a las disposiciones de la Ley 19.945 de Código Nacional Electoral y
sus modificatorias.
La justicia Electoral Nacional
será competente en todo lo relativo a la consulta popular.
ARTÍCULO 5º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A casi diecinueve años del
atentado a la AMIA, tras sucesivos reclamos ante las Naciones Unidas que
merecieran el apoyo de la comunidad nacional e internacional, el
memorandum de entendimiento con Irán resulta, a todas luces, una
renuncia explícita al esclarecimiento del hecho y la amnistía que Irán
necesita para reconfigurar sus vínculos con la comunidad
internacional.
En su mensaje al Honorable
Congreso de la Nación, la Presidente Cristina Fernández de Kirchner afirma
que el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República
Argentina y el Gobierno de la República Islámica de Irán sobre los temas
vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA en Buenos Aires el 18
de julio de 1994, "se propone destrabar el estado de la causa judicial que
investiga la autoría del citado atentado."
Según la Presidente, la
creación de la "Comisión de la Verdad", que reglará su procedimiento sujeto
a la aprobación de las partes, revisará detalladamente la evidencia reunida
relativa a cada uno de los acusados, pudiendo realizar consultas para
completar la información, participará de los interrogatorios, expresará su
visión y emitirá un informe no vinculante, "podría garantizar avances en el
proceso hoy ralentizado y ayudar así a arribar al esclarecimiento del hecho
investigado."
Este argumento tiene como
origen una falacia: omite deliberadamente que la diplomacia de Irán ya
oficializó su versión sobre el atentado y el proceso que lo investigó y lo
investiga.
Como resulta de público
conocimiento, ya en octubre de 2010, Irán dirigió una nota al presidente de
la Asamblea General de las Naciones Unidas rechazando las recriminaciones
realizadas por nuestra Presidente ante ese organismo.
En esa carta, el régimen de
Ahmadinejad formuló afirmaciones graves y categóricas, asegurando que
"se ha cerciorado de que ningún ciudadano iraní estuvo implicado, directa o
indirectamente, en la explosión", imputando al gobierno argentino de haber
avalado arrestos ilegales y torturas durante la investigación, haber
financiado a grupos terroristas para fraguar testimonios, y haber realizado
un atentado contra el encargado de negocios iraní en Buenos Aires.
La posición iraní, sintetizada
en esa nota, es que "la investigación criminal de este caso está plagada de
irregularidades y carece de todos los atributos esenciales de una resolución
judicial".
Con estos antecedentes,
resulta harto improbable pensar en la posibilidad que Irán, o los 5 iraníes
con pedidos de captura de Interpol, se auto incriminen. Queda claro
entonces que la creación de la "Comisión de la Verdad" para "revisar la
evidencia reunida" en el expediente, resulta de una exigencia iraní, y que
concurrirá a la misma, no a pedir, sino a dar explicaciones.
A esta conquista, Irán
consiguió otra igualmente valiosa, como es circunscribir los interrogatorios a
los cinco iraníes con pedidos de captura de Interpol. Más allá de que no
queda claro en las diferentes versiones si los "interrogatorios" van a ser
considerados como indagatorias o no, para que el juez y el fiscal pudieran
tomarles declaración a una parte de los imputados haría falta otro acuerdo.
¿Qué clase de avances en la causa podrían obtenerse?
Así, lo que se presenta como
absolutamente irracional para los intereses argentinos, se presenta como un
verdadero triunfo para los intereses iraníes. Lo que el gobierno de
Ahmadinejad conseguirá, es que ya no podrá ser acusado de cobijar a
prófugos internacionales, porque a partir que se habiliten los
interrogatorios, los imputados, aun negándose a declarar, regularizarán su
situación procesal. Es por este motivo que el acuerdo se circunscribiría a los
cinco buscados por Interpol.
La Presidente pretendió
explicar este increíble cambio de estrategia argumentando que "jamás
permitiremos que la tragedia de la AMIA sea jugada como pieza de ajedrez
en el tablero geopolítico de terceros". Este argumento representa un
sincericidio que desnuda lo que ella y su esposo hicieron entre 2003 y 2011
en relación con los Estados Unidos.
