PROYECTO DE TP
Expediente 8736-D-2014
Sumario: EXPRESAR ADHESION POR EL "DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER", A CELEBRARSE EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2014.
Fecha: 04/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 159
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Adhesión al "Día Internacional de la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer" a celebrarse el día 25 de Noviembre de
2014, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución
50/134 el 17 de Diciembre de 1999.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Día Internacional de la Eliminación
de la Violencia contra la Mujer se conmemora todos los años el 25 de Noviembre.
Fue aprobado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) en su Resolución 50/134 el 17 de Diciembre de 1999, en memoria de las
hermanas Mirabal, activistas políticas dominicanas que fueron asesinadas el 25 de
Noviembre de 1960, por órdenes del dictador dominicano Rafael Leónidas
Trujillo.
La ONU, en su 85ª sesión plenaria,
del 20 de diciembre de 1993, ratificó la Declaración sobre la eliminación de la
violencia contra la mujer, donde se afirma que esta violencia es un grave atentado
a los derechos humanos de la mujer y de la niña. Allí se reconoce la urgente
necesidad de una aplicación universal a la mujer de los derechos y principios
relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres
humanos; como así tambien el papel desempeñado por las organizaciones en pro
de los derechos de la mujer, que facilitaron dar visibilidad a este problema.
La declaración incluye seis artículos
en los que se define la violencia contra la mujer y las formas y ámbitos de esta
violencia, al tiempo que enumera los derechos de las mujeres para alcanzar la
igualdad y su pleno desarrollo e insta a los Estados y organizaciones
internacionales a desarrollar estrategias y poner los medios para erradicarla.
En el mismo sentido, el 5 de marzo de
1995, se adoptó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la Violencia contra la Mujer: Convención de Belem Do Para. El artículo 2° plantea
qué es violencia sobre la mujer: la violencia física, sexual y psicológica dentro de la
familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la
violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital
femenina, la violencia relacionada con la explotación; la violencia física, sexual y
psicológica perpetrada dentro de la comunidad, inclusive la violación, el abuso
sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones
educacionales, la trata de mujeres y la prostitución forzada y la violencia física,
sexual y psicológica ejecutada o tolerada por el Estado.
En Argentina la Ley 26.485 del año
2009, de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra las Mujeres define la violencia contra las mujeres como: "toda conducta,
acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público
como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida,
libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial,
así como también su seguridad personal". Esta definición alcanza a aquellas
conductas o acciones "perpetradas desde el Estado o por sus agentes"
La Comisión Nacional Coordinadora
de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG)
que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, fue
creada el 21 de febrero de 2011 con el objetivo de formular las sanciones que
correspondan a la violencia de género establecidas por la ley Nº 26.485 de
"Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las
mujeres en todos los ámbitos que desarrollen sus relaciones interpersonales" en
sus diferentes tipos y modalidades. Estas normas sancionatorias se elaboran
conjuntamente con organismos nacionales, provinciales y municipales; y se articula
acciones con los ámbitos universitarios, sindicales, empresariales, religiosos,
organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres, y otras de la sociedad
civil para tal fin.
La Ley Nº 26.791 de femicidio
promulgada el 11 de Diciembre de 2012, agrava la pena del homicidio de una
mujer o persona trans cuando esté motivado por su condición de género. El
femicidio no fue incorporado como figura penal autónoma, sino que se lo considera
un agravante y prevé pena de cadena perpetua al hombre que "matare a una
mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y
mediare violencia de género" Esto implica un avance en la ampliación de los
derechos de las mujeres y las personas transexuales.
En Argentina, de acuerdo con lo
publicado por el Programa Nacional de Rescate a Personas Damnificadas por el
Delito de Trata, desde su sanción "hasta el 31 de octubre de 2012 se rescataron
un total de 3.875 víctimas de las redes de Trata de Personas, gracias al uso de los
instrumentos que proporcionó la Ley 26.364 de "Prevención y sanción de la trata
de personas y asistencia a sus víctimas". Esto, como resultado de 1.819
allanamientos realizados por las fuerzas de seguridad federales en operativos en
los que se detuvieron a 1396 personas, vinculadas a organizaciones delictivas". El
programa forma parte de la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas
Damnificadas por el Delito de Trata, que depende del Ministerio de Justicia de la
Nación.
La Oficina de Rescate y la Unidad
Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE) pueden
emprender una investigación preliminar de forma inmediata, por lo que se evitan
trámites que retrasaban las investigaciones. La UFASE es un organismo del
Ministerio Público Fiscal, y elabora estadísticas en base a las causas judiciales. En
el rubro de sentencias condenatorias, hasta 2012 se dictaron 102 condenas desde
la aprobación de la Ley de Trata.
Como tucumana quisiera resaltar la
creación en mi Provincia de la Fundación María de los Ángeles, Por la Lucha contra
la Trata de Personas, creada por la Sra. Susana Trimarco el 19 de Octubre de
2007. Desde el secuestro y desaparición de su hija "Marita Verón" el 3 de abril de
2002 encaró una desesperada búsqueda y en el camino puso al descubierto el
delito de trata de personas. En la búsqueda de su hija logró recuperar la libertad
de más de un centenar de víctimas incluyendo a 17 mujeres de Argentina que se
vieron obligadas a ejercer la prostitución en Bilbao, Burgos y Vigo, en España.
La visión de la Fundación María de los
Ángeles es ayudar a erradicar la trata de personas en la Republica Argentina, y
mientras tanto asistir a víctimas en cada una de las provincias del país, trabajando
de manera articulada y sostenida con el Estado. En julio de 2008 inauguró el
primer refugio especializado del país en Tucumán, replicándose los protocolos de
asistencia en Buenos Aires y Córdoba
La violencia de género ha sido, y
sigue siendo en muchas partes del mundo, un delito oculto, invisible; no es
exclusiva de ningún sistema político o económico; se da en todas las sociedades
del mundo y sin distinción de posición económica, raza o cultura. En todo el
mundo, la violencia o las amenazas de violencia impiden a las mujeres ejercitar sus
derechos humanos y disfrutar de ellos
La conmemoración del Día
Internacional contra la Violencia de Género debe ser un buen momento para
reflexionar sobre esta problemática que aun, con los avances en la legislación y
acciones de gobierno, no ha cesado.
Señor Presidente por todo lo expuesto
es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto
de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GALLARDO, MIRIAM GRACIELA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |