Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 8736-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA QUE LA PRESTACION DE SERVICIOS FUNEBRES A LOS AFILIADOS A LA OBRA SOCIAL PAMI, SE EFECTUE A TRAVES DE EMPRESAS RADICADAS A LO LARGO DE LA GEOGRAFIA DEL PAIS.
Fecha: 09/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 200
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación que instrumente los medios necesarios a través de los organismos correspondientes, para que la prestación de Servicios Fúnebres a los afiliados a la Obra Social PAMI se efectúe a través de empresas fúnebres radicadas a lo largo de la geografía del país, en una metodología similar a la imperante hasta el 15 de mayo 2006 donde los familiares cobren directamente el dinero contra la presentación de la factura de la empresa fúnebre o firmando una cesión de derechos a favor de la empresa a la cual el PAMI reembolse el monto del servicio. La calidad de los servicios deberá ser verificable en las sedes de las empresas prestatarias como digna e incluirá también como mínimo la disponibilidad de terreno en el cementerio.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Contrariamente a lo que sucede en países de cultura milenaria, donde los ciudadanos de la tercera edad son considerados venerables, notables y consejeros, en nuestro país los ancianos son ignorados y se los trata como "material descartable".
Nuestros mayores trabajaron toda su vida para nuestro país haciendo sus aportes y pagando los tributos que les correspondían, pero cuando el paso del tiempo los vence, cuando se tornan débiles y vulnerables por la enfermedad y la edad, las autoridades solo les devuelven humillación ya sea con el magro e ilegal pago de haberes jubilatorios o con la atención precaria en la Obra Social PAMI.
Tratase de una injusticia que clama al cielo y es denigrante ya que humillamos a nuestros padres, a nuestros abuelos, ANTES y DESPUES de la MUERTE rayando la figura del ABANDONO DE PERSONA.
Ahora bien, en este estado de cosas, existe un convenio con la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), en virtud del cual el PAMI reemplazó los servicios de las empresas de servicios funerarios por un aporte de dinero que es entregado por la ANSES a los deudos del afiliado fallecido a fin de cubrir los gastos de sepelio. Dicha suma, que en la actualidad es de $ 1.800.-, solo cubre alrededor del 30% del costo real del servicio individual y recién puede ser cobrado a los TRES MESES.
Esta situación implica que en caso que los deudos del afiliado no cuenten con LA TOTALIDAD del dinero para afrontar el gasto de sepelio al momento de su fallecimiento, éstos se ven inmersos en la traumática situación de tener que recurrir a usureros, a la solidaridad, a colectas entre vecinos, de familiares lejanos, al precario servicio de algunas provincias -la mayoría de las cuales encuentran objeciones para los beneficiarios de PAMI-, etc a fin de afrontar el costo de un servicio funerario digno para sus seres queridos. El INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) también incurre en falta al brillar por su ausencia en la solución de esta problemática donde claramente se desprende una discriminación a los pasivos indigentes.
Ahora bien, en tanto el costo real del servicio funerario contratado en forma individual es de $ 5.400, de acuerdo con averiguaciones efectuadas ante asociados a FADEDSFYA (Federación Argentina de Asociaciones Funerarias), el costo de un servicio colectivo con el PAMI es de $ 2.500 (por la gran cantidad de afiliados en todo el país). En consecuencia, el servicio sería de una calidad digna e incluiría el traslado y un terreno en el cementerio.
Antes del 15 de mayo de 2006 los gastos de sepelio los afrontaba el PAMI. Los familiares cobraban directamente el dinero con la presentación de la factura de la empresa fúnebre o firmando una cesión de derechos a favor de la empresa funeraria para que el PAMI le reembolse a esa firma el servicio.
El cambio del anterior sistema al actual, se argumenta, buscó evitar los abusos y estafas de que eran pasibles los jubilados por parte de las empresas fúnebres. No obstante, este argumento, que puede aparecer como válido sería subsanable si los controles de la Obra Social funcionaran correctamente.
El más mínimo sentido común y respeto a los Derechos Humanos que también les asiste a los ciudadanos de la Tercera Edad, impone volver al sistema de prestación de los servicios funerarios bajo la órbita del PAMI y a través de empresas radicadas a lo largo de la geografía del país. El incremento de la erogación que deberá afrontar el PAMI es mínimo y, en contraposición se paliaría al menos en parte el abuso que sufren nuestros mayores.
Por lo expuesto, solicito a mis pares acompañen con su voto la aprobación del presente proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)