El Gobierno no ha renunciado
al esclarecimiento del atentado; para Néstor y Cristina Kirchner, la causa
AMIA fue siempre un capítulo de la relación bilateral con los Estados Unidos,
creyendo que la alianza con los representantes de la comunidad judía de
ese país conseguiría que Washington pusiera menos condiciones para la
salida del default.
La actual Presidente, como
legisladora e integrante de la Comisión Bicameral de Seguimiento de esa
investigación, siempre denunció que la "pista iraní" era superficial e
interesada en desviar la atención de la "pista siria" que involucraba a
allegados a la familia Menem. Su cambio de posición fue a partir de 2003,
cuando su esposo llegó a la Casa Rosada y especuló conque, acusando a
Irán, Washington no le exigiría que no adultere sus estadísticas y que pague
nuestros compromisos ante el Ciadi.
Frente al fracaso de ese
ensayo, la Presidente supuestamente retorna a sus convicciones de
legisladora, pretendiendo creer que puede convertirse en un puente entre
Oriente y Occidente.
En el camino, el acuerdo con
Teherán representa un agravio y una descalificación, no solo a todos los
profesionales que están trabajando en la causa, sino a la unidad fiscal para
la causa AMIA creada por este Gobierno para que el fiscal Alberto Nisman
trabaje exclusivamente en la investigación del atentado.
El kirchnerismo pretende
ocultar y silencia al fiscal Alberto Nisman, porque si asistiera a este
Congreso, seguramente se vería forzado a admitir que este acuerdo no
sirve.
El Memorandum no es inocuo,
porque, como ya argumentamos anteriormente, la sola negativa a declarar
por parte de los imputados les desactivaría el código rojo de Interpol.
La Comisión de la Verdad
prevista en el acuerdo podría ser también considerada inconstitucional,
porque tendría facultades para revisar lo actuado por la justicia argentina. Y
su dictámen, aunque supuestamente no vinculante, constituiría un severo
condicionamiento para la continuidad de la investigación por parte de la
justicia argentina.
Con la aprobación de este
Memorandum, estaríamos poniendo en riesgo el camino hacia la verdad y la
justicia, que todavía existe. Podríamos explorar otras posibilidades, como la
del tercer país, siguiendo la experiencia del caso Lockerbie, que hizo que
Libia, que se encontraba en una situación semejante a la de Irán en la
causa AMIA, se sentara con Estados Unidos y el Reino Unido en
Holanda.
Días atrás, Santiago Kovadloff
sintetizó y expresó, con categórica lucidez, los argumentos que intentamos
desarrollar: "La defensa del acuerdo establecido con Irán es clara en su
propósito: se trata de convertir a los verdugos en inocentes y a los
inocentes asesinados en seres insignificantes.
Con este acuerdo humillante,
la Argentina se aparta de la verdad y de la historia. De la historia, porque la
historia pide que no haya olvido. De la verdad, porque la verdad reclama
justicia y sólo se le brinda el encubrimiento del crimen y el desprecio del
dolo
(...) El Gobierno ha decidido,
con su acuerdo escalofriante, terminar con su significación como
fundamento de la búsqueda de la verdad y la justicia. Los ha hecho
desaparecer como límite intransponible de toda conducta indigna. Ha
volatilizado su valor real y simbólico para convertir en un patético acuerdo
la indignidad. El Gobierno lo sabe. Lo sabemos nosotros. El olvido no tendrá
lugar."
La decisión del Gobierno de
avanzar en este entendimiento con Irán a generado una fractura social que
merece ser contemplada y saldada de la forma más objetiva y democrática
prevista en nuestro ordenamiento constitucional, como es la institución de
la consulta popular, donde se exprese toda la ciudadanía argentina, no sólo
los integrantes de la comunidad afectada y los legisladores.
Por las razones expuestas
solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1230-D-14 |