PROYECTO DE TP
Expediente 8731-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS AL CONTROL DE POLICIA DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, EN BUQUES QUE OPERAN CON HIDROCARBUROS EN LA LOCALIDAD DE CALETA CORDOVA, PROVINCIA DE CHUBUT.
Fecha: 08/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 199
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicita al Poder Ejecutivo
Nacional, por intermedio de los organismos competentes, informe con la mayor
urgencia posible los siguientes puntos:
Cuáles son las empresas o buques
que se encuentran inscriptos en el registro de la Dirección de la Policía de la
Seguridad de Navegación de la Prefectura Naval Argentina que operan en la
carga o descarga de hidrocarburos o sus mezclas en las costas cercanas a la
localidad de Caleta Córdova, Provincia de Chubut.
Informará las inspecciones
realizadas por la Prefectura Naval Argentina a las empresas y buques que
realizan las cargas o descargas de hidrocarburos o sus mezclas durante el
período 2005/2010. Remitirá copia de las inspecciones.
Informará el estado de las
monoboyas, los controles que se realizaron y a qué distancia exacta de la costa
se encuentran ubicadas las monoboyas que actualmente operan.
Si las empresas NATE S.A.,
TERMAP S.A. y el buque petrolero GENMAR SPYRIDON se encuentran
registradas en la Prefectura Naval Argentina para realizar la carga o descarga
de hidrocarburos o sus mezclas.
Si la Prefectura Naval Argentina
habilitó a las empresas NATE S.A., TERMAP S.A. y del buque petrolero GENMAR
SPYRIDON, para la carga o descarga de hidrocarburos o sus mezclas. En caso
afirmativo, remitirá copias de las habilitaciones y certificaciones.
Si la Prefectura Naval Argentina
realizó las investigaciones e informes sobre los derrames de hidrocarburos en
diciembre 2007/2008/2010 ocurridos en las costas de Caleta Córdova. En caso
afirmativo, remitirá copia.
Si la Prefectura Naval Argentina
inició un sumario administrativo correspondiente a los derrames ocurridos en
Caleta Córdova, Provincia de Chubut y remitirá copia del mismo.
Si la Prefectura Naval Argentina
aplicó sanciones a las empresas involucradas en los derrames de hidrocarburos
ocurridos en las costas cercanas de Caleta Córdova. En caso afirmativo, remitirá
copias E INFORMARÁ ACERCA DEL ACATAMIENTO DE LAS MISMAS.
Cuál fue el Plan de Saneamiento
que realizó la Prefectura Naval Argentina junto con las empresas privadas para
contener y mitigar los efectos del derrame ocurridos en aguas sometidas a su
jurisdicción. Remitirá copia del plan.
Informará el estado actual de la
remediación de las aguas y playas afectadas por los derrames de
hidrocarburos.
Informará el grado de afectación a
la flora y fauna marítima que ocasionaron los derrames de hidrocarburos.
Informará cuáles fueron los
disolventes utilizados por la Prefectura Naval Argentina para limpiar las aguas y
playas de petróleo en la zona de Caleta Córdova.
Informará si la utilización de
dichos disolventes provocó algún daño al medio ambiente y la población.
Asimismo, informará cuáles son las enfermedades que puede provocar en las
personas el uso de los disolventes utilizados.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ciudad de Caleta Córdova de
la provincia de Chubut, es una población portuaria donde se desarrolla una
importante actividad pesquera; sus principales capturas son el pejerrey, la
merluza común, langostino, centolla, pulpos y muchas otras especies. Es zona
de cría de estas especies de interés alimentario. A lo largo de la costa son
frecuentes los avistajes de orcas, delfines, marsopas, zifios y lobos marinos.
Un gran porcentaje de la población
tiene el sustento económico en la actividad pesquera. La ciudad tiene una vieja
tradición en la pesca costera artesanal, que se desarrolla con la utilización de 7
botes aproximadamente, redes, trasmallos, entre otros, involucrando alrededor
de 28 pescadores, pero la cantidad de personas varía ya que tanto niños,
adolescentes y vecinos de Caleta, como de otros barrios aledaños pescan con
pequeñas redes o trasmallos, destinando el fruto de la pesca para su consumo
familiar o la venta.
Asimismo, en la Caleta Córdova se
desenvuelve la flota tradicional de Chubut, denominada la flota amarilla que,
según la temporada, opera con la cantidad de 5 a 20 barcos y necesita
aproximadamente entre 20 a 100 marineros y 20 personas en la estiba.
En este sector el factor de riesgo
de mayor importancia lo provoca la actividad petrolera. Caleta Córdova está
ubicada en el Golfo San Jorge a 20 km. al norte de la ciudad de Comodoro
Rivadavia y es el tercer puerto del país en volumen de hidrocarburos
desplazados por año (más de 5.500.000 metros cúbicos anuales). Las
instalaciones de operación de hidrocarburos consisten en una playa de tanques
sobre la costa con capacidad de almacenaje para 219.000 m3 de petróleo crudo
y una recepción de 20.000 m3 por día, y en un amarradero de carga costa
afuera con una monoboya de cargamento (amarradero de punto único), se
encuentra conectada con la terminal por una cañería. Actualmente, está zona
sigue afectada por los derrames de los hidrocarburos ocasionados,
principalmente, por las empresas NATE Y TERMAP en diciembre de los años
2007/8.
Los vecinos de la ciudad han
realizado numerosos reclamos por la falta de acción en el saneamiento de las
aguas afectadas por los derrames que dañan severamente el ecosistema en
general. Asimismo, los pescadores reclaman la pérdida de prestigio en la
calidad de sus productos y la pérdida de antiguos clientes.
La Prefectura Naval Argentina
tiene delegada la competencia para intervenir en los derrames de hidrocarburos
dentro de las aguas de su jurisdicción, por el artículo 5º, inciso a), subinciso 23
de la Ley Nº 18.398, Ley Orgánica de la Prefectura Naval Argentina: "Entender
en lo relativo a las normas que se adopten tendientes a prohibir la
contaminación de las aguas fluviales, lacustres y marítimas, por hidrocarburos u
otras sustancias nocivas o peligrosas, y verificar su cumplimiento".
La Ley Nº 22.190 asignó a la
Prefectura Naval Argentina importantes funciones, entre ellas:
Establecer el régimen a que
deberán ajustarse las descargas de hidrocarburos y sus mezclas. (Ordenanza
marítima Nº 1/93, ordenanza Nº 5/99 y ordenanza Nº 02/03)
Determinar las reglas de
equipamiento y diseño de buques.
Reglamentar las normas operativas
para la prevención y lucha contra la contaminación.
Investigar los hechos
contaminantes, instruir los sumarios y aplicar las sanciones que
correspondan.
Exigir fianza real o personal por
pago de las multas y solicitar al Juez interviniente el pago por los gastos de
limpieza.
Realizar las tareas
descontaminadoras en las aguas de su jurisdicción.
El presente proyecto de resolución
tiene como objetivo conocer si desde los ámbitos de gobierno nacional se
controló a las empresas en el cumplimiento de las reglamentaciones de carga y
descarga de hidrocarburos, si cumplen en el equipamiento y diseño de los
buques y si las empresas informan sobre las descargas propias y ajenas de
hidrocarburos. Asimismo, se requiere conocer el grado de avance en el
saneamiento de las aguas contaminadas y determinar la afectación de los
derrames en la fauna marina.
Por estas razones, solicito a mis
pares el acompañamiento del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |
ENERGIA Y COMBUSTIBLES |